CREG - Concepto 2499 de 2021
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
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Detalles
- Título
- CREG - Concepto 2499 de 2021
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2021
GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA
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(junio 9) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG Asunto: Solicitud de Información Radicados CREG E-2021-006167, E-2021-006168, E-2021-006169, E-2021-006177, y E-2021-006178 Expediente CREG - General N/A Respetado señor: De acuerdo con lo dispuesto por la Ley 142 de 1994, a la CREG, aparte de las funciones genéricas que toda Comisión de Regulación tiene,
se le asignaron la regulación económica de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible. Adicionalmente, la Ley 143 de 1994 le asignó funciones de carácter regulatorio a la CREG, de manera específica en lo concerniente a la prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica. En este contexto, si bien la Comisión puede dar información sobre los temas de su competencia, no tiene la facultad para brindar concepto sobre casos particulares. Por tal razón, es importante precisar que, en desarrollo de la función consultiva, la CREG no resuelve casos particulares o concretos, pues ello corresponde a las autoridades competentes mediante los procedimientos de rigor y, en tal virtud, tanto las preguntas como las respuestas deben darse o entenderse en forma genérica, de tal manera que puedan predicarse de cualquier asunto en circunstancias similares. A continuación, damos respuesta a sus consultas: (…) Por medio de la presente en ejercicio del Derecho de Petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia, le solicito la siguiente información: 1. Favor suministrar planes, programas y proyectos energías renovables no convencionales Eólica, Solar, Geotérmica, Biogás, Biomasa, Nuclear e Hidrogeno (…) (…) Por medio de la presente en ejercicio del Derecho de Petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia, le solicito la siguiente información: 1. Favor suministrar registro de proyectos legalizados y en trámite correspondientes a las diferentes energías renovables no convencionales (Eólica, Solar, Geotérmica, Biogás, Biomasa, Nuclear e Hidrogeno) (…)
(…) Por medio de la presente en ejercicio del Derecho de Petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia, le solicito la siguiente información: 1. Favor suministrar parámetros técnicos, financieros, metodológicos y cronogramas de subastas Energías Renovables no convencionales, afectación de matriz energética (…) (…) Por medio de la presente en ejercicio del Derecho de Petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia, le solicito la siguiente información: 1. Favor suministrar informes, soportes técnicos y metodológicos de producción y exportación de minerales e hidrocarburos en Colombia, de los siguientes FNCER (Eólica, Solar, Geotérmica, Biogás, Nuclear, Hidrogeno y Biomasa) (…) (…) Por medio de la presente en ejercicio del Derecho de Petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia, le solicito la siguiente información: 1. Favor suministrar informes, soportes técnicos y metodológicos de la participación, producción y participación de los siguientes FNCER (Eólica, Solar, Geotérmica, Biogás, Nuclear, Hidrogeno y Biomasa) y fuentes convencionales de energía (Petróleo, Gas y Carbón). (…)
Respuesta: Para contestar sus consultas le informamos que:
1. La actividad de generación es a cuenta y riesgo de los inversionistas, por lo cual la Comisión no administra información de desarrollo de proyectos de generación.
En todo caso, algunos de los datos son públicos y pueden ser consultados en la página web de la Unidad de Planeación Minero Energética,
UPME. En el siguiente enlace podrá consultar la información de proyectos por departamento, recurso, fecha de puesta en operación u otros: http://www.siel.gov.co/Inicio/Transmisi%C3%B3n/SolicitudesdeConexi%C3%B3ndeProyectosdeGeneraci%C3%B3n/tabid/160/Default.aspx En caso de tener dudas sobre dicha información o para solicitar más información, debe dirigirse a la UPME, info@upme.gov.co.
2. Respecto del alcance de la Comisión, puede consultar la agenda regulatoria, donde aparece el plan de trabajo regulatorio de la Comisión de Regulación de Energía y Gas. Este se encuentra publicado en la Circular CREG 140 de 2020.
En este último, los proyectos regulatorios que tienen relación con recursos de generación, entre estos los renovables no convencionales, son aquellos enmarcados dentro de los títulos Mercado Mayorista y Transmisión (por ejemplo: mercado de corto plazo, servicios complementarios, código de redes y reglas de autogeneración y generación distribuida). Igualmente, allí podrá encontrar el plan de revisión de la regulación que tiene relación con el proceso de subastas para el cargo por confiabilidad. A este respecto, actualmente no se tiene convocatoria a alguna subasta para el cargo por confiabilidad. Respecto de información de generadores que tiene relación con las subastas del Cargo por Confiabilidad, puede consultar la Circular CREG 024 de 2019, que tiene la información solicitada a los generadores en las metodologías de cálculo de la última subasta realizada y que corresponde a la solicitada en las metodologías de cálculo de energía firme. En complemento, le informamos que las metodologías de participación en el Cargo por Confiabilidad, según el tipo de tecnología, son las
siguientes: plantas hidráulicas y térmicas, Resolución CREG 071 de 2006; plantas con combustible de origen agrícola, Resolución CREG 153 de 2013; plantas geotérmicas, Resolución CREG 132 de 2014; plantas eólicas, Resolución CREG 167 de 2017; y plantas solares fotovoltaicas, Resolución CREG 201 de 2017.
3. En cuanto a la información de producción y exportación de minerales e hidrocarburos en Colombia, le daremos traslado al Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), a la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) y al Ministerio de Minas y Energía, ya que la comisión no la administra.
En cuanto a la información de producción de energía eléctrica por tipo de recurso de generación, la puede consultar la página web de XM S.A. E.S.P, donde aparece el histórico de generación por fecha y recurso. Específicamente el enlace es el siguiente: http://ido.xm.com.co/ido/SitePages/Default.aspx Adicionalmente, en este otro enlace podrá encontrar algunos parámetros del sistema relacionados con características del SIN, de generadores, de hidrología, y de redes de transmisión: http://paratec.xm.com.co/paratec/SitePages/Default.aspx
4. De su última inquietud, entendemos está interesado en la actividad de generación y cómo pueden participar en el mercado de energía los diferentes tipos de tecnologías. En ese sentido, hemos incluido un anexo informativo en esta comunicación que describe las opciones de comercialización de energía previstas en la regulación vigente, incluyendo la actividad de generación, autogeneración (pequeña y gran escala), generación distribuida y cogeneración. Allí se especifica también, en la parte de generación, las etapas de pre-construcción,
construcción y entrada en operación de una planta en el SIN. En dicho anexo se cita toda la normativa que se debe cumplir (incluida la normativa técnica y de procedimientos). Toda la normativa CREG puede ser consultada en la pagina web www.creg.gov.co, en la pestaña de Resoluciones. El presente concepto se emite en los términos y con el alcance previsto en el artículo 28 de la Ley 1755 de 2015, que sustituye el título II del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Atentamente, JORGE ALBERTO VALENCIA MARIN Director Ejecutivo Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría
ISBN 978-958-98069-2-0
Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021
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