CREG - Concepto 5157 de 2015
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
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Detalles
- Título
- CREG - Concepto 5157 de 2015
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2015
GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA
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Abrir Notificaciones modal NOTIFICACIONES Abrir Actos de trámite modal ACTOS DE TRÁMITE Abrir CONCEPTO 5157 DE 2015 <Fuente: Archivo intenro entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
Bogotá D. C., XXXXXXXXXXXXXXX Asunto: Solicitud información propuesta de Resolución CREG 179 de 2014. Radicado CREG E-2015-005157
Respetado XXXXX: Hemos recibido su comunicación de la referencia, la cual se transcribe a continuación: “El presente es con el fin de hacerles una pregunta muy puntual relacionada con: cuál es la principal diferencia en cuanto a a (sic) la forma de remunerar los costos de AOM de la CREG 097 vs 179? que aporte que es lo
nuevo en la 179 respecto a los gastos AOM y su remuneración. La nueva metodologías (179) qué ventajas tiene frente a la 097 (AOM))?” En respuesta a su comunicación, le informamos que la metodología vigente para la remuneración de la actividad de distribución de energía eléctrica se encuentra en la resolución CREG 097 de 2008. La Ley 142 de 1994 establece la revisión periódica de las metodologías tarifarias, por lo cual, la Comisión se encuentra en proceso de definición de la metodología del nuevo periodo tarifario. Como parte del proceso se han publicado, para comentarios, las resoluciones CREG 043 de 2013, 079 de 2014 y 179 de 2014, que corresponden a las bases para desarrollar los estudios, los propósitos y lineamientos y la propuesta de metodología, respectivamente. En relación con la propuesta contenida en la Resolución CREG 179 de 2014, le informamos que esta cuenta con un documento de soporte, en el cual se presentan de manera detallada los diferentes análisis realizados por la Comisión para la definición de la propuesta, incluyendo aquellos relacionados con el reconocimiento de gastos de AOM. Igualmente ponemos en su conocimiento que la Comisión realizó tres audiencias públicas y dos talleres en Bogotá, Medellín, Cali y Barranquilla, para presentar de manera detallada las metodologías propuestas, las presentaciones pueden ser consultadas en la página web de la Comisión. Finalmente se señala que mediante la Circular CREG 052 de 2015, se publicó, para comentarios, un estudio sobre gastos de AOM en las actividades de transmisión y distribución de energía eléctrica, el cual hace parte de
la metodología propuesta y es un elemento nuevo respecto a la metodología vigente. Con base en lo anterior, lo invitamos a consultar dichos documentos en la página web de la Comisión www.creg.gov.co, ya que en estos se encuentran los análisis y propuestas planteadas por la Comisión para la remuneración de la actividad de distribución, incluyendo los relacionados con el reconocimiento de los gastos de AOM. En los anteriores términos damos por atendida su solicitud. Este concepto ese emite de conformidad con el numeral 73.24 del artículo 73 de la Ley 142 de 1994 y el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Cordialmente, JORGE PINTO NOLLA Director Ejecutivo Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría
ISBN 978-958-98069-2-0
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