CREG - Resolución 118 de 2010
Detalles
- Título
- CREG - Resolución 118 de 2010
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2010
República de Colombia Ministerio de Minas y Energía COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS RESOLUCIÓN No. 118 DE 2010 (93 ase. 2010 ) Por la cual se establecen los Índices de Referencia de la Discontinuidad de la Empresa de Energía del Pacifico S.A. E.S.P. LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994.
CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo previsto en el Artículo 23, literal d), y 41 de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas; Que mediante la Resolución CREG 097 de 2008, la Comisión aprobó los principios generales y la metodología para el establecimiento de los Cargos por Uso de los Sistemas de Transmisión Regional (STR) y de Distribución Local
(SDL); Que en el numeral 11.2 del capitulo 11 del anexo general de la Resolución CREG 097 de 2008 se estableció la metodología de evaluación de la calidad del servicio en el Sistema de Distribución Local; Que dentro de la regulación de calidad del servicio se establece un esquema de incentivos y compensaciones que se aplicará a los Operadores de Red con base en su desempeño trimestral; Que los incentivos que recibirán los Operadores de Red estarán determinados con base en el desempeño trimestral de la calidad media brindada por los Operadores de Red que se evaluará a partir de la comparación del Índice de
en su desempeño trimestral; Que los incentivos que recibirán los Operadores de Red estarán determinados con base en el desempeño trimestral de la calidad media brindada por los Operadores de Red que se evaluará a partir de la comparación del Índice de Referencia Agrupado de la Discontinuidad, IRAD, con el Índice Trimestral Agrupado de la Discontinuidad, ITAD;
4 AN oy A >] YRESOLUCIÓN No. 118 DE 0 3 AGC. 2010 HOJA No. 2/5
Por la cual se establecen los Índices de Referencia de la Discontinuidad de la Empresa de Energía del Pacifico S.A. E.S.P. Que la compensación que deberán pagar los Operadores de Red se determinará con base en la comparación del Índice Trimestral de la Discontinuidad por Transformador, ITT, y el Promedio de los Índices de Referencia de la Discontinuidad por Grupo de Calidad, IRGP, de cada empresa; Que en el numeral 11.2.3 de la Resolución CREG - 097 de 2008, se estableció que la CREG calculará el IRAD a partir de la información histórica de interrupciones y demás datos consignados por los Operadores de Red en el Sistema Único de Información, SUI; Que mediante las circulares CREG 123 de 2008, 047 y 050 de 2009 la CREG solicitó a los Operadores de Red información complementaria necesaria para el cálculo del IRAD; Que la Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P. dio repuesta a la circular CREG 123 de 2008 mediante la comunicación con radicado CREG E-2009001481; Que la Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P. dio repuesta a la circular
CREG 123 de 2008 mediante la comunicación con radicado CREG E-2009001481; Que la Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P. dio repuesta a la circular CREG 047 de 2009 cargando la información solicitada en el aplicativo dispuesto por la CREG para tal fin; Que la Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P. dio repuesta a la circular CREG 050 de 2009 cargando la información solicitada en el aplicativo dispuesto por la CREG para tal fin; Que las empresas comercializadoras: Compañía de Electricidad de Tuluá S.A. E:S.P., Comercializar S.A. E.S.P., Dicel S.A. E.S.P., Empresas Públicas de Medellín E.S.P., Electrificadora del Huila S.A. E.S.P., Empresas Municipales de Cali E.I.C.E. E.S.P., Emgesa S.A. E.S.P., Enertotal S.A. E.S.P., Genercauca S.A. E.S.P., Isagen S.A. E.S.P., cargaron información en el aplicativo dispuesto por la CREG para responder a la Circular CREG 050 de 2009 sobre el mercado de comercialización de la Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P.; Que mediante auto del día 3 de marzo de 2010 se inició de oficio una actuación administrativa con el objeto de definir los Índices de Referencia Agrupados de la Discontinuidad IRADnp, los Índices de Referencia Agrupados de la Discontinuidad para el año k, IRADK, px, y los Promedios de los Índices de Referencia de la Discontinuidad por Grupo de Calidad IRGP».qp para el SDL operado por la Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P.; Que la publicación de un extracto del texto de la actuación, en cumplimiento
Referencia de la Discontinuidad por Grupo de Calidad IRGP».qp para el SDL operado por la Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P.; Que la publicación de un extracto del texto de la actuación, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 15 del Código Contencioso Administrativo, se llevó a cabo el día 10 de marzo de 2010 en el diario La República; Que mediante auto del día 27 de abril de 2010 se decretaron pruebas y que éstas fueron remitidas al expediente de la actuación a través de memoriales con radicados CREG I-2010-001349, I-2010-001501 e I-2010-001700, los cuales contienen la información consultada en el SUI y las respuestas de la circulares CREG 047 y 050 de 2009, incluyendo la de otros comercializadores stintos a la Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P.; ] fs Sy
| A |118 DÉ 03460.2010 RESOLUCIÓN No. HOJA No. 3/5
Por la cual se establecen los Índices de Referencia de la Discontinuidad de la Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P. Que los días 25, 26 y 27 de marzo de 2010 se consultó la información de las bases de datos comercial y de calidad del SUI, reportada por los Operadores de Red durante los años 2006 y 2007; Que aplicada la metodología contenida en la Resolución CREG 097 de 2008, se calcularon los Índices de Referencia de la Discontinuidad para el SDL operado por la Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P.; Que la Comisión, en sesión No. 461 del 3 de agosto de 2010, aprobó los Índices
calcularon los Índices de Referencia de la Discontinuidad para el SDL operado por la Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P.; Que la Comisión, en sesión No. 461 del 3 de agosto de 2010, aprobó los Índices de Referencia de la Discontinuidad para el SDL operado por la Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P.;
RESUELVE:
Artículo 1. Índice de Referencia Agrupado de la Discontinuidad, IRAD,.p. El Índice de Referencia Agrupado de la Discontinuidad. IRAD,,p, para el SDL operado por la Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P. es el siguiente: TRIMESTRE TRAD cod D0, 0009163 = 5 0,0012815 q 0,0015479 Tabla 1. IRAD por trimestre para el nivel de tensión 1.
