CREG - Concepto 2931 de 2008
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
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Detalles
- Título
- CREG - Concepto 2931 de 2008
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2008
GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA
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Abrir Notificaciones modal NOTIFICACIONES Abrir Actos de trámite modal ACTOS DE TRÁMITE Abrir CONCEPTO 2931 DE 2008 <Fuente: Archivo interno entidad emisora> COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG XXXXXXXXXXXXXXX Asunto: Su comunicación del 11 de septiembre de 2008 Radicado CREG E-2008-007911
Respetado XXXXX: De conformidad con comunicación en el cual señala “Se puede contratar por parte del municipio una auditoría contable y financiera para que audite la concesión de alumbrado público y pagar este servicio con los excedentes generados del recaudo del impuesto de alumbrado público.” Es necesario señalar que la creación del impuesto de alumbrado público tiene fundamento en la ley 97 de 1913 y
Ley 84 de 1915, normas que autorizan al Concejo municipal su creación, la determinación de los sujetos, hechos, bases gravables, tarifa, organización de su cobro y destino que juzgue más conveniente. Por lo anterior, la destinación de los excedentes derivados del cobro del impuesto del servicio de alumbrado público deben ser destinados de conformidad con lo previsto por la autoridad competente en el respectivo acto administrativo que creó el gravamen. En los anteriores términos damos por atendida su solicitud. Los conceptos aquí emitidos tienen el alcance previsto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo. Cordialmente, HERNÁN MOLINA VALENCIA Director Ejecutivo Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría
ISBN 978-958-98069-2-0
Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021
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