CREG - Resolución 150 de 1997
Detalles
- Título
- CREG - Resolución 150 de 1997
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 1997
L L República de Colombia Ministerio de Minas y Energ ía RESOLUCION NUMERO w l!iO i 29AGOI937 j DE 19 Por la cual se rechaza un recurso de reposición interpuesto por las sociedades SAN ANDRES GAS S.A. E.S.P y PROVIGAS S.A. E.S.P. contra la Resolución CREG-131 de 1997 expedida por la CREG. LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994.
CONSIDERANDO: Mediante la Resolución 131 de 1997, la Comisión fijó los precios de distribución del gas licuado del petróleo (GLP), para la Isla de San Andrés y dictó otras disposiciones.
Las sociedades San Andrés Gas S.A. E.S.P y Provigas S.A. E.S.P., mediante escrito del día 20 de agosto de 1997, presentaron recurso de reposición contra la Resolución 131 de 1997 expedida por la CREG, y solicitaron, en el evento de rechazo del recurso, se tome el rscrito como una solicitud de revocatoria directa. De acuerdo con el artículo 49 del Código Contencioso Administrativo, no procede recurso sontra los actos de carácter general, como es la Resolución 131 de 1997 expedida por la CREG. El escrito en cuanto se refiere a la solicitud de revocatoria directa, se resolverá más adelante, dentro de la oportunidad legal.
RESUELVE: ARTICULO 1. Rechazar el recurso de reposición presentado por las sociedades SAN \NDRES GAS S.A. E.S.P y PROVIGAS S.A. E.S.P., en cuanto se refiere a la Resolución
adelante, dentro de la oportunidad legal.
RESUELVE: ARTICULO 1. Rechazar el recurso de reposición presentado por las sociedades SAN \NDRES GAS S.A. E.S.P y PROVIGAS S.A. E.S.P., en cuanto se refiere a la Resolución 131 de 1997 expedida por la CREG, por ser ésta un acto administrativo de carácter general.Q -RESOLUCION NUMER f5ûDE 19 29AGOl!W Por la cual se rechaza un recurso de reposición interpuesto por las sociedades SAN ANDRES GAS S.A. E.S.P y PROVIGAS S.A. E.S.P. contra la Resolución CREG-131 de 1997 expedida por la CREG.
ARTkULO 2. La presente resolución rige a partir de la fecha de su notificación. Adviértase al interesado que contra la presente decisión no procede recurso alguno por la vía gubernativa.
NOTIFIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Santa Fe de Bogotá D.C., el día 29AGOl9!37 Ministro de Minas y Energía Presidente / Director Ejecutivo