CREG - Resolución 124 de 2008

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Resolución 124 de 2008
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2008

Republica de Colombia Ministerio de Minas y Energia COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS RESOLUCIÓN No. 124 DE 2008 ( 29 orl. 2008 =) Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución de gas natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de Carmen de Viboral en el departamento de Antioquia. LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994, y los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y CONSIDERANDO: Que el Articulo 14.28 de la Ley 142 de 1994, definió el servicio público domiciliario de gas combustible como el conjunto de actividades ordenadas a la distribución de gas combustible y estableció la actividad de comercialización como complementaria del servicio público domiciliario de gas combustible; Que según lo dispuesto por el Artículo 28 de la Ley 142 de 1994, la construcción y operación de redes para el transporte de gas, así como el señalamiento de las tarifas por uso, se regirán exclusivamente por esa Ley; Que el Artículo 73.11 de la Ley 142 de 1994, atribuyó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, la competencia para establecer las fórmulas para la fijación de las tarifas del servicio público domiciliario de gas combustible; Que según lo dispuesto por el Artículo 88.1 de la Ley 142 de 1994, la Comisión de Regulación de Energía y Gas podrá establecer topes máximos y mínimos

la fijación de las tarifas del servicio público domiciliario de gas combustible; Que según lo dispuesto por el Artículo 88.1 de la Ley 142 de 1994, la Comisión de Regulación de Energía y Gas podrá establecer topes máximos y mínimos tarifarios, de obligatorio cumplimiento por parte de las empresas; Que el Artículo 126 de la Ley 142 de 1994 establece que vencido el periodo de vigencia de las fórmulas tarifarias éstas continuarán rigiendo mientras la \vomision no fije las nuevas;2 8 OCT. 2008 RESOLUCIÓN No. 124. . DE HOJA No. 2/8 Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución de gas natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de Carmen de Viboral en el departamento de Antioquia. Que mediante Resolución CREG-011 de 2003 se adoptó la metodología y criterios generales para determinar la remuneración de las actividades de distribución y comercialización de gas combustible y las fórmulas generales para la prestación del servicio público domiciliario de distribución de gas combustible por redes de tubería; Que mediante la Resolución CREG-100 de 2003, la Comisión de Regulación de Energía y Gas estableció los Estándares de Calidad en el servicio público domiciliario de gas natural y GLP en Sistemas de Distribución por redes de tuberías. Que mediante Resolución CREG-045 de 2002 se estableció la metodología de cálculo y ajuste para la determinación de la tasa de retorno que se utilizará en las fórmulas tarifarias de la actividad de distribución de gas combustible por redes para el próximo periodo;

Que mediante Resolución CREG-045 de 2002 se estableció la metodología de cálculo y ajuste para la determinación de la tasa de retorno que se utilizará en las fórmulas tarifarias de la actividad de distribución de gas combustible por redes para el próximo periodo; Que mediante Resolución CREG-069 de 2006 se adoptó la nueva tasa de retorno de conformidad con lo establecido en la resolución CREG-045de 2002; Que mediante Documento CREG-009 de 2004, se definieron los gastos eficientes de AOM para las actividades de distribución y comercialización, el factor de eficiencia en redes, así como los gastos eficientes de AOM para el control y monitoreo de los estándares de calidad definidos mediante Resolución CREG-100 de 2003; Que Alcanos de Colombia S.A, ESP. mediante comunicación con radicado CREG E-2008-004475 del 4 de junio de 2008, presentó a la Comisión una solicitud tarifaria para distribución de gas natural por redes para los municipios de La Ceja del Tambo y Carmen de Viboral en el departamento de Antioquia; Que la solicitud tarifaria presentada por Alcanos de Colombia S.A. ESP. incluye las proyecciones de demanda, las proyecciones de gastos de AOM de distribución y el Programa de Nuevas Inversiones, clasificadas según el listado de unidades constructivas establecido en el Anexo No. 1 de la Resolución CREG 011 de 2003; Que Alcanos de Colombia S.A, ESP. en cumplimiento de lo dispuesto en los parágrafos de los articulos 20 y 29 de la Resolución CREG-011 de 2003, el día 4 de junio de 2008 publicó en el Diario La República el resumen del estudio de

