CREG - Resolución 13 de 2005
Detalles
- Título
- CREG - Resolución 13 de 2005
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2005
República de Colombia Ministerio de Minas y Energía COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS RESOLUCIÓN No. DE 2005 ( ' 3 M A R . 2005 > Por la cu al se designa u n perito dentro del trám ite p a ra resolver la solicitud de revisión de los -Cargos por Uso ap robados m ediante la Resolución CREG-055 de 2003, p re sen ta d a por la E lectrifícadora del Caribe S.A. E.S.P. LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS E n ejercicio de las atribuciones legales, en especial las conferidas por la ley 142 de 1994, y de acuerdo con los D ecretos 1524 y 2253 de 1994, y CONSIDERANDO: Que el día 19 de ju n io de 2003, la Com isión de Regulación de E nergía y Gas expidió la R esolución CREG-055 de 2003 “ Por la cual se aprueban el Costo A nual por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4, el Costo A nual de los activos de conexión al STN y los Cargos Máximos de los niveles de tensión 3, 2 y 1, de los Sistem as de Transmisión Regional (STR) y de Distribución Local (SDL) operados p o r la Electrifícadora del Caribe S. A. E.S.P..,,; Que la em presa Electrifícadora del Caribe S.A. E.S.P., m ediante com unicación rad icad a con el núm ero E-008741 del 19 de septiem bre de 2003, presentó a la Com isión la siguiente solicitud: “ Revisar los cargos de distribución aprobados a ELECTRICARIBB mediante la
rad icad a con el núm ero E-008741 del 19 de septiem bre de 2003, presentó a la Com isión la siguiente solicitud: “ Revisar los cargos de distribución aprobados a ELECTRICARIBB mediante la Resolución No. 055/03, para el periodo tarifario 2003-07, con el fin de ajustarlos de tal forma que se cumplan los criterios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos por la ley. ” Que la solicitud e stá fu n d am en tad a en el articulo 126 de la Ley 142 de 1994, el cual establece el térm ino de vigencia de las fórm ulas tarifarias y las condiciones de excepción bajo las cuales pu ed en ser m odificadas a n te s del cum plim iento de dicho térm ino; Que la em presa s u s te n ta su solicitud de revisión de C argos por m u tu o acuerdo en la consideración de que el m ercado atendido p re se n ta p articu larid ad es que no son recogidas por la m etodología general establecida m ediante la Resolución
CREG 082 DE 1994;RESOLUCIÓN No. ^ ^ DE 3 ^A R 2005 HOJA No. 2 /4
Por la cual se designa un perito dentro del trámite para resolver la solicitud de revisión de los Cargos por Uso aprobados mediante la Resolución CREG-055 de 2003, presentada por la Electrifícadora del Caribe S.A. E.S.P. Que dentro de la actuación ad m inistrativa im p u lsad a por la D irección Ejecutiva de la CREG, el día 27 de enero de 2004 se celebró u n a au d ien cia en la cual la
Que dentro de la actuación ad m inistrativa im p u lsad a por la D irección Ejecutiva de la CREG, el día 27 de enero de 2004 se celebró u n a au d ien cia en la cual la em presa E lectrificadora del Caribe S.A. E.S.P. precisó el alcance de su solicitud; Que en tre los aspectos que la em presa solicita ser considerados por la Com isión, por las p articu larid ad es del m ercado que atiende, e stá el atin en te a la revisión de costos de AOM de acuerdo con el estudio de salinidad presentado por ella; Que la D irección Ejecutiva dio traslad o a la E lectrificadora del C aribe S.A. E.S.P. del estudio técnico del Comité de E xpertos sobre los asp ecto s objeto de la solicitud de revisión; Que la Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P., m ediante escrito radicado en la CREG