CREG - Resolución 142 de 2011
Detalles
- Título
- CREG - Resolución 142 de 2011
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2011
República de Colombia M in is te rio d e M in a s y E n e rg ía COM ISIÓN DB REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS RESOLUCIÓN N o. ^ ^ DE 2 0 1 1 2 0 0 C U 0 1 1 Por la cual se se ñ ala el porcentaje de la contribución que deben p ag ar las en tid ad es som etidas a la regulación de la Com isión de Regulación de E nergía y G as en el año 2011, y se d ictan o tras disposiciones. LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS E n ejercicio de su s atribuciones legales, en especial de las que le confieren los artículos 85 de la Ley 142 de 1994 y 22 de la Ley 143 de 1994, y el Decreto 2461 de 1999, y CONSIDERANDO Q U E : Los artículos 85 de la Ley 142 de 1994 y 22 de la Ley 143 de 1994 establecen u n a contribución de regulación p a ra efectos de rec u p era r los costos del servicio de regulación atribuido a la Com isión de Regulación de E nergía y G as -CREG, cuya tarifa m áxim a no po d rá ser superior al u n o por ciento (1%) del valor de los gastos de funcionam iento de la entidad contribuyente, con exclusión de los factores señalados en las Leyes 142 y 143 de 1994. Los criterios p a ra la determ inación del porcentaje de la contribución y su liquidación se en c u e n tra n desarrollados en el Decreto 2461 de 1999 expedido por el Gobierno Nacional. C orresponde a la Com isión de Regulación de E nergía y G as definir el m onto de
liquidación se en c u e n tra n desarrollados en el Decreto 2461 de 1999 expedido por el Gobierno Nacional. C orresponde a la Com isión de Regulación de E nergía y G as definir el m onto de la contribución que se ap licará a cad a u n a de las en tid ad es som etidas a su regulación, por el año 2011. Los p restad o res de servicios públicos dom iciliarios e stá n obligados a rep o rtar la inform ación financiera a través S istem a Único de Inform aciónSUI. La Com isión de Regulación de E nergía y G as, en su Sesión No. 502 del 20 de octubre de 2011, aprobó expedir la siguiente resolución.- . . / O 2 0 OCT. 2011
RESOLUCIÓN No. - ^ ^ D E ________________ HOJA No. 2 /2
Por la cu al se señ ala el porcentaje de la contribución que deben p ag ar las en tid ad es som etidas a la regulación de la Com isión de Regulación de E nergía y G as en el año 2011, y se d ictan o tras disposiciones.
RESUELVE: ARTÍCULO 1. El objeto de la presente resolución es señ alar el porcentaje de la contribución que deben p ag ar las en tid ad es som etidas a la regulación de la Com isión de Regulación de E nergía y G as en el año 2011 de conform idad con las reglas establecidas en la m ism a.
ARTÍCULO 2. En el caso de que existan en tid ad es som etidas a la regulación de la CREG que no rep o rtaro n inform ación al S istem a Único de Inform ación -SUI
las reglas establecidas en la m ism a. ARTÍCULO 2. En el caso de que existan en tid ad es som etidas a la regulación de la CREG que no rep o rtaro n inform ación al S istem a Único de Inform ación -SUI con corte a diciem bre 31 de 2010, la CREG co n sid erará como base de liquidación la inform ación del últim o E stado Financiero reportado y se actu alizará a valor presente. ARTÍCULO 3. En el caso de que existan en tid ad es som etidas a la regulación de la CREG que no rep o rtaro n inform ación al Sistem a Único de Inform aciónSUI y enviaron a la CREG la inform ación debidam ente avalada, é sta ú ltim a se co n sid erará como b ase liquidatoria. ARTÍCULO 4. E n el caso de que existan en tid ad es som etidas a la regulación de la CREG que no rep o rtaro n inform ación de E stad o s Financieros a n u ale s pero sí enviaron inform ación de E stados F inancieros del segundo sem estre se co n sid erará como b ase liquidataria la inform ación del segundo sem estre. ARTÍCULO 5. El m onto total de la contribución que deben p ag ar las en tid ad es su jetas a regulación de la Com isión de Regulación de E nergía y G as, en el año 2011, es del 0.00764 del valor de los gastos de funcionam iento de la en tid ad su je ta a regulación, con exclusión de los factores establecidos en la Ley. El m onto correspondiente a cad a entidad será determ inado con b ase en los
2011, es del 0.00764 del valor de los gastos de funcionam iento de la en tid ad su je ta a regulación, con exclusión de los factores establecidos en la Ley. El m onto correspondiente a cad a entidad será determ inado con b ase en los estad o s financieros correspondientes al año de 2010, como lo o rd en an las n o rm as vigentes. ARTÍCULO 6. La p resente Resolución rige a p a rtir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
D ada en Bogotá, D.C. 2 0 OCT, 2011 [{Ü M TOMÁS GONZÁLEZ ESTRADA JAVISR AUGUSTO E^AZ VELASCO Vicem inistro de M inas y Energía (1 ] Director Ejecutivo Delegado del M inistro de M inas y Q y s ? Energía Presidente