CREG - Concepto 859 de 2019

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Concepto 859 de 2019
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2019

CONCEPTO 859 DE 2019

(Febrero 11) <Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

XXXXXXXXXXXXXXX Asunto: Su comunicación del 23 de enero de 2019

Radicado CREG E-2019-000780

Respetado señor XXXXX: En atención a su comunicación, la Comisión de Regulación de Energía y Gas da respuesta a cada numeral a continuación. 1. “Se sirvan indicar cuál es la agenda regulatoria específica para el proyecto regulatorio “Limites de Integración Vertical y de Participación de Mercado en las actividades de las cadenas de valor de los servicios públicos de Energía Eléctrica y Gas Combustible''' La agenda regulatoria indicativa definida por la Comisión para el año 2019 se encuentra en el documento CREG 109 de 2018. A este documento se puede acceder a través de la página web de la CREG (www.creq.qov.co) . Siguiendo el enlace: CREG / Nuestra labor / Planeación estratégica / Agenda regulatoria.

El ítem de la agenda regulatoria indicativa que atañe el tema de su petición está en el numeral 4, denominado “Temas transversales a los servicios públicos domiciliarios”. Específicamente, el numeral 4.5 trata el tema de “Revisión de las reglas de integración vertical y participación de mercado”. 2. “Se sirvan indicar la fecha exacta del plazo para allegar comentarios al DOCUMENTO COMITÉ DE EXPERTOS del 15 de noviembre de 2018, que se hizo público a través la Circular CREG 103 del 21 de diciembre de 2018.”

Dadas las fechas establecidas en la agenda regulatoria indicativa (ver numeral anterior), para que los comentarios al documento CREG “Limites de Integración Vertical y de Participación de Mercado en las actividades de las cadenas de valor de los servicios públicos de Energía Eléctrica y Gas Combustible” sean tenidos en cuenta en la elaboración de la consulta, estos deben ser allegados a la Comisión a más tardar durante el mes de febrero del presente año. Sin embargo, puesto que la siguiente etapa es una resolución de consulta, aquellos comentarios que se reciban con posterioridad a la elaboración de la consulta serán tenidos en cuenta para la siguiente etapa del proceso regulatorio. 3. “Se sirvan indicar la fecha exacta en la que la CREG emitiría una propuesta regulatoria de consulta en el proyecto regulatorio “Limites de Integración Vertical y de Participación de Mercado en las actividades de las cadenas de valor de los servicios públicos de Energía Eléctrica y Gas Combustible'” La agenda regulatoria indicativa estableció que la consulta del proyecto regulatorio “Revisión de las reglas de integración vertical y participación de mercado” se hará durante el primer trimestre de 2019.4. “Se sirvan indicar la fecha exacta del plazo para allegar comentarios a la propuesta regulatoria que emita la CREG en el proyecto “Limites de Integración Vertical y de Participación de Mercado en las actividades de las cadenas de valor de los servicios públicos de Energía Eléctrica y Gas Combustible”.” La fecha exacta para allegar comentarios a la propuesta regulatoria que emita la CREG sobre el proyecto “Revisión de las reglas de integración vertical y participación de mercado” será

establecida dentro de la resolución que contenga dicha propuesta. El periodo de consulta se fijará en concordancia con la reglamentación sobre publicidad de proyectos de regulación que rigen a la Comisión para la emisión de actos de carácter general, de la que trata el Decreto Único Reglamentario del sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Decreto 1078 de 2015, Artículo 2.2.13.3.2). “Se sirvan indicar la fecha exacta en la que la CREG emitiría una decisión definitiva en el proyecto regulatorio “Limites de Integración Vertical y de Participación de Mercado en las actividades de las cadenas de valor de los servicios públicos de Energía Eléctrica y Gas Combustible”, ya sea la decisión de no continuar con el desarrollo regulatorio y el correspondiente archivo del tema o a la expedición de una resolución definitiva.” De acuerdo con lo establecido en la agenda regulatoria indicativa (ver numeral 1 de esta comunicación), la decisión sobre “Revisión de las reglas de integración vertical y participación de mercado” será emitida durante el segundo trimestre de 2019. 6. “Se sirvan indicar la fecha exacta en la que la CREG, en caso de expedir una resolución definitiva en el proyecto regulatorio “Limites de integración Vertical y de Participación de Mercado en las actividades de las cadenas de valor de los servicios públicos de Energía Eléctrica y Gas Combustible”, someta la misma al trámite de abogacía de la competencia ante la Superintendencia de Industria y Comercio.” En caso de expedirse una decisión regulatoria que intervenga las reglas de integración vertical

y participación de mercado para las actividades de las cadenas de valor de los servicios públicos de energía eléctrica y gas combustible, la CREG deberá diligenciar el formulario de Abogacía de la Competencia de la Superintendencia de Industria y Comercio -SIC. En función de los resultados que arroje dicho formulario, la resolución y su correspondiente documento soporte serán enviados a la SIC para lo pertinente. La radicación ante la SIC para dicho trámite se hará una vez el proyecto sea aprobado en sesión CREG. Cordialmente,

CHIRSTIAN JARAMILLO HERRERA

Director Ejecutivo

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG n.d.

Última actualización: 15 de mayo de 2026 (Diario Oficial No. 53.486 de 10 de mayo de 2026)

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