CREG - Resolución 140 de 2012
Detalles
- Título
- CREG - Resolución 140 de 2012
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2012
República de Colombia Ministerio de Minas y Energia
COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS
RESOLUCIÓN No. | DE 2012
(MIDI) Por la cual se establecen los cargos regulados para el sistema regional de transporte Boyacá Central, según solicitud de la Transportadora de Gas Internacional S.A. E.S.P., TGI S.A. E.S.P. LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994, y en desarrollo del Decreto 2253 de 1994, y CONSIDERANDO QUE: De acuerdo con lo establecido en el artículo 14.28 de la Ley 142 de 1994, la actividad de transporte de gas natural es una actividad complementaria del servicio público domiciliario de gas combustible. Según lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley 142 de 1994, la construcción y operación de redes para el transporte de gas, así como el señalamiento de las tarifas por su uso, se regirán exclusivamente por esta Ley. El artículo 73.11 de la Ley 142 de 1994 atribuyó a la Comisión de Regulación de Energia y Gas la competencia para establecer las fórmulas para la fijación de las tarifas del servicio público domiciliario de gas combustible. Mediante la Resolución CREG 126 de 2010, en adelante la metodología, la Comisión de Regulación de Energía y Gas estableció los criterios generales para la remuneración del servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos del Sistema Nacional de Transporte, y dictó otras disposiciones en materia de transporte de gas natural. El artículo 25 de la Resolución CREG 126 de 2010 determina las normas aplicables a las extensiones de la red tipo II de transporte, cuya definición se
de cargos del Sistema Nacional de Transporte, y dictó otras disposiciones en materia de transporte de gas natural. El artículo 25 de la Resolución CREG 126 de 2010 determina las normas aplicables a las extensiones de la red tipo II de transporte, cuya definición se establece en el artículo 22 de la misma Resolución. Mediante la comunicación radicada en la CREG bajo el No. CREG E-2011007114, de fecha 27 de julio de 2011, y de conformidad con lo establecido en el
OF Pes -140 03 DIC, 2012 RESOLUCIÓN No. _ DE HOJA No. 2/8
Por la cual se establecen los cargos regulados para el sistema regional de transporte Boyacá Central, según solicitud de la Transportadora de Gas Internacional S.A. E.S.P., TGI S.A. E.S.P. artículo 25 de la Resolución CREG 126 de 2010, la Transportadora de Gas Internacional S.A. E.S.P., TGI S.A. E.S.P., en adelante TGI, presentó a la Comisión la solicitud de aprobación de cargos para los gasoductos del sistema regional de transporte denominado Boyacá Central. De conformidad con lo dispuesto en el articulo 25 de la metodología, mediante la Circular No. 046 de 2011 la Comisión hizo público el contenido del sobre No. 1 que TGI radicó en la CREG como parte de la solicitud de cargos del sistema regional de transporte Boyacá Central. De acuerdo con lo establecido en el artículo 25 de la metodología, mediante la Circular No. 091 de 2011 la CREG informó el lugar, la fecha y la hora en que se llevaría a cabo la audiencia pública en la que se daría apertura a los sobres de los interesados en prestar el servicio de transporte de gas natural a través del sistema regional de transporte Boyacá Central.
