CREG - Concepto 5306 de 2014

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Concepto 5306 de 2014
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2014

CONCEPTO 5306 DE 2014

(junio) <Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Bogotá, D.C., XXXXXXXXXXXXXXX Asunto: Comunicación vía correo electrónico del ingeniero Miguel Ignacio Vanegas. Radicado

CREG E-2014-005306

Respetado XXXXX: En su comunicación nos consulta lo siguiente: “COMEDIDAMENTE SOLICITO INFORMACIÓN ACERCA DE QUÉ DEBE HACER UN TALLER DE MANTENIMIENTO DE CILINDROS PARA GLP, PARA CERTIFICARSE Y PODER EJECUTAR ESTA ACTIVIDAD. A QUIÉN PUEDO RECURRIR PARA OBTENER TODA LA

INFORMACIÓN PERTINENTE?

Respuesta: Consideramos pertinente recordarle que la Circular 009 de 1998, expedida por la Dirección Ejecutiva de esta Comisión, expresa: “Todas las peticiones, consultas y sugerencias regulatorias que realice una persona jurídica a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, deberán estar suscritas por el representante legal de la respectiva persona jurídica. (...)” Lo anterior, por las reiteradas consultas técnicas que hemos recibido del señor Miguel Ignacio Vanegas, ingeniero del área de operaciones de su empresa. No obstante, procederemos a atender su consulta.

Como se indicó en la respuesta S-2014.002544 remitida a ustedes, el Ministerio de Minas y Energía emitió el reglamento técnico para cilindros y tanques estacionarios, en el cual

encontrará información relacionada con la certificación que deben obtener los importadores, fabricantes y talleres de mantenimiento de cilindros usados en la prestación del servicio público domiciliario de GLP. Le sugerimos dirigirse a dicha entidad (Dirección de Hidrocarburos) para realizar consultas sobre el reglamento técnico mencionado. En los anteriores términos damos por atendida su solicitud. Los conceptos aquí emitidos tienen el alcance previsto en los artículos 73.24 de la Ley 142 de 1994 y 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Cordialmente,

CARLOS FERNANDO ERASO CALERO

Director Ejecutivo

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG n.d.

Última actualización: 15 de mayo de 2026 (Diario Oficial No. 53.486 de 10 de mayo de 2026)

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