bajo el núm ero E -2004-003183 del 19 de a abril de 2004 objetó el dictam en del Comité de Expertos, y solicitó como p ru e b a la designación de peritos que se p ro n u n ciaran sobre: f f a. La pertinencia y solidez del Estudio elaborado p o r Mercados Energéticos para determ inar los cargos p o r u so que serían suficientes para atender la dem anda de ELECTRICARIBE pa ra el periodo 20032007. b. La pertinencia y validez del estudio elaborado p o r la experta Carm enza Chain para concluir la insuficiencia de los cargos p o r uso aprobados para ELECTRICARIBE p a ra el período 2003-2007. c. La existencia de condiciones de salinidad en el área servida por
Carm enza Chain para concluir la insuficiencia de los cargos p o r uso aprobados para ELECTRICARIBE p a ra el período 2003-2007. c. La existencia de condiciones de salinidad en el área servida por ELECTRICARIBE y el impacto de (sic) tiene en los costos de AOM y vida útil de los activos de distribución. d. La existencia de condiciones particulares de ruralidad y dispersión en la em presa, que afectan las pérdidas de energía y los costos de AOM. e. La configuración de las circunstancias que, de acuerdo con lo expuesto en el anexo 1, constituyen el error grave alegado en el informe técnico de los Expertos Comisionados. ’ ’ Que m ediante com unicación de fecha 30 de noviem bre de 2004, con radicado CREG E -2004-009699, las em presas E lectrificadora de la C osta y E lectrificadora del C aribe, rem itieron a la CREG los estu d io s ad elan tad o s por ellas sobre el efecto corrosivo de la contam inación sa lin a sobre las e stru c tu ra s y equipos eléctricos y m anifestaron que la inform ación rep o rta d a es suficiente p a ra d em o strar la necesidad de reconocer el gasto adicional de AOM por contam inación salina. Así m ism o, en la audiencia celebrada el 1 de diciem bre de 2004 m anifestaron que consideran que hay en el expediente suficiente inform ación a p o rta d a por la em presa p a ra decidirlo, por tan to retiran la exigencia de p racticar la p ru eb a pericial.RESOLUCIÓN No. 0 1 5 DE ' 3 H A R . 2005 HOJA No.
exigencia de p racticar la p ru eb a pericial.RESOLUCIÓN No. 0 1 5 DE ' 3 H A R . 2005 HOJA No. Por la cual se designa un perito dentro del trámite para resolver la solicitud de revisión de los Cargos por Uso aprobados mediante la Resolución CREG-055 de 2003, presentada por la Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P. Que la Com isión de Regulación de E nergía y G as, en la sesión 251 del 3 de m arzo de 2005, decidió d ecretar la p ráctica de u n a p ru e b a pericial con el fin de determ in ar si con la inform ación científica y técnica disponible sobre los efectos de la corrosión en la in frae stru c tu ra y equipos de los sistem as de distribución de energía eléctrica es posible obtener u n resu ltad o m ás adecuado que el p resentado por el Comité de E xpertos de la CREG y en caso afirm ativo cuál h a b ría sido el procedim iento p a ra llegar a ese resultado. Que el artículo 109 de la Ley 142 de 1994 dispone que los honorarios de cada auxiliar de la adm inistración serán cubiertos por la au to rid ad si se decretó de oficio, al térm ino de tres d ías siguientes a la posesión del auxiliar, o al finalizar su trabajo, según se acuerde; RESUELVE: ARTÍCULO lo . D ecretar la p ráctica de u n a p ru e b a pericial con el fin de determ inar, con b ase en los docum entos que ob ran en el expediente de revisión tarifaria de E lectricaribe S.A. E.S.P, si con la inform ación científica y técnica
