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CREG - Resolución 101105 de 2026 - Reglamento Subasta 2029 2030 V3

Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Resolución 101105 de 2026 - Reglamento Subasta 2029 2030 V3
Autor
Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2026

XM001-PUBLICA

1

REGLAMENTO SUBASTA

ASIGNACIÓN DE OEF

1 DE DICIEMBRE DE 2029 HASTA EL 30

DE NOVIEMBRE DE 2030

XM S.A. E.S.P.

Abril, 2026

Docusign Envelope ID: D83B2B75-A49A-455A-A8EF-80CE17AA8D8EXM001-PUBLICA

2

Introducción

XM COMPAÑÍA DE EXPERTOS EN MERCADOS S.A. E.S.P. , en su calidad de Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales -ASIC-, para dar cumplimiento a sus responsabilidades y deberes como Administrador de la Subasta para la Asignación de Obligaciones de Energía Firme -OEF-, publica el siguiente Reglamento, dando cumplimiento a lo dispuesto en el literal l del numeral 1 del Capítulo 1 del Anexo 2 de la Resolución CREG 101 024 de 2022:

”El Administrador de la Subasta podrá elaborar los reglamentos que considere necesarios para llevar a cabo las actividades encomendadas, los cuales deberán ser puestos a consideración de la CREG para su aprobación a más tardar en el día D más noventa (90) días hábiles. En especial, deberá establecer la estructura computacional y de comunicaciones requerida por los agentes, y que sean necesarias para su acceso al sistema de recepción de ofertas.”

El presente Reglamento para la realización de la Subasta de OEF tiene por objeto establecer los procedimientos operativos y técnicos que deben considerar y aplicar

agentes, y que sean necesarias para su acceso al sistema de recepción de ofertas.”

El presente Reglamento para la realización de la Subasta de OEF tiene por objeto establecer los procedimientos operativos y técnicos que deben considerar y aplicar los Participantes que , conforme a la regulación vigente, aspiren a recibir asignaciones de OEF en la Subasta del Cargo por Confiabilidad para el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2029 y el 30 de noviembre de 2030 convocada mediante la Resolución CREG 101 079 de 2025.

El documento contiene inicialmente las definiciones de los términos técnicos de mayor uso, los cuales requieren un entendimiento común por parte de todos los Participantes de la Subasta. P osteriormente se detalla la información y la documentación que debe ser entregada por los Participantes en los plazos establecidos en el Cronograma del Administrador de la Subasta , el cual se publica para tal efecto. Además, se describen los requisitos técnicos para el funcionamiento que deben tener las estaciones de traba jo desde las cuales los Participantes de la Subasta accederán al Sistema de Recepción de Ofertas.

Docusign Envelope ID: D83B2B75-A49A-455A-A8EF-80CE17AA8D8EXM001-PUBLICA

3 Contenido

1. Definiciones................................................................................................................... 4

2. Documentos de participación ................................................................................. 7

3. Validación de ENFICC en el SUICC ..................................................................... 12

4. Requisitos operativos del Sistema de Recepción de Ofertas - SRO

(para los Participantes) ............................................................................................... 17

5. Proceso de Subasta de Sobre Cerrado .............................................................. 20

6. Mecanismos alternos para la presentación de ofertas ............................... 24

4. Requisitos operativos del Sistema de Recepción de Ofertas - SRO

(para los Participantes) ............................................................................................... 17

5. Proceso de Subasta de Sobre Cerrado .............................................................. 20

6. Mecanismos alternos para la presentación de ofertas ............................... 24 6.1. Mecanismo excepcional de contingencia para la recepción de ofertas ante incidente cibernético del Participante ......................................................................... 27

7. Soporte técnico y canales de comunicación ................................................... 29

8. Plan de contingencia ............................................................................................... 30

Anexo 1 – Cronograma del Administrador de la Subasta ............................... 32

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1. Definiciones

Administrador de la Subasta: El Administrador de la Subasta es XM S.A. E.S.P. en desarrollo de sus actividades como Administrador del Sistema de Intercambios

Comerciales -ASIC-.

