CREG - Concepto 53169 de 2005
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
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Detalles
- Título
- CREG - Concepto 53169 de 2005
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2005
GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA
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(Noviembre 18)
Fuente: Archivo Creg
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS – CREG
Bogotá, D. C., XXXXXXXXXXXXXXX Asunto: Su comunicación recibida el 12 de octubre de 2005 Radicado CREG E-2005-007595
Respetado XXXXX: De conformidad con la comunicación de la referencia, mediante la cual usted solicita a esta Comisión de Regulación se le responda si “…se le puede cobrar a una persona jurídica o natural el cobro de alumbrado público sin tenerlo…” nos permitimos manifestarle lo siguiente: La Comisión de Regulación de Energía y Gas tiene competencia para expedir la regulación de los sectores de
electricidad y gas combustible, en el contexto de servicios públicos domiciliarios, según las funciones señaladas en la Ley 142 y 143 de 1994. El artículo 73 de la Ley 142 de 1994 limita la función de la CREG de absolver consultas sobre las materias de su competencia, dentro de las cuales no se encuentra el tema del cobro del servicio de alumbrado público, razón por la cual no se puede dar una respuesta de fondo a su petición. Sin embargo, nos permitimos comentarle que el Artículo 2 de la Resolución CREG-043 de 1995 establece que “…Es competencia del Municipio prestar el servicio de alumbrado público dentro del perímetro urbano y el área rural comprendidos en su jurisdicción”. Por otro lado, de conformidad con las Leyes 97 de 1813 y 85 de 1915, al Concejo Municipal de la entidad territorial en la cual usted se encuentra ubicado, es a quien le corresponde decidir, con sujeción a la Constitución y a la ley, sobre la creación del impuesto de alumbrado público, así como la determinación de los sujetos, hechos, bases gravables, tarifa del impuesto, organización de su cobro y destino que juzgue más conveniente atender dicho servicio. Por lo anterior, le sugerimos dirigirse a la Alcaldía Municipal para que de respuesta a su consulta como autoridad competente en este tema. Cordialmente, RICARDO RAMÍREZ CARRERO Director Ejecutivo Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría
ISBN 978-958-98069-2-0
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