CREG - Resolución 109 de 2011

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Resolución 109 de 2011
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2011

Republica de Colombia Ministerio de Minas y Energia COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS RESOLUCIÓN No. - 10 9 DE 2011 (93 A60, 201 Por la cual se modifica el artículo 3 y los Anexos 2 y 3 de la Resolución CREG 056 de 2011. LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994.

CONSIDERANDO QUE: Según la Ley 143 de 1994, artículo 4, el Estado, en relación con el servicio de electricidad, tendrá como objetivos en el cumplimiento de sus funciones, los de abastecer la demanda de electricidad de la comunidad bajo criterios económicos y de viabilidad financiera, asegurando su cubrimiento en un marco de uso racional y eficiente de los diferentes recursos energéticos del país; asegurar una operación eficiente, segura y confiable en las actividades del sector; y mantener los niveles de calidad y seguridad establecidos.

La Ley 143 de 1994, artículo 20, definió como objetivo fundamental de la Regulación en el sector eléctrico, asegurar una adecuada prestación del servicio mediante el aprovechamiento eficiente de los diferentes recursos energéticos, en beneficio del usuario en términos de calidad, oportunidad y costo del servicio. Para el cumplimiento del objetivo señalado, la Ley 143 de 1994, artículo 23, le atribuyó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, entre otras, las siguientes funciones: - Crear las condiciones para asegurar la disponibilidad de una oferta

Para el cumplimiento del objetivo señalado, la Ley 143 de 1994, artículo 23, le atribuyó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, entre otras, las siguientes funciones: - Crear las condiciones para asegurar la disponibilidad de una oferta energética eficiente capaz de abastecer la demanda bajo criterios sociales, económicos, ambientales y de viabilidad financiera, promover y preservar la competencia, para lo cual, la oferta eficiente, en el sector eléctrico, debe hk tener en cuenta la capacidad de generación de respaldo;

Q pPRESOLUCIÓN No. ' 109 DE __ 23460, 2011 HOJA No. 2/9

Por la cual se modifica el artículo 3 y los Anexos 2 y 3 de la Resolución CREG 056 de 2011. - Valorar la capacidad de generación de respaldo de la oferta eficiente; - Definir y hacer operativos los criterios técnicos de calidad, confiabilidad y seguridad del servicio de energía; y - Determinar las condiciones para la liberación gradual del mercado hacia la libre competencia, De acuerdo con lo establecido en el literal c) del artículo 74.1 de la ley 142 de 1994, le corresponde a la CREG establecer el Reglamento de Operación, para regular el funcionamiento del Mercado Mayorista. La CREG mediante Resolución CREG 071 de 2006, adoptó la metodología para la remuneración del Cargo por Confiabilidad en el Mercado Mayorista de Energia, en la cual se estableció que con el fin de garantizar la confiabilidad del servicio de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional se definirá una Demanda Objetivo que se debe cubrir mediante Obligaciones de Energía Firme. En el artículo 2 de la Resolución CREG 071 de 2006, se definió la Demanda

servicio de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional se definirá una Demanda Objetivo que se debe cubrir mediante Obligaciones de Energía Firme. En el artículo 2 de la Resolución CREG 071 de 2006, se definió la Demanda Objetivo como aquella que “equivale a la Demanda Total Doméstica de Energía para Cada uno de los meses comprendidos entre el 1? de Diciembre y el 30 de noviembre del año siguiente al Periodo de Planeación, más un porcentaje que fijará la CREG...”; y se estableció que “la Demanda Total Doméstica de Energía corresponderá a la proyección más reciente elaborada por la UPME para el escenario de proyección seleccionado por la CREG”. Según lo dispuesto en el artículo 18 de la Resolución CREG 071 de 2006, “Durante el primer semestre de cada año la CREG verificard si la suma de la ENFICC de cada una de las plantas y/o unidades de generación es mayor o igual a la Demanda Objetivo calculada para el año que inicia el 1° de diciembre del año t+p, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 19 de esta resolución”. En el citado artículo 18 de la Resolución CREG 071 de 2006 se estableció que “la CREG fijará, mediante resolución, la oportunidad en que el ASIC debe llevar a cabo la Subasta o el mecanismo de asignación que haga sus veces; así como el cronograma de las actividades que deben ejecutarse durante los Períodos de Precalificación y de Planeación de la Subasta, o las fechas máximas de ejecución de las actividades asociadas al mecanismo de asignación, según sea el caso”. La CREG expidió la Resolución 056 de 2011 “Por la cual se adoptan las