parágrafos de los articulos 20 y 29 de la Resolución CREG-011 de 2003, el día 4 de junio de 2008 publicó en el Diario La República el resumen del estudio de cargos que presentó a la Comisión, con la información señalada en la Circular CREG 021 de 2003. Copia de esta publicación se remitió a la CREG con radicado E-2008-004773 de junio 11 de 2008; Que Alcanos de Colombia S.A, ESP. mediante comunicación con radicado CREG E-2008-007457 del 28 de agosto de 2008, renunció a la solicitud de cargos para el municipio de la Ceja del Tambo por razones ajenas a la empresa y mantuvo la solicitud para el municipio de Carmen de Viboral en el departamento de Antioquia;

e28 OCT. 2008 RESOLUCIÓN No. 124 DE HOJA No. 3/8

Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución de gas natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de Carmen de Viboral en el departamento de Antioquia. Que la Unidad de Planeación Minero-Energética, aprobó la metodología utilizada para las proyecciones de demanda del mercado que va a atender Alcanos de Colombia S.A. ESP., de conformidad con lo establecido en el Numeral 7.5 de la Resolución CREG 011 de 2002; Que como resultado del análisis de la información y de las respuestas presentadas a la Comisión por la empresa Alcanos de Colombia S.A. ESP., se realizaron ajustes pertinentes a la información requerida para el cálculo de los

Que como resultado del análisis de la información y de las respuestas presentadas a la Comisión por la empresa Alcanos de Colombia S.A. ESP., se realizaron ajustes pertinentes a la información requerida para el cálculo de los Cargos de que tratan los Artículos 7 y 23 de la Resolución CREG 011 de 2003, según se relacionan, con su respectivo sustento, en el documento soporte de la presente Resolución; Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas efectuó los cálculos tarifarios correspondientes a partir de la metodología establecida en la Resolución CREG011 de 2003 y demás información disponible en la Comisión, los cuales se presentan en el Documento CREG-079 de 2008; Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas en su sesión 391 del 28 de octubre de 2008 aprobó el Cargo Promedio por Uso del Sistema de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización del Mercado Relevante conformado por el municipio de Carmen de Viboral en el departamento de Antioquia;

RESUELVE: Artículo 1. Mercados Relevantes de Distribución y Comercialización. Para efectos de aplicación de esta Resolución el mercado relevante de distribución y comercialización será el municipio de Carmen de Viboral en el departamento de

Antioquia. Artículo 2. Inversión Base. La Inversión Base para determinar el cargo de distribución para el Mercado Relevante definido en el Artículo 1 de esta Resolución corresponde a nuevas inversiones. Para el Programa de Nuevas Inversiones se reconocen los siguientes valores, con la descripción presentada en el Anexo 1 de la presente Resolución: Descripción Año 1 Año 2 Año3 |Año4 |¡|Año5 UC de Redes 1.725.090.270| 379.669.231

en el Anexo 1 de la presente Resolución: Descripción Año 1 Año 2 Año3 |Año4 |¡|Año5 UC de Redes 1.725.090.270| 379.669.231 Activos de calidad 1.105.240 0 Otros Activos 111.398.145 22.780.154 Total 1.837.593,655| 402,449,385 Cifras en pesos del 31 de Diciembre de 2007. Parágrafo. Las desviaciones que se presenten en el Programa de Nuevas Inversiones serán consideradas de conformidad con lo establecido en el literal b) del numeral 7.1 de la Resolución CREG 011 de 2003.

DdRESOLUCIÓN No. 124 - pp 280€ 2008 HOJANo. 4/8

Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución de gas natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de Carmen de Viboral en el departamento de Antioquia. Artículo 3. Demandas Esperadas de Volumen. Para el cálculo tarifario se utilizó la Demanda de Volumen para el horizonte de proyección presentada en el Anexo 2 de esta Resolución. Artículo 4. Gastos de Administración, Operación y Mantenimiento de Distribución - AOM. El nivel de eficiencia obtenido del modelo de frontera de eficiencia es 86,45%. Aplicando este resultado al valor presente de los gastos de AOM propuestos para el Horizonte de Proyección, se obtiene el siguiente valor para incorporar al cálculo del cargo que remunera los gastos de AOM. En el