Auditor de la Subasta: Persona natural o jurídica contratada por el Administrador de la Subasta con el objeto de verificar la correcta aplicación de la regulación vigente para el desarrollo de la Subasta y el adecuado funcionamiento del Sistema de Recepción de Ofertas y demás funciones que establezca la normatividad vigente en el marco de la realización de la Subasta para la Asignación de Obligaciones de Energía Firme, en particular la Resolución CREG 101 024 de 2022 , la Resolución CREG 071 de 2006 y la Resolución CREG 101 079 de 2025 y todas aquellas que las modifiquen, adicionen, complementen o sustituyan.

CAPTCHA: Sistema de validación por imágenes que muestra en un formulario de

CREG 071 de 2006 y la Resolución CREG 101 079 de 2025 y todas aquellas que las modifiquen, adicionen, complementen o sustituyan.

CAPTCHA: Sistema de validación por imágenes que muestra en un formulario de ingreso una imagen con un conjunto de caracteres, el cual debe ser visualizado y digitado en un campo del formulario. El conjunto de caracteres está desfigurado de tal forma que sea difuso para que lo entienda un programa OCR (del inglés Optical Character Recognition - Reconocimiento óptico de car acteres) y natural para un humano.

Clave o password: Combinación de letras y/o signos que permitirán a los Participantes de la Subasta el acceso seguro al Sistema de Recepción de Ofertas para la Subasta de Asignación de Obligaciones de Energía Firme.

Cronograma del Administrador de la Subasta: Establece las fechas para la entrega de la información y documentación por parte de los Participantes y hace parte del presente reglamento. El Cronograma puede consultarse en los siguientes sitios:

  • En la página web de XM: en la sección SUICC, opción Manuales y formatos, se selecciona “Subasta Primaria”, “OEF 2029 -2030” y la carpeta

“Cronograma”.

  • En el SUICC: desde la página principal del SUICC en la opción “Reportes y documentos”, en la pestaña “Documentos”, seleccionar el mecanismo “Subasta Primaria” y en Período asignar/verificar elegir “Periodo Diciembre 2029 - Noviembre 2030, Agosto 2025”. Dar clic en botón “Aplicar búsqueda” y aparecerá entre los documentos publicados el “Cronograma-Obligaciones y Plazos-SubastaCxC_2029-2030”.

2029 - Noviembre 2030, Agosto 2025”. Dar clic en botón “Aplicar búsqueda” y aparecerá entre los documentos publicados el “Cronograma-Obligaciones y Plazos-SubastaCxC_2029-2030”.

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5 El cronograma, los formatos y documentos definidos en el presente Reglamento hacen parte integral del mismo y debe n ser consultado s permanentemente por cuanto pueden ser modificados o ajustados.

Equipo computacional y de comunicaciones del Participante: Todo el hardware, software, periféricos de telecomunicaciones o relacionado con cualquiera de éstos disponible por el Participante, compatible con el Sistema de Recepción de Ofertas de la Subasta de tal manera que le permita operar bajo condiciones normales de funcionamiento en los términos del presente reglamento.

Formatos: Archivos estándar publicados por el Administrador de la Subasta para facilitar el intercambio de comunicaciones entre los Participantes y el Administrador de la Subasta a través del SUICC.

Informe de habilitados: Comunicación del Administrador de la Subasta a través del SUICC en la cual se le informa a las personas naturales o jurídicas representantes de plantas y/o unidades de generación aspirantes a participar en la Subasta, que han cumplido los requisitos establecidos en la normatividad vigente y que por tanto se encuentran habilitados para participar en la misma. En dicha comunicación se le informará al habilitado: i) la ENFICC máxima para el caso de plantas nuevas; ii) la ENFICC no comprometida para plantas especiales, existentes con obras y existentes;

se encuentran habilitados para participar en la misma. En dicha comunicación se le informará al habilitado: i) la ENFICC máxima para el caso de plantas nuevas; ii) la ENFICC no comprometida para plantas especiales, existentes con obras y existentes; iii) La cantidad de Energía Amparada por la Garantía de participación, EAG, de la planta y/o unidad.

Oferentes: Son los Participantes debidamente habilitados, que de acuerdo con la regulación vigente puede n presentar ofertas de precio y ENFICC en la Subasta

Primaria.

