🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CREG - Resolución 117 de 1997

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CREG - Resolución 117 de 1997
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
1997

GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA

CONTRASTE

AYUDA BUSCAR Resolución 117 de 1997 CREG

ANOTACIONESANOTACIONES

Reducir Normal Aumentar

COMPARTIR

IMPRIMIR

DESCARGARANEXOS

DatosDATOS BúsquedaBUSCAR ÍndiceÍNDICE MemoriaMEMORIA DesarrollosDESARROLLOS ModificacionesMODIFICACIONES ConcordanciasCONCORDANCIAS NotificacionesNOTIFICACIONES Actos de trámiteACTOS DE TRÁMITE Resolución 117 de 1997 CREG Abrir documento modal

DOCUMENTO

Abrir Datos modal DATOS Abrir Búsqueda modal

BUSCAR

Abrir Índice modal

ÍNDICE

Abrir Memoria modal

MEMORIA

Abrir Desarrollos modal

DESARROLLOS

Abrir Modificaciones modal

MODIFICACIONES

Abrir Concordancias modal

CONCORDANCIAS

Abrir Notificaciones modal NOTIFICACIONES Abrir Actos de trámite modal

ACTOS DE TRÁMITE

Abrir RESOLUCIÓN 117 DE 1997

(julio 10) Diario Oficial No. 43.097 de 31 de julio de 1997 COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS Por la cual se establece de manera transitoria, un régimen tarifario aplicable a los consumos de los usuarios regulados que sean atendidos por empresas comercializadoras existentes que incursionen en un nuevo mercado dentro del Sistema Interconectado Nacional, o por empresas comercializadoras que entren por primera vez a operar en el Sistema Interconectado Nacional. Concordancias CREG LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y los decretos

1524 y 2253 de 1994 y, CONSIDERANDO: Que la Resolución CREG-031 de 1997, por medio de la cual se aprueban las fórmulas generales que permiten a los comercializadores de electricidad establecer los costos de prestación del servicio a usuarios regulados en el Sistema Interconectado Nacional, y la resolución CREG-079 que adecúa la aplicación del programa de ajuste de subsidios y contribuciones previsto en la resolución CREG-113 de 1996 al nuevo régimen tarifario previsto en la resolución CREG-031 de 1997, entrarán en vigencia el 1o de enero de 1998; Que la Resolución CREG-078 de 1997 fijó las normas de transición en materia de tarifas a usuarios regulados, mientras entran a regir las fórmulas generales que permiten determinar el costo y las tarifas de prestación del servicio de electricidad a usuarios finales regulados en el Sistema Interconectado Nacional, tomando como base los costos de transición establecidos en la Resolución CREG-080 de 1995; Que la comercializadora Enercomsa E.S.P., empresa nueva en el sector, solicitó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas la aprobación de un régimen tarifario de transición, con el fin de iniciar actividades en el mercado regulado de electricidad, hasta la entrada en vigencia de las Resoluciones CREG-031 y CREG-079 de 1997; Que antes del 1o de enero de 1998, pueden crearse nuevas empresas comercializadoras de electricidad en el mercado regulado, e igualmente las empresas comercializadoras existentes pueden competir en otros mercados diferentes a los actualmente servidos;

Que es necesario fijar las tarifas aplicables por parte de las empresas comercializadoras a que se refiere el considerando anterior durante el citado periodo; RESUELVE: ARTICULO 1o. DEFINICIONES. Para efectos de la aplicación de esta Resolución se adoptan las definiciones incluidas en el Anexo No 1 de la Resolución CREG-078 de 1997, que se complementan con las establecidas en el Artículo 1o de la Resolución CREG-031 de 1997. Ir al inicio ARTICULO 2o. COSTOS DE PRESTACION DEL SERVICIO. Para efectos tarifarios, durante el período comprendido entre la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución y la fecha en la cual entrará a regir la Resolución CREG-031 de 1997, las empresas comercializadoras nuevas que entren a operar en el Sistema Interconectado Nacional con el fin de atender mercado regulado, así como las empresas comercializadoras existentes que opten por competir en mercados regulados diferentes a los que atienden actualmente dentro del SIN, estarán sujetas a los costos de referencia y los factores de carga por nivel de tensión que se encuentren vigentes para la empresa distribuidoracomercializadora que actualmente atienda el respectivo Mercado de Comercialización, según lo previsto en la resolución CREG-080 de 1995, modificada por la resolución CREG078 de 1997. PARAGRAFO. La actualización y las equivalencias de los costos de prestación del servicio se efectuarán de acuerdo con las disposiciones establecidas en los Artículos 2o y 3o de la Resolución CREG-078 de 1997. Ir al inicio ARTICULO 3o. FACTORES DE SUBSIDIO Y/O CONTRIBUCION. Para efectos de establecer tarifas, durante

el período comprendido entre la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolución y el 1o de enero de 1998, fecha en la cual entrará a regir la Resolución CREG-079 de 1997, las empresas comercializadoras nuevas que entren a operar en el Sistema Interconectado Nacional con el fin de atender mercado regulado, así como las empresas comercializadoras existentes que incursionen en mercados regulados dentro del SIN diferentes a los que actualmente sirven, aplicarán el programa de ajuste gradual de los subsidios y contribuciones a los límites legales y el régimen tarifario vigentes, para la empresa distribuidora - comercializadora que actualmente atienda el respectivo Mercado de Comercialización, según los límites previstos en los artículos 4o., 5o. y 6o. de la resolución CREG-078 de 1997 y con sujeción a las normas legales que rigen lo relativo a subsidios y contribuciones. Ir al inicio ARTICULO 4o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Dada en Santafé de Bogotá, D. C., el día 10 de Julio de 1997 Viceministro de Energía Encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Minas y Energía

CARLOS CONTE LAMBOGLIA

Presidente EDUARDO AFANADOR IRIARTE Director Ejecutivo Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría

ISBN 978-958-98069-2-0

Última actualización: Control de versiones

Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021 × Resolución 117 de 1997 CREG Cerrar menú blanco Opción documento Documento .html VER MÁSVER MÁS Opción documento Documento Word de Microsoft VER MÁSVER MÁS Opción documento Documento PDF

VER MÁSVER MÁS

Consultar sobre este documento ...