CREG - Resolución 13 de 1998
Detalles
- Título
- CREG - Resolución 13 de 1998
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 1998
República d e Colombia M i n i s t e r i o d e M i n a s y E n e r g í a RESOLUCION NU M ERC# O j J DE 19 lio F E B 1998 ) Por la cual se revisan y modifican los cargos de uso del Sistem a de Transm isih Regional y /o D istribucih Local de la Central Hidroelitctrica de Caldas S.A.-E.S.P. LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS en ejercicio de su s atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y los decretos 1524 y 2253 de 1994 y,
CONSIDERANDO :
1. Que la Comisión de Regulacibn de Energía y Gas m ediante Resolucih 099 de 1997, adoptó la metodología para el cálculo de los cargos por uso de los Sistem as de Transmisión Regional y /o D istribucih Local;
2. Que m ediante Resolucih CREG155 de Septiem bre 11 de 1997 la Comisión aprobó los costos máximos d e reposición a nuevo para 1 a valoración de los activos que forman parte de los Sistem as de Transm isih R egional y /o D istrib u c ih local d en tro del S is te m a In te rc o n e c ta d o
Nacional.
3. Que m ediante resolución CREG-159 de 1997, la Comisih aprobólos cargos de uso del Sistem a de T ransm isih Regional y /o D istribucih Local
de la empresa Central Hidroeléctrica de Caldas S.A.-E.S.P.
4. Que m ediante comunicación 003-98-000541 de febrero 4 de 1998, Central H id ro e lic tric a de C a ld a s S.A. E .S .P ., so licito a la Comisión, con fundam ento en la Ley 142 de 1994, articulo 126, “ reconsiderar los cargos por uso del Sistema de Transmisión Regional y / o Distribución Local,RESOLUCION N U M # 0 _0-4-3— DE 19 ]0 FEB1998 HOJAN 0 . 2 / & Por la cual se revisan y m odifican los cargos de uso del Sistem a de Transmisión Regional y /o Distribución Local de la Central Hidroeléctrica de Caldas S.A.-E.S.P. aprobados por la CREG m ediante Resolución 159 del 11 de septiembre de 1997” , con base en los siguientes hechos: “ La CREG a través de la resolución citada determinó que las subestaciones Armenia y Regivit, de propiedad de la CHEC, son de uso exclusivo del S istem a de Transmisión y Distribución Local de la Empresa de Energía del Quindio, razón por la cual se consideran activos de conexión de este último.
Es obvio que la anterior circunstancia implica modificar los jlujos de energía incluidos en el estudio elaborado por la CHEC y sometido a consideración de la CREG, sin embargo, presum im os que la Comisión no tuvo en cuenta los efectos sobre los jlujos de energía que se derivan de la exclusión de dichos activos, consistentes en traslad ar al nivel de 115 KV la energía extraída de los niveles 33 y 13.2 KV en tales subestaciones por parte de la Empresa de Energía del Quindio. ”
sobre los jlujos de energía que se derivan de la exclusión de dichos activos, consistentes en traslad ar al nivel de 115 KV la energía extraída de los niveles 33 y 13.2 KV en tales subestaciones por parte de la Empresa de Energía del Quindio. ”
5. Que de acuerdo con los principios y la metodología aprobada por la Comisión m ediante la resolución CREG-099 de 1997, cuando el generador, transportador o usuario no sea el propietario de los activos de conexión al Sistem a de Transmisión Regional y /o de Distribución Local, pagará cargos de conexión al propietario de los mismos. Según lo establecido en el articulo 3” de esta resolución, los cargos por uso de los Sistem as de Transmisión R egional y /o Distribución L ocal r e m u n e r a n al t r a n s p o r ta d o r la in fraestru ctu ra elictrica necesaria para llevar el sum inistro desde la salida del Sistem a de Transmisión Nacional, h a sta el punto de entrega al usuario; incluyen los costos de conexión del sistem a del transportador al STN, pero no incluyen los costos de conexibn del usuario al respectivo sistem a. Estos costos se rem u n eran a través de los respectivos contratos de conexión que deberán celebrar las partes de acuerdo con las normas vigentes.