TRIMESTRE TRAD
A | G0004516 2 0,0009207 4 0,0007075 Tabla 2. IRAD por trimestre para el nivel de tensión 2 y 3 agregado. Artículo 2. indice de Referencia Agrupado de la Discontinuidad para el año k, IRADKa,p,x. El Índice de Referencia Agrupado de la Discontinuidad para el año k, IRADK»px del SDL operado por la Empresa de Energía del Pacífico
S.A. E.S.P. es el siguiente: 2/5RESOLUCIÓN No. 118 DE 0 3 AGO, 2040 HOJA No. 4/5
Por la cual se establecen los Índices de Referencia de la Discontinuidad de la Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P. | AÑO TRIMESTRE IRADK 2006 2 O, 0012795
Por la cual se establecen los Índices de Referencia de la Discontinuidad de la Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P. | AÑO TRIMESTRE IRADK 2006 2 O, 0012795 2007 2 0,0012835 "2007 23... 00012035" 2006 4 0,0019922 2007 4 0,0011036 Tabla 3. IRADK para el nivel de tensión 1.
TRIM ESTRE | AÑO
5, 0008968 0,0009446 2, USE 2006 0, 006341 2007 1 1 2 2 3 4 4 0,0007809 Tabla 4. IRADK para el nivel de tensión 2 y 3 agregado. Artículo 3. Promedio de los indices de Referencia de la Discontinuidad por Grupo de Calidad IRGP,,q,p. El Promedio de los Índices de Referencia de la Discontinuidad por Grupo de Calidad IRGPnaqp del SDL operado por Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P. es el siguiente: GRUPO TRIMESTRE "| 0,0627376" 0,0006990 0,0006302 0,0017805 O, 00233 14 “| 0,0005593 Atal ajaj 0,0020626 0,0014855 A] oof to] [a] eo] tole af oof o) [2 0,0020842 Tabla 5. IRGP para el nivel de tensión 4G Y Is $ la
SY mRESOLUCION No, 118 DE _03A60, 2010 HOJA No. 5/5
Por la cual se establecen los Índices de Referencia de la Discontinuidad de la Empresa
la
SY mRESOLUCION No, 118 DE _03A60, 2010 HOJA No. 5/5
Por la cual se establecen los Índices de Referencia de la Discontinuidad de la Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P.
GRUPO TRIMESTRE | IRGP
DI A "| Sin datos "1 0,0004577 0,0009522 0,0005699 0,0007001 0,0013969 0,0005137 0,0007978 0,0008076 0,0011099 alo] Jal Bf co] pa] +] 8] co] to] | a] co] a
A] BY] a
6300 6 05] o] o] to] to] me] sá] e Tabla 6. IRGP para el nivel de tensión 2 y 3 agregado. Artículo 4. Vigencia. Los valores aprobados en esta Resolución estarán vigentes desde la fecha en que quede en firme. Artículo 5. Recursos. La presente Resolución deberá notificarse a la Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.
NOTIFÍQUESE, PULÍQUESE Y CÚMPLASE 0 3 AGO. 2010
Dada en Bogotá. D. C., a los Hue uneP ym md U ILVANA GIAIMO CHÁVEZ 'AVIER AUGUSTO DÍAZ'VELASCO
0 3 AGO. 2010 Dada en Bogotá. D. C., a los Hue uneP ym md U ILVANA GIAIMO CHÁVEZ 'AVIER AUGUSTO DÍAZ'VELASCO Viceministra de Minas y Energía S S Delegada del Ministro de Minas y Director Ejecutivo Energía Presidente