CREG - Resolución 112 de 2011

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

Icono de documento PDFDescargar PDFDisponible

Detalles

Título
CREG - Resolución 112 de 2011
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2011

República de Colombia Ministerio de Minas y Energía COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS RESOLUCIÓN No. 112% pB2011 25 AGO. 2011 Por la cual se establecen los cargos regulados para los gasoductos Neiva — Hobo y Flandes - Girardot — Ricaurte del sistema de transporte de Progasur

S.A. E.S.P.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994.

CONSIDERANDO QUE: De acuerdo con lo establecido en el artículo 14.28 de la Ley 142 de 1994, la actividad de transporte de gas natural es una actividad complementaria del servicio público domiciliario de gas combustible.

Según lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley 142 de 1994, la construcción y operación de redes para el transporte de gas, así como el señalamiento de las tarifas por su uso, se regirán exclusivamente por esta Ley. El artículo 73.11 de la Ley 142 de 1994 atribuyó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas la competencia para establecer las fórmulas para la fijación de las tarifas del servicio público domiciliario de gas combustible. De acuerdo con lo establecido en el artículo 126 de la Ley 142 de 1994, vencido el periodo de vigencia de las fórmulas tarifarias, éstas continuarán rigiendo hasta cuando la Comisión fije las nuevas. Mediante la Resolución CREG 126 de 2010 la Comisión de Regulación de Energía y Gas estableció los criterios generales para la remuneración del

hasta cuando la Comisión fije las nuevas. Mediante la Resolución CREG 126 de 2010 la Comisión de Regulación de Energía y Gas estableció los criterios generales para la remuneración del servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos del Sistema Nacional de Transporte, y dictó otras disposiciones en materia de transporte de gas natural.

OYRESOLUCION No. 112 DE _25 AGO, 2011 HOJA No. 2/12

Por la cual se establecen los cargos regulados para los gasoductos Neiva — Hobo y Flandes — Girardot — Ricaurte del sistema de transporte de Progasur S.A.

E.S.P. : Mediante la Resolución CREG 129 de 2010 se amplió el plazo previsto en los literales a) y b) del artículo 30 de la Resolución CREG 126 de 2010.

Mediante comunicación radicada en la CREG bajo el No. E-2010-009150, de fecha 11 de octubre del año 2010, Progasur S.A. E.S.P., en adelante Progasur, presentó a la Comisión la solicitud de aprobación de cargos para los gasoductos de transporte Neiva —- Hobo y Flandes - Girardot - Ricaurte, propiedad de la empresa, de conformidad con la Resolución CREG 126 de 2010. Mediante comunicación S-2010-004306 de fecha 14 de octubre de 2010, la Comisión solicitó a Progasur que complementara la información reportada en la solicitud de cargos. Progasur dio respuesta con la comunicación con radicado CREG E-2010-009619 del día 22 de octubre de 2010. El 26 de octubre de 2010, a través de la comunicación S-2010-004490, la

la solicitud de cargos. Progasur dio respuesta con la comunicación con radicado CREG E-2010-009619 del día 22 de octubre de 2010. El 26 de octubre de 2010, a través de la comunicación S-2010-004490, la Comisión solicitó información de gastos de administración, operación y mantenimiento, desagregados por tramos, incluyendo información correspondiente al año 2010. Mediante auto 26 de octubre de 2010 se dio inicio a la actuación administrativa para la aprobación de los cargos regulados para los gasoductos de transporte Neiva — Hobo y Flandes - Girardot — Ricaurte. En cumplimiento de lo dispuesto en el parágrafo 1 del artículo 31 de la Resolución CREG 126 de 2010, mediante comunicación S-2010-004438 de fecha 2 de noviembre de 2010 la Comisión remitió a Progasur el resumen de la solicitud de cargos. Mediante auto de pruebas de fecha 2 de noviembre de 2010 se decretó la práctica de una auditoria a la información reportada por la empresa, según el formato del anexo 2 y el formato 5 del anexo 5 de la Resolución CREG 126 de 2010, así como una auditoría a la información reportada por la empresa en virtud de lo establecido en la Resolución CREG 126 de 2010 relacionada con la Capacidad Máxima de Mediano Plazo (CMMP), el gas de empaquetamiento y los gastos proyectados de compresión. De conformidad con lo dispuesto en el parágrafo 1 del artículo 31 de la Resolución CREG 126 de 2010, y en concordancia con los artículos 15 y 16 del Código Contencioso Administrativo, mediante comunicación con radicado