Precalificación y de Planeación de la Subasta, o las fechas máximas de ejecución de las actividades asociadas al mecanismo de asignación, según sea el caso”. La CREG expidió la Resolución 056 de 2011 “Por la cual se adoptan las decisiones de que trata el artículo 18 y demás disposiciones de la Resolución CREG 071 de 2006, para llevar a cabo la Subasta para la asignación de las Obligaciones de Energía Firme del Cargo por Confiabilidad para el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2015 y el 30 de noviembre de 2016.” La CREG expidió la Resolución 088 de 2011 “Por la cual se modifica la fecha de cierre de la Declaración de Interés de los Anexos 2 y 3 de la Resolución CREG 056 de 2011. La CREG considera necesario ampliar el plazo para la promoción de la subasta para el periodo diciembre de 2015 a noviembre de 2016. Lu Y

Paz?RESOLUCION No. 1 0 9 pe _ 23460. 201 HOJA No. 3/9

Por la cual se modifica el artículo 3 y los Anexos 2 y 3 de la Resolución CREG 056 de 2011. Se requiere incluir en el cronograma del Anexo 2 de la Resolución CREG 056 de 2011 la actividad sobre reporte de retiros temporales o definitivos de plantas existentes, según los definido en el numeral 1.2 del Reglamento de la Subasta, Anexo 10 de la Resolución CREG 071 de 2006. De conformidad con lo establecido en el parágrafo del articulo 9 del Decreto 2696 de 2004 y el numeral 3 del artículo 2 de la Resolución CREG 097 de 2004, la Comisión decidió por unanimidad que la presente Resolución no

De conformidad con lo establecido en el parágrafo del articulo 9 del Decreto 2696 de 2004 y el numeral 3 del artículo 2 de la Resolución CREG 097 de 2004, la Comisión decidió por unanimidad que la presente Resolución no estará sometida a las disposiciones sobre publicidad de proyectos de regulación previstas en el Decreto, por razones de conveniencia general y oportunidad, teniendo en cuenta que las reglas que aquí se adoptan se requieren para que los agentes conozcan las modificaciones al cronograma y puedan adoptar las medidas pertinentes para participar en la asignación de las OEF. No se informó este acto a la Superintendencia de Industria y Comercio por cuanto no tiene incidencia sobre la libre competencia según señalado en el Decreto 2897 de 2010. La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su Sesión 496 del 23 de agosto de 2011, acordó expedir esta resolución.

RESUELVE: Artículo 1. Modificación del artículo 3 de la Resolución CREG 056 de

2011. Se modifica el artículo 3 de la Resolución CREG 056 de 2011 el cual quedará así: “Artículo 3. Fecha de Apertura de la Subasta. La fecha de apertura de la Subasta será el día veintisiete (27) de diciembre de 2011.” Artículo 2. Modificación de los Anexo 2 y 3 de la Resolución CREG 056 de

2011. Se modifican los Anexo 2 y 3 de la Resolución CREG 056 de 2011 los cuales quedarán como se presentan en el anexo de esta Resolución.

Artículo 3. Vigencia. Esta resolución rige a partir de 'su publicación en el Diario Oficial y modifica las disposiciones que le sean contrarias.

cuales quedarán como se presentan en el anexo de esta Resolución. Artículo 3. Vigencia. Esta resolución rige a partir de 'su publicación en el Diario Oficial y modifica las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá. D. C., a los TOMÁS GONZÁLEZ ESTRADA JAVIER e oaro ans VELASCO Viceministro de Minas y Energia Director Ejecutivo Delegado del Ministro de Minas y E . ef nergía d esidente

ARESOLUCION No. 109 2.3 AGO, 201 DE HOJA No. 4/9

Por la cual se modifica el artículo 3 y los Anexos 2 y 3 de la Resolución CREG 056 de 2011. ANEXO

ANEXO 2

CRONOGRAMA PARA EL REPORTE DE INFORMACION POR PARTE DE

QUIENES DESEEN SER HABILITADOS PARA PARTICIPAR EN LA

SUBASTA PARA LA ASIGNACION DE OBLIGACIONES DE ENERGIA FIRME PARA EL PERÍODO DE VIGENCIA COMPRENDIDO ENTRE EL PRIMERO (1°) DE DICIEMBRE DE 2015 Y EL TREINTA (30) DE

