CREG - Resolución 14 de 2003
Detalles
- Título
- CREG - Resolución 14 de 2003
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2003
Republica de Colombia Ministerio de Minas y Energia
COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS
RI 2.) A SOLUCION No. 014 DE 2003 ( 0 & MAR, 2003 ) Por la cual [se modifican los numerales 4.5.1 y 4.5.2 de la Resolución | CREG-071 de 1999. LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicip He sus atribuciones legales, en especial de las conferidas por la Ley (142 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y| | CONSIDERANDO: Que de acuerd | con lo establecido en el Articulo 14.28 de la Ley 142 de 1994, la actividad de transporte de gas natural es una actividad complementaria el servicio público domiciliario de gas natural; 13.22 de la Ley 142 de 1994, atribuyó a la Comisión de nergia y Gas, la facultad de “establecer los requisitos ue deben someterse las empresas de servicios públicos para xistentes y acceder a las redes públicas de interconexión”; Que el Artículo Regulación de generales a los utilizar las redes k tículo 30. de la Ley 401 de 1997, es función de la CREG las y condiciones operativas que debe cumplir toda la Él Sistema Nacional de T ransporte a través del Reglamento fte de Gas Natural; Que según el A establecer las 1 infraestructura Único de Transp Que mediante R solución CREG-071 de 1999, se estableció el Reglamento Único de Transp tte de Gas -RUT- ; Que de conforn}i ad con lo establecido en el Numeral 1.3 del Reglamento
Único de Transp Que mediante R solución CREG-071 de 1999, se estableció el Reglamento Único de Transp tte de Gas -RUT- ; Que de conforn}i ad con lo establecido en el Numeral 1.3 del Reglamento Único de Transgiprte la Comisión examinará las propuestas y las demás observaciones e Iniciativas de los Agentes y, en la medida en que las considere convenientes, o df oficio, modificará el RUT después de haber oído al Consejo Nacional de Operarión de Gas Natural sobre las modificaciones propuestas; Que conforme a ll 1999, la Comisi61 previsto en el Numeral 1.3 de la Resolución CREG-071 de también podrá tomar la iniciativa para efectuar reformas
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Por la cual se modifican los numerales 4.5.1 4.5.2 de la Resolución CREG-071 de 1999. al Reglamento] Único de Transporte si estima que debe adecuarse a la evolución de la servicio, que v transporte y ott Que los canciller General CAN-58BH | iindustria, que contraría las regulaciones generales sobre el a jen detrimento de la mayor concurrencia entre oferentes y demandantes de 0 El suministro o del libre acceso y uso del servicio de s servicios asociados; es de los paises andinos suscribieron la Decisión del Marco b de diciembre 19 de 2002; Que la Decisión | Comunidad, en. CAN No.536 aprobada por los miembros de la Comisión de la reunión ampliada con los Ministros de energía, en sus capítulos VII y VIII decidió: . Que “El d
Que la Decisión | Comunidad, en. CAN No.536 aprobada por los miembros de la Comisión de la reunión ampliada con los Ministros de energía, en sus capítulos VII y VIII decidió: . Que “El d demanda y frontera. y transaccipi originarán' las respett e Que “Los normativa normativa transacción Que los Ministrt presencia del D Venezuela decid septiembre de participantes la marcos intercambios de Que para armoJ necesario ajusta: por tanto el Cic Que en desarroll se aprobó la rég Electricidad de Que para efecto con los cuales despacho coordht tiempo adicional realizar la progra Que de conform . ha: regula ubregionales de electricidad; ¡Corto Plazo complementarias; es internacionales de electricidad de corto plazo, se n el despacho coordinado entre Países, de conformidad con vas regulaciones.” Países Miembros impulsarán los cambios en sus respectivas | nacionales que promuevan la armonización de sus marcos en materia de operación de interconexiones eléctricas y de s comerciales de electricidad.” s de Energía y Minas de Colombia, Ecuador y Perú, en ector de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas de Hron en el Acuerdo suscrito en Cartagena de Indias, el 21 de )JO1, delegar en los organismos reguladores de los países labores técnicas para la armonización y desarrollo de los rios para las interconexiones internacionales y los par los intercambios internacionales de energía eléctrica es los horarios del despacho económico de energía eléctrica y
labores técnicas para la armonización y desarrollo de los rios para las interconexiones internacionales y los par los intercambios internacionales de energía eléctrica es los horarios del despacho económico de energía eléctrica y ¡de Nominación de Transporte y Suministro de Gas; > de lo anterior, mediante Resolución CREG-004 de 2003, ulación aplicable a las Transacciones Internacionales de -TIE-, y se adoptaron otras disposiciones ¡de programar las exportaciones de electricidad a los países do se tiene integración regulatoria, una vez finalizado el ado, el Centro Nacional de Despacho eléctrico requiere al previsto en la Resolución CREG-004 de 2003 para nación de estas exportaciones; lad con lo establecido en la Resolución CREG-017 de 2002, una vez finalizadg el despacho coordinado de que trata la Resolución CREG-RESOLUCIÓN No. 014 pe 04 MAR 2003 Por la cual se modifican los numerales 4.5.1 4.5.2 de la Resolución CREG-071 de 1999. 004 de 2003, ds Centro Nacion previsto en la R Que de confor = necesario realizar pruebas de disponibilidad para lo cual el de Despacho eléctrico requiere de tiempo adicional al ¡polución CREG-004 de 2003; Had con lo establecido en la Resolución CREG-004 de 2003, y consideranda | necesario modi minutos la hora Que el Cons comunicación concepto sobre Nominación de Que la Comisió 4 de Marzo de Resolución CRH¢ ARTÍCULO lo: 1999, el cual qu “4.5.1 Cicla El Ciclo de | las etapas Control (CI el siguient!
