CREG - Concepto 283 de 2007

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

Icono de documento PDFDescargar PDFDisponible

Detalles

Título
CREG - Concepto 283 de 2007
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2007

CONCEPTO 283 DE 2007

(febrero 9) <Fuente: Archivo interno CREG>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENRGÍA Y GAS

Bogotá, D.C., XXXXXXXXXXXXXXX Asunto: Su comunicación vía e-mail Radicado CREG E-2007-000275

Respetado XXXXX: Hacemos referencia a la comunicación del asunto, en la cual consulta: “…acudo a ustedes para pedirles información acerca de la existencia de alguna reglamentación o ley que hable sobre el uso del GLP en vehículos de transporte y si existen estudios al respecto”.

Me permito informarle que en esta materia el artículo 22 de la Ley 689 de 2001, dispone que las empresas distribuidoras solo puede utilizar el GLP como carburante de los vehículos destinados exclusivamente al reparto de gas. Además de la norma en mención, no existe otra disposición que trate este punto. En cuanto a la existencia de estudios relacionados con el tema es preciso mencionar que la CREG no conoce estudios en este sentido. No obstante puede consultar la sentencia No. C578-04(1) que resuelve la demanda presentada contra el artículo 22 ya citado. El concepto aquí emitido tiene el alcance previsto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo. Cordialmente,

CAMILO QUINTERO MONTAÑO

Director Ejecutivo

<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>.

1. Corte Constitucional. Magistrado Ponente Alfredo Beltrán Sierra. 8 de junio de 2004.

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG n.d.

Última actualización: 15 de mayo de 2026 (Diario Oficial No. 53.486 de 10 de mayo de 2026)

Consultar sobre este documento ...