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CREG - Concepto 3773 de 2022

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Concepto 3773 de 2022
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2022

GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA

CONTRASTE

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ACTOS DE TRÁMITE

Abrir CONCEPTO 3773 DE 2022

(septiembre 7) <Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Bogotá, D.C., Señor Representante Legal

EMPRESA DE ENERGÍA DE PUTUMAYO S.A. E.S.P.

Mocoa - Putumayo Asunto: Su comunicación con radicado 20221100014111

Radicado CREG E2022008801

Expediente CREG: Comunicaciones Respetado señor Hemos recibido la comunicación del asunto, en la que informa acerca de la situación y las acciones tomadas en el municipio de Puerto Guzmán, al que no se ha podido ingresar a gestionar los eventos ocurridos en las redes

del sistema debido a la presencia y amenazas de grupos armados. Con respecto a esta situación, en su comunicación se menciona lo siguiente: Puesto que estas zonas son veredas de condiciones boscosas, lejanas al casco urbano a las cuales se accede por vías terciarias destapadas, consideramos que puede presentar un aumento de las salidas técnicas de los activos de las redes de distribución en la zona rural que es necesario poner en su conocimiento. En la zona mencionada se presentan eventos de origen 27Vegetación, 29Causa Desconocida y 30Origen Atmosféricas. Para el sector se tiene como elemento de protección principal los seccionadores, los cuales hacen necesario el desplazamiento de operarios de la Empresa para realizar inspección de estado de las redes, despeje de la falla y maniobras de restablecimiento del servicio. Por lo anterior, reiteramos a la CREG revise nuevamente el asunto sobre los eventos excluibles contenidos en la Circular No. 063 de 2018 en tanto estos hechos que pueden considerarse actos terroristas no son contemplados como tal en la circular pero en la realidad si afectan el desarrollo de las actividades de mantenimiento de la Empresa de manera directa. Es importante precisar que, en desarrollo de la función consultiva, la CREG no resuelve casos particulares o concretos, pues ello corresponde a las autoridades competentes mediante los procedimientos de rigor y, en tal virtud, tanto las preguntas como las respuestas deben darse o entenderse en forma genérica, de tal manera que puedan predicarse de cualquier asunto en circunstancias similares. Con relación a su solicitud, le informamos que la regulación de calidad del servicio en los SDL, establecida en el numeral 5.2. del anexo general de la Resolución CREG 015 de 2018, busca incentivar al OR a disminuir la

cantidad y la duración de los eventos programados y no programados que se producen en los elementos que componen sus sistemas, ya sea través de la ejecución de inversiones o través de la gestión ágil y oportuna de todos los eventos. Para esto, se estableció un esquema de incentivos y compensaciones que se aplica con base en indicadores que miden la calidad que en promedio brinda el OR, e indicadores que miden la calidad percibida de manera particular por cada usuario. Para el cálculo de los indicadores con los que se aplica el esquema, en el numeral 5.2.2 del anexo mencionado, se estableció que se excluirían del cálculo los eventos cuyas causas allí se indican, las cuales corresponden a causas sobre las que no es posible gestionar su ocurrencia. Al respecto es importante mencionar que los eventos excluidos fueron establecidos en el numeral 5.2.2 del anexo general de la Resolución CREG 015 de 2018, que es la metodología para la remuneración de la actividad de distribución de energía eléctrica, mientras que el listado de causas establecido en la Circular 063 de 2019 identifica las posibles causas de eventos existentes, para llevar a cabo el registro y reporte de los eventos ocurridos en el sistema, y clasifica las causas excluidas según lo definido en el mencionado numeral 5.2.2. Debe recordarse que para la expedición de la Resolución CREG 015 de 2018 se dio cumplimiento a lo establecido en el Decreto 2696 de 2004, compilado mediante el Decreto 1078 de 2015, en relación con la obligación que tiene la Comisión de publicar los proyectos de metodologías y de fórmulas, los estudios

respectivos y los textos de los proyectos de resoluciones para comentarios. Dicho cumplimiento se hizo efectivo a través de la publicación, para consulta y comentarios, de las siguientes resoluciones: - Resolución CREG 179 de 2014, la cual fue publicada tanto en el Diario Oficial como en la página web de la CREG el 13 de febrero de 2015, teniendo como plazo final para la presentación de comentarios el día 14 de mayo de ese mismo año. - Resolución CREG 024 de 2016 la cual fue publicada en el Diario Oficial el 20 de marzo de 2016 y en la página web de la CREG el 14 de marzo de 2016, teniendo como plazo final para la presentación de comentarios el día 15 de abril de ese mismo año. No obstante, se efectuó una prórroga en el plazo para presentar comentarios a través de la Resolución CREG 048 de 2016, dejando como plazo final el día 25 de abril de ese mismo año. - Resolución CREG 176 de 2016 publicada en el diario oficial el día 9 de noviembre de ese mismo año y en la página web de la CREG el día 4 de noviembre, teniendo como plazo final para la presentación de comentarios el día 22 de noviembre de 2016. - Resolución CREG 019 de 2017 publicada en el diario oficial el día 10 de marzo de ese mismo año y en la página web de la CREG ese mismo día, teniendo como plazo final para la presentación de comentarios el día 11 de abril de 2017. Habiendo mencionado lo anterior, le informamos que para considerar otros eventos como excluibles es necesario hacerlo a través de la modificación de la Resolución CREG 015 de 2018, para lo cual es necesario contar con la justificación que demuestre que la causa que dio origen al evento no es gestionable por los OR.

En los anteriores términos damos por atendida su solicitud. Este concepto se emite de conformidad con el numeral 73.24 del artículo 73 de la Ley 142 de 1994, y el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Cordialmente, JORGE ALBERTO VALENCIA MARÍN Director Ejecutivo Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría

ISBN 978-958-98069-2-0

Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021

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