NOVIEMBRE DE 2016

(SUBASTA DE RELOJ DESCENDENTE) Tipo Descripción Responsable Fecha Reporte de información de retiro Los agentes generadores que representen comercialmente Plantas o Unidades de Generación Existentes y que retirarlas temporalmente o definitivamente de la subasta, deberán remitir comunicación según lo definido en los numerales 1.2.1 y 1.2.2 del anexo 10 de la Resolución CREG071 de 2006.

temporalmente o definitivamente de la subasta, deberán remitir comunicación según lo definido en los numerales 1.2.1 y 1.2.2 del anexo 10 de la Resolución CREG071 de 2006. Agente Sep. 12/11 Declaración de Interés Comunicación, mediante la cual se informa a la CREG el interés de participar en la Subasta para la asignación de Obligaciones de Energía Firme con plantas o unidades de generación nuevas y aquellas a las que no se les ha calculado ENFICC. Agente Desde Jul 27/11 Hasta Oct. 3/11 Declaración de parámetros

1. La totalidad de parámetros establecidos en el numeral 5.2 del Anexo 5 de la Resolución CREG-071 de 2006, Esta información deberá ser remitida haciendo uso de los formatos establecidos para tal fin.

Quienes representen plantas 0 unidades de generación nuevas y de las que trata el numeral 3.6.2 del Anexo 10 de la Resolución CREG 071 de 2006 deberán reportar, en la misma forma, la totalidad de parámetros para cada uno de los fraccionamientos posibles.

2. Certificación expedida por la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) con fecha de expedición no mayor a noventa (90) días calendario, en la que conste que el proyecto está inscrito en el registro de proyectos de generación de energía eléctrica, mínimo en fase

2.

Agente Nov. 24/11RESOLUCION No. 109 DE 2 3 AGO. 2011 HOJA No. 5/9

inscrito en el registro de proyectos de generación de energía eléctrica, mínimo en fase 2.

Agente Nov. 24/11RESOLUCION No. 109 DE 2 3 AGO. 2011 HOJA No. 5/9

Por la cual se modifica el artículo 3 y los Anexos 2 y 3 de la Resolución CREG 056 de 2011. Tipo Descripción Responsable Fecha

3. Certificación expedida por la UPME con fecha de expedición no mayor a noventa (90) días calendario, en la que conste la presentación ante esa entidad del estudio de conexión a la red de transmisión.

4. En el caso de plantas hidráulicas, deberán remitir los registros históricos de caudales promedio mensual de los ríos que aportan a la planta, con una extensión minima de veinte (20) años.

5. Cronograma de construcción o repotenciación de la planta o unidad de generación.

6. Curva $.

Solicitud aclaración de arámetros Solicitud de aclaración a la declaración de parámetros. CND-CREG De Nov. 25/11 a Dic. 1/11 Declaración de ENFICC y Garantías para participar en la subasta.

1. Declaración de ENFICC por parte de los agentes a la CREG.

Entrega de declaración de proyectos excluyentes y sobre cerrado para el pago de estudios según regulación.

2. Declaración de periodo de vigencia de la Obligación, para plantas nuevas, especiales y existentes con obras.

3. Quienes representen plantas o unidades de generación nuevas y

cerrado para el pago de estudios según regulación.

2. Declaración de periodo de vigencia de la Obligación, para plantas nuevas, especiales y existentes con obras.

3. Quienes representen plantas o unidades de generación nuevas y de las que trata el numeral 3.6.2 del Anexo 10 de la Resolución CREG 071 de 2006 deberán informar a la CREG la ENFICC de los fraccionamientos posibles.

4. Envío de las garantías para participar en la subasta establecidas en la regulación

Vigente Agente Dic. 14/11 Declaración de contratos Plantas No Despachadas Centralmente Declaración en la que los agentes generadores que representan Plantas No Despachadas Centralmente informan si tienen contratos en los que suministren energía para cubrir demanda del periodo de vigencia a subastar Agentes Dic. 14/11 Verificación Verificación y solicitud de aclaraciones a la declaración de

ENFICC.

CND-CREG

1. Verificación de la clasificación declarada para la unidad o planta

2. Solicitud de aclaraciones a garantía remitida para participar en la subasta.

ASIC De Dic. 15/11 Dic. 21/11 Informe agentes habilitados Documento expedido por el Administrador de la subasta a los agentes.