se llevaría a cabo la audiencia pública en la que se daría apertura a los sobres de los interesados en prestar el servicio de transporte de gas natural a través del sistema regional de transporte Boyacá Central. Según lo señalado en la Circular No. 091 de 2011, el 12 de diciembre de 2011, a las 2:00 p.m., se realizó la audiencia pública de apertura de los sobres de los interesados. En dicha audiencia se evidenció que TGI fue la única empresa que manifestó interés en el sistema regional de transporte Boyacá Central, como consta en el acta con radicado I-2011-004953. Mediante la comunicación S-2012-002020 la Comisión solicitó a TGI la siguiente información para el sistema regional de transporte Boyacá Central: i) soporte del cálculo de la capacidad máxima de mediano plazo; ii) soportes del cálculo del gas de empaquetamiento; iii) valor de inversión para cada tramo de gasoducto; iv) los tipos de localización (class location); y v) derecho de vía compartido con otros ductos. Mediante la comunicación E-2012-007291 TGI dio respuesta al oficio S-2012002020. De acuerdo con lo establecido en el literal b del artículo 9 de la Resolución CREG 126 de 2010, mediante la Circular No. 026 de 2012 la Dirección Ejecutiva de la Comisión publicó las demandas esperadas de volumen y capacidad presentadas por TGI para el sistema regional de transporte Boyacá Central. Durante el término establecido en el literal c del artículo 9 de la Resolución CREG 126 de 2010, la Comisión no recibió preguntas o comentarios relacionados con la información de demandas esperadas de volumen y capacidad declaradas por TGI y publicadas mediante la Circular No. 026 de
CREG 126 de 2010, la Comisión no recibió preguntas o comentarios relacionados con la información de demandas esperadas de volumen y capacidad declaradas por TGI y publicadas mediante la Circular No. 026 de 2012. Mediante la comunicación S-2012-003457 la Comisión solicitó a TGI información sobre conexiones en caliente, cruces sísmicos, cruces subfluviales, tipo de suelo, tipo de vegetación, técnicas de manejo de nivel freático, recorrido del gasoducto en terreno extremo, en zona poblada con más de 50.001 habitantes, en terreno cultivado, y recorrido del gasoducto que utilizaría la técnica de juntas dobles. OF Es aRESOLUCION No. _ 140 pe__ 23 sit. 2012 HOJA No. 3/8 Por la cual se establecen los cargos regulados para el sistema regional de transporte Boyacá Central, según solicitud de la Transportadora de Gas Internacional S.A. E.S.P.,
TGI S.A. E.S.P.
Mediante la comunicación E-2012-008978 TGI solicitó ampliación del plazo para dar respuesta al oficio S-2012-003457. Mediante la comunicación E-2012-009520 TGI dio respuesta al oficio S-2012003457. La Comisión de Regulación de Energía y Gas efectuó los cálculos tarifarios correspondientes, a partir de la metodología establecida en la Resolución CREG 126 de 2010 y demás información disponible en la Comisión, los cuales se presentan en el Documento CREG 082 de 2012. Conforme al Decreto 2897 de 2010 y la Resolución SIC 44649 de 2010, la Comisión de Regulación de Energía y Gas dio respuesta al cuestionario
presentan en el Documento CREG 082 de 2012. Conforme al Decreto 2897 de 2010 y la Resolución SIC 44649 de 2010, la Comisión de Regulación de Energía y Gas dio respuesta al cuestionario adoptado por la Superintendencia de Industria y Comercio para la evaluación de la incidencia sobre la libre competencia del presente acto administrativo, el cual se encuentra en el Documento CREG 082 de 2012. Teniendo en cuenta lo anterior, y dado que la presente Resolución contiene un desarrollo y aplicación de los criterios generales para la remuneración del servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos del Sistema Nacional de Transporte adoptados mediante Resolución CREG 126 de 2010, el presente acto administrativo de carácter particular no requiere ser remitido a la SIC para los efectos establecidos en el artículo 7 de la Ley 1340 de 2009, reglamentado por el Decreto 2897 de 2010, por no tener incidencia sobre la libre competencia. La Comisión de Regulación de Energía y Gas discutió la presente Resolución en la sesión N° 543 de fecha 3 de diciembre de 2012 y aprobó los cargos regulados de transporte para el sistema regional de transporte Boyacá Central, y las demás disposiciones que se adoptan mediante la presente Resolución.
