🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CREG - Resolución 0180 de 2010

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CREG - Resolución 0180 de 2010
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2010

GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA

CONTRASTE

AYUDA BUSCAR Resolución 180 de 2010 CREG

ANOTACIONESANOTACIONES

Reducir Normal Aumentar

COMPARTIR

IMPRIMIR

DESCARGARANEXOS

DatosDATOS BúsquedaBUSCAR ÍndiceÍNDICE MemoriaMEMORIA DesarrollosDESARROLLOS ModificacionesMODIFICACIONES ConcordanciasCONCORDANCIAS NotificacionesNOTIFICACIONES Actos de trámiteACTOS DE TRÁMITE Resolución 180 de 2010 CREG Abrir documento modal

DOCUMENTO

Abrir Datos modal DATOS Abrir Búsqueda modal

BUSCAR

Abrir Índice modal

ÍNDICE

Abrir Memoria modal

MEMORIA

Abrir Desarrollos modal

DESARROLLOS

Abrir Modificaciones modal

MODIFICACIONES

Abrir Concordancias modal

CONCORDANCIAS

Abrir Notificaciones modal NOTIFICACIONES Abrir Actos de trámite modal

ACTOS DE TRÁMITE

Abrir RESOLUCIÓN 180 DE 2010

(diciembre 20) Diario Oficial No. 47.937 de 29 de diciembre de 2010 COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS Por la cual se fija la oportunidad en que se asignarán las Obligaciones de Energía Firme del Cargo por Confiabilidad para el período comprendido entre el 1o de diciembre 2014 y el 30 de noviembre de 2015 a quienes representen plantas existentes. Resumen de Notas de Vigencia Concordancias CREG LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de

1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y CONSIDERANDO QUE: Según la Ley 143 de 1994, artículo 4o, el Estado, en relación con el servicio de electricidad, tendrá como objetivos en el cumplimiento de sus funciones, los de abastecer la demanda de electricidad de la comunidad bajo criterios económicos y de viabilidad financiera, asegurando su cubrimiento en un marco de uso racional y eficiente de los diferentes recursos energéticos del país; asegurar una operación eficiente, segura y confiable en las actividades del sector; y mantener los niveles de calidad y seguridad establecidos. La Ley 143 de 1994, artículo 20, definió como objetivo fundamental de la Regulación en el sector eléctrico, asegurar una adecuada prestación del servicio mediante el aprovechamiento eficiente de los diferentes recursos energéticos, en beneficio del usuario en términos de calidad, oportunidad y costo del servicio. Para el cumplimiento del objetivo señalado, la Ley 143 de 1994, artículo 23, le atribuyó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, entre otras, las siguientes funciones: - Crear las condiciones para asegurar la disponibilidad de una oferta energética eficiente capaz de abastecer la demanda bajo criterios sociales, económicos, ambientales y de viabilidad financiera, promover y preservar la competencia, para lo cual, la oferta eficiente, en el sector eléctrico, debe tener en cuenta la capacidad de generación de respaldo; - Valorar la capacidad de generación de respaldo de la oferta eficiente; - Definir y hacer operativos los criterios técnicos de calidad, confiabilidad y seguridad del servicio de energía; y - Determinar las condiciones para la liberación gradual del mercado hacia la libre competencia.

De acuerdo con lo establecido en el literal c) del artículo 74.1 de la Ley 142 de 1994, le corresponde a la CREG establecer el Reglamento de Operación, para regular el funcionamiento del Mercado Mayorista. La CREG mediante Resolución CREG 071 de 2006, adoptó la metodología para la remuneración del Cargo por Confiabilidad en el Mercado Mayorista de Energía, en la cual se estableció que con el fin de garantizar la confiabilidad del servicio de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional se definirá una Demanda Objetivo que se debe cubrir mediante Obligaciones de Energía Firme. En el artículo 2o de la Resolución CREG 071 de 2006, se definió la Demanda Objetivo como aquella que “equivale a la Demanda Total Doméstica de Energía para cada uno de los meses comprendidos entre el 1o de diciembre y el 30 de noviembre del año siguiente al Período de Planeación, más un porcentaje que fijará la CREG…”; y se estableció que “la Demanda Total Doméstica de Energía corresponderá a la proyección más reciente elaborada por la UPME para el escenario de proyección seleccionado por la CREG”. Según lo dispuesto en el artículo 18 de la Resolución CREG 071 de 2006, “Durante el primer semestre de cada año la CREG verificará si la suma de la ENFICC de cada una de las plantas y/o unidades de generación es mayor o igual a la Demanda Objetivo calculada para el año que inicia el 1o de diciembre del año t+p, de acuerdo con lo establecido en el artículo 19 de esta resolución”. En el citado artículo 18 de la Resolución CREG-071 de 2006 se estableció que “la CREG fijará, mediante