Participantes: Se entenderá por Participantes en una Subasta del Cargo por Confiabilidad aquellos agentes registrados en el Mercado Mayorista de Energía que representen plantas de generación, así como personas naturales o jurídicas que representen proyectos de generación que aspiren a recibir asignaciones de

Obligaciones de Energía Firme - OEF.

Sistema de Recepción de Ofertas (SRO): Plataforma tecnológica basada en protocolos de Internet, a la que se accede a través del SUICC y se utiliza para presentar la función de oferta de ENFICC.

SUICC: Sistema Unificado de Información para los procesos de asignación de OEF del Cargo por Confiabilidad, de acuerdo con lo establecido en la Resolución CREG 101 024 de 2022 . Este sistema está alojado en la dirección web

https://suicc.xm.com.co. El manual de usuario del SUICC puede consultarse e n los siguientes sitios:

Docusign Envelope ID: D83B2B75-A49A-455A-A8EF-80CE17AA8D8EXM001-PUBLICA 6 • En la página web de XM: en la sección SUICC, opción Manuales y formatos, se selecciona “Documentos SUICC” y elige el documento “Manual de usuario

6 • En la página web de XM: en la sección SUICC, opción Manuales y formatos, se selecciona “Documentos SUICC” y elige el documento “Manual de usuario

SUICC XM”.

  • En el SUICC: desde la página principal del SUICC en la opción “Manuales y lineamientos”, seleccionar “Manual de usuario SUICC”.

Tarjeta de códigos: Documento que, por medio de la validación de posiciones con diferentes números de identificación, facilita al Administrador de la Subasta la identificación de los Participantes para el ingreso al sistema de la Subasta o para la identificación en los mecanismos alternos que se definan.

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2. Documentos de participación

Para participar en la Subasta de Asignación de Obligaciones de Energía Firme los aspirantes deberán suministrar a través del SUICC la siguiente información y adjuntar los documentos requeridos dentro del plazo definido en el cronograma establecido en la s Resoluciones CREG 101 024 de 202 2, CREG 101 079 de 2025 , CREG 101 092 de 2025 y las demás que la modifiquen y en el cronograma del

Administrador de la Subasta:

a. Registrarse en el SUICC:

Para registrarse en el SUICC, el interesado deberá suministrar nombre completo, correo electrónico, teléfono de contacto, asignar un nombre de usuario y contraseña. El registro como usuario del SUICC le permite recibir notificaciones sobre los diferentes procesos de asignación de OEF, en aplicación de lo definido en el Parágrafo 2 del Artículo 8 de la Resolución CREG 101 024 de 2022.

contraseña. El registro como usuario del SUICC le permite recibir notificaciones sobre los diferentes procesos de asignación de OEF, en aplicación de lo definido en el Parágrafo 2 del Artículo 8 de la Resolución CREG 101 024 de 2022.

b. Registrarse en el Mecanismo de Asignación de OEF del SUICC:

Esta actividad está definida en el SUICC para aquellas personas naturales o jurídicas que quieran participar en los mecanismos de asignación de OEF del Cargo por Confiabilidad. El registro en el SUICC es el resultado exitoso de la aplicación de lo establecido en el Artículo 8 de la Resolución CREG 101 024 de

2022. Posterior a este registro debe elegirse en el SUICC el mecanismo Subasta Primaria – Agosto 2025, que corresponde a la Subasta de asignación de las obligaciones de energía firme del cargo por confiabilidad para el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2029 y el 30 de noviembre de 2030. Es importante mencionar que los Participantes que representen plantas y/o unidades de generación nuevas, especiales, o existentes con obras deben considerar en el registro en el SUICC el plazo definido en el literal c del Artículo 5 de la Resolución CREG 101 079 de 2025. Se considera parte del registro la actualización oportuna de cualquier cambio de los datos suministrados, para lo cual se pueden utilizar las opciones de actualización en el SUICC.