RESUELVE: Artículo 1. Objeto. Mediante la presente Resolución se aprueban los cargos regulados y demás aspectos pertinentes para remunerar la actividad de transporte de gas natural que se efectúe a través de los gasoductos del sistema regional de transporte Boyacá Central definido en el artículo 2 de la presente Resolución, de conformidad con la metodología general adoptada por la Comisión de Regulación de Energía y Gas para tal fin.
regional de transporte Boyacá Central definido en el artículo 2 de la presente Resolución, de conformidad con la metodología general adoptada por la Comisión de Regulación de Energía y Gas para tal fin. Artículo 2. Clasificación del Sistema Regional de Transporte Boyacá Central. Los gasoductos del sistema regional de transporte Boyacá Central comprenden los siguientes tramos: Gasoducto de 4 pulgadas de diámetro y 12 km de longitud que llega al municipio de Chivatá Gasoducto de 2 pulgadas de diámetro y 13 km de longitud que llega al municipio de Viracachá Gasoducto de 2 pulgadas de diámetro y 9 km de longitud que llega al municipio de Toca Gasoducto de 2 pulgadas de diámetro y 7 km de longitud que llega al municipio de Siachoque Gasoducto de 2 pulgadas de diámetro y 4 km de longitud que llega al municipio de Boyacá
& St; +40 03 DIC. 2012 RESOLUCIÓN No. . 1 4 DE HOJA No. 4/8
Por la cual se establecen los cargos regulados para el sistema regional de transporte Boyacá Central, según solicitud de la Transportadora de Gas Internacional S.A. E.S.P.,
TGI S.A. E.S.P.
Artículo 3. Inversión Existente. De acuerdo con el objeto de la presente actuación en virtud de la aplicación de la Resolución CREG 126 de 2010, no es aplicable el reconocimiento de inversión existente para las extensiones de la red tipo II de transporte que para este caso son los gasoductos del sistema regional de transporte Boyacá Central definido en el artículo 2 de la presente Resolución. Artículo 4. Programa de Nuevas Inversiones. Para el programa de nuevas inversiones, PNIt, se reconocen los siguientes valores:
regional de transporte Boyacá Central definido en el artículo 2 de la presente Resolución. Artículo 4. Programa de Nuevas Inversiones. Para el programa de nuevas inversiones, PNIt, se reconocen los siguientes valores: Año 1 | Año 2 [| Año3 [| Año4 | Atos | Sistema Regional 2.509.261 2.509.261 0 o o Boyacá Central Nota: Cifras en US $ de diciembre 31 de 2010. Artículo 5. Capacidad Máxima de Mediano Plazo. La capacidad máxima de mediano plazo, CMMP, que sirvió de base para el cálculo de los cargos que aquí se aprueban es la que se presenta en el Anexo 1 de la presente Resolución. Artículo 6. Demandas Esperadas de Volumen y Capacidad. La demanda esperada de volumen, DEV; y la demanda esperada de capacidad, DEC:, que sirvieron de base para el cálculo de los cargos que aqui se aprueban, de conformidad con los criterios generales establecidos por la Comisión de Regulación de Energía y Gas, son las presentadas en el Anexo 2 de la presente Resolución. Artículo 7. Cargos Regulados de Referencia para la Remuneración de los Costos de Inversión. Para remunerar los costos de inversión para el sistema de transporte definido en el artículo 2 de esta Resolución, de conformidad con lo establecido en la Resolución CREG 126 de 2010, se aprueban las siguientes parejas de cargos regulados: [ % (1) [_ [| o [ 20 [ 4 | 5 o | 7 | so | es | 9 | 93 | » | 96 | 98 | 100 Gasoducto Cifras a diciembre 31 de 2010
Siste: ional as
[ % (1) [_ [| o [ 20 [ 4 | 5 o | 7 | so | es | 9 | 93 | » | 96 | 98 | 100 Gasoducto Cifras a diciembre 31 de 2010
Siste: ional as ma Regi de - 243,450 | 486,899 | 608,624 | 730,349] 852.073| 973,798| 1 034,660 | 1.095,523 | 1,119,868 | 1.144,213| 1.168,558 | 1,192,903 | 1.217,243
Central cy 3,932 3,145 2,259 1,966 1,573 1,180 0,786 0,590 0,393 0,315 0,236 0,187 0,079 CP. = Cargo fijo expresado en US $ de diciembre 31 de 2010 por kpodaño. C.V. = Cargo variable expresado en US $ de diciembre 31 de 2010 por kpe. [1] Porcentaje de la inversión remunerada con cargo fijo.
