CREG - Concepto 5619 de 2013
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
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Detalles
- Título
- CREG - Concepto 5619 de 2013
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2013
GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA
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(julio) <Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Bogotá, D.C.,
XXXXXXXXXXXXXXX
Asunto: Sus comunicaciones
Radicado CREG E-2013-005619 y E-2013-005635
Respetado XXXXX: Hemos recibido sus comunicaciones de la referencia en donde nos dice lo siguiente: De la manera más atenta, solicito de parte de esta entidad cuanto es el cobro que voluntariamente cobra una empresa prestadora de servicios públicos por revisar un contador o contador de energía eléctrica en el Dpto del
Tolima o a nivel nacional… Para su conocimiento, le informamos que la Comisión de Regulación de Energía y Gas –CREGno es una entidad de control, inspección o vigilancia. Sus funciones se encuentran establecidas en los Artículos 73 y 74 de la Ley 142 de 1994 y en el Artículo 23 de la Ley 143 de 1994, dentro de las cuales no se encuentra el registro de la información que usted solicita. Ahora bien, de conformidad con los artículos 152 y siguientes de la Ley 142 de 1994 corresponde a la empresa en primera instancia resolver peticiones, quejas y reclamos de los usuarios relacionados con la prestación del servicio o con la ejecución del contrato de servicios públicos domiciliarios. Sin perjuicio de lo anterior, le informamos que la Resolución CREG 108 de 1997 establece sobre los cobros por la revisión de instalaciones y la calibración de medidores lo siguiente: ARTICULO 27. OTROS COBROS. En las condiciones uniformes del contrato, la empresa establecerá los valores a cobrar por concepto de revisión de instalaciones o transformadores, calibración de medidores y, en general, cualquier otro servicio que el suscriptor o usuario pueda contratar con la empresa o con terceros, con el fin de que el usuario pueda comparar el precio que le ofrece la empresa frente a otros proveedores de iguales bienes o servicios. (Destacamos) Por lo anterior, todos los prestadores del servicio del país deben incluir los costos de la revisión de las instalaciones y la calibración de medidores en los contratos de condiciones uniformes. En los anteriores términos damos por atendida su solicitud. Este concepto ese emite de conformidad con el numeral 73.24 del artículo 73 de la Ley 142 de 1994 y en los términos y con el alance previsto en el artículo 28
del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Cordialmente, GERMÁN CASTRO FERREIRA Director Ejecutivo Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría
ISBN 978-958-98069-2-0
Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021
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