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CREG - Concepto 30468 de 2003

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Concepto 30468 de 2003
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2003

GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA

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Abrir CONCEPTO 0468 DE 2003

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS <NOTA: Concepto bajado de la Página de Internet de la CREG> Solicitante: XXXXX Fecha: 11 de febrero de 2003

Radicación: CREG – 1291 de 2003

Tema: Servidumbres para empresas de servicios públicos de telecomunicaciones.

RESPUESTA: MMECREG – 0468 - 03

PROBLEMA: Se solicita información sobre la reglamentación de la CREG para las tarifas por el uso de postes, por parte de las empresas de servicios públicos de telecomunicaciones.- Bogotá, 18 de febrero de 2003

MMECREG - 0468

XXXXXXXXXXXXXXX Asunto: Su comunicación recibida el 11 de febrero de 2003

Radicación CREG – 01291 de 2003

Respetada XXXXX: Hemos recibido la radicación de la referencia en la cual usted solicita lo siguiente: "Atentamente solicito se me informen si existe alguna reglamentación de la CREG sobre tarifas por el uso de postes por parte de Empresas Prestadoras de Servicios Públicos de Telecomunicaciones" La Ley 143 de 1994 faculta a las empresas del sector eléctrico para prestar sus activos en la gestión de servicios públicos de otros agentes, incluso de aquellos que prestan el servicio de telecomunicaciones: "Artículo 30. Las empresas propietarias de redes de interconexión, transmisión, y distribución, permitirán la conexión y acceso de las empresas eléctricas, de otros agentes generadores y de los usuarios que lo soliciten, previo el cumplimiento de las normas que rijan el servicio y el pago de las retribuciones que correspondan.

Estas empresas podrán prestar el servicio de servidumbre para telecomunicaciones". (Negrillas fuera de texto) Como se puede observar, esta norma otorga facultad discrecional a las empresas del sector eléctrico, para prestar servidumbres a las empresas que prestan el servicio de telecomunicaciones, a diferencia de la facultad imperativa que se aplica entre empresas del mismo sector eléctrico. Adicionalmente le recomendamos mirar la Resolución CREG-144 de 2001, por medio de la cual se expiden normas para regular el acceso a la infraestructura eléctrica para la prestación del servicio de televisión, de conformidad con lo establecido en el Artículo 13 de la Ley 680 de 2001. La anterior información la puede consultar a través de nuestra página web: www.creg.gov.co, entrando por

Normas. Cordialmente, JAIME ALBERTO BLANDÓN DÍAZ Director Ejecutivo Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría

ISBN 978-958-98069-2-0

Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021

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