Nota: Para la interpretación de esta Resolución las cifras decimales se separan con cama y las cifras de miles se separan con punto
Artículo 8. Gastos de Administración, Operación y Mantenimiento, AOM. Por concepto de gastos de AOM para el sistema de transporte definido en el artículo 2 de la presente Resolución se reconocen los gastos presentados en el Anexo 3 de esta Resolución. Artículo 9. Cargos Regulados para Remunerar los Gastos de Administración, Operación y Mantenimiento, AOM. Para remunerar los gastos de AOM del sistema de transporte definido en el articulo 2 de esta a qe so1240 03 Dic. 2012 RESOLUCIÓN No. DE HOJA No. 5/8
Administración, Operación y Mantenimiento, AOM. Para remunerar los gastos de AOM del sistema de transporte definido en el articulo 2 de esta a qe so1240 03 Dic. 2012 RESOLUCIÓN No. DE HOJA No. 5/8 Por la cual se establecen los cargos regulados para el sistema regional de transporte Boyacá Central, según solicitud de la Transportadora de Gas Internacional S.A. E.S.P.,
TGI S.A. E.S.P.
Resolución, de conformidad con lo establecido en la Resolución CREG 126 de 2010, se aprueban los siguientes cargos regulados: Sistema Regional Cargo Fijo ($/kpcd-año) Boyacá Central 348.756
Notas: 1, Cifra en pesos del 31 de diciembre de 2010,
2. Para la interpretación de esta Resolución las cifras decimales se separan con coma y las cifras de miles se separan con punto.
Artículo 10. Impuesto de Transporte y Cuota de Fomento. Los cargos que se aprueban mediante la presente Resolución no incluyen el impuesto de transporte de que trata el artículo 52 del Código de Petróleos (Decreto 1056 de 1953) y demás normas que lo adicionen o modifiquen, ni la cuota de fomento establecida por el artículo 15 de la Ley 401 de 1997 y sus modificaciones. Dichos gravámenes deberán ser pagados por los sujetos pasivos señalados en las mencionadas normas. Artículo 11. Cargos Máximos. De conformidad con el artículo 88.1 de la Ley 142 de 1994, y según lo establecido en la Resolución CREG 126 de 2010, los cargos fijos y variables que remuneran los costos de inversión, y que se aprueban mediante esta Resolución, son cargos máximos.
142 de 1994, y según lo establecido en la Resolución CREG 126 de 2010, los cargos fijos y variables que remuneran los costos de inversión, y que se aprueban mediante esta Resolución, son cargos máximos. Artículo 12. Vigencia de los Cargos. Los cargos aprobados en la presente Resolución estarán vigentes desde la fecha en que ésta quede en firme y hasta cuando se cumplan cinco años desde la entrada en vigencia de la Resolución CREG 126 de 2010, sin perjuicio de las actualizaciones a que haya lugar. Vencido el período de vigencia de los cargos, estos continuarán rigiendo hasta que la Comisión apruebe los nuevos. Artículo 13. Notificaciones y Recursos. La presente Resolución deberá notificarse a la empresa Transportadora de Gas Internacional TGI S.A. E.S.P., y publicarse en el Diario Oficial. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE, 0 3 DIC. 2012 Y Dada en Bogotá, a los
TOMÁS GONZÁLEZ ESTRADA GERMÁ CASTRO: ERREIRA Viceministro de Energía Director Ejequti Delegado del Ministro de Minas y Energía PresidenteRESOLUCIÓN No. 140 pe 83 ble. 201 HOJA No. 6/8 Por la cual se establecen los cargos regulados para el sistema regional de transporte Boyacá Central, según solicitud de la Transportadora de Gas Internacional S.A. E.S.P.,
TGI S.A. E.S.P.
