CREG - Resolución 1 de 2020

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Resolución 1 de 2020
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2020

Republica de Colombia Ministerio de Minas y Energia COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS RESOLUCION No? 0 loe 2020 ( 02 ENE. 2020 ) Por la cual se aprueban las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por Celsia Tolima S.A. E.S.P. LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524, 2253 de 1994, 2696 de 2004 y 1260 de 2013.

CONSIDERANDO QUE: Mediante la Resolución CREG 015 de 2018, publicada en el Diario Oficial del 3 de febrero de 2018, se expidió la metodología para la remuneración de la actividad de distribución de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional, SIN, la cual fue aclarada y modificada por las resoluciones CREG 085 de 2018 y 036 de 2019.

Por medio de la Resolución CREG 015 de 2019 se modificó la tasa de retorno para la actividad de distribución de energía eléctrica, aprobada en la Resolución CREG 016 de 2018. La Compañía de Energética del Tolima S.A. E.S.P., Enertolima, mediante las comunicaciones con radicado CREG E-2018-009422 y E-2018-002018-009455 del 17 y 18 de septiembre de 2018 respectivamente, solicitó la aprobación de los ingresos asociados con el sistema de transmisión regional y el sistema de distribución local que opera.

del 17 y 18 de septiembre de 2018 respectivamente, solicitó la aprobación de los ingresos asociados con el sistema de transmisión regional y el sistema de distribución local que opera. Mediante Auto del 1 de octubre de 2018 se dio inicio a la actuación administrativa, asignada al expediente 2018-0156, durante la cual se surtieron las respectivas aclaraciones y correcciones como respuesta a las etapas probatorias correspondientes. En el Documento 001 de 2020 se encuentra el soporte de esta resolución, el cual incluye, entre otros, los criterios de revisión de la información, las diferencias identificadas, la información utilizada, los inventarios aprobados, las memorias de au

| \RESOLUCIÓN No. 091 pDE_ 02ÉNE. 2020 HOJA No. 2/8

Por la cual se aprueban las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por Celsia Tolima S.A. E.S.P. cálculo y demás consideraciones empleadas para calcular los valores, variables, factores, indicadores e índices que se aprueban en la presente resolución. Con base en lo anterior, la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión 971 del 2 de enero de 2020, acordó expedir esta resolución.

RESUELVE: Artículo 1. Ámbito de aplicación. En esta resolución se aprueban las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por Celsia Tolima S.A. E.S.P., en aplicación de la Resolución CREG 015 de 2018.

necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por Celsia Tolima S.A. E.S.P., en aplicación de la Resolución CREG 015 de 2018. Artículo 2. Base regulatoria de activos eléctricos al inicio del periodo tarifario. La base regulatoria de activos eléctricos al inicio del periodo tarifario, BRAE;n,o, es el siguiente: Tabla 1 Base regulatoria de activos eléctricos al inicio del periodo tarifario. Variable Pesos de diciembre de 2017

BRAE;4,0 258.650.468.289

BRAE;3,0 242.077.544.276

BRAE;2,0 573.689.013.316

BRAE; 10 357.900.204.005

Artículo 3. Inversión aprobada en el plan de inversiones. El valor de las inversiones aprobadas en el plan de inversiones, INVA;n, +, para cada nivel de tensión, es el siguiente: Tabla 2 Plan de inversiones del nivel de tensión 4, pesos de diciembre de 2017 Categoría de INVAy,4,1,1 INVAj,4,12 INVA,,4,1,3 INVA),4,1,4 INVAj4,15 l=1 0 0 0 0 0 1=2 0 0 0 0 0 1=3 2.436.825.701| 2.663.522.125 | 12.678.291.304| 8.334.344.908 0 1=4 1.712.736.287| 922.374.438| 1.904.556.000| 1.167.792.876 0

1=4 1.712.736.287| 922.374.438| 1.904.556.000| 1.167.792.876 0 1=5 406.584.000| 304.938.000| 914.814.000] 609.876.000 0 1=6 754.656.150| 652.275.000| 5.119.139.000| 2.384.807.000| 230.805.000 1=7 0 0 | 13.992.227.143| 3.792.400.000 0 1=8 0 0 0 0 0 1=9 0 0 0 0 0 1= 10 798.128.076| 1.976.576.018| 4.114.946.856| 806.934.171| 238.017.000

