CREG - Resolución 139 de 2012

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Resolución 139 de 2012
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2012

República de Colombia Ministerio de Minas y Energía COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS RESOLUCIÓN No. 159 pE2012 ( 03 Dic. 2012 ) Por la cual se establecen los cargos regulados de transporte de gas para el gasoducto Floreña ~ Yopal, solicitados por Coinogas S.A. E.S.P. LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994, y en desarrollo del Decreto 2253 de 1994, y CONSIDERANDO QUE: De acuerdo con lo establecido en el artículo 14.28 de la Ley 142 de 1994, la actividad de transporte de gas natural es una actividad complementaria del servicio público domiciliario de gas combustible. Según lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley 142 de 1994, la construcción y operación de redes para el transporte de gas, así como el señalamiento de las tarifas por su uso, se regirán exclusivamente por esta Ley. El artículo 73.11 de la Ley 142 de 1994 atribuyó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas la competencia para establecer las fórmulas para la fijación de las tarifas del servicio público domiciliario de gas combustible. De acuerdo con lo establecido en el artículo 126 de la Ley 142 de 1994, vencido el período de vigencia de las fórmulas tarifarias, éstas continuarán rigiendo hasta cuando la Comisión fije las nuevas. Mediante la Resolución CREG 126 de 2010, en adelante la metodología, la Comisión de Regulación de Energía y Gas estableció los criterios generales para la remuneración del servicio de transporte de gas natural y el esquema general

Mediante la Resolución CREG 126 de 2010, en adelante la metodología, la Comisión de Regulación de Energía y Gas estableció los criterios generales para la remuneración del servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos del Sistema Nacional de Transporte, y dictó otras disposiciones en materia de transporte de gas natural. De conformidad con la Resolución CREG 126 de 2010, mediante la comunicación radicada en la CREG bajo el No. E-2011-008569, Coinogas S.A. E.S.P., en adelante Coinogas, presentó a la Comisión la solicitud de aprobación de cargos para el gasoducto de transporte Floreña - Yopal, para el cual es el agente transportador.

CPc> fa139 RESOLUCIÓN No. pe 03010208 HOJA No, 2/8

Por la cual se establecen los cargos regulados de transporte de gas para el gasoducto Floreña — Yopal, solicitados por Coinogas S.A. E.S.P. Mediante la comunicación S-2011-004227, la CREG solicitó a Coinogas que complementara la información reportada en la solicitud de cargos. Coinogas dio respuesta con las comunicaciones con radicados CREG E-2011-009805 y

E-2011-009989.

Mediante auto de fecha 27 de octubre de 2011 se dio inicio a la actuación administrativa para la aprobación de los cargos regulados para el gasoducto de transporte Floreña — Yopal. En cumplimiento del parágrafo 1 del artículo 31 de la Resolución CREG 126 de 2010, mediante comunicación S-2011-004882 la Comisión remitió a Coinogas el resumen de la solicitud de cargos. Mediante auto de pruebas de fecha 6 de febrero de 2012 se decidió tener como

2010, mediante comunicación S-2011-004882 la Comisión remitió a Coinogas el resumen de la solicitud de cargos. Mediante auto de pruebas de fecha 6 de febrero de 2012 se decidió tener como prueba la solicitud allegada por Coinogas mediante comunicación con radicado número CREG E-2011-008569. También se decretó practicar una auditoría a la información reportada por la empresa en virtud de lo establecido en la Resolución CREG 126 de 2010 relacionada con la capacidad máxima de mediano plazo y el gas de empaquetamiento. De conformidad con lo dispuesto en el parágrafo 1 del artículo 31 de la Resolución CREG 126 de 2010, y en concordancia con los artículos 15 y 16 del Código Contencioso Administrativo, mediante comunicación con radicado E2011-010616, Coinogas reportó el extracto de la publicación del resumen de la solicitud de cargos. Mediante las comunicaciones CREG S-2011-000077 y S-2011-000196, la Comisión remitió a Coinogas, para sus comentarios, los informes de auditoría a la información reportada por Coinogas según el formato del anexo 2 y el formato 5 del anexo 5 de la Resolución CREG 126 de 2010, presentados por la firma contratada por la CREG para realizar la auditoría contable. Coinogas presentó aclaraciones y comentarios a los informes de auditoría a la información reportada según el formato del anexo 2 y el formato 5 del anexo 5 de la Resolución CREG 126 de 2010, mediante las comunicaciones E-2012003370, E-2012-004479 y E-2012-005341. Mediante los oficios CREG S-2012-001518 y S-2012-002008, la Comisión

