CREG - Concepto 3413 de 2009

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Concepto 3413 de 2009
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2009

CONCEPTO 3413 DE 2009 <Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Bogotá, D. C.,

XXXXXXXXXXXXXXX

Asunto: Su comunicación AG-133-09

Radicado CREG E-2009-008225

Respetada XXXXX: De manera atenta damos respuesta a la comunicación anunciada, mediante la cual consultó, en relación con el artículo 35 de la Resolución CREG-108 de 1997: ¿En qué medida aplica esta norma a los prestadores de GLP, cuando prestan el servicio en cilindros? ¿En qué medida aplica esta norma a los prestadores de GLP, cuando prestan el servicio a granel, en tanques estacionarios?

Respuesta: Tal como está dispuesto en el artículo 2 de la citada Resolución CREG-108 de 1997, dicha resolución “…se aplica a todas las personas que, estando organizadas en alguna de las formas dispuestas por el artículo 15 de la Ley 142 de 1994, prestan el servicio de electricidad, o de gas combustible por redes de ductos …” (Destacamos), dentro del cual no se incluye el que se presta en cilindros ni en tanques estacionarios.

Este concepto se emite de conformidad con lo previsto en los artículos 73.24 de la ley 142 de 1994 y 25 del Código Contencioso Administrativo. Cordialmente,

HERNÁN MOLINA VALENCIA

Director Ejecutivo

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG n.d.

Última actualización: 15 de mayo de 2026 (Diario Oficial No. 53.486 de 10 de mayo de 2026)

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