Anexo 1
Por la cual se establecen los cargos regulados para el sistema regional de transporte Boyacá Central, según solicitud de la Transportadora de Gas Internacional S.A. E.S.P.,
TGI S.A. E.S.P.
Anexo 1 Capacidad máxima de mediano plazo (kpcd) Sistema Regional de Transporte Boyacá Central Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Año 6 Año 7 Año 8 Año 9 Año 10 Año 11 Año 12 Año 13 Año 14 Año 15 Año 16 Año 17 Año 18 Año 19 Año 20 269 685 885 923 923 923 923 923 923 923 923 923 923 923 923 923 923 923
Fuente: TGI, radicado CREG E-2011-007114, y evaluación CREG.
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TOMAS GONZALEZ ESTRADA GERMAN CASTRO FERREIRA
Viceministro de Energia Director Ejecutivo Delegado del Ministro de Minas y Energia Presidente / pcsRESOLUCIÓN No. __ 0 DE_ 23 fit. 2012 HOJA No. 7/8 Por la cual se establecen los cargos regulados para el sistema regional de transporte Boyacá Central, según solicitud de la Transportadora de Gas Internacional S.A. E.S.P.,
TGI S.A. E.S.P.
Anexo 2 Demandas esperadas de volumen y de capacidad Sistema Regional de Transporte Boyacá Central Demanda esperada de Demanda esperada de Año capacidad (kped} (pe. ane] Año 1 - -
Anexo 2 Demandas esperadas de volumen y de capacidad Sistema Regional de Transporte Boyacá Central Demanda esperada de Demanda esperada de Año capacidad (kped} (pe. ane] Año 1 - - Año 2 - - Año 3 245 89.351 Año 4 622 227.208 Año 5 804 293.583 Año 6 839 306.347 Año 7 839 306.347 Año8 839 306.347 Año 9 839 306.347 Año 10 839 306.347 Año 11 839 306.347 Año 12 839 306.347 Año 13 839 306.347 Año 14 839 306.347 Año 15 839 306.347 Año 16 839 306.347 Año 17 839 306.347 Año 18 839 306.347 Año 19 839 306.347 Año 20 839 306.347
Fuente: TGI, radicados CREG E-2011-007114, y evaluación CREG.
JWG jovsde TOMAS GONZALEZ ESTRADA GE Viceministro de Energia irector Ejécutivo Delegado del Ministro de Minas y Energía Presidente¿0 9 3 Die. 2012 RESOLUCIÓN No. 4 DE HOJA No. 8/8 Por la cual se establecen los cargos regulados para el sistema regional de transporte Boyacá Central, según solicitud de la Transportadora de Gas Internacional S.A. E.S.P.,
TGI S.A. E.S.P.
Anexo 3 Gastos de AOM (Col. $ de diciembre 31 de 2010) Sistema Regional de Transporte Boyacá Central
Año 1TGI S.A. E.S.P.
Anexo 3 Gastos de AOM (Col. $ de diciembre 31 de 2010) Sistema Regional de Transporte Boyacá Central Año 1Año 2Año 3 241.987.833 Año 4 241.987.833 Año 5 243.136.221 Año 6 241.987.833 Año 7 314.259.718 Año 8 243.136.221 Año9 241.987.833 Año 10 241.987.833 Año 11 243.136.221 Año 12 314.259.718 Año 13 241.987.833 Año 14 243.136.221 Año 15 241.987.833 Año 16 241.987.833 Año 17 315.408.106 Año 18 241.987.833 Año 19 241.987.833 Año 20 241.987.833
Fuente: TGI, radicado CREG E-2011-007114, y evaluación CREG. y Ñ y 41)
TOMÁS GONZÁLEZ ESTRADA GERMÁN CASTRO FERREIRA Viceministro de Energía irector Ejécutivo Delegado del Ministro de Minas y Cc Energía SPS Presidente