de la Resolución CREG 126 de 2010, mediante las comunicaciones E-2012003370, E-2012-004479 y E-2012-005341. Mediante los oficios CREG S-2012-001518 y S-2012-002008, la Comisión envió a Coinogas los informes de auditoría a la información relacionada con la capacidad máxima de mediano plazo y el gas de empaquetamiento, declarada por Coinogas en su solicitud tarifaria, presentados por la firma contratada por la CREG para realizar la auditoría técnica. Coinogas mediante la comunicación E-2012-003338 manifestó estar de acuerdo con el primer informe de auditoría a la información relacionada con la capacidad máxima de mediano plazo y el gas de empaquetamiento. Sobre el informe final la empresa no presentó comentarios. De acuerdo con lo establecido en el literal b) del artículo 9 de la Resolución CREG 126 de 2010, mediante la Circular No. 038 de 2012 la DirecciónRESOLUCIÓN No, 139 pe 030€. 2012 HOJA No. 3/8 Por la cual se establecen los cargos regulados de transporte de gas para el gasoducto Floreña — Yopal, solicitados por Coinogas S.A. E.S.P. Ejecutiva de la Comisión publicó las demandas esperadas de volumen y capacidad presentadas por Coinogas en su solicitud tarifaria. Durante el término establecido en el literal c} del artículo 9 de la Resolución CREG 126 de 2010, mediante la comunicación con radicado E-2012-007094 la Comisión recibió comentarios relacionados con la información de demandas esperadas de volumen y capacidad declaradas por Coinogas y publicadas en la Circular No. 038 de 2012. Mediante la comunicación con radicado CREG S-2012-003734 la Comisión

Comisión recibió comentarios relacionados con la información de demandas esperadas de volumen y capacidad declaradas por Coinogas y publicadas en la Circular No. 038 de 2012. Mediante la comunicación con radicado CREG S-2012-003734 la Comisión remitió a Coinogas los comentarios a las demandas declaradas por esta empresa y publicadas en la Circular No. 038 de 2012. Coinogas respondió los comentarios a las demandas esperadas de volumen y de capacidad, mediante la comunicación con radicado E-2012-008780. La Comisión de Regulación de Energía y Gas efectuó los cálculos tarifarios correspondientes, a partir de la metodología establecida en la Resolución CREG 126 de 2010 y demás información disponible en la Comisión, los cuales se presentan en el Documento CREG 081 de 2012. Conforme al Decreto 2897 de 2010 y la Resolución SIC 44649 de 2010, la Comisión de Regulación de Energía y Gas dio respuesta al cuestionario adoptado por la Superintendencia de Industria y Comercio para la evaluación de la incidencia sobre la libre competencia del presente acto administrativo, el cual se encuentra en el Documento CREG 081 de 2012. Teniendo en cuenta lo anterior, y dado que la presente Resolución contiene un desarrollo y aplicación de los criterios generales para la remuneración del servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos del Sistema Nacional de Transporte adoptados mediante Resolución CREG 126 de 2010, el presente acto administrativo de carácter particular no requiere ser remitido a la SIC para los efectos establecidos en el artículo 7 de la Ley 1340 de 2009, reglamentado por el Decreto 2897 de 2010, por no tener incidencia sobre la libre competencia,

remitido a la SIC para los efectos establecidos en el artículo 7 de la Ley 1340 de 2009, reglamentado por el Decreto 2897 de 2010, por no tener incidencia sobre la libre competencia, La Comisión de Regulación de Energía y Gas en la sesión N° 543 de fecha 3 de diciembre de 2012, discutió y aprobó los cargos regulados de transporte para el gasoducto Floreña - Yopal, administrado por Coinogas, y las demás disposiciones que se adoptan mediante la presente Resolución.

RESUELVE: Artículo 1. Objeto. Mediante la presente Resolución se aprueban los cargos regulados y demás aspectos pertinentes para remunerar la actividad de transporte de gas natural que se efectúa a través del gasoducto Floreña - Yopal por la empresa Coinogas, de conformidad con la metodología general adoptada por la Comisión de Regulación de Energía y Gas para tal fin.

ya Pes ARESOLUCIÓN No. 139 DE __03 DIC. 2012 HOJA No. 4/8

Por la cual se establecen los cargos regulados de transporte de gas para el gasoducto Floreña — Yopal, solicitados por Coinogas S.A. E.S.P. Artículo 2. Inversión Existente. Como inversión existente, IE:, se reconocen US$ 2.988.572 (dólares de diciembre 31 de 2010) de acuerdo con la siguiente desagregación. Tramo o grupo de gasoductos Operación IEt-1 O PNIt-1 IFPNit-1 INOt 1Et Año USD de diciembre 31 de 2010 A B e D A+B+C-D Total fi ; spine Gasoducto Floreña - Yopal 2006 2.988.572 - - 2.988.572