De conformidad con lo dispuesto en el parágrafo 1 del artículo 31 de la Resolución CREG 126 de 2010, y en concordancia con los artículos 15 y 16 del Código Contencioso Administrativo, mediante comunicación con radicado E-2010-010272 de fecha 8 de noviembre de 2010 Progasur reportó el extracto de la publicación del resumen de la solicitud de cargos. Mediante las comunicaciones E-2010-009619 y E-2010-010275, de fechas 22 de octubre y 9 de noviembre de 2010, Progasur amplió la información sobre gastos de administración, operación y mantenimiento, de su solicitud tarifaria, en respuesta a la solicitud realizada con el oficio S-2010-004490. De acuerdo con lo establecido en el literal b) del artículo 9 de la Resolución CREG 126 de 2010, mediante la Circular No. 070 del 5 de noviembre de 2010 Y) a fo” esRESOLUCIÓN No. 112 pe 29460, 201 HOJA No. 3/12 Por la cual se establecen los cargos regulados para los gasoductos Neiva — Hobo y Flandes — Girardot — Ricaurte del sistema de transporte de Progasur S.A. E.S.P. la Dirección Ejecutiva de la Comisión publicó las demandas esperadas de volumen y Capacidad presentadas por la empresa Progasur en su solicitud tarifaria. Durante el término establecido en el literal c) del artículo 9 de la Resolución CREG 126 de 2010, la Comisión no recibió preguntas o comentarios relacionados con la información de demandas esperadas de volumen y capacidad declaradas por Progasur y publicadas en la Circular No 070 de 2010.

CREG 126 de 2010, la Comisión no recibió preguntas o comentarios relacionados con la información de demandas esperadas de volumen y capacidad declaradas por Progasur y publicadas en la Circular No 070 de 2010. Mediante las comunicaciones CREG S-2010-005219, S-2010-005330, S-2010-005889 y S-2011-000088, de fechas 29 de noviembre de 2010, 3 de diciembre de 2010, 21 de diciembre de 2010 y 18 de enero de 2011, la Comisión remitió a Progasur, para sus comentarios, los informes de auditoría a la información reportada por Progasur según el formato del anexo 2 y el formato 5 del anexo 5 de la Resolución CREG 126 de 2010, presentados por el auditor contable. Progasur presentó comentarios al segundo informe de auditoría a la información reportada según el formato del anexo 2 y el formato 5 del anexo 5 de la Resolución CREG 126 de 2010, mediante la comunicación E-2010011769 de fecha 16 de diciembre de 2010. Mediante las comunicaciones CREG S-2010-005217 y S-2010-005520, de fechas 29 de noviembre y 20 de diciembre de 2010, la Comisión envió a Progasur los informes de auditoría a la información relacionada con la Capacidad Máxima de Mediano Plazo (CMMP), el gas de empaquetamiento y los gastos proyectados de compresión, declarada por Progasur en su solicitud tarifaria, presentados por el auditor técnico. Progasur presentó comentarios a los informes y complementó la información que declaró en relación con la Capacidad Máxima de Mediano Plazo (CMMP), el