CaFRESOLUCION No. 001 DE

0 2. ENE. 2020 HOJA No. 3/8

Por la cual se aprueban las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por Celsia Tolima S.A. E.S.P. Tabla 3 Plan de inversiones del nivel de tensión 3, pesos de diciembre de 2017 Categoría A ° INVA,3,1,1 INVA),3,1,2 INVA),3,1,3 INVA;3,1,4 INVA;,3,15 l=1 5.113.380.000 O| 6.124.653.000| 6.223.065.000 0) 1=2 0 0 0 0) 0) 1=3 12.212.346.373 | 14.376.706.052 | 21.307.643.669| 5.731.428.000| 2.644.596.000

1=2 0 0 0 0) 0) 1=3 12.212.346.373 | 14.376.706.052 | 21.307.643.669| 5.731.428.000| 2.644.596.000 =4 1.622.894.768| 4.064.515.304 | 6.462.763.768| 1.288.064.024 759.227.280 =5 141.792.000| 391.733.000| 699.715.000 59.080.000 41.356.000 1=6 450.256.020| 1.219.717.200| 2.516.749.000| 487.835.000| 409.286.000 1=7 6.485.262.852 | 4.755.241.730 | 10.197.213.697| 2.393.950.600| 1.360.682.705 1=8 2.264.295.432 512.210.525| 425.859.660| 253.282.580 186.764.430 1=9 1.728.678.000| 1.296.746.333| 1.034.688.667 8.242.000] 1.159.824.333 1=10 798.128.076 | 1.976.576.018| 4.114.946.856| 806.934.171 238.017.000 Tabla 4 Plan de inversiones del nivel de tensión 2, pesos de diciembre de 2017 aos o INVA;2,11 INVA;2,12 INVA)2,1,3 INVA)2,1,4 INVAj,2,15 l= 1 2.027.391.500| 3.331.534.0000] 5.865.686.0000 | 2.948.163.500| 2.106.808.000 1=2 0 0 0 0 0

l= 1 2.027.391.500| 3.331.534.0000] 5.865.686.0000 | 2.948.163.500| 2.106.808.000 1=2 0 0 0 0 0 l=3 1.948.378.0000 | 4.662.913.000| 7.906.174.0000] 3.730.178.000 854.416.000 l=4 1.637.374.000 | 4.907.705.000| 5.855.233.000| 4.987.777.000| 4.436.998.0000 l=5 358.617.000 233.409.000 517.289.000 277.881.000 128.424.000 1=6 211.733.000 598.656.000 |} 2.049.544.000 630.615.000 378.369.000 l=7 14.698.066.961 | 10.249.696.275 | 10.816.985.267 | 8.953.340.931| 8.595.105.096 1=8 2.817.161.013 559.353.446 285.873.886 809.014.916 285.873.886 1=9 11.757.774.000 | 21.697.998.763 | 10.988.188.000| 3.133.126.000| 2.333.297.000 1=10 798.128.076| 1.976.576.018| 4.114.946.856 806.934.171 238.017.000 Tabla 5 Plan de inversiones del nivel de tensión 1, pesos de diciembre de 2017

Categoría de INVA),1,1,1 INVAj,1,1,2 INVA,,1,1,3 INVA), 1,1,4 INVAj, 1,1,5 activos I l= 11 15.540.030.000 | 13.212.499,000 | 10.512.406.000 | 10.352.931.000| 8.811.890.000 1=12 30.251.036.815 | 19.561.821.102 | 14.194.798.890 | 17.299.459.485 | 14.137.352.215

Parágrafo: En aplicación de lo dispuesto en el artículo 6 de la Resolución CREG 015 de 2018 y el artículo 50 de la Resolución CREG 036 de 20109, el valor de los activos puestos en operación en el 2018, es el siguiente: Tabla 6 Valor de los activos del nivel de tensión 4, 3 y 2 puestos en operación en el 2018

Categoría de Nivel 4 Nivel 3 Nivel 2 1=1 Ol 1.704.460.000| 805.076.850 1=2 0 0 0

13 3.301.043.868| 1.206.880.872| 872.652.728RESOLUCION No. 091 De 02EME.2020 HOJA No. 4/8

Por la cual se aprueban las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por Celsia Tolima S.A. E.S.P. Categoría de Nivel 4 Nivel 3 Nivel 2 isa 895.753.420| 72.900.000 49.932.000 1=5 515.561.469| 35.448.000] 239.295.000