resolución, la oportunidad en que el ASIC debe llevar a cabo la Subasta o el mecanismo de asignación que haga sus veces; así como el cronograma de las actividades que deben ejecutarse durante los Períodos de Precalificación y de Planeación de la Subasta, o las fechas máximas de ejecución de las actividades asociadas al mecanismo de asignación, según sea el caso”. La CREG expidió la Resolución CREG 097 de 2010 “Por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución de carácter general, que pretende adoptar la CREG con el fin de fijar la oportunidad en que asignarán las Obligaciones de Energía Firme del Cargo por Confiabilidad para el período comprendido entre el 1o de diciembre de 2014 y el 30 de noviembre de 2015”. Se recibieron comentarios de EMGESA E.S.P., radicado CREG E-2010-006700, EPM E.S.P., radicado CREG E2010-006721, ACOLGÉN, radicado CREG E-2010-006730, GECELCA E.S.P., radicado CREG E-2010-006707 e ISAGÉN E.S.P., radicado CREG E-2010-006648. El 9 de noviembre de 2010, con radicado CREG E-2010-010245, la UPME remitió a la CREG, el documento “Proyecciones de Demanda de Energía Eléctrica y Potencia, revisión noviembre de 2010”. Dada la experiencia del fenómeno de El Niño 2009-2010 se considera necesario tener cobertura a la demanda por efecto temperatura, ya que en esta época la temperatura se incrementó más allá del promedio multianual, lo que incrementó la demanda por mayor consumo en procesos de refrigeración y aire acondicionado.

En la actualización de proyección de demanda la UPME no considera crecimientos posibles debidos a la entrada en operación de la Interconexión Colombia-Panamá, los cuales se incluyeron en la Demanda Objetivo para Subasta del período 2012-2013. En cumplimiento del artículo 18 de la Resolución CREG 071 de 2006, se analizó la información reportada oportunamente por los agentes y se verificó si la suma de las ENFICC de cada una de las plantas es mayor o igual a la demanda objetivo, cuyos análisis están contenidos en el Documento CREG 142 de 2010. No se informó este acto a la Superintendencia de Industria y Comercio por cuanto se evaluó que no tiene incidencia sobre la libre competencia según lo evaluado con el cuestionario del que trata el Decreto 2897 de 2010, el cual se incluye en el Documento CREG 142 de 2010. La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión 476, del 20 de diciembre de 2010, acordó expedir la presente resolución con el fin de adoptar las decisiones de que trata el artículo 18 y demás disposiciones de la Resolución CREG 071 de 2006.

RESUELVE: ARTÍCULO 1o. OPORTUNIDAD PARA LA ASIGNACIÓN DE OBLIGACIONES DE ENERGÍA FIRME, OEF, CORRESPONDIENTES AL PERÍODO 2014-2015. El Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales del Mercado de Energía Mayorista, ASIC, asignará las Obligaciones de Energía Firme, OEF, del Cargo por Confiabilidad para el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2014 y el 30 de noviembre de

2015, a quienes representen plantas existentes, de acuerdo con el cronograma definido en el Anexo de la presente resolución. Esta asignación la hará el ASIC en la forma establecida en el artículo 25 de la Resolución CREG 071 de 2006. Concordancias Doctrina Concordante Ir al inicio ARTÍCULO 2o. ESCENARIO DE PROYECCIÓN DE DEMANDA PARA EFECTOS DE DETERMINAR LA DEMANDA OBJETIVO. Para efectos de lo previsto en el Artículo 1 de la presente resolución, el escenario de proyección de demanda corresponderá al escenario de proyección alto definido por la Unidad de Planeación Minero Energética, UPME, en noviembre de 2010. Ir al inicio ARTÍCULO 3o. DEMANDA OBJETIVO. <Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 58 de 2013. El nuevo texto es el siguiente:> Para la asignación de la Obligación de Energía Firme de que trata la presente Resolución, la Demanda Objetivo para cada uno de los meses comprendidos entre el primero (1o) de diciembre de 2014 y el treinta (30) de noviembre de 2015 será la que se especifica en la siguiente tabla: Mes GWh Diciembre 2014 5.672 Enero de 2015 5.672 Febrero de 2015 5.427 Marzo de 2015 5.857 Abril de 2015 5.641 Mayo de 2015 5.847 Junio de 2015 5.695 Julio de 2015 5.916 Agosto de 2015 5.918 Septiembre de 2015 5.886