tarifaria, presentados por el auditor técnico. Progasur presentó comentarios a los informes y complementó la información que declaró en relación con la Capacidad Máxima de Mediano Plazo (CMMP), el gas de empaquetamiento y los gastos proyectados de compresión, mediante las comunicaciones E-2010-011392, E-2010-011582, E-2010-012178 y E-2010012182, de fechas 7 de diciembre, 14 de diciembre y 24 de diciembre de 2010, respectivamente. La Comisión, mediante las comunicaciones S-2011-000238, S-2011-001044 y S-2011-001433, de fechas 11 de enero, 2 de marzo y 22 de marzo de 2011, reiteró a Progasur la obligación de remitir a la CREG los documentos que demuestren que las inversiones del programa de nuevas inversiones del período tarifario t-1 efectivamente fueron ejecutadas, esto es, que estaban disponibles para la operación al momento de presentar la solicitud de aprobación de cargos de transporte de gas natural. Lo anterior de acuerdo con el numeral 4 del auto de pruebas del 2 de noviembre del año 2010. Mediante las comunicaciones con radicados CREG E-2011-001264, E-2011001312, E-2011-002647 y E-2011-003376, de fechas 8 de febrero, 10 de febrero, 17 de marzo y 4 de abril de 2011, respectivamente, Progasur remitió a la CREG información tendiente a demostrar que las inversiones del programa = Of yo

so” ss2-112 25 AGO. 2011 RESOLUCIÓN No. DE HOJA No. 4/12

Por la cual se establecen los cargos regulados para los gasoductos Neiva — Hobo

= Of yo

so” ss2-112 25 AGO. 2011 RESOLUCIÓN No. DE HOJA No. 4/12

Por la cual se establecen los cargos regulados para los gasoductos Neiva — Hobo y Flandes — Girardot — Ricaurte del sistema de transporte de Progasur S.A. E.S.P. de nuevas inversiones del período tarifario t-1 estaban instaladas y en operación al momento de presentar la solicitud de aprobación de cargos. La Comisión, mediante las comunicaciones S-2011-000238 y S-2011-001044, de fechas 11 de enero y 2 de marzo de 2011, reiteró a Progasur la obligación de remitir a la CREG la certificación de la inscripción en el catastro y/o copia de la matrícula inmobiliaria de los predios. Lo anterior de acuerdo con el numeral 8.5.4 del artículo 8 de la Resolución CREG 126 de 2010, Progasur no envió la certificación de la inscripción en el catastro y/o copia de la matrícula inmobiliaria de los predios que pretendía incluir dentro de los gastos de terrenos e inmuebles. La Comisión, mediante la comunicación S-2011-001051 de fecha 23 de marzo de 2011, informó que las pruebas decretadas en los numerales segundo y tercero del auto del 2 de noviembre de 2010 habían finalizado y se encontraban en el expediente de la actuación administrativa. La Comisión, mediante las comunicaciones CREG S5-2011-001427 y S-2011002587 de fechas 23 de marzo y 18 de mayo de 2011, solicitó información sobre los volúmenes transportados y la capacidad contratada en firme e interrumpible, para los gasoductos para los cuales se presentó la solicitud

002587 de fechas 23 de marzo y 18 de mayo de 2011, solicitó información sobre los volúmenes transportados y la capacidad contratada en firme e interrumpible, para los gasoductos para los cuales se presentó la solicitud tarifaria. Progasur respondió a la solicitud de información sobre volúmenes transportados y capacidad contratada mediante las comunicaciones E-2011003375 y E-2011-005261 de fechas 4 de abril y 31 de mayo de 2011. La Comisión, mediante la comunicación S-2011-002589 de fecha 20 de mayo de 2011, solicitó información detallada del proyecto denominado Perforación Dirigida Cruce Río Neiva, dado que la descripción del mismo no se encontraba en la solicitud tarifaria. Progasur respondió esta solicitud de información mediante la comunicación E-2011-005262 de fecha 31 de mayo de 2011. La Comisión, mediante la comunicación S-2011-003111 de fecha 15 de junio de 2011, solicitó información de los proyectos del programa de nuevas inversiones del período tarifario t, presentados en la solicitud tarifaria, que estaban instalados y disponibles para la operación. En la misma comunicación la Comisión solicitó informar la capacidad contratada de acuerdo con los contratos de transporte en firme vigentes. Progasur respondió a la solicitud de información mediante la comunicación E-2011-006324 de fecha 30 de junio de 2011. Mediante las resoluciones CREG 079 del 16 de junio de 2011 y CREG 097 del 21 de julio de 2011 se efectuaron modificaciones a la Resolución CREG 126 de 2010. La Comisión de Regulación de Energía y Gas efectuó los cálculos tarifarios correspondientes, a partir de la metodología establecida en la Resolución CREG

