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CREG - Concepto 31174 de 2003

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Concepto 31174 de 2003
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2003

GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA

CONTRASTE

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Abrir CONCEPTO 1174 DE 2003

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS <NOTA: Concepto bajado de la Página de Internet de la CREG>

Solicitante: DIF COMPANY LTDA.

Fecha: 04 de marzo de 2003

Radicación: CREG – 2028 de 2003

Tema: Compra de energía en bloque y de Clientes no regulados.

RESPUESTA: MMECREG – 1174 - 03

PROBLEMA: Se solicita información sobre los requerimientos técnicos y legales para la compra de energía en bloque y de clientes no regulados.- Bogotá, 28 de marzo de 2003

MMECREG - 1174

XXXXXXXXXXXXXXX Asunto: Su comunicación recibida el 4 de marzo de 2003

Radicación CREG – 2028 de 2003

Respetado XXXXX: Damos respuesta a la comunicación de la referencia, en la cual nos solicita información sobre los requerimientos

(Técnicos y Legales) para la Compra de Energía en Bloque y de Clientes No Regulados. En primera lugar, es pertinente aclarar que el esquema de compra de energía en bloque desapareció a partir del año 1995. A partir de dicha fecha se realiza compra de energía en el mercado mayorista y aplica a los comercializadores de energía, los cuales son prestadores del servicio público de electricidad El sistema aplicable a los comercializadores que atienden usuarios regulados, forzosamente tiene que operar, ya sea dentro del sistema del mercado mayorista, dentro del cual funciona la Bolsa de Energía, o a través de contratos celebrados previa convocatoria pública, mediante la cual se solicitan ofertas de las demás personas interesadas en suministrar el mismo servicio. Las empresas que de manera combinada distribuyan y comercialicen energía, y no compren a través del sistema de la Bolsa de Energía, deben realizar las compras de electricidad destinadas a cubrir la demanda de su mercado regulado mediante procedimientos que garanticen la libre competencia entre los distintos oferentes. Para cumplir con lo anterior, las empresas comercializadoras deben solicitar y dar oportunidad, en igualdad de condiciones, a las demás empresas comercializadoras para que presenten sus ofertas, las cuales serán evaluadas con base en el precio. Es importante recordar que cualquier agente que desee participar en el mercado mayorista de energía debe cumplir con los requisitos definidos en la Resolución 024 de 1995, y en especial con las condiciones mínimas

definidas en el artículo 6o. de la misma resolución. Igualmente, a través de la Resolución 020 de 1996, se definieron las condiciones que promueven la competencia en el mercado mayorista de electricidad. (Ver igualmente la resolución 021 del mismo año). Es importante tener en cuenta la obligación de registro definida en la Resolución 054 de 1994. Esta norma establece que todas las empresas que vayan a realizar cualquier actividad comprendida dentro del servicio público de electricidad o energía eléctrica, deben dar noticia del inicio de sus actividades a la Comisión. Al informar deben incluir los estatutos, el nombre de los socios o propietarios de mas del 10% del patrimonio, y los estados financieros en el momento de constitución o los del último año, según el caso. También remitirán una descripción del mercado al cual orienta la empresa sus servicios, los principales activos y permisos con los que cuenta la empresa, o que están en trámite de obtención o construcción, y en el caso de empresas de distribución, del contrato de servicios públicos de condiciones uniformes que la empresa se propone adoptar. Por último, en cuanto a usuario no-regulados, a través de la Resolución CREG-031 de 1998 se establecieron las condiciones que debe cumplir los usuarios para pertenecer a dicha categoría. Las resoluciones mencionada, las podrá ubicar en nuestra página www.creg.gov.co Cordialmente, JAIME ALBERTO BLANDÓN DÍAZ Director Ejecutivo Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría

ISBN 978-958-98069-2-0

Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021

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