ASIC Dic. 23/11109 23 AGO. 201 RESOLUCIÓN No. DE HOJA No. 6/9

Por la cual se modifica el artículo 3 y los Anexos 2 y 3 de la Resolución CREG 056 de 2011. Tipo Descripción Responsable Fecha

Por la cual se modifica el artículo 3 y los Anexos 2 y 3 de la Resolución CREG 056 de 2011. Tipo Descripción Responsable Fecha Dentro de los 2 Publicación de o . . días hábiles a resultados de la Publicación del precio de cierre y ASIC partir de dia de subasta asignaciones de OEF cierre de la subasta Dentro de los 4 Publicación er dias hábiles a documento de Publ icación del documento de CREG partir de dia de parametros parametros. cierre de la subasta Entrega de contratos de combustible o garantias. Para plantas térmicas a carbón las garantías, durante el periodo de planeación, pueden ser el certificado del Plan de Trabajo y Obras y la carta de intención Dentro de los presentada según el artículo 46 de 20 días hábiles Entrega de la Resolución CREG 071 de 2006. siguientes a la contratos o Agentes fecha de garantías Para plantas térmicas con publicación de combustibles líquidos que se resultados de la acogieron a la opción ii) del artículo subasta 13 de la Resolución CREG 085 de 2007, la manifestación escrita. Para plantas térmicas con gas natural importado aplicarán lo definido en la resolución que adopte la Comisión para el efecto. Dentro de los cinco (5) días Solicitud de hábiles aclaración de Solicitud de aclaración a la garantias ASIC siguientes a la garantías que remitidas fecha de respaldan OEF entrega de contratos o garantías Dentro de los dos (2) días Expedición de hábiles certificado de . : siguientes a la

garantías que remitidas fecha de respaldan OEF entrega de contratos o garantías Dentro de los dos (2) días Expedición de hábiles certificado de . : siguientes a la asignación de certihicade expedico por er ASIC de t ASIC fecha de la Obligaciones de conformidad con la regulación vigente solicitud de Energía Firme aclaración de garantías que o respaldan OEF TOMÁS GONZÁLEZ ESTRADA JAVIER AUGUSTO D VELASCO Viceministro de Minas y Energía Director Ejecutivo Delegado del Ministro de Minas y Of Energia hd PresidenteRESOLUCION No. 109

DE 23 AGO. 2011

HOJA No. 7/9

Por la cual se modifica el artículo 3 y los Anexos 2 y 3 de la Resolución CREG 056 de 2011.

ANEXO 3

CRONOGRAMA PARA EL REPORTE DE INFORMACIÓN POR PARTE DE

QUIENES DESEEN SER HABILITADOS PARA PARTICIPAR EN LA

SUBASTA PARA LA ASIGNACIÓN DE OEF CON PLANTAS O UNIDADES

DE GENERACIÓN CON PERIODOS DE CONSTRUCCIÓN SUPERIORES

AL PERIODO DE PLANEACIÓN DE LA SUBASTA (GPPS)

(SUBASTA GPPS)

Tipo Descripción Responsable Fecha Declaración de Interés Comunicación suscrita por el representante legal mediante la cual se informa a la CREG el interés de participar en la Subasta para la asignación de OEF con plantas o unidades de generación nuevas sin OEF y aquellas a las que no se les ha calculado ENFICC, Agente Desde Jul. 27/11 Hasta Oct. 3/11

asignación de OEF con plantas o unidades de generación nuevas sin OEF y aquellas a las que no se les ha calculado ENFICC, Agente Desde Jul. 27/11 Hasta Oct. 3/11 Publicación de información para agentes con plantas GPPS Publicación de Precio Máximo para GPPS y de Incremento de demanda para años t+p+2 a t+10 ASIC Dentro de los 2 dias habiles a partir de dia de cierre de la subasta para asignación de OEF Declaración de parámetros

1. La totalidad de parámetros establecidos en el numeral 5.2 del Anexo 5 de la Resolución CREG071 de 2006. Esta información deberá ser remitida haciendo uso de los formatos establecidos para tal fin.

2. Certificación expedida por la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) con fecha de expedición no mayor a noventa (90) días calendario, en la que conste que el proyecto está inscrito en el registro de proyectos de generación de energia eléctrica, mínimo en fase 2.

3. Certificación expedida por la UPME con fecha de expedición no mayor a noventa (90) dias calendario, en la que conste la presentación ante esa entidad del estudio de conexión a la red de transmisión.

4. En el caso de plantas hidráulicas, deberán remitir los registros históricos de caudales promedio mensual de los rios que aportan a la planta, con una extensión minima de veinte (20) años.

