🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CREG - Concepto 961191 de 1996

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CREG - Concepto 961191 de 1996
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
1996

GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA

CONTRASTE

AYUDA BUSCAR Concepto 961191 de 1996 CREG

ANOTACIONESANOTACIONES

Reducir Normal Aumentar

COMPARTIR

IMPRIMIR

DESCARGARANEXOS

DatosDATOS BúsquedaBUSCAR ÍndiceÍNDICE MemoriaMEMORIA DesarrollosDESARROLLOS ModificacionesMODIFICACIONES ConcordanciasCONCORDANCIAS NotificacionesNOTIFICACIONES Actos de trámiteACTOS DE TRÁMITE Concepto 961191 de 1996 CREG Abrir documento modal

DOCUMENTO

Abrir Datos modal DATOS Abrir Búsqueda modal

BUSCAR

Abrir Índice modal

ÍNDICE

Abrir Memoria modal

MEMORIA

Abrir Desarrollos modal

DESARROLLOS

Abrir Modificaciones modal

MODIFICACIONES

Abrir Concordancias modal

CONCORDANCIAS

Abrir Notificaciones modal NOTIFICACIONES Abrir Actos de trámite modal

ACTOS DE TRÁMITE

Abrir CONCEPTO 1191 DE 1996

MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA CREG

COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS

Solicitante: GAS CAMARGO

Fecha: 96/06/04

Tema: La empresa manifiesta la imposibilidad de dar cumplimiento a la contribución especial de regulación establecida en el artículo 85 de la Ley 142 de 1994,en razón a que no se le ha informado en qué categoría o clasificación se encuentra el municipio de Chucurí.

Respuesta: Ofic. MMECREG - 1191; 96/07/03

CONTRIBUCION/DE REGULACION/Hecho generador La obligación de cancelar la contribución especial de regulación se origina en el momento de ejecutar

actividades, en el subsector de gas combustible, que la ley 142 de 1994 ha definido como reguladas. El envío de los estados financieros, la autoliquidación y el pago de la contribución especial de regulación, no está condicionada en ninguna norma de la Ley 142 de 1994 y el Decreto 30 de 1995, a que el municipio en el cual ejecuta sus operaciones la empresa objeto de regulación, esté clasificado o categorizado de determinada manera. La clasificación de los Municipios en Menores y Zonas Rurales, está contenida en el artículo 20 de la Ley 142 de 1994, y para los propósitos de contribución especial de regulación, el contenido del mencionado artículom no guarda ningún tipo de relación ni material ni substancial, con lo dispuesto en el artículo 85 de la ley 142 de 1994 y el 26 del Decreto 30 de 1995. (Ofic. MMECREG - 1191; 96/07/03). Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría

ISBN 978-958-98069-2-0

Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021

×

Consultar sobre este documento ...