🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CREG - Concepto 22914 de 2002

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CREG - Concepto 22914 de 2002
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2002

GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA

CONTRASTE

AYUDA BUSCAR Concepto 22914 de 2002 CREG

ANOTACIONESANOTACIONES

Reducir Normal Aumentar

COMPARTIR

IMPRIMIR

DESCARGARANEXOS

DatosDATOS BúsquedaBUSCAR ÍndiceÍNDICE MemoriaMEMORIA DesarrollosDESARROLLOS ModificacionesMODIFICACIONES ConcordanciasCONCORDANCIAS NotificacionesNOTIFICACIONES Actos de trámiteACTOS DE TRÁMITE Concepto 22914 de 2002 CREG Abrir documento modal

DOCUMENTO

Abrir Datos modal DATOS Abrir Búsqueda modal

BUSCAR

Abrir Índice modal

ÍNDICE

Abrir Memoria modal

MEMORIA

Abrir Desarrollos modal

DESARROLLOS

Abrir Modificaciones modal

MODIFICACIONES

Abrir Concordancias modal

CONCORDANCIAS

Abrir Notificaciones modal NOTIFICACIONES Abrir Actos de trámite modal

ACTOS DE TRÁMITE Abrir CONCEPTO 22914 de 2002

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGIA Y GAS <NOTA: concepto bajado de la página de intenet de la CREG>

Solicitante: XXXXX Fecha: Radicación: CREG – 6889 de 2002

Tema: Equipos de medición y la CEM (Compatibilidad Electromagnética).

RESPUESTA: MMECREG – 2914 - 02

PROBLEMA: El solicitante desea saber si existe alguna norma nacional que trate el tema de la CEM en equipos de medición, especialmente para los medidores electrónicos de corriente eléctrica.-

Bogotá D. C., 2 de septiembre de 2002

MMECREG-2914

XXXXXXXXXXXXXXX Referencia: Comunicación vía e-mail radicado CREG-6889 de 2002.

Cordial Saludo XXXXX: Hemos recibido la comunicación de la referencia, mediante la cual efectúa la siguiente consulta: "Me gustaría saber si actualmente existe alguna norma nacional que trate el tema de la CEM en equipos de medición, específicamente los medidores electrónicos de corriente eléctrica." En atención a su solicitud, le informo que el numeral 7.3 del Anexo General de la Resolución CREG 070 de 1998, establece los requisitos mínimos técnicos que deben cumplir los equipos de medida exigibles para todo equipo de medida que se instale a partir de la entrada en vigencia de la citada Resolución Junio 10 de 1998, así como para toda reposición o reemplazo que se efectúe de los equipos de medida existentes, de la siguiente

manera: "(...) 7.3 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LOS EQUIPOS DE MEDIDA 7.3.1 REQUISITOS GENERALES DE LOS EQUIPOS DE MEDIDA Los medidores podrán ser monofásicos, bifásicos o trifásicos de acuerdo con la conexión a la red. Los medidores de energía activa y reactiva, lo mismo que los transformadores de corriente y tensión, se ajustarán a las siguientes normas técnicas colombianas vigentes, o aquellas que las modifiquen o sustituyan, o las normas internacionales correspondientes: - Medidores de Energía Activa: Los medidores de energía activa, tipo inducción y clase 0.5, 1.0 y 2.0, deben cumplir con la norma NTC 2288. Los medidores de energía activa de estado sólido y clase 0.2S y 0.5S deben

cumplir con la norma NTC 2147. Los medidores de energía activa de estado sólido y clase 1.0 y 2.0 deben cumplir con la norma NTC 4052. - Medidores de Energía Reactiva: Los medidores de energía reactiva, tipo inducción y clase 3.0, deben cumplir con la norma NTC 2148. Los medidores de energía reactiva de estado sólido deben cumplir con la norma IEC correspondiente.(...)" (Subrayado fuera de texto). De esta manera, los medidores de energía activa de estado sólido deben cumplir con las normas nacionales NTC 2147 y 4052 de acuerdo con su precisión, así como los medidores de energía reactiva de estado sólido deben cumplir con las normas IEC aplicables. Le invitamos a visitar nuestra página web www.creg.gov.co, donde podrá encontrar el texto completo de la Resolución CREG mencionada. En cuanto a las citadas Normas Técnicas Colombianas (NTC) y/o relacionadas con la Compatibilidad Electromagnética (CEM), le sugerimos solicitar dicha información al Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación – ICONTEC-, quien es el organismo encargado de emitirlas. Le infirmamos finalmente, que la Comisión actualmente está trabajando el tema de la calidad de la potencia eléctrica, a partir del cual pueden derivarse consideraciones regulatorias relacionadas con el tema, por lo que le sugerimos estar pendiente en los próximos meses, en relación con las publicaciones en nuestra página Atentamente, JAIME ALBERTO BLANDÓN DÍAZ Director Ejecutivo Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría

ISBN 978-958-98069-2-0

Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021

×

Consultar sobre este documento ...