CREG - Resolución 123 de 2009
Detalles
- Título
- CREG - Resolución 123 de 2009
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2009
Republica Ministerio d COMISION DE REGUL RESOLUCIÓN No. i ( y Por la cual se aprueban el Costo Tensión 4 y los Cargos Máximos d LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicio de sus atribuciones Leyes 142 de 1994 y 143 de 1994 de 1994, y CON Que de acuerdo con lo previsto e tarifas por el acceso y uso de las 1 Que mediante la Resolución Resoluciones CREG 133, 135 y 1 generales y la metodología para € Sistemas de Transmisión Regiona Que la Empresa de Energía de radicada en la CREG bajo el noviembre de 2008, sometió a al por el uso de los Activos del Niv Niveles de Tensión 3, 2 y 1, Regional y al Sistema de Distribul Que la Empresa de Energía de inventarios de activos eléctricos listado de unidades constructiv General de la Resolución CREG 0 at Que la información relativa a | cálculo de los cargos en los térmi hi e los Niveles de Tensión 3, 2 y 1 de los activos operados por la Empresa de Energía de Casanare S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Regional (STR) y en el Sistema de Distribución Local (SDL). legales, en especial de las conferidas por las SIDERANDO: n el Artículo 23, literal d), y 41 de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas fijar las edes eléctricas; CREG 097 de 2008 modificada por las 66 de 2008, la Comisión aprobó los principios
de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas fijar las edes eléctricas; CREG 097 de 2008 modificada por las 66 de 2008, la Comisión aprobó los principios l establecimiento de los Cargos por Uso de los 1 (STR) y de Distribución Local (SDL); Casanare S.A. E.S.P., mediante comunicación probación de la Comisión los Costos Anuales el de Tensión 4 y los Cargos Máximos de los ción Local que opera; Casanare S.A. E.S.P., reportó a la CREG los as que aparece en el Capítulo 5 del Anexo 97 de 2008; s activos cuyo valor no debe incluirse en el nos del artículo 87 numeral 87.9 de la Ley 142 de Colombia e Minas y Energía
ACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
123
DE, AUS
DE 2009 Anual por el uso de los Activos del Nivel de , y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 No. E-2008-010029 recibida el dia 13 de orrespondientes al Sistema de Transmisión el STR y SDL que opera, clasificados según el e la Ley, D> rf de pe en la forma en que quedó modificado por el artículo 143 d . a
0RESOLUCIÓN No. __1 2 3 DE | 11 bel. 7009 HOJA No. 2/6
Por la cual se aprueban el Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 y los Cargos Máximos de los Niveles de Tensión 3, 2 y 1 de los activos operados por la Empresa de Energia de Casanare S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Regional
y los Cargos Máximos de los Niveles de Tensión 3, 2 y 1 de los activos operados por la Empresa de Energia de Casanare S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Regional (STR) y en el Sistema de Distribución Local (SDL). 1151 de 2007, provino del OR por ser el responsable de su reporte en los términos de la citada disposición y de lo dispuesto en la Resolución CREG 097 de 2008; Que al interior de la Comisión se analizó la información presentada por la Empresa de Energía de Casanare $.A. E.S.P. conjuntamente con la información adicional de los STR y SDL operados por la misma, que se encontraba a disposición de la CREG; Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Capitulo No. 7 de la Resolución CREG 097 de 2008, la Comisi Consultorías 2009 realizó una ve reportada por la Empresa de aprobación de cargos, siguiendo la ón a través de la firma UT GPI - D&P rificación sobre la calidad de la información Energía de Casanare S.A. E.S.P. para la metodología contenida en la misma norma; Que mediante comunicaciones radicadas en la CREG bajo los Nos. E-2009000990 y E-2009-001581; la firm los informes de verificación de lal Empresa de Energía de Casanare dicha empresa con el objeto de pronunciara sobre las diferenc mencionados informes de verificac Que una vez revisados los infec información, por parte de la CREG GPI — D&P Consultorías 2009, acl] respectivos informes; Que mediante comunicación radic la firma UT GPI - D&P Consultori a UT GPI —- D&P Consultorías 2009 presentó