Para este registro los interesados deberán suministrar la siguiente información y documentos a través del SUICC:

➢ Nombre completo de la empresa, NIT, sigla (tal como aparece en el Certificado de Existencia y Representación Legal) y datos básicos de la empresa como ubicación y teléfono.

documentos a través del SUICC:

➢ Nombre completo de la empresa, NIT, sigla (tal como aparece en el Certificado de Existencia y Representación Legal) y datos básicos de la empresa como ubicación y teléfono.

Docusign Envelope ID: D83B2B75-A49A-455A-A8EF-80CE17AA8D8EXM001-PUBLICA 8 ➢ Declarar si ya es una empresa registrada en el ASIC como agente del

Mercado de Energía Mayorista.

➢ Información del representante legal (nombre, documento de identificación, teléfono de contacto y correo electrónico).

➢ Adjuntar copia del documento de identidad del representante legal.

➢ Certificado de Existencia y Representación Legal:

La persona jurídica colombiana deberá adjuntar un Certificado de Existencia y Representación Legal (CERL) expedido por la entidad competente, con una fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario. Es fundamental que dicho certificado acredite la renovación vigente de la matrícula mercantil, conforme a los siguientes criterios:

1. CERL presentado hasta el 31 de marzo de 2026: se aceptará como válida la renovación correspondiente al año 2025.

2. CERL presentado a partir del 1 de abril de 2026: únicamente se recibirán certificados en los que conste que la persona jurídica renovó su matrícula mercantil para el año en curso.

Estos requisitos se aplican en cumplimiento de lo establecido en el artículo 33 del Código de Comercio.

La persona jurídica extranjera deberá acreditar su existencia y Representación Legal conforme a la legislación de su país de origen, con documentos cuya expedición no sea superior a treinta (30) días calendario.

33 del Código de Comercio.

La persona jurídica extranjera deberá acreditar su existencia y Representación Legal conforme a la legislación de su país de origen, con documentos cuya expedición no sea superior a treinta (30) días calendario. El Poder otorgado en el exterior, si se actúa mediante apoderado y cualquier otro documento público que se aporte, deberán ser apostillados o legalizados mediante el trámite Consular y del Ministerio de Relaciones Exteriores, conforme a lo establecido en el artículo 480 del Código de Comercio. Si estos documentos son expedidos en lengua diferente al Castellano, se deberán presentar traducidos a éste por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia o por un traductor oficial.

➢ Certificación de no figurar en listas para la prevención y control del Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo (LA/FT):

Corresponde a una comunicación suscrita por el representante legal debidamente autorizado donde se certifique que la empresa que representa y quienes hacen parte de ella no figuran en alguna lista restrictiva en materia

Docusign Envelope ID: D83B2B75-A49A-455A-A8EF-80CE17AA8D8EXM001-PUBLICA 9 de lavado de activos y financiación del terrorismo. Adicionalmente, se deberá certificar que los recursos con los cuales se realiza el desarrollo de los proyectos no provienen de actividades ilícitas.

Para el cumplimiento de este requisito en el SUICC al momento del registro se construye un formato con esta certificación el cual llega al correo del Representante Legal para que lo firme a través de Docusign.

➢ Autorización del órgano competente otorgada al Representante Legal para

Para el cumplimiento de este requisito en el SUICC al momento del registro se construye un formato con esta certificación el cual llega al correo del Representante Legal para que lo firme a través de Docusign.

➢ Autorización del órgano competente otorgada al Representante Legal para participar en la Subasta de OEF para la vigencia 202 9-2030 en la que expresamente esté facultado para comprometer a la sociedad en cuantía ilimitada, lo anterior en caso de existir alguna limitación en el Certificado de Existencia y Representación Legal.

➢ Autorización de representación de proyectos cuando el Participante no sea el propietario de la planta y/o unidad de generación con la cual se presenta. El Administrador de la Subasta le sugiere un formato , el cual debe ir acompañado por el Certificado de Existencia y Representación Legal del titular del proyecto, así como el Certificado de la UPME donde conste que el proyecto se encuentra registrado en Fase II o superior e incluya al titular del proyecto.

c. Nombrar Apoderado y Contactos activos

➢ Otorgar Poder Especial:

En los casos en los cuales el Representante Legal desee actuar a través de un Apoderado, se le sugiere un formato para la realización de este poder, que deberá ser firmado por el representante legal, ya sea firma digital con certificación o manuscrita autenticada ante notario y si se trata de un notario del exterior, deberá estar debidamente apostillada -Convención de La Haya - o legalizada.

