CREG - Concepto 972498 de 1997
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
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Detalles
- Título
- CREG - Concepto 972498 de 1997
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 1997
GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA
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CONCEPTO CREG 972498 DE 1997
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS <NOTA: Concepto bajado de la página de internet de la CREG> SOLICITANTE: ELECTRIFICADORA DE CORDOBA S.A. E.S.P. Comunicación No. 0007216 de 19 de junio de 1997. RADICADO CREG36618 de 23 de junio de 1997.
PETICION: Se solicita concepto sobre la viabilidad legal de negociar con los usuarios el valor de la parte que no corresponde al suministro de energía, teniendo en cuenta que la Ley 142 de 1994 prohibe la exoneración del
pago originado en la prestación del servicio público domiciliario.
RESPUESTA: EXTRACTO COMUNICACIÓN MMECREG2498 de 3 de diciembre de 1997: ".. El artículo 98 de la Ley 142 de 1994 prohibe a los prestadores de servicios públicos ciertas prácticas por considerarlas restrictivas de la competencia, como dar a los clientes de un mercado competitivo tarifas inferiores a los costos operacionales, o el ofrecer tarifas inferiores a sus costos operacionales promedio con el ánimo de desplazar competidores, prevenir la entrada de nuevos oferentes o ganar posición dominante ante el mercado o ante clientes potenciales.
En concordancia con lo anterior, el artículo 99.9 de la Ley 142 prohibe a las empresas la exoneración en el pago a los suscriptores o usuarios de los servicios públicos que presta. De las anteriores normas se puede concluir que lo que la ley prohibe es el tratamiento diferencial en lo que a tarifas se refiere, y el dar tarifas inferiores a los costos operacionales de la empresa. Si la empresa decide negociar con los clientes el uso no autorizado o fraudulento del servicio eléctrico, deberá tener en cuenta los principios establecidos por la ley, especialmente el de neutralidad. Este principio exige, dentro de las mismas condiciones, un tratamiento igual para los usuarios, sin discriminaciones diferentes a las derivadas de su condición social o de las condiciones y características técnicas de la prestación del servicio...". Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría
ISBN 978-958-98069-2-0
Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021
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