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CREG - Concepto 972454 de 1997

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Concepto 972454 de 1997
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
1997

GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA

CONTRASTE

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CONCEPTO CREG 2454 DE 1997

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS <NOTA: Concepto bajado de la página de internet de la CREG> SOLICITANTE: SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS. Comunicación No.- de 14 de octubre de

1997. Radicado CREG004724 de 1997.

PETICION: Solicita que la CREG expida la metodología para la adopción del sistema de control interno por parte de las empresas de servicios públicos.

RESPUESTA: EXTRACTO COMUNICACIÓN MMECREG-2454 de 1 de diciembre de 1997: "... La función conferida por la ley a las comisiones de regulación se limita a la definición de los criterios,

carácterísticas, indicadores y modelos que permiten evaluar la gestión de las empresas, tarea desarrollada por la CREG a través de las Resoluciones 05/95, 19/96, 23/96, 26/96 y 27/97. En esta materia, existen los mandatos legales consagrados en los artículos 47, 48 y 52 de la Ley 142 de 1994. Respecto al artículo 47, referido a la aplicación del control interno, los criterios e indicadores han sido señalados por la CREG, y corresponde a la Superintendencia vigilar su cumplimiento. Por su parte, el artículo 48 podría dar lugar a dos interpretaciones. De un lado, puede considerarse que la Comisión tiene la función de fijar las reglas que les permita a las empresas contratar con entidades privadas la definición y diseño de los procedimientos de control interno. Otra forma podría ser que la ley otorga a las comisiones el deber de establecer las normas dentro de las cuales debe estar enmarcada la definición, diseño y evaluación de cumplimiento del control interno por parte de las entidades privadas que han sido contratadas para tal efecto. Por último, el artículo 52o. establece que las comisiones deben definir los criterios, características, indicadores y modelos de carácter regulatorio que permitan evaluar la gestión y resultados de las empresas, tarea que ya fue desarrollada mediante las resoluciones anteriormente mencionadas. Se concluye que de las normas mencionadas, no aparece por parte alguna la obligación de la CREG de expedir dicha metodología. Sin embargo, la función regulatoria no debe limitarse a la definición de dichos criterios, desatendiendo su posterior aplicación. definición de los criterios debe ir acompañada necesariamente de las herramientas que hagan efectiva su

aplicación, y esa herramienta no es otra que la metodología que solicita la Superintendencia de Servicios Públicos. En conclusión, y teniendo como fundamento la necesidad de dar efectividad a las funciones encomendadas al regulador, se considera conveniente impulsar la expedición de la metodología que le permita a la Superintendencia evaluar la gestión financiera, técnica y administrativa de las empresas de servicios públicos, tarea concordante con la función de la Comisión de propiciar la prestación eficiente del servicio y la producción de servicios de calidad..". Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría

ISBN 978-958-98069-2-0

Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021

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