El poder debe indicar que el Apoderado cuenta con plenas facultades para participar en el proceso de Asignación de Obligaciones de Energía Firme para la vigencia 2029-2030, entre las cuales deben estar:

a. Adelantar, solicitar, tramitar, entregar y formalizar todas las gestiones

participar en el proceso de Asignación de Obligaciones de Energía Firme para la vigencia 2029-2030, entre las cuales deben estar:

a. Adelantar, solicitar, tramitar, entregar y formalizar todas las gestiones que se requieran y sean necesarias, a fin de que todos los actos que ejecute y deba atender la sociedad representada, se lleven a cabo y se realicen en debida y legal forma. b. Enviar la documentación asociada a la presentación de la Función de Oferta de ENFICC, sin límite de cuantía ni restricciones.

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10 c. Representar al poderdante en todos los actos que se lleven a cabo durante el desarrollo de la Subasta. d. Designar ante XM las personas que actuarán como Contactos Activos para la entrega de información y documentación para participar en la Subasta. e. Realizar las actividades que se requieran para la participación en la Subasta de Asignación de las Obligaciones de Energía Firme del Cargo por Confiabilidad y que sean requeridas por la normatividad vigente, expedida por el Gobierno Nacional, por la Comisión de Regulación de Energía y Gas –CREG–, Ministerio de Minas y Energía –MME - y por las demás autoridades correspondientes; o aquella normatividad que modifique, derogue o sustituya la ya existente.

➢ Autorización de dos (2) contactos activos:

A través del SUICC , el Representante Legal, o apoderado, podrá autorizar dos (2) contactos activos previamente registrados para participar en mecanismos de asignación de OEF en el SUICC, para la entrega y/o recibo

A través del SUICC , el Representante Legal, o apoderado, podrá autorizar dos (2) contactos activos previamente registrados para participar en mecanismos de asignación de OEF en el SUICC, para la entrega y/o recibo de toda la información y documentación de que tratan las Resoluciones CREG 101 024 de 2022 y 101 079 de 2025 para la Subasta de OEF del Cargo por Confiabilidad para el periodo de vigencia 202 9-2030, incluyendo la presentación de la oferta el día de la Subasta.

Están autorizados para presentar la Función de Oferta de ENFICC a través del Sistema de Recepción de Ofertas, el representante legal del Participante o el Apoderado o sus contactos activos; siempre y cuando hayan asistido a la capacitación que el Administrador de la Subasta imparta en materia de manejo y operación del Sistema. Una vez cumplida la capacitaci ón dictada por el Administrador de la Subasta, se suministrará a los asistentes las claves de acceso al Sistema de Recepción de Ofertas de la Subasta.

El Administrador de la Subasta solo tendrá comunicación, a través del SUICC o de los canales establecidos en el presente Reglamento , con el Representante Legal o Apoderado y con las dos (2) personas autorizadas por éste. Por lo tanto, no se realizará ningún intercambio de información con personal diferente al registrado previamente.

d. Capacitación en el Sistema de Recepción de Ofertas

Solo podrán ingresar al Sistema de Recepción de Ofertas, los r epresentantes legales o apoderados y autorizados , que hayan asistido a la capacitación dada

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legales o apoderados y autorizados , que hayan asistido a la capacitación dada

Docusign Envelope ID: D83B2B75-A49A-455A-A8EF-80CE17AA8D8EXM001-PUBLICA 11 por el Administrador del Subasta en materia del manejo y operación del Sistema de Recepción de Ofertas.

El Administrador de la Subasta informará a través del SUICC el estado de cada uno de los trámites realizados en la plataforma, lo cual se realizará dentro de los plazos establecidos en la normatividad vigente o en el Cronograma del Administrador de la Subasta.

