CREG - Resolución 120 de 2010

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Resolución 120 de 2010
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2010

República de Colombia Ministerio de Minas y Energia COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS RESOLUCIÓN No. 129 pg 2010 ( 03 AGO. 2010 ) Por la cual se establecen los Índices de Referencia de la Discontinuidad de la Compañía de Electricidad de Tuluá S.A. E.S.P. LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo previsto en el Articulo 23, literal d), y 41 de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas; Que mediante la Resolución CREG 097 de 2008, la Comisión aprobó los principios generales y la metodología para el establecimiento de los Cargos por Uso de los Sistemas de Transmisión Regional (STR) y de Distribución Local (SDL); Que en el numeral 11.2 del capítulo 11 del anexo general de la Resolución CREG 097 de 2008 se estableció la metodología de evaluación de la calidad del servicio en el Sistema de Distribución Local; Que dentro de la regulación de calidad del servicio se establece un esquema de incentivos y compensaciones que se aplicará a los Operadores de Red con base en su desempeño trimestral; Que los incentivos que recibirán los Operadores de Red estarán determinados con base en el desempeño trimestral de la calidad media brindada por los Operadores de Red que se evaluará a partir de la comparación del Índice de

en su desempeño trimestral; Que los incentivos que recibirán los Operadores de Red estarán determinados con base en el desempeño trimestral de la calidad media brindada por los Operadores de Red que se evaluará a partir de la comparación del Índice de Referencia Agrupado de la Discontinuidad, IRAD, con el Índice Trimestral Agrupado de la Discontinuidad, ITAD; {5

st ° yRESOLUCIÓN No. _1 20 DE 0.3 AGO, 2010 HOJA No. 2/5

Por la cual se establecen los Índices de Referencia de la Discontinuidad de la Compañía de Electricidad de Tuluá S.A. E.S.P. Que la compensación que deberán pagar los Operadores de Red se determinará con base en la comparación del Índice Trimestral de la Discontinuidad por Transformador, ITT, y el Promedio de los Índices de Referencia de la Discontinuidad por Grupo de Calidad, IRGP, de cada empresa; Que en el numeral 11.2.3 de la Resolución CREG - 097 de 2008, se estableció que la CREG calculará el IRAD a partir de la información histórica de interrupciones y demás datos consignados por los Operadores de Red en el Sistema Único de Información, SUI, para los años 2006 y 2007; Que mediante las circulares CREG 123 de 2008, 047 y 050 de 2009, la CREG solicitó a los Operadores de Red información complementaria necesaria para el cálculo del IRAD; Que la Compañía de Electricidad de Tuluá S.A. E.S.P. dio repuesta a la circular CREG 123 de 2008 mediante la comunicación con radicado CREG E-2009001356;

cálculo del IRAD; Que la Compañía de Electricidad de Tuluá S.A. E.S.P. dio repuesta a la circular CREG 123 de 2008 mediante la comunicación con radicado CREG E-2009001356; Que la Compañia de Electricidad de Tuluá S.A. E.S.P. dio repuesta a las circular CREG 047 de 2009 cargando la información solicitada en el aplicativo dispuesto por la CREG para tal fin; Que la Compañía de Electricidad de Tuluá S.A. E.S.P. dio respuesta a la circular CREG 050 mediante comunicación con radicado CREG E-2010002397; Que las empresas comercializadoras: Dicel S.A. E.S.P., Empresas Municipales de Cali E.I.C.E. E.S.P., Empresas Públicas de Medellín S.A. E.S.P., Isagen S.A. E.S.P. y Empresa de Energia del Pacífico S.A. E.S.P. y Emgesa S.A. E.S.P. cargaron información en el aplicativo dispuesto por la CREG para responder a la Circular CREG 050 de 2009 sobre el mercado de comercialización de la Compania de Electricidad de Tuluá S.A. E.S.P.; Que mediante auto del día 3 de marzo de 2010 se inició de oficio una actuación administrativa con el objeto de definir los Índices de Referencia Agrupados de la Discontinuidad IRADn », los Índices de Referencia Agrupados de la Discontinuidad para el año k, IRADKapx, y los Promedios de los Índices de Referencia de la Discontinuidad por Grupo de Calidad IRGP»,qp para el SDL operado por la Compañía de Electricidad de Tuluá S.A. E.S.P.; Que la publicación de un extracto del texto de la actuación, en cumplimiento

Referencia de la Discontinuidad por Grupo de Calidad IRGP»,qp para el SDL operado por la Compañía de Electricidad de Tuluá S.A. E.S.P.; Que la publicación de un extracto del texto de la actuación, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 15 del Código Contencioso Administrativo, se llevó a cabo el día 10 de marzo de 2010 en el diario La República; Que mediante auto del dia 27 de abril de 2010 se decretaron pruebas y que éstas fueron remitidas al expediente de la actuación a través de memoriales con radicados 1-2010-001330, 1-2010-001506 e I-2010-001681, los cuales contienen la información consultada en el SUI y las respuestas de la circulares CREG 047 y 050 de 2009, incluyendo la de otros comercializadores distintos a la) Compania de Electricidad de Tuluá S.A. ak Is / A Sy