21 de julio de 2011 se efectuaron modificaciones a la Resolución CREG 126 de 2010. La Comisión de Regulación de Energía y Gas efectuó los cálculos tarifarios correspondientes, a partir de la metodología establecida en la Resolución CREG Cuf 7 7 Ww

Je CPEsRESOLUCION No, 112 pe _ 23460. 2011 HOJA No. 5/12

Por la cual se establecen los cargos regulados para los gasoductos Neiva — Hobo y Flandes — Girardot — Ricaurte del sistema de transporte de Progasur S.A. E.S.P. 126 de 2010 y demás información disponible en la Comisión, los cuales se presentan en el Documento CREG 087 de 2011. Conforme al Decreto 2897 de 2010 y la Resolución SIC 44649 de 2010, la Comisión de Regulación de Energía y Gas dio respuesta al cuestionario adoptado por la Superintendencia de Industria y Comercio para la evaluación de la incidencia sobre la libre competencia del presente acto administrativo, el cual se encuentra en el Documento CREG 087 de 2011. Teniendo en cuenta lo anterior, y dado que la presente Resolución contiene un desarrollo y aplicación de los criterios generales para la remuneración del servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos del Sistema Nacional de Transporte adoptados mediante Resolución CREG 126 de 2010, el presente acto administrativo de carácter particular no requiere ser remitido a la SIC para los efectos establecidos en el artículo 7 de la Ley 1340 de 2009, reglamentado por el Decreto 2897 de 2010, por no tener incidencia sobre la libre competencia. La Comisión de Regulación de Energía y Gas discutió la presente Resolución en

2009, reglamentado por el Decreto 2897 de 2010, por no tener incidencia sobre la libre competencia. La Comisión de Regulación de Energía y Gas discutió la presente Resolución en las sesiones N° 494 de fecha 4 de agosto de 2011, y 496 de 23 de agosto de 2011 y aprobó los cargos regulados de transporte para los gasoductos Neiva — Hobo y Flandes - Girardot - Ricaurte del sistema de transporte de Progasur S.A. E.S.P., y las demás disposiciones que se adoptan mediante la presente Resolución, en su sesión N° 497 de fecha 25 de agosto de 2011.

RESUELVE: Artículo 1. Objeto. Mediante la presente Resolución se aprueban los cargos regulados y demás aspectos pertinentes para remunerar la actividad de transporte de gas natural que se efectúa a través de los gasoductos Neiva — Hobo y Flandes — Girardot — Ricaurte del sistema de transporte de Progasur S.A. E.S.P., de conformidad con la metodología general adoptada por la Comisión de Regulación de Energía y Gas para tal fin.

Artículo 2. Inversión Existente para el Gasoducto Neiva - Hobo. Como inversión existente, IEt, se reconocen US$ 5.244.536 (dólares de diciembre de 2009) de acuerdo con la desagregación presentada en el Anexo 1 de esta Resolución. Artículo 3. Inversión Existente para el Gasoducto Flandes - GirardotRicaurte. Como inversión existente, IE;, se reconocen US$ 791.451 (dólares de diciembre de 2009) de acuerdo con la desagregación presentada en el Anexo 1 de esta Resolución.

