CREG - Concepto 960632 de 1996
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
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Detalles
- Título
- CREG - Concepto 960632 de 1996
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 1996
GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA
CONTRASTE
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Abrir CONCEPTO 632 DE 1996
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA CREG
COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS
Solicitante: EMPRESA DE ENERGIA DE BOGOTA
Fecha: 96/02/27
Tema: Solicita concepto sobre la viabilidad de que EEB-Generador, en las convocatorias para compras de energía a largo plazo, presente ofertas independientes, una por una planta (guavio) y otra por las plantas restantes.
Respuesta: Ofic. MMECREG - 632; 96/02/24
GENERADOR/PARTICIPACION EN EL MERCADO MAYORISTA/Ofertas independientes por cada unidad de generación. Las empresas generadoras realizan ofertas de disponibilidad y precio en la Bolsa de Energía, por cada una de sus
unidades de generación. Es decir, las ofertas se individualizan por cada una de sus plantas. En el caso de empresas generadoras propietarias de más de una planta, aún cuando las ofertas por planta en la Bolsa son individuales, el agente económico registrado ante el SIC es único. [...] Ante el SIC, las obligaciones que se deriven de la liquidación, facturación, cobro y pago del valor de los actos o contratos de energía que tenga suscritos un generador en la bolsa, tienen un único agente responsable. En este caso, el agente generador. (Ofic. MMECREG - 632; 96/02/24)
REPUBLICA DE COLOMBIA
MINISTERO DE MINAS Y ENERGIA
COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS
Santafé de Bogotá, D.C., XXXXXXXXXXXXXXX REF: 612302 feb. 27/96., Rad. CREG-577 feb. 27-96
Apreciada XXXXX: Damos respuesta al oficio de la referencia, en el cual solicita concepto sobre la viabilidad de que EEBGenerador, en las convocatorias para compras de energía a largo plazo, presente ofertas independientes, una por la energía de la planta Guavio y otra por la energía de sus plantas restantes.
Al respecto le manifestamos lo siguiente: - Las empresas generadoras realizan ofertas de disponibilidad y precio en la Bolsa de Energía, para cada una de sus unidades de generación. Es decir, las ofertas se individualizan para cada una de las plantas. - En el caso de empresas generadoras propietarias de más de una planta, aún cuando las ofertas por planta en la Bolsa son individuales, el agente económico registrado ante el SIC es único. En el caso planteado este agente
sería la EEB-Generador. - Ante el SIC se registran todos los contratos de largo plazo que tengan suscritos los generadores. Un generador puede tener contratos con distintos comercializadores, o puede tener varios contratos con un solo comercializador. - Los Contratos Bilaterales de largo Plazo, constituyen una de las opciones de transacción de energía previstas en el mercado mayorista. De allí que como en la Bolsa, un generador puede efectuar ofertas separadas por planta, o efectuar ofertas parciales de suministro que no comprometan la totalidad de su energía firme. - Ante el SIC sinembargo, las obligaciones que se deriven de la liquidación, facturación cobro y pago del valor de los actos o contratos de energía que tenga suscritos un generador en la bolsa, tienen un único agente responsable. En este caso EEBGenerador. - Si la planta de generación del Guavio se constituye en un futuro, en una sociedad de derecho independiente de la EEB, esta última podrá ceder a otro comercializador o generador, él o los contratos bilaterales de largo plazo que tenga suscritos, comprometiendo la energía firme del Guavio. Los mecanismos de cesión están reglamentados en la Resolución CREG-024 de 1995. Cordialmente,
ANTONIO BARBERENA S.
Director Ejecutivo Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría
ISBN 978-958-98069-2-0
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