Año USD de diciembre 31 de 2010 A B e D A+B+C-D Total fi ; spine Gasoducto Floreña - Yopal 2006 2.988.572 - - 2.988.572

Fuentes: COINOGAS, Radicación CREG E-2011-008569; Resolución CREG 053 de 2008; análisis CREG Artículo 3. Capacidad Máxima de Mediano Plazo. La capacidad máxima de mediano plazo, CMMP, que sirvió de base para el cálculo de los cargos que aquí se aprueban es la que se presenta en el Anexo 1 de esta Resolución Artículo 4. Demandas Esperadas de Volumen y Capacidad. La demanda esperada de volumen, DEV:, y la demanda esperada de capacidad, DEC, que sirvieron de base para el cálculo de los cargos que aquí se aprueban, de conformidad con los criterios generales establecidos por la Comisión de Regulación de Energía y Gas, son las presentadas en el Anexo 2 de esta

Resolución. Artículo 5. Cargos Regulados de Referencia para la Remuneración de los Costos de Inversión. Para remunerar los costos de inversión para el gasoducto Floreña - Yopal, de conformidad con lo establecido en la Resolución CREG 126 de 2010, se aprueban las siguientes parejas de cargos regulados: % [1] 0 20 40 50 60 70 80 Gasoducto Floreña - Yopal C.F. - 11,034 22,068 27,585 33,101 38,618 44,135 CV 0,206 0,165 0,123 0,103 0,082 0,062 0,041 Continuación % [1] 85 90 92 94 96 98 100

CV 0,206 0,165 0,123 0,103 0,082 0,062 0,041 Continuación % [1] 85 90 92 94 96 98 100 Gasoducto Floreña - Yopal C.F 46,894 49,652 50,756 51,859 52,962 54,066 55,169 Cv 0,031 0,021 0,016 0,012 0,008 0,004C.F. = Cargo fijo expresado en US $ de diciembre 31 de 2010 por kped-ano C.V, = Cargo variable expresado en US $ de diciembre 31 de 2010 por kpc [1] Porcentaje de la inversión remunerada con cargo fijo NOTA: Para la interpretación de esta Resolución las cifras decimales se separan con coma y las cifras de miles se separan con punto Artículo 6. Gastos de Administración, Operación y Mantenimiento, AOM. Por concepto de gastos de AOM para el gasoducto Floreña - Yopal, administrado por Coinogas, se reconocen los gastos presentados en el Anexo 3 de esta Resolución. Artículo 7. Cargos Regulados para Remunerar los Gastos de Administración, Operación y Mantenimiento, AOM. Para remunerar los gastos de AOM del gasoducto Floreña - Yopal, de conformidad con lo establecido en la Resolución CREG 126 de 2010, se aprueba el siguiente cargo regulado:

OF ex,: 39 03000. 2012 RESOLUCIÓN No. DE HOJA No. 5/8

Por la cual se establecen los cargos regulados de transporte de gas para el gasoducto Floreña — Yopal, solicitados por Coinogas S.A. E.S.P.

OF ex,: 39 03000. 2012 RESOLUCIÓN No. DE HOJA No. 5/8

Por la cual se establecen los cargos regulados de transporte de gas para el gasoducto Floreña — Yopal, solicitados por Coinogas S.A. E.S.P. Cargo Fijo (Col. $ dic. 31-2010/kpcd-año) Gasoducto Floreña - Yopal 61.430 Artículo 8. Impuesto de Transporte y Cuota de Fomento. Los cargos que se aprueban mediante la presente Resolución no incluyen el impuesto de transporte de que trata el artículo 52 del Código de Petróleos (Decreto 1056 de 1953) y demás normas que lo adicionen o modifiquen, ni la cuota de fomento establecida por el articulo 15 de la Ley 401 de 1997 y sus modificaciones. Dichos gravámenes deberán ser pagados por los sujetos pasivos señalados en las mencionadas normas. Artículo 9. Cargos Máximos. De conformidad con el artículo 88.1 de la Ley 142 de 1994, y según lo establecido en la Resolución CREG 126 de 2010, los cargos fijos y variables que remuneran los costos de inversión, y que se aprueban mediante esta Resolución, son cargos máximos. Artículo 10. Vigencia de los Cargos. Los cargos aprobados en la presente Resolución estarán vigentes desde la fecha en que ésta quede en firme y hasta cuando se cumplan cinco años desde la entrada en vigencia de la Resolución CREG 126 de 2010, sin perjuicio de las actualizaciones a que haya lugar. Vencido el período de vigencia de los cargos, éstos continuarán rigiendo hasta que la Comisión apruebe los nuevos.