Ricaurte. Como inversión existente, IE;, se reconocen US$ 791.451 (dólares de diciembre de 2009) de acuerdo con la desagregación presentada en el Anexo 1 de esta Resolución. Articulo 4. Programa de Nuevas Inversiones para el Gasoducto NeivaHobo. Para el programa de nuevas inversiones, PNIt, se reconocen US$ 52.245 (dólares de diciembre de 2009) de acuerdo con la desagregación presentada en el Anexo 2 de esta Resolución.

O77A Y112 DE 25 AGO. 2011 RESOLUCIÓN No. HOJA No. 6/12

Por la cual se establecen los cargos regulados para los gasoductos Neiva — Hobo y Flandes — Girardot - Ricaurte del sistema de transporte de Progasur S.A. E.S.P. Artículo 5. Capacidad Máxima de Mediano Plazo. La capacidad máxima de mediano plazo, CMMP, que sirvió de base para el cálculo de los cargos que aquí se aprueban es la que se presenta en el Anexo 3 de esta Resolución. Artículo 6. Demandas Esperadas de Volumen y Capacidad. La demanda esperada de volumen, DEV:i, y la demanda esperada de capacidad, DEC:, que sirvieron de base para el cálculo de los cargos que aquí se aprueban, de conformidad con los criterios generales establecidos por la Comisión de Regulación de Energía y Gas, son las presentadas en el Anexo 4 de esta Resolución. Artículo 7. Cargos Regulados de Referencia para la Remuneración de los Costos de Inversión. Para remunerar los costos de inversión para los gasoductos definidos en el artículo 1 de esta Resolución, de conformidad con lo

Resolución. Artículo 7. Cargos Regulados de Referencia para la Remuneración de los Costos de Inversión. Para remunerar los costos de inversión para los gasoductos definidos en el artículo 1 de esta Resolución, de conformidad con lo establecido en la Resolución CREG 126 de 2010, se aprueban las siguientes parejas de cargos regulados: % [1] 0 20 40 50 60 70 80 Gasoducto Neiva - Hobo C.F. 0 141,830 283,661 354,576 425,491 496,407 567,322 CV 2,441 1,953 1,464 1,220 0,976 0,732 0,488 Continuación % [1] 85 90 92 94 96 98 100 Gasoducto Neiva - Hobo C.F. 602,779 638,237 652,420 666,603 680,786 694,969 709,152 cv 0,366 0,244 0,195 0,146 0,098 0,049 0 C.F. = Cargo fijo expresado en US $ de diciembre 31 de 2009 por kped-año C.V. = Cargo variable expresado en US $ de diciembre 31 de 2009 por kpc [1] Porcentaje de la inversión remunerada con cargo fijo NOTA; Para la interpretación de esta Resolución las cifras decimales se separan con coma y las cifras de miles se separan con punto % [1] 0 20 40 50 60 70 80 Gasoducto Flandes — Girardot - Ricaurte CF. - 33,751 67,501 84,377 101,252 118,127 135,003

punto % [1] 0 20 40 50 60 70 80 Gasoducto Flandes — Girardot - Ricaurte CF. - 33,751 67,501 84,377 101,252 118,127 135,003 CV 0,574 0,459 0,344 0,287 0,230 0,172 0,115 Continuación % [1] 85 90 92 94 96 98 100 Gasoducto Flandes - Girardot - Ricaurte CF. 143,440 151,878 155,253 153,628 162,003 165,378 168,753 CV 0,086 0,057 0,046 0,034 0,023 0,011C.F. = Cargo fijo expresado en US $ de diciembre 31 de 2009 por kpcd-afio C.V. = Cargo variable expresado en US $ de diciembre 31 de 2009 por kpc [1] Porcentaje de la inversión remunerada con cargo fijo NOTA: Para la interpretación de esta Resolución las cifras decimales se separan con coma y las cifras de miles se separan con punto Parágrafo: Estos cargos no incluyen el impuesto de transporte de que trata el artículo 26 de la Ley 141 de 1994, ni la cuota de fomento establecida por el artículo 15 de la Ley 401 de 1997 y sus modificaciones. Dichos gravámenes deberán ser pagados por los sujetos pasivos señalados en las mencionadas normas. Ed yo112° 25 AGO. 2011

