CREG - Concepto 9924 de 2018
Comisión de Regulación de Energía y Gas
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Detalles
- Título
- CREG - Concepto 9924 de 2018
- Autor
- Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2018
GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA
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Abrir Notificaciones modal NOTIFICACIONES Abrir Actos de trámite modal ACTOS DE TRÁMITE Abrir CONCEPTO 9924 DE 2018 <Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Bogotá, D.C., XXXXXXXXXXXXXXX Asunto: Su comunicación del 27 de septiembre de 2018, Radicado CREG E-2018-009924.
Respetada señora XXXXX: Hemos recibido su comunicación radicada en la CREG con el número de la referencia, en la que realiza una consulta con relación a la subasta de contratos de largo plazo definida por el Ministerio de Minas y Energía. A continuación, transcribimos sus preguntas y procedemos a contestarlas: “(…) 1. En el caso de que en la subasta no se presenten nuevos agentes ¿el mecanismo de subasta establecido en
la Resolución MME 40791 de 2018 sería considerado ineficaz?
2. En el caso en que los proyectos adjudicados en la subasta, a que hace referencia la Resoluciones MME 40791 y 40795 de 2018, pertenezcan (total o parcialmente y directamente o a través de una entidad controlada) a las (4) firmas con las mayores cuotas de mercado, ¿el mecanismo de subasta establecido en la Resolución MME 40791 de 2018 sería considerado ineficaz?
De acuerdo con el concepto mencionado dado por el Ministerio, la CREG a través de lo que actualmente está en consulta (Res. CREG 122 de 2018), debe establecer las condiciones de competencia incluyendo las disposiciones relacionadas con la entrada de nuevos agentes al Mercado Mayorista de Energía ¿cómo la CREG garantizará el éxito de la subasta en términos de que los proyectos adjudicados en esta no pertenezcan a la (4) firmas con las mayores cuotas del mercado? ¿Qué dispone la CREG que pasaría en el escenario de presentarse este caso de acuerdo a lo dispuesto y las motivaciones del Decreto 570 de 2018 y Resolución 40791? (...)” Con respecto a sus inquietudes, nos permitimos señalar que dentro de las funciones legales atribuidas a la CREG en la Ley 142 y 143 de 1994, así como en el marco del Decreto 0570 de 2018 y la Resolución del Ministerio de Minas y Energía 40791 de 2018, esta Entidad debe incentivar una formación de precios eficiente. En particular, la mencionada resolución del Ministerio establece que le corresponde a la CREG definir las condiciones de competencia que deben observarse para entender que los precios resultantes de la subasta son
eficientes y, por ende, pueden trasladarse a los usuarios. En estos términos, la Comisión expidió la Resolución CREG 121 de 2018 (en consulta), en donde se establecen 3 indicadores de competencia. El primero, define un umbral de 50% necesario en la participación de agentes independientes. Adicionalmente, se propone un indicador de concentración en la adjudicación, con el fin de que la repartición de contratos entre los oferentes no quede concentrada en pocos generadores. Y finalmente, se establece un índice de dominancia que tiene como objetivo limitar la posibilidad de que un solo agente concentre un gran porcentaje del mercado. Siempre que tales indicadores se cumplan, se entenderá que la formación de precios es eficiente, pues tanto ex ante como ex post, se verifica que la participación y la asignación de contratos son concordantes con un mercado en competencia. Si esta condición se da, se define una fórmula de traslado de los precios resultantes a la tarifa de los usuarios finales regulados. De lo contrario, no hay traslado a la tarifa. Es por esto que en desarrollo del artículo 22 de la Resolución 40791 de 2018 del Ministerio de Minas y Energía, no le corresponde a esta Entidad evaluar, calificar o garantizar en términos de “eficacia” o “éxito” o emitir juicios u opiniones en relación con el mecanismo de subasta de contratos de largo plazo diseñado por el Ministerio de Minas y Energía. Cordialmente, CHRISTIAN JARAMILLO HERRERA Director Ejecutivo Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría
ISBN 978-958-98069-2-0
Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021
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