Octubre de 2015 5.979 Noviembre de 2015 5.823 Total 69.333” Notas de Vigencia Legislación Anterior Ir al inicio ARTÍCULO 4o. CRONOGRAMA PARA LA ASIGNACIÓN DE OBLIGACIONES DE ENERGÍA FIRME. La asignación de Obligaciones de Energía Firme a quienes representen plantas existentes para la vigencia comprendida entre el primero (1o) de diciembre de 2014 y el treinta (30) de noviembre de 2015, será de conformidad con el cronograma definido en el Anexo de esta Resolución. PARÁGRAFO. Los plazos establecidos en el Anexo de la presente resolución vencerán a las 17:00 horas del respectivo día, según la Hora Legal para Colombia. Los agentes que no cumplan los plazos establecidos en estos anexos no serán considerados en la asignación de Obligaciones de Energía Firme. Concordancias Ir al inicio ARTÍCULO 5o. VIGENCIA. Esta resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 20 de diciembre de 2010. El Presidente, TOMÁS GONZÁLEZ ESTRADA, El Viceministro de Minas y Energía, Delegado del Ministro de Minas y Energía. El Director Ejecutivo,

JAVIER AUGUSTO DÍAZ VELASCO.

ANEXO. CRONOGRAMA PARA EL REPORTE DE INFORMACIÓN POR PARTE DE QUIENES DESEEN SER HABILITADOS PARA PARTICIPAR EN LA ASIGNACIÓN DE OBLIGACIONES DE ENERGÍA FIRME

PARA EL PERÍODO 1o DE DICIEMBRE DE 2014 A 30 DE NOVIEMBRE DE 2015. <Anexo modificado por el Anexo publicado en la Resolución 87 de 2011. El nuevo texto es el siguiente:> Tipo Descripción Responsable Fecha Declaración de La totalidad de parámetros Agentes con plantas o unidades de Mar. 11/11 parámetros establecidos en el numeral 5.2 del generación existentes que vayan a Anexo 5 de la Resolución CREG modificar su ENFICC de 071 de 2006. Esta información conformidad con el artículo 41 de deberá ser remitida haciendo uso la Resolución CREG 071 de 2006. de los formatos establecidos para tal fin. Una planta térmica podrá declarar varias opciones de abastecimiento de combustibles para lo cual deberá declarar por cada opción los parámetros. Solicitud Solicitud de aclaración a la CREG De Mar. 14/11 a aclaración de declaración de parámetros. Mar. 18/11 parámetros Publicación Publicación del documento de CREG Mar. 23/11 documento de parámetros. parámetros Declaración de La declaración de ENFICC Agentes con plantas o unidades de Mar. 25/11 ENFICC para deberán efectuarla a la CREG generación existentes. participar en la quienes la declaren por primera Para los agentes que no declaren asignación. vez o la modifiquen, de ENFICC se tomará la ENFICC conformidad con lo establecido verificada para el período 2013en el artículo 41 de la Resolución 2014. CREG 071 de 2006. Para las plantas térmicas que declararon varias opciones de

abastecimiento de combustibles deberán declarar la ENFICC por cada opción. Declaración de Declaración en la que los agentes Agentes con plantas o unidades En la misma contratos Plantas generadores que representan existentes, no despachadas fecha de Plantas No Despachadas centralmente. No Despachadas Centralmente informan si tienen declaración de Centralmente contratos en los que suministren ENFICC energía para cubrir demanda del período de vigencia a asignar. Verificación Verificación y solicitud de CND-CREG De Mar. 28/11 a aclaraciones a la declaración de Abr. Abr. 1/11

ENFICC.

Entrega de Plantas y/o unidades que fueron Agentes Ene. 16/12 <Ver manifestación asignadas en el 2015-2016 y que modificación en escrita para cubrir se comprometen a adelantar el Notas de OEF con gas compromiso para cubrir OEF del Vigencia 1 y 2> importado y otros. 2014-2015. También plantas que tengan ENFICC no comprometida. Deberán entregar a la CREG y al ASIC comunicación escrita en donde se comprometen a entregar las garantías o contratos para cubrir el período 2014-2015 con la ENFICC verificada o la ENFICC no comprometida para dicho período. Publicación de Publicación de la asignación de ASIC Dentro de los 2 resultados de la OEF a cada planta y/o unidad. días hábiles asignación siguientes a la fecha de declaración de opción <Ver modificación en Notas de Vigencia 2> Entrega de Entrega de contratos de Agentes Dentro de los 20 contratos o combustible o garantías. Para días hábiles