5. Cronograma de construcción o

deberán remitir los registros históricos de caudales promedio mensual de los rios que aportan a la planta, con una extensión minima de veinte (20) años.

5. Cronograma de construcción o repotenciación de la planta o ,—Uunidad de generación Agente con

GPPS sin OEF

Dic. 16/11RESOLUCIÓN No. - 109 pe 23,60, 208 HOJA No. 8/9

Por la cual se modifica el artículo 3 y los Anexos 2 y 3 de la Resolución CREG 056 de 2011. Tipo Descripción Responsable Fecha _ 6. Curva $. o De Solicitud Solicitud de aclaración a la Dic. 19/11 aclaración de “a - CND-CREG parámetros declaración de parámetros. a Dic. 23/11

1. Declaración de ENFICC por parte de los agentes a la CREG. Entrega de declaración de proyectos excluyentes y sobre cerrado para pago de estudios según regulación.

2. Declaración de periodo de vigencia Declaración de de la Obligación y cantidad de energía ENFICC y firme para OEF Garantías para 3. Entrega de documentación para Agente con Ene. 11/12 participar en la acreditar representación en posible GPPS " asignación o subasta. subasta para GPPS /4,. Envio de la garantia para participar según la regulación vigente

5. Entrega de sobre cerrado de que trata el Numeral 3.152 del Reglamento de la Subasta para Asignación de OEF (Anexo 10 Res.

CREG-07 1/06).

Verificación y solicitud de aclaraciones a la declaración de CND-CREG

ENFICC

trata el Numeral 3.152 del Reglamento de la Subasta para Asignación de OEF (Anexo 10 Res.

CREG-07 1/06).

Verificación y solicitud de aclaraciones a la declaración de CND-CREG

ENFICC

1. Verificación de la clasificación De Verificación declarada para la unidad o planta Ene. 12/12 y documentos de representación. a

2. Solicitud de aclaraciones a ASIC Ene. 18 /12 garantia remitida para participar en la subasta.

Informe agentes Documento expedido por el ys Administrador de la subasta a los ASIC Ene. 20/12 habilitados agentes. Publicación del balance oferta Balance y agregada demanda para los años convocatoria a t+p+2 at+10. subasta de sobre Convocatoria a subasta de sobre ASIC Ene. 24/12 cerrado cerrado para periodos que asi lo requieran poca sobres Entrega y apertura de sobres Agentes Ene. 26/12 cerrados ASIC apertura Asignación Asignación de OEF a agentes con no GPPS ASIC Ene. 30/12 Dentro de los 2 Publicación o dias hábiles Publicación del documento de siguientes a la documento de - CREG fecha d parámetros parámetros. sena de publicación de asignaciones haus yRESOLUCIÓN No. 109 DE _ 23 Abo. 2011 HOJA No. 9/9 Por la cual se modifica el artículo 3 y los Anexos 2 y 3 de la Resolución CREG 056 de 2011. Tipo Descripción Responsable Fecha Entrega de contratos de combustible o garantias. Para plantas térmicas a carbón las garantías, durante el periodo de planeación, pueden ser el certificado

2011. Tipo Descripción Responsable Fecha Entrega de contratos de combustible o garantias. Para plantas térmicas a carbón las garantías, durante el periodo de planeación, pueden ser el certificado del Plan de Trabajo y Obras y la carta de intención presentada según el artículo 46 de la Resolución CREG Dentro de los 20 días hábiles Entrega de 071 de 2006. siguientes a la contratos o Agente fecha de garantias Para plantas térmicas con publicación de combustibles líquidos que se acogieron a la opción ii) del articulo 13 de la Resolución CREG-085 de 2007, la manifestación escrita. asignaciones Para plantas térmicas con gas natural importado aplicarán lo definido en la resolución que adopte la Comisión para el efecto. Dentro de los Ps cinco (5) días Solicitud de hábiles aclaraciones a las : Solicitud de aclaraciones a garantia siguientes a la TE eee DEF remitida ASIC fecha de sp a entrega de GPPS contratos o garantias Dentro de los dos (2) dias Expedición de hábiles certificado de Certificado expedido por el ASIC de siguientes a la asignación de , wes ASIC fecha de la Obligaciones de conformidad con la regulación vigente solicitud de Energía Firme aclaración de garantías que respaldan OEF ; o / L — tr TOMAS GONZALEZ ESTRADA JAVIER AUGUSTO DÍAZ VELASCO Viceministro de Minas y Energia | Director Ejecutivo Delegado del Ministro de Minas y Beef Energia Presidente

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