eficiencia es 86,45%. Aplicando este resultado al valor presente de los gastos de AOM propuestos para el Horizonte de Proyección, se obtiene el siguiente valor para incorporar al cálculo del cargo que remunera los gastos de AOM. En el Anexo 3 se presentan los gastos de AOM para el Horizonte de Proyección. Componente $ del 31 de Dic/2007 Valor Presente de los gastos de AOM, con nivel de eficiencia 1.093.778,442 Artículo 5. Cargo Promedio de Distribución. A partir de la vigencia de la presente Resolución, el Cargo Promedio de Distribución aplicable en el Mercado Relevante definido en el Artículo 1, para recuperar los costos de inversión y gastos de AOM para la distribución domiciliaria de gas natural por red se fija en 320,47 $/m (pesos de diciembre de 2007) desagregado de la siguiente manera: Componente $/ms Componente de inversión 206,28 Gastos AOM 114,20

NOTA: Cifras en pesos del 31 de diciembre de 2007

Parágrafo 1. El cargo piso aplicable en el Mercado Relevante definido en el Artículo 1 se fija en $85,67 /m3 (pesos de diciembre de 2007). Parágrafo 2. Estos Cargos de Distribución se actualizarán de conformidad con lo establecido en el numeral 7.8 de la Resolución CREG-011 de 2003. Artículo 6. Cargo Máximo Base de Comercialización. A partir de la vigencia de la presente Resolución, el Cargo Máximo Base de Comercialización aplicable en el Mercado Relevante definido en el Artículo 1 de la presente Resolución, es el siguiente: Cargo Máximo Base de Comercialización 1.133,60

de la presente Resolución, el Cargo Máximo Base de Comercialización aplicable en el Mercado Relevante definido en el Artículo 1 de la presente Resolución, es el siguiente: Cargo Máximo Base de Comercialización 1.133,60 ($/factura) NOTA: Cifras en pesos del 31 de diciembre de 2007 Parágrafo. El Cargo de Comercialización se actualizará de conformidad con lo establecido en el Artículo 24 de la Resolución CREG-011 de 2003.

‘yhRESOLUCIÓN No. 124 ' pk 3 OCT, 2008 HOJA No. 5/8

Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución de gas natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de Carmen de Viboral en el departamento de Antioquia. Artículo 7. Fórmula Tarifaria. La Fórmula Tarifaria aplicable al mercado relevante definido en el Artículo 1 de la presente Resolución corresponderá a la establecida en el Artículo 34 de la Resolución CREG 011 de 2003. Artículo 8. Vigencia de la Fórmula Tarifaria, del Cargo Promedio de Distribución y del Cargo Máximo Base de Comercialización. La fórmula tarifaria, incluido el Cargo Promedio de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización que se establecen en esta Resolución, regirán a partir de la fecha en que la presente Resolución quede en firme y durante el término de vigencia de las fórmulas tarifarias definidas en la Resolución CREG-011 de

2003. Vencido este periodo las fórmulas tarifarias continuarán rigiendo

fecha en que la presente Resolución quede en firme y durante el término de vigencia de las fórmulas tarifarias definidas en la Resolución CREG-011 de

2003. Vencido este periodo las fórmulas tarifarias continuarán rigiendo mientras la Comisión no fije las nuevas, tal como está previsto en el Artículo 126 de la Ley 142 de 1994.

Artículo 9. La presente Resolución deberá notificarse a la empresa Alcanos de Colombia S.A. ESP. y publicarse en el Diario Oficial, Contra las disposiciones contenidas en esta Resolución procede el Recurso de Reposición, el cual podrá interponerse ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) dias hábiles siguientes a la fecha de su notificación,

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. 28001. 208 o de Minas y Energía irector Ejecutivo o del Ministro de Minas y Energía Presidente124 DE 2 8 OCT. 2008 RESOLUCIÓN No. HOJA No. 6/8 Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución de gas natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de Carmen de Viboral en el departamento de Antioquia.