determ inar, con b ase en los docum entos que ob ran en el expediente de revisión tarifaria de E lectricaribe S.A. E.S.P, si con la inform ación científica y técnica disponible sobre los efectos de la corrosión en la in fra e stru c tu ra y equipos de los sistem as de distribución de energía eléctrica es posible obtener u n resultado m ás aproxim ado que el presen tad o por el Comité de E xpertos de la CREG, y en caso afirm ativo cuál h ab ría sido el procedim iento p a ra llegar a ese resultado. ARTÍCULO 2o. Poner a disposición del perito los siguientes docum entos que obran en el expediente: (i) “VALORACIÓN DEL NIVEL DE CRITICIDAD DEL MEDIO AMBIENTE SOBRE EL SISTEMA DE AISLAMIENTO DE LA RED DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE ELECTRICARIBE", elaborado por la C orporación p a ra la Investigación de la C orrosión CIC, de fecha 23 de febrero de 2004 (Tomo I, folios 477-506); (ii) “D ocum ento de ELECTRIFCARIBE titulado “INFORMACIÓN ADICIONAL A LA SOLICITUD DE REVISIÓN DE CARGOS DE DISTRIBUCIÓN POR RAZONES DE SUFICIENCIA FINANCIERA", del 11 de febrero de 2004 (Tomo I, folios 299-463); (iii) D ocum ento de Electricaribe
titulado “ERRORES GRAVES AL DOCUMENTO ‘ ANÁLISIS DEL COMITÉ DE
EXPERTOS SOBRE LAS PARTICULARIDADES EXPUESTAS POR
ELECTRICARIBE S.A..E.S.P. A TRAVÉS DE LA SOLICITUD DE REVISIÓN DE
titulado “ERRORES GRAVES AL DOCUMENTO ‘ ANÁLISIS DEL COMITÉ DE
EXPERTOS SOBRE LAS PARTICULARIDADES EXPUESTAS POR ELECTRICARIBE S.A..E.S.P. A TRAVÉS DE LA SOLICITUD DE REVISIÓN DE CARGOS DE DISTRIBUCIÓN”, de fecha 19 de abril de 2004 (Tomo II, folios 911-952); (iv) D ocum ento CREG titulado “ANÁLISIS DEL COMITÉ DE EXPERTOS SOBRE LAS PARTICULARIDADES EXPUESTAS POR ELECTRICARIBE S.A..E.S.P. A TRAVÉS DE LA SOLICITUD DE REVISIÓN DE CARGOS DE DISTRIBUCIÓN”, de fecha 14 de abril de 2004 (Tomo II, folios 767-841). ARTÍCULO 3o. D esignar como perito a la U niversidad de A ntioquia-F acultad de Ingeniería, quien d eb erá m anifestar si acep ta cum plir tal función, dentro de los cinco (5) días siguientes a la com unicación de e sta designación, y d esignará al funcionario responsable del inform e pericial.RESOLUCIÓN No. 0 1 5 D E " 3 M A R . 2005 HOJA No. 4 /4 Por la cual se designa un perito dentro del trámite para resolver la solicitud de revisión de los Cargos por Uso aprobados mediante la Resolución CREG-055 de 2003, presentada por la Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P. ARTÍCULO 4o. E n el acto de posesión del funcionario designado se señ alará el térm ino p a ra que el perito rin d a el dictam en respectivo. El dictam en pericial deberá ser p u esto en conocim iento de la em p resa E lectrifícadora del Caribe
térm ino p a ra que el perito rin d a el dictam en respectivo. El dictam en pericial deberá ser p u esto en conocim iento de la em p resa E lectrifícadora del Caribe S.A. E.S.P. con el fin de que p resente las objeciones que estim e p ertin en tes, o solicite aclaraciones o com plem entaciones. Los trám ites necesarios p a ra la p ráctica y contradicción de la p ru eb a serán su rtid o s a través de la Dirección Ejecutiva de la CREG, en ejercicio de la funciones que le asigna el reglam ento interno. ARTÍCULO 5o. Los honorarios del perito deberán ser sufragados por la CREG. El ordenador del gasto acordará con el perito la form a de pago, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 109 de la ley 142 de 1994. ARTÍCULO 6o. C ontra lo dispuesto en este acto no procede recurso alguno. D ada e n Bogotá, a los 3 M A R . 211)115 NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE, Y CUMPLASE MANUEL MA1GUASHCÁ OLANO Vicem inistro de M inas y Energía Delegado del M inistro de M inas y Energía Presidente
PABLO RODA FORNAGUERA
Director Ejecutivo ad-hoc