6. Que revisados los cálculos efectuados de los cargos por uso de los Sistem as de Transmisión Regional y /o Distribución Local de CHEC a p ro b ad o s m ediante la resolución CREG-159 de 1997, atendiendo la solicitud, se encuentra: 6.1. A ctivos de con ex ió n de los S istem as de CHEC que son de uso
m ediante la resolución CREG-159 de 1997, atendiendo la solicitud, se encuentra: 6.1. A ctivos de con ex ió n de los S istem as de CHEC que son de uso exclusivo de la Empresa de Energía del Quindio S.A. E.S.P. — EDEQ. a) En el cálculo de los cargos aprobados m ediante la resolución CREG159 de 1997 se excluyeron los activos de las Subestaciones de Regivit y Armenia, ya que estos son de uso exclusivo de la E m presa de Energía del Quindio. Por lo tanto, son los usuarios del Sistem a de la E m presa de Energía de Quindio quienes deben rem unerar el uso de estos activos, y no los usuarios de los Sistem as de CHEC. Para el efecto, la E m presa de Energía de Quindio debe rem unerar el uso de los activos de estas Subestaciones por medio del respectivo contrato de conexión que deben celebrar estas empresas, de acuerdo con las normas vigentes.RESOLUCION NUlvÍnO _ U J _ D E i 9 10 FEB 1998HOJA No.^/& Por la cual se revisan y modifican los cargos de USO del Sistema de Transmisión Regional y/o Distribución Local de la Central Hidroeléctrica de Caldas S.A.-E.S.P. b) Para el cálculo de los cargos por uso aprobados por la resolución CREG159 de 1997, se tom aron los flujos de la energía entregada por CHEC a EDEQ en los niveles de tensión III y II, y según la consideración anterior, de que los activos de las Subestaciones de Regivit y Armenia son activos de conexibn, esta energía se debe entregar en el nivel de tensión IV. Por
EDEQ en los niveles de tensión III y II, y según la consideración anterior, de que los activos de las Subestaciones de Regivit y Armenia son activos de conexibn, esta energía se debe entregar en el nivel de tensión IV. Por tanto el flujo de energía cambia y en consecuencia se deben recalcular los respectivos cargos por uso aprobados m ediante la resolución CREG-159 de 1997. 6.2. A ctivos de con exih de los S istem as de CHEC que son de u so exclusivo de la Empresa de Energía de Pereira S.A. E.S.P. — EEP. Los activos de la Subestación “La Rosa”, según la información aportada, p e rte n e c e n al S is te m a de Transmisión R egional de la C e n tra l Hidroeléctrica de Caldas S.A. E.S.P. — CHEC, de los cuales, u n a parte de ellos son usados exclusivam ente por la E m presa de Energía de Pereira S.A. E.S.P. Por esta razón, de acuerdo con la metodología de la resolución CREG-099 de 1997, corresponde a la E m presa de Energía de Pereira S.A., rem unerar, m ediante el respectivo contrato de conexih que debe celebrar con CHEC de acuerdo con la regulación vigente, el uso de los activos que utiliza exclusivam ente. Estos activos se deben excluir del cálculo de los Cargos por Uso que deben pagar los demás u suarios del Sistema de CHEC. b) Como la em presa EEP solo pagará a CHEC cargos por uso en el nivel de tensión IV, las ventas de energías en el nivel III (S/B La Rosa” ) se tom aron como ventas en el nivel IV, consideración que no se tuvo en
Sistema de CHEC. b) Como la em presa EEP solo pagará a CHEC cargos por uso en el nivel de tensión IV, las ventas de energías en el nivel III (S/B La Rosa” ) se tom aron como ventas en el nivel IV, consideración que no se tuvo en cuenta en el cálculo anterior. Por tanto, el flujo de energía cambiará para el nuevo cálculo de los cargos por uso y se considerará el nivel de tensión IV como u n sistem a único con el de la CHEC, lo cual implica que el Cargo por Uso debe ser el mismo para am bas empresas en este nivel. c ) En lo que respecta al cálculo de los Cargos por Uso del Sistem a de la E m presa de Energía de Pereira, se deberá incluir como pagos a terceros el valor de los activos de conexión que utiliza exclusivam ente en la Subestacih La Rosa.
7. Que la Ley 142 de 1994, articulo 126, establece que las fórmulas de tarifas, excepcionalmente podrán modificarse antes del vencimiento del respectivo periodo, de oñcio o a petición de p arte, cuando sea evidente que se cometieron graves errores en su cálculo.
