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CREG - Concepto 2680 de 2008

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Concepto 2680 de 2008
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2008

GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA

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Abrir Notificaciones modal NOTIFICACIONES Abrir Actos de trámite modal ACTOS DE TRÁMITE Abrir CONCEPTO 2680 DE 2008 <Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG XXXXXXXXXXXXXXX Asunto: Su comunicación de Ago. 20/08

Radicado CREG E-2008-007121

Respetado XXXXX: Con respecto a su comunicación del día 20/08/2008 en donde nos dice: “Respetados señores de la CREG, quisiera saber, si las tarifas de la energía eléctrica que rigen para todo el país son una sola o si cambia en algo por zona. Ya que acá en Cúcuta el servicio de energía eléctrica prestado por C.E.N.S en comparación con los de Santander del sur son muy elevados, por la aclaración muchas gracias”

Se le informa que las tarifas del servicio de Energía Eléctrica para usuarios del Sistema Interconectado Nacional (entre los cuales se encuentran los usuarios residenciales de Santander y Norte de Santander) no son iguales para todos los usuarios del país. La razón es que en la resolución CREG 119 de 2007, en donde se determina la fórmula tarifaria general para estos usuarios, se establece que el valor del cargo por consumo (pesos por kWh) depende entre otros factores, del mercado de comercialización al cual pertenece el usuario (Norte de Santander y Santander son dos mercados de comercialización diferentes) y de la empresa comercializadora que lo atiende. La razón es que las variables que afectan el costo de prestación del servicio en las actividades de distribución (componente D) y comercialización (componente C) como son la separación entre los usuarios y el consumo promedio, entre otras, son diferentes para cada mercado; por lo que los componentes D y C de la tarifa a los usuarios de diferentes mercados también es diferente. Adicionalmente cada empresa compra su energía en el mercado mayorista en un porcentaje diferente entre bolsa (mercado diario) y contratos bilaterales de largo plazo; los cuales a su vez se firman en diferentes periodos de tiempo y con diferentes condiciones de entrega, por lo que también los precios de compra de energía de cada comercialización que se trasladan a sus usuarios (componente G) son diferentes entre sí. Cordialmente, HERNAN MOLINA VALENCIA Director Ejecutivo Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría

ISBN 978-958-98069-2-0

Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021

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