CREG - Resolución 14 de 2000

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

Icono de documento PDFDescargar PDFDisponible

Detalles

Título
CREG - Resolución 14 de 2000
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2000

Repirblica de Colombia Ministerio de Minas y Energia RESOLUCION NUMERO %Q14 DE 19 ( 02MAR2000 , Por la cual se resuelve el recurso de reposition interpuesto por la Electrificadora de1 Bolivar S.A. E.S.P., contra la Resolution CREG-077 de1 3 de diciembre de 1999. LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de 10s Decretos 1524 y 2253 de 1994, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolution CREG-077 de1 3 de diciembre de 1999, la Comision senalo la contribution que debe pagar cada una de las entidades reguladas que no fueron incluidas en la Resolution CREG-023 de1 9 de junio de 1999, entre las cuales se incluyo a la Electrificadora de1 Bolivar S.A. E.S.P determinandole el monto a pagar en la suma de $75.834.369; Que tal decision se adopt6 teniendo en cuenta la obligation que tienen 10s distintos agentes economicos que desarrollan actividades reguladas en el subsector de energia elictrica, de pagar la contribution especial destinada a recuperar 10s costos de1 servicio de regulation atribuido a la Comision, de acuerdo con la Ley 143 de 1994, en particular 10s articulos 1” y 22”; Que mediante escrito, el Liquidador de la Electrificadora de1 Bolivar S.A. E.S.P., interpuso recurso de reposition solicitando la Revocatoria Par&al de1 Articulo 1” de la parte resolutiva de1 acto administrativo No. 077 de diciembre 3 de 1999, en lo que respecta al monto de $75.834.369 que por contribution especial por el ~ITIO 1999 se

la parte resolutiva de1 acto administrativo No. 077 de diciembre 3 de 1999, en lo que respecta al monto de $75.834.369 que por contribution especial por el ~ITIO 1999 se liquid6 a la Electrificadora de Bolivar S.A. E.S.P. en Liquidation; Que la recurrente fundamenta su petition en 10s siguientes hechos y

consideraciones:

1. HECHOS 1.1. “La Comision de Regulation de Energia y Gas -CREGmediante Resolution CREG-077 de diciembre 3 de 1999 seimla la contribution especial que las entidades reguladas por esta deben cancelarle por el ario de 1999, incluyendo entre otras a la Electrificadora de Bolivar S.A. E.S.P., senalkndole la suma de $75.834.369, por considerar en su sesion de1 3 de diciembre de 1999 se analiz6 el tema y aprobo la liquidation de las contribuciones de las entidades reguladas que no habian sido incluidas en la Resolution CREG-023 de 1999”.RESOLUCION NUMERO 0 1 i. DE 19 HOJA No.- 215

Por la cual se resuelve el recurso de reposicih interpuesto por la Electrificadora de1 Bolivar S.A. E.S.P., contra la Resolucih CREG-077 de1 3 de diciembre de 1999. 1.2. 1.3. 1.4. 1.5. 2. 2.1 2.2 2.3 “De todos es sabido que la Superintendencia de Servicios Publicos Domiciliarios a traves de la Resolution No. 2432 de abril 17 de 1998 intervino

a la Electrificadora de Bolivar S.A. E.S.P., tomando posesion de sus bienes y haberes con el objet0 de administrarlos. El dia 14 de enero de 1999 la Superintendencia de Servicios Publicos Domiciliarios mediante Resolution 524 ordena la liquidation de esta empresa”. “A raiz de este proceso la Planta Generadora de “Cospique” fue parada el dia 1 de enero de 1999, por causas tecnicas y/o operativas justificadas y en distintas comunicaciones cruzadas entre el Viceministerio de Energia y la Superintendencia de Servicios Pliblicos Domiciliarios, en 10s meses de febrero y marzo de ese mismo ano se dieron a conocer las razones de indole presupuestal de esta empresa para mantener y poner en funcionamiento dicha planta generadora”. “Lo anterior conllevo a que en reunion sostenida el 30 de marzo de 1999 a la que asistieron el Gerente de Operaciones y Mantenimiento de Electrocosta, el asesor de1 Ministerio de Minas y Energia y el Gerente de1 Centro National de Despacho de Interconexion Electrica S.A. en donde se identificaron las acciones tendientes a garantizar la seguridad de1 suministro de energia electrica en el Departamento de Bolivar al determinar el retiro de la unidad de Cospique, encontrando el CND que una vez se tenga la generation establecida es posible proceder al retiro definitivo de la planta de Cospique”. Mediante comunicacion FAX 2430-99-09 1, Interconexion Electrica S.A. E.S.P., comunica al Sistema Interconectado National el retiro de la planta de Cospique precisando textualmente “atentamente informamos que a partir de1 Despacho de1 1” de agosto de 1999 desaparece dicha planta”. CONSIDERACIONES Afirma el recurrente que en estas condiciones, siendo que la planta

