🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CREG - Resolución 0066 de 1999

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CREG - Resolución 0066 de 1999
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
1999

GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA

CONTRASTE

AYUDA BUSCAR Resolución 66 de 1999 CREG

ANOTACIONESANOTACIONES

Reducir Normal Aumentar

COMPARTIR

IMPRIMIR

DESCARGARANEXOS

DatosDATOS BúsquedaBUSCAR ÍndiceÍNDICE MemoriaMEMORIA DesarrollosDESARROLLOS ModificacionesMODIFICACIONES ConcordanciasCONCORDANCIAS NotificacionesNOTIFICACIONES Actos de trámiteACTOS DE TRÁMITE Resolución 66 de 1999 CREG Abrir documento modal

DOCUMENTO

Abrir Datos modal DATOS Abrir Búsqueda modal

BUSCAR

Abrir Índice modal

ÍNDICE

Abrir Memoria modal

MEMORIA

Abrir Desarrollos modal

DESARROLLOS

Abrir Modificaciones modal

MODIFICACIONES

Abrir Concordancias modal

CONCORDANCIAS

Abrir Notificaciones modal NOTIFICACIONES Abrir Actos de trámite modal

ACTOS DE TRÁMITE

Abrir RESOLUCIÓN 66 DE 1999

(noviembre 25) Diario Oficial No. 43.815 de 14 de diciembre de 1999 COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS Por la cual se modifica el numeral 2.1.1.1. del Código de Operación, contenido en la Resolución CREG-025 de 1995. Concordancias CREG LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y los decretos 1524 y 2253 de 1994 y, CONSIDERANDO: Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas tiene la facultad legal de establecer el Reglamento de

Operación, el cual incluye los principios, criterios y procedimientos para regular el funcionamiento del mercado mayorista de energía eléctrica, de conformidad con lo señalado en la Ley 143 de 1994; Que Urrá S.A. E.S.P. solicitó, mediante comunicación 330086 radicada con el No. 6764 del 4 de Noviembre de 1999, a la CREG "no someter este embalse al manejo de los mínimos operativos, por que estos le impedirían cumplir con los compromisos ambientales establecidos en Ia Licencia Ambiental"; Que de acuerdo con la información suministrada por Urrá S.A. E.S.P "El proyecto Urrá fue concebido desde sus inicios como un proyecto Multipropósito cuyos objetivos principales son: Generación de energía, Control de inundaciones en el valle río Sinú y Ia Regulación del caudal del río Sinú aguas abajo de Ia presa y mantener las condiciones ambientales adecuadas tal que se estimule el desarrollo de las especies icticas"; Que el CNO en su sesión del jueves 18 de noviembre de 1999, de acuerdo con la comunicación radicada internamente con el No. 6673 de 1993, emitió concepto sobre el tema; RESUELVE: ARTICULO 1o. El tercer inciso del procedimiento de determinación de los Niveles Mínimos Operativos de que trata el numeral 2.1.1.1. del Código de Operación contenido en la Resolución CREG-025 de 1995, modificado por el artículo 2o. de la Resolución CREG-058 de 1995 quedará así: "Con esta simulación se determina la cantidad de energía que resulta almacenada al comienzo del período de verano. Esta energía se distribuye entre los embalses con capacidad de regulación mayor que diaria (sin incluir

los siguientes embalses con prioridad de utilización diferente de la energética: Sisga, Tominé, Neusa, Chuza, Urrá y Salvajina) en proporción al nivel físico máximo afectado por la capacidad de las plantas asociadas, volúmenes de espera, volúmenes mínimos y demás restricciones que afecten las descargas." VER

MÁSVER

MÁS Documento PDF Opción documento VER

MÁSVER

MÁS Documento Word de Microsoft Opción documento VER

MÁSVER

MÁS Documento .html Opción documento Cerrar menú blanco Resolución 66 de 1999 CREG × Comisión de Regulación de Energía y Gas

CREGDRA

© 2019 a 2021 Créditos y reserva de derechos de autor Control de versiones Última actualización: ISBN 978-958-98069-2-0 Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y GasAlejandría IR ARRIBA Aumentar Normal Reducir Ir al inicio Director Ejecutivo JOSE

CAMILO

MANZUR

J. Presidente FELIPE

RIVEIRA

HERRERA Delegado por el Ministro de Minas y Energía Viceministro de Energía Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., el día 25 de Noviembre de 1999

PUBLÍQUESE

Y

CÚMPLASE

ARTICULO

2o.

VIGENCIA.

La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial. Ir al inicio rr1r r1r ~ f;JI U U r;Jf,JUUÍ í

Consultar sobre este documento ...