RESOLUCIÓN No. 1 DE HOJA No. 7/12

Por la cual se establecen los cargos regulados para los gasoductos Neiva — Hobo

normas. Ed yo112° 25 AGO. 2011

RESOLUCIÓN No. 1 DE HOJA No. 7/12

Por la cual se establecen los cargos regulados para los gasoductos Neiva — Hobo y Flandes — Girardot — Ricaurte del sistema de transporte de Progasur S.A. E.S.P. Artículo 8. Gastos de Administración, Operación y Mantenimiento, AOM. Por concepto de gastos de AOM para los gasoductos Neiva — Hobo y Flandes — Girardot — Ricaurte del sistema de transporte de Progasur se reconocen los gastos presentados en el Anexo 5 de esta Resolución. Artículo 9. Cargos Regulados para Remunerar los Gastos de Administración, Operación y Mantenimiento, AOM. Para remunerar los gastos de AOM de los gasoductos definidos en el artículo 1 de esta Resolución, de conformidad con lo establecido en la Resolución CREG 126 de 2010, se aprueba el siguiente cargo regulado: Cargo Fijo (Col. $ dic. 31-2009 /kpcd-año) Gasoducto Neiva - Hobo 519.852 Gasoducto Flandes — Girardot - Ricaurte 395.017 Artículo 10. Cargos Máximos. De conformidad con el artículo 88.1 de la Ley 142 de 1994, y según lo establecido en la Resolución CREG 126 de 2010, los cargos fijos y variables que remuneran los costos de inversión, y que se aprueban mediante esta Resolución, son cargos máximos. Artículo 11. Vigencia de los cargos. Los cargos aprobados en la presente Resolución estarán vigentes desde la fecha en que ésta quede en firme y hasta cuando se cumplan cinco años desde la entrada en vigencia de la Resolución

Artículo 11. Vigencia de los cargos. Los cargos aprobados en la presente Resolución estarán vigentes desde la fecha en que ésta quede en firme y hasta cuando se cumplan cinco años desde la entrada en vigencia de la Resolución CREG 126 de 2010, sin perjuicio de las actualizaciones a que haya lugar. Vencido el periodo de vigencia de los cargos, éstos continuarán rigiendo hasta que la Comisión apruebe los nuevos. Artículo 12. Notificaciones y Recursos. La presente Resolución deberá notificarse a la empresa Progasur S.A E.S.P. y publicarse en el Diario Oficial. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE, Dada en Bogotá, a los 25 AGO. 2011

A VA A) a

TOMAS GONZALEZ ESTRADA JAVIER AUGUSTO piaz VELASCO Viceministro de Minas y Energia Director Ejecutiv Delegado del Ministro de Minas y pees Energia cul Presidente Y)

y=RESOLUCIÓN No. 112 pe 23460. 201 HOJA No. 8/12

Por la cual se establecen los cargos regulados para los gasoductos Neiva — Hobo y Flandes - Girardot - Ricaurte del sistema de transporte de Progasur S.A. E.S.P. Anexo 1 Inversión existente Tramo o grupo de gasoductos Operación IEt-1 PNIt-1 IFPNItA INOt let Año USD de diciembre 31 de 2009