J +RESOLUCIÓN No. __1 20 DE _03 AGO. 2010 HOJA No. 3/5

Por la cual se establecen los Índices de Referencia de la Discontinuidad de la Compañía de Electricidad de Tuluá S.A. E.S.P. Que los días 25, 26 y 27 de marzo de 2010 se consultó la información de las bases de datos comercial y de calidad del SUI, reportada por los Operadores de Red durante los años 2006 y 2007; Que aplicada la metodología contenida en la Resolución CREG 097 de 2008, se calcularon los Índices de Referencia de la Discontinuidad para el SDL operado por la Compañía de Electricidad de Tuluá S.A. E.S.P.; Que la Comisión, en sesión No. 461 del 3 de agosto de 2010, aprobó los Índices

por la Compañía de Electricidad de Tuluá S.A. E.S.P.; Que la Comisión, en sesión No. 461 del 3 de agosto de 2010, aprobó los Índices de Referencia de la Discontinuidad para el SDL operado por la Compañía de Electricidad de Tuluá S.A. E.S.P.; RESUELVE: Artículo 1. Índice de Referencia Agrupado de la Discontinuidad, IRAD, p. El Índice de Referencia Agrupado de la Discontinuidad. IRAD»p, para el SDL operado por la Compañía de Electricidad de Tuluá S.A. E.S.P. es el siguiente:

TRIMESTRE IRAD E? 0.00248 El >;

2 0.0014469 Bo, . | 0004139 4 0.0018393 Tabla 1. IRAD por trimestre para el nivel de tensión 1. | TRIMESTRE TRAD Y "00021389 | 2 0.0008870 3 | 00081142" 4 0.0019379 Tabla 2. IRAD por trimestre para el nivel de tensión 2 y 3 agregado. Artículo 2. Índice de Referencia Agrupado de la Discontinuidad para el año k, IRADK,,px. El Índice de Referencia Agrupado de la Discontinuidad para el año k, IRADKpn,p,x del SDL operado por la Compañía de Electricidad de Tuluá S.A. E.S.P. es el siguiente, — TT

xRESOLUCIÓN No. 120 DE _ 03 A60, 2010 HOJA No. 4/5

Por la cual se establecen los Índices de Referencia de la Discontinuidad de la Compañía de Electricidad de Tuluá S.A. E.S.P.

xRESOLUCIÓN No. 120 DE _ 03 A60, 2010 HOJA No. 4/5

Por la cual se establecen los Índices de Referencia de la Discontinuidad de la Compañía de Electricidad de Tuluá S.A. E.S.P.

AÑO TRIMESTRE | IRADK = 2007 - “Y 0.0008128 2006 2 0.0019918 2007 2 0. 0009020 2006 4 0.0017214 2007 4 0.0019573

Tabla 3. IRADK para el nivel de tensión 1.

TRIMESTRE IRADK

0. 0007866

0.009874 0.0011657 0.0027 102 2006 2007 Tabla 4. IRADK para el nivel de tensión 2 y 3 agregado. Artículo 3. Promedio de los Índices de Referencia de la Discontinuidad por Grupo de Calidad IRGPa,q,p. El Promedio de los Índices de Referencia de la Discontinuidad por Grupo de Calidad IRGPnap del SDL operado por la Compañía de Electricidad de Tuluá S.A. E.S.P. es el siguiente:

GRUPO TRIMESTRE IRGP

0.0011963 No Aplica 0.0013639

O. 0017806

AIN

0. 0003664

No Aplica 0.0034642 0.0016875 B] to] ole] A] ca] to] e] a] col tol [8 [0 L . Tabla 5. IRGP para el nivel de tension HY y/ 3 Sy

I |RESOLUCION No. 120 DE (13 AGO. 2010 HOJA No. 5/5

e] a] col tol [8 [0 L . Tabla 5. IRGP para el nivel de tension HY y/ 3 Sy

I |RESOLUCION No. 120 DE (13 AGO. 2010 HOJA No. 5/5

Por la cual se establecen los Indices de Referencia de la Discontinuidad de la Compañía de Electricidad de Tuluá S.A. E.S.P. GRUPO TRIMESTRE IRGP 1 2 0. 0008561 | 2 2 No Aplica 3 2 0.0013080 4 2 0. 0009938 _ 1 4 0. 0003780 2 4 No Aplica 3 4 0.0038580 4 4 0.003 1558 Tabla 6. IRGP para el nivel de tensión 2 y 3 agregado. Artículo 4. Vigencia. Los valores aprobados en esta Resolución estarán vigentes desde la fecha en que quede en firme. Artículo 5. Recursos. La presente Resolución deberá notificarse a la Compañía de Electricidad de Tuluá S.A, E.S.P. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá. D. C., a los 0 3 AGO. 2010 a am AZ LY SILVANA GIAIMO CHAVEZ AUGUSTO DIAZ VELASCO 3 i Director Ejecutivo 5 “Delegada del Ministro de Minas y Energia Presidente

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