información, por parte de la CREG GPI — D&P Consultorías 2009, acl] respectivos informes; Que mediante comunicación radic la firma UT GPI - D&P Consultori a UT GPI —- D&P Consultorías 2009 presentó calidad de la información reportada por la S.A. E.S.P., de los cuales se dio traslado a que ejerciera su derecho de defensa y se ias de información relacionadas en los ion; rmes de verificación de la calidad de la , se encontró necesario solicitar a la firma UT aración de la información presentada en sus ada en la CREG bajo el No. E-2009-003113, as 2009, rindió la aclaración solicitada, de la cual se dio traslado al Operador de Red Empresa de Energía de Casanare S.A. E.S.P., con el objeto de que ejerciera su derecho de defensa; Que la Empresa de Energía de Casanare S.A. E.S.P., mediante comunicaciones radicadas en la CREG bajo los No 005085, presentó las aclaracione en relación con el informe de verifi Que el día 25 de junio de 2009 s. E-2009-00224 1, E-2009-003499 y E-2009s solicitadas por la Comisión y se pronunció cación de calidad de la información; se consultaron las cifras del Plan Único de Cuentas del Sistema Único| de Información administrado por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y se obtuvieron las correspondientes a la Empresa de Energía de Casanare S.A. E.S.P., para los años 2004, 2005, 2006 y 2007; Que el día 18 de agosto de 2009 [se consultó el sistema de costos y gastos del
correspondientes a la Empresa de Energía de Casanare S.A. E.S.P., para los años 2004, 2005, 2006 y 2007; Que el día 18 de agosto de 2009 [se consultó el sistema de costos y gastos del Sistema Único de Información para la actividad de distribución y se obtuvieron los datos correspondientes a la Empresa de Energía de Casanare S.A. E.S.P. pane afios 2006 y EA
uhRESOLUCION No. 123 DÉ | 2 act. 2009 HOJA No. 3/6
Por la cual se aprueban el Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tension 4 y los Cargos Máximos de los Niveles de Tensión 3, 2 y 1 de los activos operados por la Empresa de Energía de Casanare S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Regional (STR) y en el Sistema de Distribución Local (SDL). Que el día 28 de septiembre de 2009 se consultaron las cifras de ventas de energía de los comercializadores en el Sistema Único de Información administrado por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y se obtuvieron las correspondientes al mercado del Operador de Red Empresa de Energía de Casanare S.A. E.S.P.; Que mediante comunicaciones| Nos. E-2008-002270, E-2009-007874, E-2009-007875, E-2009-007876, E-2009-007877 y E-2009-007880 se recibió de XM Compañia de Expertos en Mercados S.A. E.S.P., la información sobre transacciones de energía realizadas en los años 2004, 2005, 2006 y 2007 de todas las fronteras comerciales inscritas en el Mercado Mayorista de Energía;
de XM Compañia de Expertos en Mercados S.A. E.S.P., la información sobre transacciones de energía realizadas en los años 2004, 2005, 2006 y 2007 de todas las fronteras comerciales inscritas en el Mercado Mayorista de Energía; Que bajo los radicados E-2009-007817, E-2009-008549 y E-2009-008473 se recibieron los cálculos de pérdidas |de energía de los niveles de tensión 3, 2 y 1 realizados por la firma Ingeniería Especializada S.A, de los cuales se dio traslado al operador de red mediante comunicaciones S-2009-003437 y S2009-003500; Que mediante comunicaciones E-2009-007185, E-2009-008238 y E-2009008239 se recibió de XM Compañía de Expertos en Mercados S.A. E.S.P., la información requerida para el cálculo de las pérdidas del Nivel de Tensión 4 del STR Centro Sur; Que como resultado del análisis de la información y de las respuestas presentadas a la Comisión por la Empresa de Energía de Casanare S.A. E.S.P., se realizaron los ajustes pertinentes a los inventarios reportados, así como a la información adicional requerida para el cálculo de los Costos Anuales y de los Cargos Máximos de que tratan los Artículos 3 y 4 de la Resolución CREG 097 de 2008, según se relacionan, coh su respectivo sustento, en el documento soporte de la presente Resolución; Que aplicada la metodología contenida en la Resolución CREG 097 de 2008 se calcularon para los sistemas operados por la Empresa de Energía de Casanare S.A. E.S.P., las siguientes variables principales:
soporte de la presente Resolución; Que aplicada la metodología contenida en la Resolución CREG 097 de 2008 se calcularon para los sistemas operados por la Empresa de Energía de Casanare S.A. E.S.P., las siguientes variables principales: Costo Anual Equivalente de los Activos de Uso Pesos de dictembre de En el Nivel de Tensión 4 (CAAE, 4} 7.025.558.834| En el Nivel de Tensión 3 (CAAE ,3) 2.349.322.436 En el Nivel de Tensión 2 (CAAE; 2} 4.780.558.443| En el Nivel de Tensión 1 (CAF, i} 9.802.644.440 Valor anual de AOM Pesos de diciembre de Gastado (A0MG 94.07) 6.367.923.001 Remunerado (AOMR , 04.07} 6.410.393.685
A dl i | [ |RESOLUCION No. 123 DE 04 OCT, 209 HOJA No. 4/6
Por la cual se aprueban el Costo Anu al por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 y los Cargos Máximos de los Niveles de Tensión 3, 2 y 1 de los activos operados por la Empresa de Energía de Casanare S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Regional (STR) y en el Sistema de Distribución Local (SDL). Porcentajes de AOM (%) Gastado (PAOMG , 04.07) 3,71 Remunerado (PAOMR j 04.07) 3,74 4 kWh Energía año 2007 Energia Util del Nivel de Tensión 3 (EU,3 152.209.384
Remunerado (PAOMR j 04.07) 3,74 4 kWh Energía año 2007 Energia Util del Nivel de Tensión 3 (EU,3 152.209.384 Energía Útil del Nivel de Tensión 2 (EU 2 200.707.045 Pérdidas No Técnicas No Reconocidas (PNT ¿mr) 38.964.106 Ventas de energía Nivel de Tensión 1 (V,1) 125.521.195 Flujo de energía entre el STN y el Nivel de Tensión 3 (Fe ,srw3) ie) Flujo de energía entre el STN y el Nivel de Tensión 2 (Fe,srx2) ie) Flujo de energía entre los niveles de tensión 4 y 3 (Fe ,4.3) 116.302.997 Flujo de energía entre los niveles de tensión 4 y 2 [Fe ,42) 62.624.691 Flujo de energía entre los niveles de tensión 3 y 2 [Fe ,22) 140.870.235 Flujo de energía entre los niveles de tensión 3 y 1 (Fe ,a.1) 0 Flujo de energía entre los niveles de tensión 2 y 1 (Fe,22) 179.690.788 Que la Comisión, en sesión No. 419 del 1° de octubre de 2009, aprobó el Costo Anual por el uso de los Activos de los Niveles de Tensión 3, 2 y 1 Energía de Casanare S.A. E.S.P. e | Nivel de Tensión 4 y los Cargos Máximos de de los activos operados por la Empresa de n el Sistema de Transmisión Regional (STR) y en el Sistema de Distribución Local (SDL);
RESUELVE:
| Nivel de Tensión 4 y los Cargos Máximos de de los activos operados por la Empresa de n el Sistema de Transmisión Regional (STR) y en el Sistema de Distribución Local (SDL); RESUELVE: Artículo 1. Costo Anual por el uso de los activos del Nivel de Tensión 4. El Costo Anual por el Uso de los Ac Empresa de Energía de Casanare en la Resolución CREG 097 de 20 tivos del Nivel de Tensión 4 operados por la S.A. E.S.P., calculado en la forma establecida 8, es el siguiente: Costo Anual por el Us¢ Activos Pesos de diciembre de 2007 p de los Nivel de Tensión 4 (CA, 4) 8.276.742.827 Artículo 2. Cargos Máximos de los niveles de tensión 3, 2 y 1. Los Cargos Máximos de los niveles de tensión 3, 2 y 1 del sistema operado por la Empresa de Energía de Casanare S.A. E.S Resolución CREG 097 de 2008, so P., calculados en la forma establecida en la m los siguientes:RESOLUCIÓN No. 123 DE 3 1 OCT. 2809 HOJA No. 5/6 Por la cual se aprueban el Costo Anua y los Cargos Máximos de los Niveles di Empresa de Energía de Casanare S.A (STR) y en el Sistema de Distribución | 1 por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 e Tensión 3, 2 y 1 de los activos operados por la . E.S.P. en el Sistema de Transmisión Regional Local (SDL).
