CREG - Concepto 6913 de 2020
Comisión de Regulación de Energía y Gas
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CREG - Concepto 6913 de 2020
- Autor
- Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2020
GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA
CONTRASTE
AYUDA BUSCAR Concepto 6913 de 2020 CREG
ANOTACIONESANOTACIONES
Reducir Normal Aumentar
COMPARTIR
IMPRIMIR
DESCARGARANEXOS
DatosDATOS BúsquedaBUSCAR ÍndiceÍNDICE MemoriaMEMORIA DesarrollosDESARROLLOS ModificacionesMODIFICACIONES ConcordanciasCONCORDANCIAS NotificacionesNOTIFICACIONES Actos de trámiteACTOS DE TRÁMITE Concepto 6913 de 2020 CREG Abrir documento modal
DOCUMENTO
Abrir Datos modal DATOS Abrir Búsqueda modal
BUSCAR
Abrir Índice modal
ÍNDICE
Abrir Memoria modal
MEMORIA
Abrir Desarrollos modal
DESARROLLOS
Abrir Modificaciones modal
MODIFICACIONES
Abrir Concordancias modal
CONCORDANCIAS
Abrir Notificaciones modal NOTIFICACIONES Abrir Actos de trámite modal
ACTOS DE TRÁMITE
Abrir CONCEPTO 6913 DE 2020
(diciembre 17) <Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
XXXXXXXXXXXXXXX
Asunto: Radicado CREG E-2020-014592
Expediente CREG - General N/A Respetada señora XXXXX: Hemos recibido la comunicación del asunto, mediante la cual solicita información sobre aspectos relacionados con las unidades constructivas para la remuneración de la actividad de distribución de energía eléctrica, así: De manera respetuosa nos permitimos solicitar la siguiente aclaración respecto al cálculo del costo de la casa de
control en el capítulo 14.1 literal q de la Resolución CREG 015 de 2018. En el citado numeral se encuentran definidas las variables: ACe: Área reconocida para cualquier celda de la subestación de nivel de tensión 3 o 4.Cen, s: Número de celdas en operación en la subestación s con nivel de tensión n en el lado de alta, (n = 3, 4 o Conexión al STN). Incluyendo las celdas de respaldo reconocidas. ¿Para el cálculo de estas variables se han de considerar las celdas de nivel de tensión 2 o únicamente las celdas correspondientes a los niveles de tensión 3 y 4? De referirse a la fórmula para el reconocimiento del costo de la casa de control de la subestación de que trata el literal q. del numeral 14.1 del Capítulo 14 de la Resolución CREG 015 de 2018, le informamos que allí se indica que la variable Ce corresponde al número de celdas en operación en la subestación s con nivel de tensión n en n,s el lado de alta, (n = 3, 4 o Conexión al STN), incluyendo las celdas de Nivel de Tensión 2 reconocidas en una subestación donde el nivel de alta tensión sea superior al 2. En los anteriores términos y de conformidad con lo previsto en el Artículo 1 de la Ley 1755 de 2015, damos por atendida su solicitud. Cordialmente, JORGE ALBERTO VALENCIA MARÍN Director Ejecutivo Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría
ISBN 978-958-98069-2-0
Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021
×