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CREG - Concepto 841 de 2007

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Concepto 841 de 2007
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2007

GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA

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(marzo 8) <Fuente: Archivo interno CREG>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS – CREG

Bogotá, D. C., XXXXXXXXXXXXXXX Asunto: Su comunicación recibida el 23 de enero de 2007 Radicado CREG E-2007-001471

Respetado XXXXX: Hemos recibido la comunicación del asunto, en donde plantea una inquietud que tiene que ver con la normatividad relacionada con la calidad en la prestación del servicio de energía eléctrica: EL DES Y FES DE LA RESOLUCIÓN 070 DE 1998 APLICA A LAS ZONAS NO INTERCONECTADAS?

ESTO LO SOLICITAMOS PARA DAR UNA RESPUESTA A LA CONTRALORÍA – AMAZONAS Al respecto le informamos que la Resolución CREG 070 de 1998 “Por la cual se establece el Reglamento de Distribución de Energía Eléctrica, como parte del Reglamento de Operación del Sistema Interconectado Nacional”, como su nombre lo indica es de aplicación solo para el Sistema Interconectado Nacional – SIN. Los aspectos de calidad en la prestación del servicio de energía eléctrica para las Zonas No Interconectadas, están en proceso de consulta y su desarrollo se ha incluido en la Agenda Regulatoria de la Comisión para el presente año. En los anteriores términos esperamos haber absuelto las inquietudes presentadas. Los conceptos aquí emitidos tienen el alcance previsto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo. Cordialmente, CAMILO QUINTERO MONTAÑO Director Ejecutivo Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría

ISBN 978-958-98069-2-0

Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021

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