ANEXO 1

INVERSIÓN BASE PROGRAMA DE NUEVAS INVERSIONES Añot | Afo2 | Año3 | Año4 | Año5

Unidad Constructiva Costo Unitario Cantidad en Km Eficiente $ TPE4AS 84.254.017 0,107

TPE4CO 89.351.136 0,165

Añot | Afo2 | Año3 | Año4 | Año5 Unidad Constructiva Costo Unitario Cantidad en Km Eficiente $ TPE4AS 84.254.017 0,107

TPE4CO 89.351.136 0,165

TPE4AT 76.085.351 0,017

TPE4ZV 50.853.696 0,536

TPE3AS 69.323.469 0,143

TPE3CO 74 447.370 0,221

TPE3SAT 61.182.783 0,022

TPE3ZV 35.904.495 0,717

TPEZAS 49.150.828 0,413 0,126

TPE2ZCO 39.374.179 0,635 0,194

TPE2AT 43.047.025 0,064 0,019

TPE2ZV 20.988.926 2,064 0,631

TPEIAS 43.933.025 0,000 0,036

TPEICO 31.545.294 0,000 0,056

TPE1AT 35.289.288 0,000 0,006

TPE1ZV 13.114.607 0,000 0,181

TPE1/2AS 41.323.266 2,935 0,852

TPE1/2CO 28.948.926 12,805 3,718

TPE1/2AT 32.728,494 2,134 0,620

TPE1/2ZV 10.495.521 8,804 2,556

TPE3/4AS 42.102.485 2,335 0,678

TPE3/4C0 29.721.450 10,189 2,958

TPE3/4AT 33.483.231 1,698 0,493

TPE3/4AS 42.102.485 2,335 0,678

TPE3/4C0 29.721.450 10,189 2,958

TPE3/4AT 33.483.231 1,698 0,493

TPE3/4ZV 11.279.404 7,005 2,034 [ Cantidad en Unidades | ERPC 13171 89.593.130 1 0 0 0 Cruces subfluviales 67.588.007 Cruces aéreos 22.407.838 5 o $ de diciembre de 2007 | Activos de Gas... ee oe 0 'Agtivos de calidad Subtotal por años 1.837 593.655 402.449.385 0 0 0 Viceministfo de Minas y Energía Delegado del Ministro de Minas y Energía / Presidente

ooRESOLUCION No. 124 pe 28 O07. 2008 HOJA No. 7/8

Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución de gas natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de Carmen de Viboral en el departamento de Antioquia.

ANEXO 2

PROYECCIONES DE USUARIOS Y DEMANDA

Año Usuarios Demanda Anual m3 1.705 126.071 4.955 1.182.041 5.415 1.238.394 5.493 1.308.932 5.572 1.331.273 5.648 1.348.242 5.725 1.365,443 5.804 1.382.911 5.879 1.399.754 10 5.955 1.416.813

5.572 1.331.273 5.648 1.348.242 5.725 1.365,443 5.804 1.382.911 5.879 1.399.754 10 5.955 1.416.813 11 6.033 1.434.306 12 6.111 1.451.805 13 6.189 1.469.311 14 6.268 1.486.862 15 6.351 1.505.285 16 6.431 1.523.079 17 6.515 1.541.749 18 6.597 1.560.010 19 6.683 1.578.971 20 6.770 1.598.171 0 0 O Mon = Director Ejecutivo Energía Presidente

agiRESOLUCIÓN No. 12 4°. pp __8 LCT. 2008 HOJA No. 8/8

Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución de gas natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de Carmen de Viboral en el departamento de Antioquia.

ANEXO 3

PROYECCIÓN DE GASTOS DE ADMINISTRACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE DISTRIBUCIÓN ~ AOM Año $ de dic 2007

1 55.723.125 2 144.819.811 3 150.007.979 4 150.533.513 5 151.041.775 6 151.431.059 7 151.803.620 8 152.183.309 9 152.422.088 10 152.643.870 11 152.871.684

4 150.533.513 5 151.041.775 6 151.431.059 7 151.803.620 8 152.183.309 9 152.422.088 10 152.643.870 11 152.871.684 12 153.056.731 13 153.199.011 14 153.321.554 15 153.491.797 16 153.549.093 17 153.651.348 18 153.663.685 19 153.717.691 20 153.745.928 ASHCA OEANO HERN OLIÑA VALENCIA o de Minas y Energía Dfrector Ejecutivo do del Ministro de Minas y Energía | ( Presidente á

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