Que por conforme a la información presentada por la Central Hidroeléctrica de Caldas S.A. E.S.P., se en cu en tra que debe corregirse el cálculo de los cargos aprobados m ediante la resolucibn CREG159 de 1997, por las razones anteriormente señaladas.RESOLUCION NUMERO^ ^ ^ DE 19 10 FEB 1998 HOJA No. 4 ^ Por la cual se revisan y modifican los cargos de uso del Sistem a de Transmisión Regional \ /o Distribución Local de la Central Hidroeléctrica de Caldas S.A.-E.S.P.
Por la cual se revisan y modifican los cargos de uso del Sistem a de Transmisión Regional \ /o Distribución Local de la Central Hidroeléctrica de Caldas S.A.-E.S.P. Calculados nuevam ente los cargos por uso de los Sistem as de Transm isión Regional y Distribución Local de la C entral Hidroeléctrica de Caldas S.A. E.S.P., aplicando la metodología establecida en la resolución CREG-099 de 1997, se modificarán los cargos aprobados m ediante la resolución CREG159 de 1997 para ajustarlos a los resu lta d o s del nuevo cálculo aquí señalado. Por lo expuesto, RESUELVE Articulo I o. Modificar el articulo I o de la resolución CREG159 de 1997, el cual quedara así: “Cargos m on om ios. Los c arg o s m o n o m io s por u so del S iste m a de T ran sm isió n R egional y /o Distribución Local operado por la C entrales H idroelictricas de C aldas S.A.-E.S.P., serán los siguientes, a pesos de diciembre de 1996: ! Nivel IV 5,8265 ! Nivel III 12.3644 1 Nivel II 23,9282 ¡ Nivel I 49,9556 Articulo 2o. Modificar el articulo 2 ” de la resolución CREG159 de 1997, el cual quedara así: “Cargos m onom ios horarios. Los cargos monomios horarios por uso del S istem a de T ransm isión Regional y /o Distribución Local operado por la C entrales H idroeléctricas de C aldas S.A.-E.S.P., serán los siguientes, a
S istem a de T ransm isión Regional y /o Distribución Local operado por la C entrales H idroeléctricas de C aldas S.A.-E.S.P., serán los siguientes, a pesos de diciembre de 1996: O i 3 in FEB 1998RESOLUCION NUMERO _ _ _ _ _ _ _ _ _ D E 19 U H OJA No._g/§_ Por la cual se revisan y modifican los cargos de uso del S istem a de Transmisión Regional y/o Distribución Local de la Central Hidroelictrica de Caldas S.A.-E.S.P. Nivel IV c. monomio horario He'ras deaplic¡achin ___T ■■MÉÉÉiiBaiigB $/kWh 1 2 3 T 5 T T7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 IT 18 19 20 21 22 23 24 ñ Maxima 7,6429 X X X X
D. Media 5,7694 X Y Y YX X X T X X X X "YX
D. Mínima 2,8870 Y Y YX X X Nivel III C. monomio horario $/kWh 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24
D. Maxima
D. Media
D. Mínima 16,7365 X X X X 11,8938 X X X X X X X X X X X X X X
4,6017 X X X X X X
Nivel II c monomio horario ras d e aplk ■ É lJÉ $/kWh 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24
D. Maxima 30,5568 X X X X
D. Media 24,0580 X X X X X X X X X X X X X X
D. Mínima 11,0588 X X X X X X Nivel I C monomio horario $/kWh 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24
D. Maxima 58,0683 X X X X
D. Media 52,4735 X X X X X X X X X X X X X X
D. Mínima 23,7385 X X X X X X U Articulo 3 ”. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha en que quede en firme. Deberá notificarse a la C entrales Hidroelictricas de Caldas S.A.-E.S.P., y publicarse en el Diario Oficial. Contra esta resolución procede el recurso de reposición, que podrá interponerse ante la Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, dentro de los cinco (5) dias siguientes a su notificación o publicación, según el caso.
D ada en S anta Fe de Bogota, D. C., el día 10 FEB 1998 a a K BOXABjit t l J S MARTÍNEZ Ministro de Minas y Energía lO ^ lE m N T O NOLLA Director Ejecutivo (E) Presidente