CREG 126 de 2010, sin perjuicio de las actualizaciones a que haya lugar. Vencido el período de vigencia de los cargos, éstos continuarán rigiendo hasta que la Comisión apruebe los nuevos. Artículo 11. Notificaciones y Recursos. La presente Resolución deberá notificarse a la empresa Coinogas y publicarse en el Diario Oficial. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) dias hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,

Ip Dada en Bogota, D.C. 83 ble. 2012 co ES A, ' TOMAS GONZALEZ ESTRADA GERMAN CASTRO FERREIRA Viceministro de Energia Director Hjecutivo Delegado del Ministro de Minas yEnergía Presidente

OE psRESOLUCIÓN No. ____1 39 DE 03 DIC. 2012 HOJA No. 6/8

Por la cual se establecen los cargos regulados de transporte de gas para el gasoducto Floreña — Yopal, solicitados por Coinogas S.A. E.S.P. Anexo 1 Capacidad máxima de mediano plazo, CMMP, (KPCD) Año Roreña - Yopal Año 1 16.161 Año 2 16.161 Año 3 16.161 Año 4 16.161 Año 5 16.161 Año 6 16.161 Año 7 16.161 Año8 16.161 Año 9 16.161 Año 10 16.161 Año 11 16.161 Año 12 16.161

Año 6 16.161 Año 7 16.161 Año8 16.161 Año 9 16.161 Año 10 16.161 Año 11 16.161 Año 12 16.161 Año 13 16.161 Año 14 16.161 Año 15 16.161 Año 16 16.161 Año 17 16.161 Año 18 16.161 Año 19 16.161 Año 20 16.161

Fuente: Auditor Técnico

Radicado CREG E-2012-003993 ” TOMÁS GONZÁLEZ ESTRADA GE CASTRO FERREIRA Viceministro de Energía irector Ejécutivo Delegado del Ministro de Minas y EA Energía J es Presidente f0 3 DIC. 2012 RESOLUCIÓN No. —4 3-9 DE HOJA No. 7/8 Por la cual se establecen los cargos regulados de transporte de gas para el gasoducto Floreña - Yopal, solicitados por Coinogas S.A. E.S.P. Anexo 2 Demandas esperadas para el gasoducto Floreña - Yopal Roreña - Yopal | operada de Demanda Año capacidad esperada de (KPCD) volumen (KPC) Año 1 7.318 2.095.029 Año 2 7.847 2.409.667 Año 3 8.877 2.639.547 Afio 4 8.908 2.649.673 Afio 5 8.940 2.660.052 Afio 6 8.972 2.940.691 Año 7 9.005 2.951.596 Año8 9.039 2.962.773

Afio 5 8.940 2.660.052 Afio 6 8.972 2.940.691 Año 7 9.005 2.951.596 Año8 9.039 2.962.773 Año 9 9.073 2.974.230 Año 10 9.109 2.985.973 Año 11 9.145 2.998.010 Año 12 9.183 3.010.348 Año 13 9.221 3.022.994 Año 14 9.260 3.035.956 Año 15 9.301 3.049.243 Afio 16 9.342 3.062.861 Año 17 9.384 3.076.820 Afio 18 9.428 3.091.128 Afio 19 9.472 3.105.794 Afio 20 9.518 3.120.826

Fuente: Coinogas, radicado CREG E-2011-009989 7 e — / ao r cl fi LAN" hi (MA TOMAS GONZALEZ ESTRADA GE CAST Viceministro de Energia rector Delegado del Ministro de Minas y

Energia Presidente4

RESOLUCIÓN No. _. 139 DE 93Dic 202 HOJA No. 8/8

Por la cual se establecen los cargos regulados de transporte de gas para el gasoducto Floreña — Yopal, solicitados por Coinogas S.A. E.S.P. Anexo 3 Gastos de AOM para el gasoducto Floreña — Yopal Año Flarefia - Yopal : Pesos de diciembre de 2010 Año 1 529.939.483 Año 2 529.939.483 Año 3 529.939.483

Año Flarefia - Yopal : Pesos de diciembre de 2010

Año 1 529.939.483 Año 2 529.939.483 Año 3 529.939.483 Año 4 529.939.483 Año 5 529.939.483 Año 6 529.939.483 Año 7 529.939.483 Año 8 529.939.483 Año 9 529.939.483 Año 10 529.939.483 Año 11 529.939.483 Año 12 529.939.483 Año 13 529.939.483 Año 14 529.939.483 Año 15 529.939.483 Año 16 529.939.483 Año 17 529.939.483 Año 18 529.939.483 Año 19 529.939.483 Año 20 529.939.483

Fuente: Cálculos CREG

C —7 TOMÁS GONZÁLEZ ESTRADA GERMÁN CASTRO FERREIRA Viceministro de Energía Director Bj Delegado del Ministro de Minas y Energía Presidente

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