CREG - Concepto 4607 de 2026
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
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Detalles
- Título
- CREG - Concepto 4607 de 2026
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios_Publicos
- Año
- 2026
CONCEPTO 4607 DE 2026
(mayo 22) <Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Bogotá, D.C.,
Señor XXXXXXX Asunto: Información de regulación aplicable Autogeneración y Comunidades Energéticas
Radicado CREG: S2026004607
Id de referencia: E2026005668
Respetado señor XXXXXXX: A continuación, damos respuesta a sus peticiones de información: (...) En calidad de estudiante de maestría y con objetivos de investigación, amparado en el derecho de acceso a la información pública, solicito respetuosamente el estado regulatorio para Autogeneración y Generación Distribuida, específicamente la siguiente información - Confirmación de las reglas vigentes para la liquidación de excedentes de energía inyectados por una comunidad energética o un autogenerador con conexión bidireccional a la red generador , específicamente el uso del MCm
(Costo Marginal) frente al precio de bolsa - Lineamientos o modelos contractuales requeridos para la representación de los prosumidores ante el mercado mayoristaAplicación del periodo de flexibilidad de 24 meses para comunidades energéticas rurales y su impacto en la viabilidad financiera del proyecto - Estado de la regulación para la inyección y comercialización de biometano en redes (...) Respuesta: Al respecto respondemos a las primeras 3 preguntas, relacionadas con producción de energía eléctrica, así: - Las reglas para autogeneración a pequeña escala (AGPE) están contenidas en la Resolución CREG 174 de 2021, la cual ha sido modificada en algunos artículos por las Resoluciones CREG 101 072 de 2025 y 101 087 de 2025. - Las reglas de comunidades energéticas están contenidas en la Resolución CREG 101 072 de
CREG 174 de 2021, la cual ha sido modificada en algunos artículos por las Resoluciones CREG 101 072 de 2025 y 101 087 de 2025. - Las reglas de comunidades energéticas están contenidas en la Resolución CREG 101 072 de 2025, de las cuales hacen parte los Autogeneradores Colectivos (AC). Sobre el promedio ponderado de contratos (MC), esto tiene relación con la remuneración de los excedentes a la red que superan el crédito de energía en el caso de AGPE y AC. En ese sentido le aclaramos que en la Resolución CREG 101 072 de 2025 y 101 087 de 2025 se informó que mientras se expide una regulación que aplique el MC, se aplicaría una reglamentación similar de AGPE para miembros de una AC, por lo cual para excedentes quesuperan el crédito de energía se aplica actualmente el precio de bolsa nacional. La CREG está trabajando en las reglas de traslado tarifario para poder aplicar el MC, lo cual se espera realizar el próximo semestre. - En el mercado no existe como tal el término prosumidor, pero puede entenderse que son autogeneradores o que realicen actividades similares. A esos usuarios les aplican las Resoluciones CREG 174 de 2021 (autogeneración a pequeña escala), 024 de 2015 (autogeneración a gran escala), 101 072 de 2025 (Autogeneradores Colectivos), Resolución CREG 005 de 2010 (Cogeneradores). También existen reglas asociadas a autogeneración remota y productor marginal remoto, pero su tratamiento tiene un caso distinto porque propiamente no son un prosumidor: Resolución CREG 101 099 de 2026. - Sobre lo referido del plazo de 24 meses, no comprendemos su solicitud o a qué hace
su tratamiento tiene un caso distinto porque propiamente no son un prosumidor: Resolución CREG 101 099 de 2026. - Sobre lo referido del plazo de 24 meses, no comprendemos su solicitud o a qué hace referencia. En todo caso puede estar relacionada con el tiempo de 24 meses de que trata el artículo 17 de la Resolución CREG 101 072 de 2025, esto para el costo del trasporte de Energía Reactiva a los usuarios pertenecientes a un AC. Básicamente la regla establece que en aplicación de la Resolución CREG 015 de 2018, a los usuarios autogeneradores colectivos se les aplicaría un factor M igual a 1 por 24 meses, flexibilizando el pago de dicho concepto cuando no se cumplan los límites de energía reactiva, esto con el fin de que los usuarios se familiaricen con dicha regulación de una forma gradual. Sobre la última pregunta, entendemos es sobre la actividad de producir gas y venderlo en las redes de transporte en modalidades de autogeneración o generación distribuida. Le informamos que dicho tema está siendo actualmente analizado por la Comisión. La presente comunicación se emite en los términos del artículo 13 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido mediante el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015. Cordialmente,
MAGALY ECHEVERRÍA RANGEL
Asesora de la Dirección Ejecutiva Delegada para PQRSD
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG n.d.
Última actualización: 15 de junio de 2026 - (Diario Oficial No. 53.512 - 4 de junio de 2026)