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CREG - Concepto 2584 de 2021

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Concepto 2584 de 2021
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2021

GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA

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Abrir CONCEPTO 2584 DE 2021

(junio 16) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG XXXXXXXXXXXXXXX Asunto: Valoración de activos desarrollados mediante procesos de convocatoria. Radicados CREG E-2021-005209, E-2021-005224 y E-2021-005277

Respetada señora XXXXXX: En las comunicaciones de la referencia, usted plantea la siguiente pregunta: ¿Cuáles son las últimas resoluciones sobre Unidades Constructivas para proyectos de STN? En específico quisiera saber en qué resolución hay información relacionada con el valor de los activos por unidades

constructivas al final del periodo de pago del IAE (ej, 25 años). ¿Como se mide la base de valor de estos activos al final de estos 25 años o como se puede estimar el ingreso esperado después del periodo de pago de 25 años? Investigando hemos encontrado resoluciones de la CREG como la 085 de 2002, la 051 de 1998 (modificada por la 022 de 2001, 083 de 2008 y 011 de 2009). Quisiéramos saber cual es la resolución vigente que establece la metodología de remuneración para los 25 años de operación y principalmente para los períodos después de estos 25 años. Antes de dar respuesta a su consulta es importante precisar que, en desarrollo de la función consultiva, la CREG no resuelve casos particulares o concretos, pues ello corresponde a las autoridades competentes mediante los procedimientos de rigor y, en tal virtud, tanto las preguntas como las respuestas deben darse o entenderse en forma genérica, de tal manera que puedan predicarse de cualquier asunto en circunstancias similares. Para responder su pregunta señalamos que la remuneración de los activos utilizados en la actividad de transmisión de energía eléctrica está dividida en la de los activos de remuneración general, y la de los activos construidos mediante procesos de convocatorias públicas. En la metodología de remuneración general se incluyen los activos existentes a la fecha de entrada en vigencia de la respectiva metodología, y los activos nuevos construidos directamente por los transmisores nacionales, TN, cuando, de acuerdo con la regulación, no tienen que recurrir a los procesos de convocatoria. Como parte de la metodología se definen: la forma de calcular los ingresos anuales por las inversiones; los ingresos reconocidos

por gastos de administración operación y mantenimiento; y las exigencias de calidad del servicio aplicables, estas sí, a todos los activos, tanto los construidos directamente por los TN como los desarrollados mediante procesos de convocatoria. La metodología vigente para este tipo de remuneración está establecida en la Resolución CREG 011 de 2009, y en uno de los capítulos del anexo de esta resolución se definen las unidades constructivas reconocidas. Otro parámetro importante para esta metodología es la tasa de retorno reconocida en la actividad, la cual se determinó en la Resolución CREG 083 de 2008, también citada en su comunicación. Por su parte, la remuneración de los activos desarrollados mediante procesos de convocatoria está definida en la Resolución CREG 022 de 2001, que ha sido modificada, entre otras, por las resoluciones CREG 085 de 2002, 093 de 2007 y 193 de 2020. Ahora bien, en referencia específica a las inquietudes planteadas en su comunicación, le informamos que en el aparte III del literal a) del artículo 4 de la Resolución CREG 022 de 2001, modificado por la Resolución CREG 085 de 2002, se indicó una metodología de remuneración, tanto para los activos existentes en ese momento, como para los ejecutados mediante convocatorias una vez cumplido el período de pagos. Como ya se mencionó arriba, esta metodología fue modificada por la Resolución CREG 011 de 2009 y esta es, entonces, la regulación vigente con la cual se remunerarían los activos ejecutados mediante procesos de convocatoria una vez se cumpla el período de pagos. También le informamos que la metodología de remuneración general de transmisión se está revisando para

proceder a su actualización, y para ello se han publicado varias consultas, la última mediante la Resolución CREG 177 de 2016. La revisión de esta metodología y la revisión de la metodología de remuneración de los proyectos desarrollados mediante convocatorias hacen parte de la agenda regulatoria de la CREG prevista para el año en curso. El presente concepto se emite en los términos y con el alcance previsto en el artículo 28 de la Ley 1755 de 2015. Cordialmente, JORGE ALBERTO VALENCIA MARÍN Director Ejecutivo Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría

ISBN 978-958-98069-2-0

Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021

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