CREG - Resolución 108 de 2010

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Resolución 108 de 2010
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2010

Republica de Colombia Ministerio de Minas y Energia COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS 108 RESOLUCION No. DE 2010 ( 9 1 JUL. 2010 ) Por la cual se aprueba la base de activos y los parámetros necesarios para determinar la remuneración de Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Nacional. LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994 y CONSIDERANDO QUE: De acuerdo con lo previsto en los artículos 23, literales c) y d), y 41 de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas definir la metodología de cálculo y fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas, Mediante la Resolución CREG 011 de 2009 se estableció la metodología y fórmulas tarifarias para la remuneración de la actividad de transmisión de energía eléctrica en el Sistema de Transmisión Nacional. Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P., mediante comunicaciones radicadas en la CREG bajo los números E-2009-003740, E-2009-003742, E-2009-003760 y E-2009-003858, sometió a aprobación de la Comisión la base de activos que representa actualmente ante el LAC. Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P. reportó a la CREG la base de activos eléctricos del STN que se encuentran en operación clasificados según el listado

representa actualmente ante el LAC. Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P. reportó a la CREG la base de activos eléctricos del STN que se encuentran en operación clasificados según el listado de unidades constructivas que aparece en el Capitulo 3 del Anexo General de la Resolución CREG 011 de 2009, La información relativa a los activos cuyo valor no debe incluirse en el cálculo de los cargos en los términos del artículo 87 numeral 87.9 de la Ley 142 de 1994, en la forma en que quedó modificado por el artículo 143 de la Ley 1151 de 2007,

i bg!RESOLUCIÓN No. 108 pÉ_ 01J4L.2010 HOJA No. 2/6

Por la cual se aprueba la base de activos y los parámetros necesarios para determinar la remuneración de Empresa de Energia del Pacifico S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Nacional. provino del Transmisor por ser el responsable de su reporte en los términos de la citada norma y de lo dispuesto en la Resolución CREG 011 de 2009. En respuesta a la Circular CREG 018 de 2009, Empresa de Energía del Pacifico S.A. E.S.P. entregó la información solicitada de AOM, mediante la comunicación radicada en la CREG con el número E-2009-005505. Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P., mediante comunicaciones radicadas en la CREG bajo los números E-2009-007910, y E-2009-008592, presentó las aclaraciones solicitadas por la Comisión. El día 24 de mayo de 2010 se consultaron las cifras del Plan Único de Cuentas del Sistema Único de Información administrado por la Superintendencia de

presentó las aclaraciones solicitadas por la Comisión. El día 24 de mayo de 2010 se consultaron las cifras del Plan Único de Cuentas del Sistema Único de Información administrado por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y se obtuvieron las correspondientes a Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P., para los años 2001 a 2007. En la misma fecha se consultó el Sistema de Costos y Gastos del SUI, para la actividad de transmisión y se obtuvieron los datos correspondientes a Empresa de Energía del Pacifico S.A. E.S.P. para los años 2006 y 2007. Al interior de la Comisión se analizó la información presentada por Empresa de Energía del Pacífico S.A, E.S.P. conjuntamente con la información adicional de los activos del STN operados por la misma, que se encontraba a disposición de la CREG. Como resultado del análisis de la información y de las respuestas presentadas a la Comisión por Empresa de Energía del Pacifico S.A. E.S.P., se realizaron los ajustes pertinentes a la base de activos reportada, así como a la información adicional, según se relaciona, con su respectivo sustento, en el documento soporte de la presente Resolución. Aplicada la metodología contenida en la Resolución CREG 011 de 2009 se calcularon para los activos representados por Empresa de Energía del Pacifico S.A. E.S.P., las siguientes variables principales: Pesos de diciembre Costo Anual de 2008 Costo Anual Equivalente del Activo Eléctrico (CAEA) 20.058.363.227 Valor de los gastos de AOM (VAOM) 6.107.688.134 Costo Anual Equivalente de Terrenos (CAET) 85.156.038

Costo Anual Equivalente del Activo Eléctrico (CAEA) 20.058.363.227 Valor de los gastos de AOM (VAOM) 6.107.688.134 Costo Anual Equivalente de Terrenos (CAET) 85.156.038 Costo Anual Equivalente de Servidumbres (CAES) 106.208.289 Otros Ingresos (Ol) [ 0

Pesos de diciembre : Valor anual de AOM de 2008 Porcentaje J Gastado (AOMGjo1-07) 7.475,318.274 4,47 % Remunerado (AOMR, as} 4.740.057.994 2,83 %

zRESOLUCIÓN No. 108 pe 010,200 HOJA No. 3/6

Por la cual se aprueba la base de activos y los parámetros necesarios para determinar la remuneración de Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Nacional. La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión 458 del 1 de julio de 2010, aprobó la base de activos y los parámetros necesarios para determinar la remuneración de Empresa de Energía del Pacifico S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Nacional.