Cospique precisando textualmente “atentamente informamos que a partir de1 Despacho de1 1” de agosto de 1999 desaparece dicha planta”. CONSIDERACIONES Afirma el recurrente que en estas condiciones, siendo que la planta generadora de Cospique no opera desde el dia 1” de enero de 1999, no puede ni debe la Comision de Regulation de Energia y Gas “CREG”, pretender que la Electrificadora de Bolivar S.A. E.S.P. en Liquidation cancele una contribution especial, coma si dicha planta hubiese operado durante todo el ario de 1999. Agrega ademas el recurrente en su escrito que no se compadece y es injusto que a una empresa corn0 la que representa, que no opera su planta generadora en el curso de1 aiio de 1999, se le imponga una contribution por todo ese ano, cuando las razones de su parahsis no solo fueron de tipo presupuestal para mantenimiento, funcionamiento y operation, sino tambiin las causas tecnicas y/o operativas justificadas coma ampliamente esta explicado y reconocido en las comunicaciones a las que ha hecho alusion. Solicita que se decreten y tengan coma pruebas documentales, ademas de las que conforman e integran 10s antecedentes de la actuation administrativa originaria de1 acto las siguientes: a) Comunicacih FAX 2430-99-091 de1 Director de Despacho de Energfa de ISA con destino al Sistema Interconectado National. b) Oticio No. 06720 de abril 23 de 1999 mediante el cual el Viceministro de

Energia le envia al Superintendente de Servicios Mblicos Domiciliarios, la/ RESOLUCION NUMERO Ol& DE 19 02MAR 2000 315HOJA No.- Por la cual se resuelve el recurso de reposicih interpuesto por la Electrificadora de1 Bolivar S.A. E.S.P., contra la Resolucih CREG-077 de1 3 de diciembre de 1999. carta anexa, remitida al doctor Alvaro Murcia coma Gerente National de Despacho, relacionado con el tema de Cospique. c) Copia de la comunicacion 0433 de marzo 1” de 1999 remitida a la Superintendencia de Servicios Publicos donde se pone en conocimiento la ausencia de presupuesto para generation. Que para resolver el recurso interpuesto, la Comision considera:

1. Fundamentos legales para liquidar la contribution para recuperar 10s costos incurridos por la prestacion de1 servicio public0 de regulation, que deben pagar quienes estan sujetos a regulation de conformidad con la Ley 143 de 1994, Articulos lo, y 22.

El Articulo 22 de la Ley 143 de 1994 establece que 10s costos de1 servicio de regulation prestado por la Comision de Regulation de Energia y Gas se&r cubiertos por todas las entidades sometidas a su regulation y el monto total de la contribution no podra ser superior al uno por ciento (1%) de1 valor de 10s gastos de funcionamiento excluyendo 10s gastos operativos, compras de electricidad, compras de combustibles y peajes cuando hubiere 1uga.r a ello, de la entidad regulada el afio anterior a aquel en que se haga el cobra, de acuerdo con 10s estados financieros puestos a disposition de la Comision de Regulation de Energia y Gas. De otra parte el Articulo 27 de1 Decreto 30 de 1995, establecio que de

la entidad regulada el afio anterior a aquel en que se haga el cobra, de acuerdo con 10s estados financieros puestos a disposition de la Comision de Regulation de Energia y Gas. De otra parte el Articulo 27 de1 Decreto 30 de 1995, establecio que de conformidad con lo dispuesto en la Ley 143 de 1994, las entidades y empresas que desarrollen actividades en cualquiera de las etapas de1 servicio de energia electrica y que se encuentren sujetas a regulation, pondran a disposition de la Comision de Regulation de Energia y Gas 10s estados financieros correspondientes al ario anterior a aquel en que se haga el cobra, debidamente aprobados por el Revisor Fiscal. La obligation de pagar la contribution especial de regulation se origina al realizarse 10s presupuestos facticos previstos en la Ley 143 de 1994 coma generadores de tal obligation y tiene por objet0 el recaudo de la misma.

2. Del analisis de 10s mandatos contenidos en la Ley 143 de 1994 y el Decreto 30 de 1995 relativos a la contribution especial de regulation se deducen 10s siguientes hechos: a) La obligation de pagar contribution especial de regulation se origina al realizarse el hecho generador previsto en la Ley 143 de 1994, coma causal de la obligation y tiene por objet0 el pago de la contribution. b) En el case particular de la Electrificadora de1 Bolivar S.A. E.S.P. el hecho generador de la obligation de pagar contribution en el ario de 1999, lo constituye el haber realizado actividades reguladas en el sector electrico durante 1998, ano anterior al que se debe realizar el cobra, tal coma lo dispone en el articulo 22 de la Ley 143 de 1994. c) El Articulo 22 de la Ley 143 de 1994 seriala expresamente la metodologia y

durante 1998, ano anterior al que se debe realizar el cobra, tal coma lo dispone en el articulo 22 de la Ley 143 de 1994. c) El Articulo 22 de la Ley 143 de 1994 seriala expresamente la metodologia y 10s conceptos que deben ser excluidos a efectos de determinar 10s gastos de funcionamiento, que conforman la base gravable sobre la cual debe liquidarse la contribution. En la metodologia establecida para liquidar la a. contribucih a cargo de cada entidad regulada no se contempla la f&u-a de la exoneration de1 valor a pagar coma consecuencia de encontrarse el/d.) Los articulos 22 de la Ley 143 de 1994 y 27 de1 Decreto 30 de 1995 indican que la information que se debe tener en cuenta para efectos de la liquidation de la contribution especial de regulation, es la consignada en 10s estados financieros correspondientes al ario anterior aquel en que se haga el respective cobra, sin que sea posible entonces para la Comision de Regulation de Energia y Gas, entrar a considerar, al moment0 de recaudar el valor liquidado a cada contribuyente, information distinta de la contempladas en las normas en comento.

