CREG - Resolución 149 de 2013
Detalles
- Título
- CREG - Resolución 149 de 2013
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2013
República de Colombia Ministerio de Minas y Energía COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS RESOLUCIÓN No. 149 DE 2013 ( 24 OCT. 2013 ) Por la cual se designa Director Ejecutivo Suplente de la Comisión de Regulación de Energía y Gas. LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS en uso de las facultades conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y de conformidad con lo dispuesto por el Decreto 2461 de 1999 y, CONSIDERANDO QUE: Según el articulo 15 del reglamento interno de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en caso de ausencia temporal del Director Ejecutivo ejercerá las funciones de este cargo el experto comisionado que sea encargado por la Comisión. El doctor CARLOS FERNANDO ERASO CALERO, Director Ejecutivo Suplente, disfruta de las vacaciones que le fueron concedidas por el Ministro de Minas y Energía mediante la Resolución No. 9 0715 del 2 de septiembre de 2013. La Comisión, en su Sesión No. 579 del día 24 de octubre de 2013, decidió designar al doctor MAURICIO GÓMEZ MACHADO como Director Ejecutivo Suplente, durante el periodo de vacaciones del Experto Comisionado Carlos Fernando Eraso Calero.
RESUELVE: ARTÍCULO 1. Designar como Director Ejecutivo Suplente de la Comisión de Regulación de Energia y Gas, durante el periodo de vacaciones del Experto Comisionado CARLOS FERNANDO ERASO CALERO, al doctor MAURICIO GÓMEZ MACHADO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.687.347
Regulación de Energia y Gas, durante el periodo de vacaciones del Experto Comisionado CARLOS FERNANDO ERASO CALERO, al doctor MAURICIO GÓMEZ MACHADO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.687.347
de Bogotá, D.C.149 24 OCT. 2013 RESOLUCIÓN No. DE HOJA No, 2/2
Por la cual se designa Director Ejecutivo Suplente de la Comisión de Regulación de Energía y Gas. ARTÍCULO 2. El Director Ejecutivo Suplente ejercerá las funciones de Director Ejecutivo Encargado, durante las ausencias temporales del Director Ejecutivo titular. ARTÍCULO 3. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
24 OCT. 2013 Dada en Bogota, D.C. a los 1S5tT gra Delegado del Ministro de Minas y Energía Presidente