garantías y plantas térmicas a carbón las siguientes a la certificación garantías, durante el período de fecha de actividades de planeación, pueden ser el publicación de operación y certificado del Plan de Trabajo y asignación mantenimiento Obras y la carta de intención presentada según el artículo 46 de la Resolución CREG 071 de 2006. Para plantas o unidades que respalden la obligación con combustible líquido pueden aplicar lo definido en el artículo 13 de la Resolución CREG 085 de 2007. Para plantas térmicas con gas natural importado aplicarán lo definido en la resolución que adopte la Comisión para el efecto. La certificación de operación y mantenimiento será la definida en la Resolución CREG-005 de 2009. Solicitud de Solicitud de aclaración a las ASIC Dentro de los aclaración de garantías remitidas cinco (5) días garantías que hábiles siguientes respaldan OEF a la fecha de entrega de contratos o garantías. Expedición de Certificado expedido por el ASIC ASIC Dentro de los dos certificado de de conformidad con la regulación (2) días hábiles asignación de vigente siguientes a la Obligaciones de fecha de la Energía Firme solicitud de aclaración de garantías que respaldan OEF Notas de Vigencia Concordancias Legislación Anterior <El texto original es el siguiente:> Tipo Descripción Responsable Fecha Declaración de La totalidad de parámetros Agentes con plantas o Feb.25/11 parámetros establecidos en el numeral 5.2 del unidades de generación Anexo 5 de la Resolución CREG existentes que vayan a

071 de 2006. Esta información modificar su ENFICC de deberá ser remitida haciendo uso de conformidad con el artículo los formatos establecidos para tal 41 de la Resolución CREG fin. 071 de 2006. Solicitud aclaración de Solicitud de aclaración a la CREG De Feb. 28/11 aMar. parámetros declaración de parámetros. 4/11 Tipo Descripción Responsable Fecha Publicación Publicación del documento de CREG Mar. 7/11 documento de parámetros. parámetros Declaración de La declaración de ENFICC deberán Agentes con plantas o Mar. 10/11 ENFICC para efectuarla a la CREG quienes la unidades de generación participar en la declaren por primera vez o la existentes. asignación. modifiquen, de conformidad con lo establecido en el artículo 41 de la Para los agentes que no Resolución CREG 071 de 2006. declaren ENFICC se tomará la ENFICC verificada para el período 2013-2014. Declaración de Declaración en la que los agentes Agentes con plantas o Mar. 10/11 contratos Plantas No generadores que representan Plantas unidades existentes, no Despachadas No Despachadas Centralmente despachadas centralmente. Centralmente informan si tienen contratos en los que suministren energía para cubrir demanda del período de vigencia a asignar. Verificación Verificación y solicitud de CND-CREG De Mar. 11/11 aMar. aclaraciones a la declaración de 17/11

ENFICC.

Publicación de Publicación de la asignación de OEF ASIC Mar. 23/11 resultados de la a cada planta y/o unidad. asignación Entrega de Las plantas o unidades que Agentes Mar. 25/11

manifestación escrita respalden la obligación con gas para cubrir OEF con natural importado aplicarán lo gas importado. definido en la resolución que adopte la Comisión para el efecto. Entrega de contratos o Entrega de contratos de combustible Agentes Dentro de los 20 días garantías y o garantías. Para plantas térmicas a hábiles siguientes a la certificación carbón las garantías, durante el fecha de publicación actividades de período de planeación, pueden ser el de asignación. operación y certificado del Plan de Trabajo y mantenimiento Obras y la carta de intención presentada según el artículo 46 de la Resolución CREG 071 de 2006. Para plantas o unidades que respalden la obligación con combustible líquido pueden aplicar lo definido en el artículo 13 de la Resolución CREG 085 de 2007. La certificación de operación y mantenimiento será la definida en la Resolución CREG-005 de 2009. Solicitud de aclaración Solicitud de aclaración a las ASIC Dentro de los cinco de garantías que garantías remitidas (5) días hábiles respaldan OEF siguientes a la fecha de entrega de contratos o garantías. Expedición de Certificado expedido por el ASIC de ASIC Dentro de los dos (2) certificado de conformidad con la regulación días hábiles asignación vigente siguientes a la fecha de la solicitud de de Obligaciones de aclaración de Energía Firme garantías que respaldan OEF. El Presidente, TOMÁS GONZÁLEZ ESTRADA, El Viceministro de Minas y Energía, Delegado del Ministro de Minas y Energía. El Director Ejecutivo,

JAVIER AUGUSTO DÍAZ VELASCO.

Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría

ISBN 978-958-98069-2-0

Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021 × Resolución 180 de 2010 CREG Cerrar menú blanco Opción documento

Documento .html VER MÁSVER MÁS Opción documento Documento Word de Microsoft VER MÁSVER MÁS Opción documento Documento PDF VER MÁSVER MÁS Opción documento Documento PDF VER MÁSVER MÁS Opción documento Documento PDF

VER MÁSVER MÁS

Consultar sobre este documento ...