A B Cc D A+B+C-D

E.S.P. Anexo 1 Inversión existente Tramo o grupo de gasoductos Operación IEt-1 PNIt-1 IFPNItA INOt let Año USD de diciembre 31 de 2009 A B Cc D A+B+C-D Total 5.136.858 — 899.129 ' - e 6.035.987 Gasoducto Neiva - Hobo 1996 5.136.858 107.678 - - 5,244,536 Gasoducto Flandes - Girardot - 2003 Ricaurte - 791.451 - - 791.451

Fuentes: Progasur, Radicación CREG E-2010-009150; Resoluciones CRES 014 de 2001 y 059 de 2003; análisis CREG Fina bars late TOMÁS GONZÁLEZ ESTRADA JAVIER AUGUSTO DÍAZ VELASCO Viceministro de Minas y Energía Director Ejecutivo Delegado del Ministro de Minas y Pes

Energía QM) PresidenteRESOLUCIÓN No. 112 DE___25 AGO. 2011 HOJA No. 9/12 Por la cual se establecen los cargos regulados para los gasoductos Neiva — Hobo y Flandes - Girardot — Ricaurte del sistema de transporte de Progasur S.A. E.S.P. Anexo 2 Programa de nuevas inversiones para el gasoducto Neiva - Hobo Proyecto Añol Año2 Año3 Año4 Año5 Total USD de diciembre de 2009 Trampa de raspadores entrada gasoducto NeivaHobo [1] 52.245 - - - 52.245 Total 52.245 - - - 52.245

Fuente: Progasur, radicación CREG E-2011-009150; evaluación CREG.

Trampa de raspadores entrada gasoducto NeivaHobo [1] 52.245 - - - 52.245 Total 52.245 - - - 52.245

Fuente: Progasur, radicación CREG E-2011-009150; evaluación CREG.

[1] A junio de 2011 este proyecto no está terminado (Radicación CREG E-2011-006324) de tal forma que hace parte del PNL. TOMÁS GONZÁLEZ ESTRADA JAVIER AUGUSTO Díaz Ye LASCO Viceministro de Minas y Energía Director Ejecutivo Delegado del Ministro de Minas y Es Energía Ot Presidente 78)2441 y» DE 25 AGO. 2041 RESOLUCIÓN No. HOJA No. 10/12 Por la cual se establecen los cargos regulados para los gasoductos Neiva — Hobo y Flandes - Girardot — Ricaurte del sistema de transporte de Progasur S.A. E.S.P. Anexo 3 Capacidad máxima de mediano plazo, CMMP, (KPCD) Año Neiva - Hobo a car dot Año 1 2.765 2.156 Año 2 2.765 2.156 Año 3 2.765 2.156 Al 2.765 2.156 Año 5 2.765 2.156 Año 6 2.765 2.156 Año 7 2.765 2.156 Año8 2.765 2.156 Año 9 2.765 2.156 Año 10 2.765 2.156 Afio 11 2.765 2.156 Año 12 2.765 2.156 Año 13 2.765 2.156 Afio 14 2.765 9 156

Año 10 2.765 2.156 Afio 11 2.765 2.156 Año 12 2.765 2.156 Año 13 2.765 2.156 Afio 14 2.765 9 156 Año 15 2.765 2.156 Afio 16 2.765 2.156 Año 17 2.765 2.156 Afio 18 2.765 2.156 Año 19 2.765 2.156 Año 20 2.765 2.156

Fuente: Auditor Técnico, radicado CREG E-2010-012211. r

AAA A [a GONZÁLEZ ESTRADA JAVIER AUGUSTO DÍAZ VELASCO Viceministro de Minas y Energía Director Ejecutiyo Delegado del Ministro de Minas y += Energía Presidente