Categoría de Nivel 4 Nivel 3 Nivel 2 isa 895.753.420| 72.900.000 49.932.000 1=5 515.561.469| 35.448.000] 239.295.000 1=6 2.184.876.143 0 0 1=7 283.452.872| 1.749.845.654 | 2.067.638.811 1=8 ol 375.084.600| 2.475.807.742 1=9 OÍ 1.373.203.000| 4.191.229.000 1= 10 0 0 0 Tabla 7 Valor de los activos del nivel de tensión 1 puestos en operación en el 2018 Categoría de activos I INVA},2,1,1 l=11 15.112.813.000 1=12 19.063.806.000 Artículo 4. Recuperación de capital de activos de la BRA inicial. El valor de la recuperación de capital reconocida para los activos incluidos en la base regulatoria inicial de activos, RCBIA;n,1, del año 1, para cada nivel de tensión, es el siguiente: Tabla 8 Recuperación de capital de activos de la BRA inicial Variable Pesos de diciembre

RCBIA,4,1 8.713.197.954

RCBIA;3,1 8.128.906.911

RCBIA;2,1 17.562.995.330

RCBIA;1,1 16.470.610.582

Artículo 5. Recuperación de capital de activos nuevos. El valor de la recuperación de capital reconocida para los activos que entraron en operación en el primer año, RCNAjn,1, es el siguiente: Tabla 9 Recuperación de capital de activos nuevos Variable Pesos de diciembre de 2017

recuperación de capital reconocida para los activos que entraron en operación en el primer año, RCNAjn,1, es el siguiente: Tabla 9 Recuperación de capital de activos nuevos Variable Pesos de diciembre de 2017 a RCNAj4,1 614.621.211

RCNAj3,1 1.199.026.112

RCNAj 2,1 1.405.293.676

RCNA;11 2.687,.811.414

Artículo 6. Base regulatoria de terrenos. El valor de la base regulatoria de terrenos, BRTjn,1, del año 1, para los niveles de tensión 4, 3 y 2, es el siguiente:

aia,02 ENE. 2020 RESOLUCIÓN No. 001 DE HOJA No. 5/8

Por la cual se aprueban las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por Celsia Tolima S.A. E.S.P. Tabla 10 Base regulatoria de terrenos var iable Pesos de ciciembre

E BRT;41 147.055.287

BRT;53,1 77.331.334

BRT;z2,1 3.170.199

Artículo 7. AOM base por nivel de tensión. El valor del AOM base para cada nivel de tensión, AOMbasejn, es el siguiente: Tabla 11 AOM base por nivel de tensión Variable Pesos de diciembre de 2017 " AOMbase;a 5.798.746.996AOMbase;3 5.427.194.630 |” AOMbasej,2 12.861.671.832 | AOMbase;,1 8.023.850.668Artículo 8. Factor ambiental para las nuevas inversiones. El valor del factor

AOMbase;3 5.427.194.630 |” AOMbasej,2 12.861.671.832 | AOMbase;,1 8.023.850.668Artículo 8. Factor ambiental para las nuevas inversiones. El valor del factor ambiental para las nuevas inversiones, fAMB),, es el siguiente: Tabla 12 Factor ambiental para nuevas inversiones Variable fAMB; Valor 1,000 |” Articulo 9. Indicadores de referencia de calidad media. Los indicadores de referencia de la calidad media SAIDI_R; y SAIFI_Rj, son los siguientes: Tabla 13 Indicadores de referencia de calidad media Variable Unidad Valor SAIDL Rj Horas 81,149 SAIFL Rj Veces 50,415 Artículo 10. Metas anuales de calidad media para el indicador de duración de eventos. Las metas anuales de calidad media para el indicador de duración de eventos, SAIDI_M,1, son las siguientes: Tabla 14 Metas anuales de calidad media para el indicador de duración, horas Año del periodo SAIDI_Mj; - Banda de indiferencia tarifario 2% Límite inferior Límite superior t=1 74,657 74,284 75,031 t=2 68,685 68,341 69,028 | t=3 63,190 62,874 63,506 i t=4 58,135 57,844 58,425

4 t=5 53,484 53,217 53,751 | -091 02 ENE, mm RESOLUCION No. DE HOJA No. 6/8

Por la cual se aprueban las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por Celsia Tolima S.A. E.S.P.

Por la cual se aprueban las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por Celsia Tolima S.A. E.S.P. Artículo 11. Metas anuales de calidad media para el indicador de frecuencia de eventos. Las metas anuales de calidad media para el indicador de frecuencia de eventos, SAIFI_Mj+, son las siguientes: Tabla 15 Metas anuales de calidad media para el indicador de frecuencia, veces Año del periodo SAIFI_ Mj: - Banda de indiferencia : tarifario a“ Limite inferior Limite superior t=1 46,382 46,150 46,614 | t=2 42,672 42,458 42,885 | | t=3 39,258 39,062 39,454 | Zz t=4 36,117 35,937 36,298; _ t=5 33,228 33,062 33,394 Artículo 12. Indicadores de calidad individual de duración de eventos. La duración máxima anual de los eventos percibidos por los usuarios, DIUG;n,q, en los niveles de tensión 2, 3 y 1, es la siguiente: Tabla 16 DIUG niveles de tensión 2 y 3, horas Ruralidad 1 Ruralidad 2 Ruralidad 3 Riesgo 1 - - 21,15 Riesgo 2 14,43 100,17 91,24 Riesgo 3 - 61,24 12,93 Tabla 17 DIUG nivel de tensión 1, horas Ml Ruralidad 1 Ruralidad 2 Ruralidad 3 | Riesgo 1 - 81,74 202,21 Riesgo 2 31,75 114,71 265,29 Riesgo 3 [_ - 181,57 267,20