RESUELVE: Artículo 1. Ingreso Anual. El Ingreso Anual (JAT} por los activos representados por Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Nacional, calculado en la forma establecida en la Resolución CREG 011 de 2009, es el siguiente: Pesos de diciembre de 2008

Ingreso Anual del Transmisor (IAT) 27.360.333.850 Ingreso Anual Artículo 2. Porcentaje de AOM de referencia. El Porcentaje de AOM de

Pesos de diciembre de 2008 Ingreso Anual del Transmisor (IAT) 27.360.333.850 Ingreso Anual Artículo 2. Porcentaje de AOM de referencia. El Porcentaje de AOM de referencia (PAOM;ref para Empresa de Energia del Pacífico S.A. E.S.P., calculado en la forma establecida en la Resolución CREG 011 de 2009, es igual a: Porcentaje de AOM (%) De referencia (PAOM; ref) 3,65 % Parágrafo. Antes de iniciar la aplicación de esta resolución, Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P. deberá actualizar el porcentaje de AOM de acuerdo con lo previsto en la Resolución CREG 050 de 2010, teniendo en cuenta la información de AOM correspondiente al año 2009. Artículo 3. Base de Activos. Se aprueba la base de activos relacionada en el Anexo de la presente Resolución para Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Nacional. Parágrafo. La base de activos del Anexo de la presente Resolución corresponde a los activos diferentes a los construidos mediante procesos de libre concurrencia, regulados mediante las Resoluciones CREG 004 de 1999 y 022 de 2001 y aquellas que la modifiquen, adicionen o sustituyan. Artículo 4. Costo de Reposición de los Activos Eléctricos. El costo de reposición de los activos eléctricos (CRE) remunerados mediante cargos por uso a Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P., calculado con la base de activos al que hace referencia el artículo 3 de la presente Resolución y de acuerdo con lo señalado en la Resolución CREG 011 de 2009 es;

uso a Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P., calculado con la base de activos al que hace referencia el artículo 3 de la presente Resolución y de acuerdo con lo señalado en la Resolución CREG 011 de 2009 es;

IN)108 91 JUL. 2010 RESOLUCIÓN No. DE HOJA No. 4/6

Por la cual se aprueba la base de activos y los parámetros necesarios para determinar la remuneración de Empresa de Energia del Pacífico S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Nacional. Costo de Reposición A 008 Costo de reposición de activos eléctricos (CRE) 167.276.363.033 La base de activos y los valores aquí aprobados resultan de las variables y de la información que se identifican en la parte motiva de este acto y de las contenidas en el documento soporte. Artículo 5. Vigencia. La base de activos y los valores aprobados en esta Resolución estarán vigentes desde la fecha en que quede en firme y hasta el 25 de febrero de 2014 y se empezarán a aplicar en la forma prevista en el artículo 21 de la Resolución CREG 011 de 2009, Vencido su periodo de vigencia, continuarán rigiendo hasta que la Comisión apruebe los nuevos. Artículo 6. Recursos. La presente Resolución deberá notificarse a Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

NOTIFÍQUESE PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. a los 01 JUL. 2010 ón MA >

de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

NOTIFÍQUESE PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. a los 01 JUL. 2010 ón MA >

AUGUSTO DÍAZ VELASCO

Director Ejecutivo AS 6 SILVANA 4 on JAVI L Viceministra de Minas y Energía 5 Delegada del Ministro de Minas y / / Energia / Presidente108 RESOLUCION No. DE _01 JL. 2010 HOJA No. 5/6 Por la cual se aprueba la base de activos y los parametros necesarios para determinar la remuneración de Empresa de Energia del Pacifico S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Nacional. ANEXO BASE DE ACTIVOS APROBADA Base de activos para Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P. clasificada con las Unidades Constructivas definidas en el Capítulo 3 del Anexo General de la Resolución CREG 011 de 2009. Para cada activo se indica el porcentaje (PU) de la Unidad Constructiva (UC) remunerado al Transmisor mediante cargos por uso.