(STR) y en el Sistema de Distribución | 1 por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 e Tensión 3, 2 y 1 de los activos operados por la . E.S.P. en el Sistema de Transmisión Regional Local (SDL). Cargo Máximo $ / kWh (Pesos de diciembre de 2007) Nivel de Tensión 3 (CD, 3) 31,42 Nivel de Tensión 2 (CD, 2) 54,59 Nivel de Tensión 1 por Inversión (CDI, y) 29,98 Nivel de Tensión 1 por AOM (CDM) ,) 15,38 Parágrafo 1. Los cargos por uso los niveles de tensión 3, 2 y 1. y facturados por el OR a los OR niveles de tensión. Artículo 3. Aplicación de los Ca: por la cual el Operador de Red pod cumplan con los criterios tarifarios Artículo 4. Porcentaje de AOM referencia para el OR Empresa de en la forma establecida en la Resol Máximos de que trata el presente la Empresa de Energía de Ca Comercializadores que atienden U Parágrafo 2. Los Cargos Máximos trata el artículo 2 de la presente R resultantes de la aplicación de los Cargos artículo serán liquidados y facturados por sanare S.A. E.S.P. a cada uno de los suarios Finales conectados a su sistema en de que trata este artículo serán liquidados que tomen energía de su sistema en estos rgos Máximos. Los Cargos Máximos de que esolución constituyen topes máximos, razón rá aplicar cargos inferiores siempre y cuando de ley.
de que trata este artículo serán liquidados que tomen energía de su sistema en estos rgos Máximos. Los Cargos Máximos de que esolución constituyen topes máximos, razón rá aplicar cargos inferiores siempre y cuando de ley. de referencia. El Porcentaje de AOM de Energía de Casanare S.A. E.S.P., calculado ucién CREG 097 de 2008, es igual a: Porcentaje d e AOM (%) De Referencia (PAO} 3,72 Mires) Articulo 5. Costos de reposición la inversión del OR Empresa de nivel de tensión, calculados en la fi de 2008, son los siguientes: de la inversión. Los costos de reposición de Energía de Casanare S.A. E.S.P. para cada orma establecida en la Resolución CREG 097 Costo de Reposición de Pesos de diciembre de Inversión 2007 Para el Nivel de Tensión 4 (CR Ta) 53.321.069.803 Para el Nivel de Tensión 3 (CR Ta) 16.697.435.751 Para el Nivel de Tensión 2 (CR oT 2) 33.652.468.850 Para el Nivel de Tensión 1 (CR 67.980.449.988 1,1) Artículo 6. Pérdidas reconocidas tensión del sistema operado por € E.S.P., calculadas en la forma esta son: / Las pérdidas reconocidas para cada nivel de 1 OR Empresa de Energía de Casanare S.A. blecida en la Resolución CREG 097 de 2008, v dyRESOLUCION No. 123 DE TL ACT. 209 HOJANo. 6/6
Las pérdidas reconocidas para cada nivel de 1 OR Empresa de Energía de Casanare S.A. blecida en la Resolución CREG 097 de 2008, v dyRESOLUCION No. 123 DE TL ACT. 209 HOJANo. 6/6 Por la cual se aprueban el Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tension 4 y los Cargos Máximos de los Niveles de Tensión 3, 2 y 1 de los activos operados por la Empresa de Energía de Casanare S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Regional (STR) y en el Sistema de Distribución Local (SDL). Índice de pérdidas reconocidas (%) Nivel de Tensión 4 (P,4) 0,91 Nivel de Tensión 3 (P,3) 3,47 Nivel de Tensión 2 (P,2) 1,37 Nivel de Tensión 1 (P;1) 8,46 en el documento soporte. Resolución CREG 097 de 2008, Resolución estarán vigentes desde de octubre de 2013. hasta que la Comisión apruebe los notificación. Dada en Bogotá, D.C.,
rana Siam 0 SILVANA GIAIMO CHAVEZ,
Delegada del Ministro de Minas Energía Presidente Artículo 8. Vigencia. De conform Vencido su NOTIFÍQUESE, F y 4001. 20 Viceministra de Minas y Enerk Artículo 7. Los cargos y valores aquí aprobados resultan de las variables y de la información que se identifican en la parte motiva de este acto y de las contenidas idad con lo previsto por el artículo 19 de la los cargos y valores aprobados en esta
Artículo 7. Los cargos y valores aquí aprobados resultan de las variables y de la información que se identifican en la parte motiva de este acto y de las contenidas idad con lo previsto por el artículo 19 de la los cargos y valores aprobados en esta la fecha en que quede en firme y hasta el 5 período de vigencia, continuarán rigiendo nuevos. Artículo 9. Recursos. La presente Resolución deberá notificarse a la Empresa de Energía de Casanare S.A. E.S.P. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su
'UBLÍQUESE Y CÚMPLASE
09
MOLINA VALENCIA
Director Ejecutivo HE: ía
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