RESOLUCION NUMERO ot5DE ” ~2MAR2000 HOJA No.- 415

Por la cual se resuelve el recurso de reposition interpuesto por la Electrificadora de1 Bolivar S.A. E.S.P., contra la Resolution CREG-077 de1 3 de diciembre de 1999. contribuyente incurso en proceso de liquidation coma lo plantea el recurrente en su es&to. e) Del examen de 10s estados financieros a diciembre 31 de 1998, puestos a disposition de la Comision de Regulation de Energia y Gas, en cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 27 de1 Decreto 30 de 1995, se

e) Del examen de 10s estados financieros a diciembre 31 de 1998, puestos a disposition de la Comision de Regulation de Energia y Gas, en cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 27 de1 Decreto 30 de 1995, se establece que la Electrificadora de1 Bolivar S.A. E.S.P. ejecuto actividades reguladas durante 1998, atio anterior a aquel en se efectua el cobra, lo cual genera la obligation de pagar contribution de regulation en el afio de 1999, tal coma lo dispone el Articulo 22 de la Ley 143 de 1994.

3. El Articulo 39 de la Ley 222 de 1995, establece que salvo prueba en contrario, 10s estados financieros certificados y 10s dictknenes correspondientes se presumen autenticos.

4. El articulo 10 de la Ley 43 de 1990 senala que la atestacion o firma de un contador public0 en 10s actos propios de su profesion hara presumir, salvo prueba en contrario, que el acto respective se ajusta a 10s requisitos legales, lo mismo que 10s estatutarios en el case de personas juridicas. Tratandose de balances se presumira ademas que 10s saldos se hart tornado fielmente de 10s libros de contabilidad, que estos se ajustan a las normas legales y que las cifras registradas en ellos reflejan en forma fidedigna la correspondiente situation financiera en la fecha de1 balance.

5. El recurrente en su escrito no aporta pruebas para desvirtuar la autenticidad y veracidad de la information contenida en 10s estados financieros de la Electriticadora de1 Bolivar S.A. E.S.P., coma lo demandan 10s Articulos 39 de la Ley 222 de 1995 y 10 de la Ley 43 de 1990, sino que por el contrario

y veracidad de la information contenida en 10s estados financieros de la Electriticadora de1 Bolivar S.A. E.S.P., coma lo demandan 10s Articulos 39 de la Ley 222 de 1995 y 10 de la Ley 43 de 1990, sino que por el contrario reafirma que ista ejecuto actividades reguladas hasta 1998, ario anterior a aquel en el que se realiza el cobra, lo que configura la obligation de pagar la contribution en 1999, acorde con 10s mandatos contenidos en 10s Articulos 22 de la Ley 143 de 1994 y 27 de1 Decreto 30 de 1995. Por las razones expuestas, RESUELVE: ARTiCULO lo. No reponer la Resolution CREG-077 de1 3 de diciembre de 1999, en cuanto senala la contribution que debe pagar la Electrificadora de1 Bolivar S.A. E.S.P, por el ano de 1999 expedida por la Comision de Regulation de Energia y Gas. ARTfCULO 20.: Confirmar la Resolution CREG-077 de1 3 de diciembre de 1999 en cuanto hate relation a.l valor de la contribution especial de regulation de1 aiio 1999 a cargo de la Electrificadora de1 Bolivar S.A. E.S.P de por la suma de $75.834.369. iQ!! \/ ‘$4 RESOLUCION NUMERO DE 19 0 2 MAR 2060 515HOJA No.- Por la cual se resuelve el recurso de reposition interpuesto por la Electrificadora de1 Bolivar S.A. E.S.P., contra la Resolution CREG-077 de1 3 de diciembre de 1999.

ARTkULO 30.: Notificar al representante legal de la Electrificadora de1 Bolivar S.A. E.S.P el contenido de esta resolution, y hacerle saber que contra lo dispuesto en este acto no procede recurso alguno por la via gubernativa. ARTfCULO 4O: Esta resolution rige desde la fecha de su expedicibn. Dada en Santa Fe de Bogot5, a 10s 0 2 ),4/U? 2000

NOTIFfQUESE Y CUMPLASE

CARMENZ@-IAHIN ALVAREZ

Dip&or Ejecutivo $ _..’ /’ Ministro de Minas y Energia Presidente

Consultar sobre este documento ...