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3. Validación de ENFICC en el SUICC

El Administrador de la Subasta validará con cada uno de los Participantes de la Subasta la información que será utilizada como valor de la ENFICC de la planta y/o unidad de generación que representan. Lo anterior se realizará al momento de finalizar los procesos de cálculo de:

  • La ENFICC máxima por parte del Centro Nacional de Despacho –CND-. • La ENFICC no comprometida por parte del Administrador del Sistema de

Intercambios de Intercambios Comerciales -ASIC-.

De acuerdo con lo establecido en el Artículo 22 de la Resolución CREG 101 024 de 2022, el CND calculará la ENFICC máxima de las plantas y/o unidades de generación Participantes. Así mismo, el ASIC calculará la ENFICC no comprometida conforme a lo establecido en los artículos 22 y 24 de la resolución antes mencionada , y la Resolución CREG 002 de 2019 y todas aquellas que adicionen, modifiquen o

lo establecido en los artículos 22 y 24 de la resolución antes mencionada , y la Resolución CREG 002 de 2019 y todas aquellas que adicionen, modifiquen o sustituyan. Una vez realizado el cálculo de la ENFICC, ya sea de la máxima o de la no comprometida, el CND o el ASIC-CND notificará a través del SUICC a los Participantes de la Subasta para su debida revisión en el SUICC:

  • Validación de la ENFICC máxima:

De acuerdo con lo establecido en el Artículo 22 de la Resolución CREG 101 024 de 2022, el CND calculará la ENFICC máxima de las plantas y/o unidades de generación Participantes. Una vez realizado el cálculo de la ENFICC máxima, de acuerdo con el cronograma de actividades de la Subasta, se notificará a los Participantes de la Subasta a través del SUICC para la debida revisión del valor obtenido, así:

o El Participante deberá ingresar al SUICC a la actividad establecida para validar la ENFICC Máxima y confirmar si tiene o no solicitudes de aclaración de la información para cada una de las plantas y/o unidades de generación que representa.

Docusign Envelope ID: D83B2B75-A49A-455A-A8EF-80CE17AA8D8EXM001-PUBLICA

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o Una vez se dé clic en “R ealizar actividad” de la tarjeta NOTIFICACIÓN DE ENFICC MÁXIMA, se debe seleccionar la pestaña Gestionar la Actividad . Una vez allí, se listará una tabla con las plantas y los valores de ENFICC MÁXIMA y EDA notificados por XM

En la última columna aparece la pregunta “¿Tienes solicitudes de aclaración

Una vez allí, se listará una tabla con las plantas y los valores de ENFICC MÁXIMA y EDA notificados por XM

En la última columna aparece la pregunta “¿Tienes solicitudes de aclaración acerca de la información presentada?” Y las opciones SI y NO.

Las plantas a las que se les está notificando la ENFICC MÁXIMA, tendrán inicialmente el estado EN REVISIÓN, este estado c orresponde al primer estado con el cual el CND está notificando el valor de ENFICC MÁXIMA y EDA (cuando aplique). A partir de este momento, debe iniciar la revisión por parte de l os Participantes de la Subasta. D espués de esto, un registro de NOTIFICACIÓN DE ENFICC MÁXIMA puede pasar por los siguientes estados:

Docusign Envelope ID: D83B2B75-A49A-455A-A8EF-80CE17AA8D8EXM001-PUBLICA 14 • SOLICITUD DE ACLARACIÓN: Cuando quien representa a la planta responde SI a la pregunta ¿Tienes solicitudes de aclaración acerca de la información presentada?

  • ACLARADO: Cuando el CND responde a la solicitud de aclaración recibida por el representante de la planta.
  • APROBADO: Cuando quien representa a la planta responde NO a la pregunta ¿Tienes solicitudes de aclaración acerca de la información presentada?. Este es el valor que queda aprobado en esta actividad.

Para iniciar el proceso de solicitar aclaraciones a un registro de NOTIFICACIÓN DE ENFICC MÁXIMA se deben seguir los siguientes pasos:

Paso 1: En la columna ¿Tienes solicitudes de aclaración acerca de la información presentada? Seleccionar la opción SI.

NOTIFICACIÓN DE ENFICC MÁXIMA se deben seguir los siguientes pasos:

Paso 1: En la columna ¿Tienes solicitudes de aclaración acerca de la información presentada? Seleccionar la opción SI.