Ml Ruralidad 1 Ruralidad 2 Ruralidad 3 | Riesgo 1 - 81,74 202,21 Riesgo 2 31,75 114,71 265,29 Riesgo 3 [_ - 181,57 267,20 Articulo 13. Indicadores de calidad individual de frecuencia de eventos. La frecuencia maxima anual de los eventos percibidos por los usuarios, FIUG;n,q, en los niveles de tensión 2, 3 y 1, es la siguiente: Tabla 18 FIUG niveles de tensión 2 y 3, veces i Ruralidad 1 Ruralidad 2 Ruralidad 3 | | Riesgo 1 - - 26 | | Riesgo 2 23 105 [ 70. Riesgo 3 -| 53 17 Tabla 19 FIUG nivel de tensión 1, veces | Ruralidad 1 Ruralidad 2 Ruralidad 3 Riesgo 1 | - 89 103 Riesgo 2 36 88 127 Riesgo 3 - 64 [ 94

RA,RESOLUCION No. 091 DE_ 02ENE, 2020 HOJA No. 7/8

Por la cual se aprueban las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por Celsia Tolima S.A. E.S.P. Artículo 14. Índices de referencia pérdidas eficientes. Los índices de pérdidas eficientes, Pejn, en los niveles de tensión 3, 2 y 1, son los siguientes: Tabla 20 Índice de pérdidas eficientes Variable Valor Pej3 2,71% - Pej2 2,46% Pej,1 8,50% °

Tabla 20 Índice de pérdidas eficientes Variable Valor Pej3 2,71% - Pej2 2,46% Pej,1 8,50% ° Artículo 15. Costos de reposición de referencia. El costo de reposición de referencia, CRR;, y los costos de reposición de referencia por nivel de tensión, Crrjn, son los siguientes: Tabla 21 Costo de reposición de referencia | Variable Pesos de diciembre de 2017 | CRR; 1.512.937.233.720 Crrja 265.870.555.932 Crrj,3 248.405.947.173 Crrj2 607.084.589.918 Crrj,1 391.576.140.697 Artículo 16. Costo anual del plan de gestión de pérdidas. El costo anual del plan de gestión de pérdidas, CAP), es el siguiente: Tabla 22 Costo anual del plan de gestión de pérdidas Pesos de diciembre Variabl mane de 2017 CAP; 6.589.880.869 | ~ Artículo 17. Senda de reducción de pérdidas. Las metas anuales de reducción de pérdidas son: Tabla 23 Senda de Reducción de Pérdidas Año 1 2 3 4 5

IPTS,¢ 15,98%| 15,72%|] 15,22% 14,72 15,25

Articulo 18. Costo de las inversiones en activos que no son clasificables como UC. El costo de las inversiones en activos que no son clasificables como unidades constructivas, INVNUC,, es el siguiente: Tabla 24 Costo anual de inversiones en activos no clasificables como UC de 2017

INVNUG o

como UC. El costo de las inversiones en activos que no son clasificables como unidades constructivas, INVNUC,, es el siguiente: Tabla 24 Costo anual de inversiones en activos no clasificables como UC de 2017

INVNUG o

Variable Pesos de diciembre091 0 2-ENE. 200 RESOLUCION No. DE HOJA No. 8/8 Por la cual se aprueban las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energia eléctrica para el mercado de comercialización atendido por Celsia Tolima S.A. E.S.P. Artículo 19. Valor anual por concepto de conexiones al sistema de otro OR. El valor anual por concepto de conexiones al sistema de otros OR en los niveles de tensión 3 y 2, Ojn, es el siguiente: Tabla 25 Valor anual por concepto de conexiones al sistema de otro OR —_ | : Pesos de diciembre Vv: ariable de 2017 Ojs 331.932.815 Oj2 0 Artículo 20. La presente Resolución deberá notificarse a Celsia Tolima S.A. E.S.P. y publicarse en el Diario Oficial. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) dias hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., 0 2 ENE. 2020 Presidente

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