Que la Comisió 4 de Marzo de Resolución CRH¢ ARTÍCULO lo: 1999, el cual qu “4.5.1 Cicla El Ciclo de | las etapas Control (CI el siguient! unidades d establece a A A necesidad de tiempo adicional indicada anteriormente, es rar los horarios del despacho eléctrico, desplazando en 65 ¡prevista para concluir el mismo; jo Nacional de Operación de Gas Natural mediante Adicada internamente con el No. 1575 de 2003 emitió lbs ajustes propuestos por el Comité de Expertos al Ciclo de iransporte y Suministro de Gas; de Regulación de Energía y Gas en su sesión No. 210 del día 2003, aprobó modificar los numerales 4.5.1 y 4.5.2 de la -O71 de 1999.
RESUELVE: Modificase el numeral 4.5.1 de la Resolución CREG-071 de
dará asi: — y de Nominación de Transporte ¡Nominación de Transporte fija los plazos, los horarios y equeridas para permitir a los Centros Principales de Y), programar la energía y el volumen a transportar para e Día de Gas. Las nominaciones deberán realizarse en d|energía con el poder calorifico correspondiente, como se ¿entinuación: — uadro 1, Ciclo de Nominación de Transporte. Pa pie HORA | ACTIVIDAD | 16:20 | | Hora limite para el recibo por parte de los CPCs, de las Nominaciones efectuadas por sus Remitentes. 18:20 Hora limite para que el CPC informe a sus Remitentes sobre el Programa de Transporte de Gas Natural factible y la Cantidad
16:20 | | Hora limite para el recibo por parte de los CPCs, de las Nominaciones efectuadas por sus Remitentes. 18:20 Hora limite para que el CPC informe a sus Remitentes sobre el Programa de Transporte de Gas Natural factible y la Cantidad de Energia Autorizada. 18:50 Hora limite para el envio de la Cantidad de Energia Confirmada por parte de los Remitentes, a los CPCs respectivos. 19:50 |: Hora límite para la coordinación de programas de Transporte entre CPCs 20:20 || Hora límite para que el CPC envíe a sus Remitentes el Programa de Transporte de gas definitivo.
Parágrafo: En tg Ho caso, el Ciclo de Nominación de Transporte se iniciará una (1) hora y ‘Quince (15) minutos después de concluido el Despacho
HOJA No. __3/4RESOLUCION No. 014 pe 04 MaR, 2003 HOJA No. 4/4
Por la cual se modi fan los numerales 4.5.1 4.5.2 de la Resolución CREG-071 de 1999, Eléctrico, según CREG, sin exced ARTÍCULO 2o: 1999, el cual qu “4.5.2 Cic El Ciclo de horarios y Comercializ de gas, Se nominacion establece a bs horarios para el Despacho Eléctrico determinados por la ler las 16:20 horas del día anterior al Día de Gas.” Modificase el numeral 4.5.2 de la Resolución CREG-071 de qfara asi: de Nominación de Suministro de Gas Nominación de Suministro de Gas fija los plazos, los AS etapas requeridas para permitir a los ProductoresModificase el numeral 4.5.2 de la Resolución CREG-071 de qfara asi: de Nominación de Suministro de Gas Nominación de Suministro de Gas fija los plazos, los AS etapas requeridas para permitir a los Productoreslores y a los Comercializadores programar el suministro gún el caso, para el siguiente Día de Gas. Las s de Suministro de Gas deberán efectuarse como se bntinuación: Cuddlro 2, Ciclo de Nominación de Suministro de Gas. HORA |: ACTIVIDAD 15:20 | | Hora limite para el recibo por parte de los ProductoresComercializadores o Comercializadores, de las Nominaciones | diarias efectuadas por los Remitentes. 16:05 | | Hora limite para que el Productor-Comercializador o Comercializador autorice a los Remitentes la Cantidad de Energia a suministrar. 18:50 Hora limite para que los Remitentes confirmen la Cantidad de Energia a suministrar 19:50 Hora limite para que los Productores-Comercializadores o Comercializadores envien al comprador de gas el programa de suministro de gas definitivo.
Parágrafo: En t inmediatamente horarios para el las 15:20 horas ARTÍCULO 30. su publicación el contrarias.
Dada en Bogotá ri ¢: LUIS ERNES 25M Ministro d ago caso, el Ciclo de Nominación de Suministro se iniciará después de concluido el Despacho Eléctrico, según los Ibespacho Eléctrico determinados por la CREG, sin exceder del día anterior al Día de Gas.” MIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de
después de concluido el Despacho Eléctrico, según los Ibespacho Eléctrico determinados por la CREG, sin exceder del día anterior al Día de Gas.” MIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de nfl Diario Oficial, y deroga las disposiciones que le sean PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 1.4 MAR. 2003 h Po 10 MEJIA CASTRO BLANDON DÍAZ pi Minas y Energia ctor Ejecutivo r¢bidente