Paso 2: Diligenciar la información de la ventana emergente que se mostrará en pantalla, donde se debe ingresar el valor de ENFICC MÁXIMA propuest a, un campo de texto donde se deberá escribir la justificación y adicionalmente se tiene la opción de adjuntar un archivo. Finalmente darle clic en el botón

SOLICITAR ACLARACIÓN.

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¡TENER EN CUENTA! Si se tienen valores de EDA para informar en la solicitud de aclaración estos deberán ser ingresados en el campo TEXTO de la ventana emergente y/o anexando un archivo con esta información.

Paso 3: El registro cambiará automáticamente a l estado SOLICITUD DE

ACLARACIÓN.

Paso 4: Una vez el CND d é respuesta, el registro pasa rá al estado ACLARADO. Para ver el detalle de la respuesta se debe ingresar a la pestaña

de GESTIÓN DE ACLARACIONES.

Paso 5: En el estado ACLARADO se habilita nuevamente la pregunta ¿Tienes solicitudes de aclaración acerca de la información presentada? , si todo se encuentra conforme se deberá seleccionar NO para que el registro pase automáticamente a estado APROBADO. De no ser así, se inicia nuevamente con los pasos anteriormente descritos.

¡IMPORTANTE! Una vez agotada la etapa de aclaraciones, el valor de ENFICC MAXIMA corresponde al valor que determina el CND a partir de

nuevamente con los pasos anteriormente descritos.

¡IMPORTANTE! Una vez agotada la etapa de aclaraciones, el valor de ENFICC MAXIMA corresponde al valor que determina el CND a partir de las metodologías establecidas en la regulación . Por tanto, una vez vencidos los plazos correspondientes, los registros pasan automáticamente al estado APROBADO.

  • Validación de la ENFICC no comprometida

El Administrador de la Subasta validará con cada uno de los Participantes de la Subasta, la información que será utilizada como valor de la ENFICC no comprometida de cada una de las plantas y/o unidades de generación que representa, lo cual se realizará al momento de finalizar los procesos de cálculo. Para tal efecto, el ASIC a través del SUICC notificará el valor para que se realice la correspondiente revisión.

El Participante debe rá ingresar al SUICC a la actividad establecida para tal fin y confirmar si tiene o no solicitudes de aclaración de la información de ENFICC no comprometida para cada una de las plantas y/o unidades de generación que representa. La pantalla correspondiente a la actividad en el SUICC para la validación de la ENFICC no comprometida es del tipo:

Docusign Envelope ID: D83B2B75-A49A-455A-A8EF-80CE17AA8D8EXM001-PUBLICA

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Cuando el Participante solicita a claración, deberá cargar el nuevo valor que considera de la ENFICC y describir las observaciones al valor calculado. Además, el Participante podrá adjuntar como soporte a la aclaración un documento. La pantalla en el SUICC para la aclaración será del tipo:

En los casos en los cuales se hayan solicitado aclaraciones y luego de que estas sean

Participante podrá adjuntar como soporte a la aclaración un documento. La pantalla en el SUICC para la aclaración será del tipo:

En los casos en los cuales se hayan solicitado aclaraciones y luego de que estas sean gestionadas por el Administrador de la Subasta, se le informará al Participante y éste deberá iniciar nuevamente el proceso de validación.

Docusign Envelope ID: D83B2B75-A49A-455A-A8EF-80CE17AA8D8EXM001-PUBLICA

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4. Requisitos operativos del Sistema de Recepción de Ofertas - SRO (para los

Participantes)

Al Sistema de Recepción de Ofertas se ingresará a través del SUICC y será desplegado en infraestructura de alta disponibilidad de XM , adicionalmente cuenta con un certificado SSL que hace de este un sitio seguro https.

El sistema estará auditado por el Auditor de la Subasta en cuanto a pruebas de funcionalidad y de seguridad informática, de tal manera que los Participantes de la Subasta cuentan con un sistema confiable y seguro.

Los Participantes de la Subasta deberán disponer de la plataforma tecnológica requerida para la presentación de la Función de Ofertas de ENFICC. Las estaciones de trabajo deben tener como mí

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