CREG - Concepto 5517 de 2015
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
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Detalles
- Título
- CREG - Concepto 5517 de 2015
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2015
GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA
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Abrir Notificaciones modal NOTIFICACIONES Abrir Actos de trámite modal ACTOS DE TRÁMITE Abrir CONCEPTO 5517 DE 2015 <Fuente: Archivo interno entidad emiso>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Bogotá, D.C., XXXXXXXXXXXXXXX Asunto: Su comunicación del 25 de mayo de 2015 Radicado CREG E-2015-005517
Respetada XXXXX: Hemos recibido la comunicación del asunto mediante la cual solicita información relacionada con los costos de acometida en el servicio de energía eléctrica, así: SOLICITO AMABLEMENTE INFORMACIÓN CON RESPECTO A UNA INSTALACIÓN DE RED PARA EL ACCESO DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ZONA RURAL PARA UNA VIVIENDA DE ESTRATO 1 EN
EL CUAL YA HIZO LA RESPECTIVA SOLICITUD Y FUE APROBADA POR LA EMPRESA DE ENERGÍA CUNDINAMARCA DANDO VIABILIDAD PERO DENTRO LA RESPUESTA INFORMA QUE EL USUARIO DEBE CUBRIR LA TOTALIDAD DE LOS COSTOS QUE SEAN NECESARIOS PARA LA DICHA INSTALACIÓN (DISEÑOS TRANSFORMADOR POSTE CONDUCTORES MANO DE OBRA ETC) QUISIERA SABER POR QUÉ COMO USUARIO REGULADO DEBO ASUMIR TODOS ESTOS COSTOS QUE SON MUY ELEVADOS Y ADEMÁS ES UN SERVICIO BÁSICO PARA TODO CIUDADANO. Para resolver su inquietud, a continuación se exponen algunos apartes de la regulación vigente que le permitirán tener claridad sobre el tema mencionado en su comunicación. La conexión es el conjunto de actividades mediante las cuales se realiza la derivación de la red local de energía eléctrica hasta el registro de corte de un inmueble y se instala el medidor. La conexión comprende la acometida y el medidor. La red interna no forma parte de la conexión. Si bien, las obras de infraestructura requeridas por un usuario para su conexión son responsabilidad del mismo, parte de las actividades del servicio de conexión como lo son: el suministro de los materiales de la acometida y la ejecución de la obra de conexión, se someten al Régimen Tarifario de Libertad, tal como lo establece el artículo 3º de la Resolución CREG 225 de 1997, que transcribimos a continuación: Artículo 3º. Régimen Tarifario de Libertad. Se someten al Régimen de Libertad de Tarifa las siguientes actividades asociadas con el Servicio de Conexión: El Suministro e Instalación del equipo de medición, el
Suministro de los Materiales de la Acometida y la Ejecución de la Obra de Conexión. El Prestador del Servicio tiene el deber de informar a todo Usuario Potencial que presente una Solicitud de Conexión, cuáles de las actividades a las que se refiere el presente Artículo aquél está en capacidad de ejecutar, así como el derecho del Usuario Potencial de optar por contratarlas con un tercero debidamente autorizado por la autoridad competente, siempre y cuando se cumpla con los requisitos técnicos que sobre la materia estén vigentes. Así mismo, el prestador del servicio deberá mantener disponible para los Usuarios Potenciales una lista actualizada de precios, así como información relativa al plazo de ejecución que ofrece para realizar estas actividades. De lo anterior se concluye que, conforme con lo dispuesto en la Resolución CREG 225 de 1997, el suministro de materiales de la acometida y la ejecución de la obra de conexión son responsabilidad del usuario y pueden ser contratadas por éste con un tercero diferente al prestador del servicio. La reglamentación relativa a la conexión de nuevos usuarios (aplicable también a la modificación de una conexión existente), está contenida en las Resoluciones 225 de 1997 y 070 de 1998 (Reglamento de Distribución), las cuales pueden ser consultadas en nuestra página web www.creg.gov.co. En los términos anteriores y de acuerdo con el alcance establecido en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, damos por atendida su solicitud. Cordialmente, JORGE PINTO NOLLA Director Ejecutivo Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría
ISBN 978-958-98069-2-0
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