CREG - Concepto 950797 de 1995
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
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Detalles
- Título
- CREG - Concepto 950797 de 1995
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 1995
GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA
CONTRASTE
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CONCEPTO CREG 950797 DE 1995
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS <NOTA: Este documento fue bajado de la pagina de intenet CREG>
27. ENTIDAD SOLICITANTE: XXXXXXXXXXXXXXX
FECHA SOLICITUD: 95/05/24
FECHA RESPUESTA: OFICIO MMECREGNo. 797 DE 95/06/15
TEMA: TARIFAS. REGIMEN DE UNIDADES DE VIVIENDA CON LOCAL COMERCIAL.
UN INMUEBLE SIRVE DE VIVIENDA Y TIENE UN LOCAL COMERCIAL, SOLO CUENTA CON UN
CONTADOR DE ENERGIA, CUAL SERA LA TARIFA A APLICAR.
La Resolución JNT019 de 1987, artículo 3, establece que, para efectos de la facturación, se considerarán como residenciales los pequeños establecimientos comerciales o industriales conexos a los apartamentos o casas de habitación, cuya carga instalada sea inferior o igual a 3 kW.
REPUBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS
Santafé de Bogotá, XXXXXXXXXXXXXXX Ref: Su Comunicación de mayo 24 de 1995
Apreciado XXXXX: En respuesta a su comunicación en referencia, a continuación presentamos nuestros comentarios a las
inquietudes formuladas en la misma:
1. De acuerdo con la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de Todas las Actividades Económicas – CIIU-, Segunda Revisión, las estaciones de radiodifusión están clasificadas en la Gran División 9 (servicios comunales, sociales y personales), por lo que, de acuerdo con lo establecido por la resolución JNT-019 de 1987, les son aplicables las tarifas del servicio comercial.
2. El artículo 3o. de la misma resolución establece que, para efectos de facturación, se considerarán como residenciales los pequeños establecimientos comerciales o industriales conexos a los apartamentos o casas de habitación, cuya carga instalada sea igual o inferior a 3 kW.
3. De acuerdo con su solicitud, adjuntamos copia de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de Todas
las Actividades Económicas –CIIU-, Segunda Revisión.
4. Las resoluciones expedidas por la Comisión de Regulación de Energía y Gas en desarrollo de los poderes otorgados por la ley, son de obligatorio cumplimiento a partir de la vigencia de las mismas. Por lo tanto, no se
requiere de actos administrativos de las empresas a quienes son aplicables para exigir su cabal cumplimiento. Cordialmente,
EVAMARIA URIBE TOBON
Director Ejecutivo
REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DE ARAUCA
EMPRESA DE ENERGIA ELECTRICA DE ARAUCA "E N E L A R " Arauca, Mayo 24 de 1995
XXXXXXXXXXXXXXX Respetada Doctora: Muy comedidamente me permito solicitar el concepto de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, para la clasificación de los siguientes tipos de usuarios:
1. Emisoras de Radio.
2. Usuarios con cuya vivienda se da en arriendo una habitación para local comercial u oficina y donde se dispone de un solo contador de energía para registrar el consumo de toda la vivienda.
3. Usuario en cuya vivienda se tiene una tienda ó un taller de ornamentación o reparación de equipos eléctricos, cuyo propietario es el usuario; y donde solo se dispone de un contador para medir el consumo de la vivienda.
Así mismo, le solicito copia de la "Clasificación Industrial Internacional Uniforme" de todas las actividades Económicas (CIIU), ( Ultima Revisión ), del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas. Con el fin de clarificar algunas dudas que surgen en la Empresa para la aplicación de las resoluciones expedidas por la CREG, le solicito se me informe si la Gerencia debe adoptar mediante Acto Administrativo las disposiciones de la Comisión para las Empresas del Sector Eléctrico y en especial para ENELAR. Agradezco su gentil atención a la presente solicitud. Cordialmente, ORLANDO BAHAMONA RENDON Gerente ENELAR Ir al inicio Reducir
Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría
ISBN 978-958-98069-2-0
Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021
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