1. Subestaciones No. Subestación uc PU No. Subestacién uc PU 1 ALTO ANCHICAYA | SE205 | 1,00000 25 JUANCHITO SE241 | 1,00000 2 ALTO ANCHICAYA | SE205 | 1,00000 26 JUANCHITO SE243 | 1,00000 3 ALTO ANCHICAYA | SE222 | 1,00000 | 27 PANCE SE205 | 1,00000 4 ALTO ANCHICAYA | SE230 | 1,00000 | 28 PANCE SE205 | 1,00000

3 ALTO ANCHICAYA | SE222 | 1,00000 | 27 PANCE SE205 | 1,00000 4 ALTO ANCHICAYA | SE230 | 1,00000 | 28 PANCE SE205 | 1,00000 5 ALTO ANCHICAYÁ | SE240 | 1,00000 29 PANCE SE205 | 1,00000 6 ALTO ANCHICAYÁ | SE242 | 1,00000 30 PANCE SE205 | 1,00000 7 CARTAGO SE209 | 0,80186 31 PANCE SE222 | 1,00000 8 CARTAGO SE209 | 0,97567 32 PANCE SE235 | 1,00000 9 CARTAGO SE223 | 1,00000 33 PANCE SE241 | 1,00000 10 CARTAGO SE230 | 1,00000 34 PANCE SE243 | 1,00000 ES CARTAGO SE240 | 1,00000 [35 SALVAJINA SE217 1.00000 | Ma CARTAGO SE242 | 1,00000 [36 SALVAJINA SE217 | 1,00000 13 JUANCHITO SE211 | 0,79431 37 SALVAJINA SE224 | 1,00000 14 JUANCHITO SE211 | 0,83992 38 SALVAJINA SE238 | 1,00000 15 JUANCHITO SE211 | 1,00000 39 SALVAJINA SE241 | 1,00000 16 JUANCHITO SE211 | 1,00000 40 SALVAJINA SE243 | 1,00000 17 JUANCHITO SE212 | 1,00000 41 SAN MARCOS SE211 | 0,18917 18 JUANCHITO SE212 | 1,00000 42 TEBSA SE212 | 1,00000 19 JUANCHITO SE212 | 1,00000 43 TEBSA SE219 | 1,00000 |

18 JUANCHITO SE212 | 1,00000 42 TEBSA SE212 | 1,00000 19 JUANCHITO SE212 | 1,00000 43 TEBSA SE219 | 1,00000 | 20 JUANCHITO SE219 | 1,00000 44 | TERMOCANDELARIA | SE212 | 1,00000 | 21 JUANCHITO SE219 | 1,00000 45 | TERMOCANDELARIA | SE219 | 1,00000 22 JUANCHITO SE219 | 1,00000 46 YUMBO SE209 | 0,99052 23 JUANCHITO SE219 | 1,00000 [47 YUMBO SE209 | 0,99052 24 JUANCHITO SE237 | 1,00000

2. Lineas de Transmisién Zas “ Subestación Subestación : No. | Cédigo linea Inicial Final uc Cantidad PU 1 LinAanPan21 | ALTO ANCHICAYA PANCE 11222 | 23,2395 | 1,0000 2 LinAanPan21 | ALTO ANCHICAYA PANCE L1212 | 3,0688 | 1,0000 3 LinAanPan21 | ALTO ANCHICAYA PANCE 11232 | 0,6453 | 1,0000 4 LinAanYum21 | ALTO ANCHICAYÁ YUMBO 11222 | 23,6223 | 1,0000 5 LinAanYum21 | ALTO ANCHICAYÁ YUMBO LI212 | 3,0688 | 1,0000 | 6 LinAanYum21 | ALTO ANCHICAYA YUMBO 11232 | 0,6453 | 1,0000 7 LinCgoSmc21 CARTAGO SAN MARCOS | L1222 | 0,8449 | 1,0000 ae

oer108 91 JUL. 2010 RESOLUCIÓN No. DE HOJA No. 6/6

7 LinCgoSmc21 CARTAGO SAN MARCOS | L1222 | 0,8449 | 1,0000 ae

oer108 91 JUL. 2010 RESOLUCIÓN No. DE HOJA No. 6/6

Por la cual se aprueba la base de activos y los parámetros necesarios para determinar la remuneración de Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Nacional. 8 LinCgoVir21 CARTAGO | LAVIRGINIA | 11222 | 0,8449 | 1,0000 9 | LinJuaPan21 PANCE JUANCHITO | Li222 | 11,4554 | 1,0000 10 | LinJuaSvj21 SALVAJINA JUANCHITO | 11222 | 31,7830 | 1,0000 11 | LinPanSvj21 SALVAJINA PANCE 11222 | 24,8668 | 1,0000 12 | LinPanYum21 PANCE YUMBO 11222 | 13,7695 | 1,0000 am rem, V AUGUSTO DiAZ\VELASCO Director Ejecutivo Viceministra de Minas y Energia Delegada del Ministro de Minas y / / Energia : / Presidente 6

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