CREG - Resolución 121 de 2010
Detalles
- Título
- CREG - Resolución 121 de 2010
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2010
República de Colombia Ministerio de Minas y Energía COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS 321 RESOLUCIÓN No. DE 2010 ( 03 AGG. zu ) Por la cual se dictan normas sobre funcionamiento del Mercado Mayorista de Energia. LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994 y, CONSIDERANDO QUE: De acuerdo con la Ley 142 de 1994, Artículo 74, Literal c), es función y facultad especial de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, establecer el Reglamento de Operación para regular el funcionamiento del mercado mayorista de energía. Según la Ley 142 de 1994, Artículo 11, es obligación de las empresas que presten servicios públicos, entre otras, asegurar que el servicio se preste en forma continua y eficiente, y sin abuso de la posición dominante que la empresa pueda tener frente al usuario o a terceros. Mediante la Resolución CREG-063 de 2000, la Comisión estableció “los criterios para la asignación entre los agentes del SIN de los costos asociados con las Generaciones de Seguridad y se modifican las disposiciones vigentes en materia de Reconciliaciones, como parte del Reglamento de Operación del SIN.” La Comisión expidió la Resolución CREG-034 de 2001 “Por la cual se dictan normas sobre funcionamiento del Mercado Mayorista de Energía”, que regulan las Reconciliaciones. Mediante la Resolución CREG-048 de 2002 la Comisión dictó “normas sobre funcionamiento del Mercado Mayorista de Energía.”
normas sobre funcionamiento del Mercado Mayorista de Energía”, que regulan las Reconciliaciones. Mediante la Resolución CREG-048 de 2002 la Comisión dictó “normas sobre funcionamiento del Mercado Mayorista de Energía.” Mediante la Resolución CREG-010 de 2010 se dictan normas transitorias sobre funcionamiento del Mercado Mayorista de Energía, relacionadas esencialmente
AL |121 oe 03.460.208 RESOLUCIÓN No. HOJA No. 2/3
Por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución de carácter general, que pretende adoptar la CREG con el fin de dictar normas sobre funcionamiento del Mercado Mayorista de Energía. con la venta, almacenamiento y entrega posterior de la energia hidráulica requerida en el Despacho Ideal. De acuerdo con el Reglamento de Operación expedido por la CREG para regular el funcionamiento del Mercado Mayorista de Energía, cada agente generador debe declarar diariamente la energía que tiene disponible, de acuerdo con su mejor estimación, y ofertar el precio al que está dispuesto a venderla, con independencia del estado de las redes de transporte de energía del Sistema Interconectado Nacional. La CREG publicó mediante la Resolución CREG 066 de 2010 un proyecto de resolución en el cual se contemplaba la implementación de un mecanismo de mercado que permitía a los generadores vender efectivamente toda su generación en el Despacho Ideal sin importar el estado de las redes de transporte. Los comentarios y observaciones presentados al proyecto publicado con la Resolución CREG-066 de 2010 fueron analizados y tenidos en cuenta conforme se presenta en el Documento CREG-096 de 2010. La Comisión, en su sesión No. 461, del 3 de agosto de 2010, acordó expedir la presente Resolución.
Resolución CREG-066 de 2010 fueron analizados y tenidos en cuenta conforme se presenta en el Documento CREG-096 de 2010. La Comisión, en su sesión No. 461, del 3 de agosto de 2010, acordó expedir la presente Resolución.
RESUELVE: ARTÍCULO 1. Modificación del Artículo 30 de la Resolución CREG-034 de
2001. El Artículo 3o de la Resolución CREG-034 de 2001 quedará así: “ARTÍCULO 30. Precio de Reconciliación Negativa. Para efectos de establecer el Precio de Reconciliación Negativa, el ASIC aplicará la siguiente regla: El Precio de Reconciliación Negativa de un Generador será igual a: PR = MPOy donde MPOn = Máximo Precio Ofertado para la Demanda Total, conforme a lo definido en la regulación vigente”, es
Y
NYRESOLUCIÓN No. __4 2 1 DE ___03A60. 200 HOJA No. 3/3
Por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución de carácter general, que pretende adoptar la CREG con el fin de dictar normas sobre funcionamiento del Mercado Mayorista de Energía. ARTÍCULO 2. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y deroga el Artículo 6° de la Resolución CREG 048 de 2002 y todas las demás disposiciones que le sean contrarias,
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 03 AGO, 2010
Dada en Bogotá, D.C, a Y | A naa! mo GN ton / NA GIAIMO Sta JAVIER AUGUSTO Di VELASCO Viceministra de Minas y Energia Director Ejecutivo
03 AGO, 2010 Dada en Bogotá, D.C, a Y | A naa! mo GN ton / NA GIAIMO Sta JAVIER AUGUSTO Di VELASCO Viceministra de Minas y Energia Director Ejecutivo 2 Delegado del Ministro de Minas y Energía A Presidente —