Sle“142 25 AGO. 201 RESOLUCION No. HOJA No, 11/12

Por la cual se establecen los cargos regulados para los gasoductos Neiva — Hobo y Flandes - Girardot — Ricaurte del sistema de transporte de Progasur $.A. E.S.P. Anexo 4 Demandas esperadas para los gasoductos Neiva — Hobo y FlandesGirardot - Ricaurte Neiva - Hobo Flandes - Girardot -Ricaurte Demanda Demanda Demanda Demanda Año esperada de esperada de | esperada de esperada de capacidad volumen capacidad volumen (KPCD) (KPC - año) (KPCD) (KPC - año) Año 1 1.193 398.871 887 253.745 Año 2 1.193 398.871 728 253.745

capacidad volumen capacidad volumen (KPCD) (KPC - año) (KPCD) (KPC - año) Año 1 1.193 398.871 887 253.745 Año 2 1.193 398.871 728 253.745 Año 3 1.193 398.871 728 253.745 Año 4 1.193 398.871 728 253.745 Año 5 1.193 398.871 728 253.745 Año 6 1.193 398.871 728 253.745 Año 7 1.193 398.871 728 253.745 Anos 1.193 398.871 728 253.745 Año 9 1.193 398.871 728 253.745 Año 10 1.193 398.871 728 253.745 Afio 11 1.193 398.871 728 253.745 Afio 12 1.193 398.871 728 253.745 Año 13 1.193 398.871 728 253,745 Año 14 1.193 398.871 728 253.745 Año 15 1.193 398.871 728 253.745 Año 16 1.193 398.871 728 253.745 Año 17 1.193 398.871 728 253.745 Año 18 1.193 398.871 728 253.745 Año 19 1.193 398.871 728 253.745 Afio 20 1.193 398.871 728 253,745

Fuente: Progasur, radicaciones CREG E-2010-009150 y E-2011-006324; Evaluación CREG

/ L

(ma) , JAVIER AUGUSTO plaz|pELASCO

Director Ejecutiv ES

Fuente: Progasur, radicaciones CREG E-2010-009150 y E-2011-006324; Evaluación CREG

/ L

(ma) , JAVIER AUGUSTO plaz|pELASCO

Director Ejecutiv ES / f — TOMÁS GONZÁLEZ ESTRADA Viceministro de Minas y Energía Delegado del Ministro de Minas y Energía el, esidenteRESOLUCION No. 172 DE 25460, 2011 HOJA No. 12/12 Por la cual se establecen los cargos regulados para los gasoductos Neiva — Hobo y Flandes — Girardot -— Ricaurte del sistema de transporte de Progasur S.A. E.S.P. Anexo 5 Gastos de AOM para los gasoductos Neiva - Hobo y Flandes - GirardotRicaurte Año Neiva - Hobo Flandes - GirardotRicaurte Pesos de diciembre de 2009 Año 1 996.718.347 424.046.635 Año 2 560.516.278 320.258.139 Año 3 560.516.278 320.258.139 Año 4 560.516.278 320.258.139 Año 5 560.516.278 320.258.139 Año 6 881.480.197 314.808.839 Año 7 445.278.128 210.120.342 Año 8 445.278.128 210.120.342 Año 9 445.278.128 210.120.342 Año 10 445.278.128 210.120.342 Año 11 881.480.197 314.808.839 Año 12 445.278.128 210.120.342

Año 9 445.278.128 210.120.342 Año 10 445.278.128 210.120.342 Año 11 881.480.197 314.808.839 Año 12 445.278.128 210.120.342 Año 13 445.278.128 210.120.342 Año 14 445.278.128 210.120.342 Año 15 445.278.128 210.120.342 Año 16 881.480.197 314.808.839 Año 17 445.278.128 210.120.342 Año 18 445.278.128 210.120,342 Año 19 445.278.128 210.120.342 Año 20 445.278.128 210.120.342

Fuente: Progasur, Radicado CREG E-2011-009150

Evaluación CREG Tp harah, ln nnn Y TOMAS GONZALEZ ESTRADA JAVIER AUGUSTO DÍAZ VELASCO Viceministro de Minas y Energia Director Ejecutivo Delegado del Ministro de Minas y ce ls ou Energia Presidente

Consultar sobre este documento ...