CREG - Resolución 150 de 2010
Detalles
- Título
- CREG - Resolución 150 de 2010
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2010
Republica de Colombia Ministerio de Minas y Energia COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS RESOLUCIÓN No. 159 DE 2010 ( 10 NOV. 2019 ) Por la cual se aprueba el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas licuado de petróleo - GLP por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de El Playón ubicado en el departamento de Santander; según solicitud tarifaria presentada por la empresa
PROVISERVICIOS S.A. E.S.P.
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994, y los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y CONSIDERANDO: Que el Artículo 14.28 de la Ley 142 de 1994, definió el servicio público domiciliario de gas combustible como el conjunto de actividades ordenadas a la distribución de gas combustible y estableció la actividad de comercialización como complementaria del servicio público domiciliario de gas combustible; Que según lo dispuesto por el Artículo 28 de la Ley 142 de 1994, la construcción y operación de redes para el transporte de gas, asi como el señalamiento de las tarifas por uso, se regirán exclusivamente por esa Ley; Que el Artículo 73.11 de la Ley 142 de 1994, atribuyó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, la competencia para establecer las fórmulas para la fijación de las tarifas del servicio público domiciliario de gas combustible; Que según lo dispuesto por el Articulo 88.1 de la Ley 142 de 1994, la Comisión
Regulación de Energía y Gas, la competencia para establecer las fórmulas para la fijación de las tarifas del servicio público domiciliario de gas combustible; Que según lo dispuesto por el Articulo 88.1 de la Ley 142 de 1994, la Comisión de Regulación de Energía y Gas podrá establecer topes máximos y mínimos tarifarios, de obligatorio cumplimiento por parte de las empresas; Que el Artículo 126 de la Ley 142 de 1994 establece que vencido el periodo de vigencia de las fórmulas tarifarias éstas continuarán rigiendo mientras la Comisión no fije las nuevas;RESOLUCIÓN No. 1 50 pE_ 10 NOV. 2010 HOJA No. 2/9 Por la cual se aprueba el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas licuado de petróleoGLP por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de El Playón en el departamento de Santander; según solicitud tarifaria presentada por la empresa PROVISERVICIOS $.A. E.S.P, Que el artículo 87.9 de la Ley 142 de 1994, modificado por la Ley 1151 de 2007 determina que las entidades públicas podrán aportar bienes o derechos a las empresas de servicios públicos domiciliarios, siempre y cuando su valor no se incluya en el cálculo de las tarifas que hayan de cobrarse a los usuarios y que en el presupuesto de la entidad que autorice el aporte figure este valor. Las comisiones de regulación establecerán los mecanismos necesarios para garantizar la reposición y mantenimiento de estos bienes. Lo anterior, no es aplicable cuando se realice enajenación o capitalización respecto de dichos bienes o derechos;
comisiones de regulación establecerán los mecanismos necesarios para garantizar la reposición y mantenimiento de estos bienes. Lo anterior, no es aplicable cuando se realice enajenación o capitalización respecto de dichos bienes o derechos; Que mediante las Resoluciones CREG-045 de 2002 y CREG-069 de 2006 se estableció la metodología de cálculo y ajuste para la determinación de la tasa de retorno que se utilizará en las fórmulas tarifarias de la actividad de distribución de gas combustible por redes para el próximo periodo; Que mediante Resolución CREG-011 de 2003 se adoptó la metodología y criterios generales para determinar la remuneración de las actividades de distribución y comercialización de gas combustible y las fórmulas generales para la prestación del servicio público domiciliario de distribución de gas combustible por redes de tubería; Que mediante Resolución CREG-100 de 2003, la Comisión estableció los estándares de calidad en el servicio público domiciliario de gas natural y GLP en Sistemas de Distribución por redes de tubería; Que mediante Documento CREG-009 de 2004, se definieron los criterios para establecer los gastos eficientes de AOM para las actividades de distribución y comercialización, el factor de eficiencia en redes, así como los gastos eficientes de AOM para el control y monitoreo de los estándares de calidad definidos mediante Resolución CREG-100 de 2003; Que la empresa PROVISERVICIOS S.A. E.S.P., mediante comunicación con radicado CREG E-2010-002345 del 15 de marzo de 2010, solicitó la asignación de los cargos de distribución y comercialización para el cálculo de la tarifa aplicable al mercado relevante del municipio de El Playón en el departamento de Santander.
radicado CREG E-2010-002345 del 15 de marzo de 2010, solicitó la asignación de los cargos de distribución y comercialización para el cálculo de la tarifa aplicable al mercado relevante del municipio de El Playón en el departamento de Santander. Que la Empresa, mediante la comunicación en cita reportó a la CREG las proyecciones de demanda, las proyecciones de gastos de AOM de distribución y el programa de nuevas inversiones, clasificadas según el listado de unidades constructivas establecido en el Anexo No. 1 de la Resolución CREG 011 de 2003; Que la empresa PROVISERVICIOS S.A. E.S.P, en cumplimiento de lo dispuesto en los parágrafos de los artículos 20 y 29 de la Resolución CREG-011 de 2003, el dia 8 de mayo de 2010 publicó en un diario de amplia circulación el resumen del estudio de cargos que presentó a la Comisión, con la información señalada en la Circular CREG 021 de 2003. Copia de esta publicación se remitió a la CREG con radicados E-2010-004301 y E-2010-004345; pt!RESOLUCIÓN No. 1 50 DE _ 10 NOV. 2010 HOJA No. 3/9 Por la cual se aprueba el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas licuado de petróleoGLP por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de El Playón en el departamento de Santander; según solicitud tarifaria presentada por la empresa PROVISERVICIOS S.A. E.S.P. Que mediante comunicación radicada en la CREG con números E-2010003688 y E-2010-004255 la empresa PROVISERVICIOS S.A. E.S.P. presentó
presentada por la empresa PROVISERVICIOS S.A. E.S.P. Que mediante comunicación radicada en la CREG con números E-2010003688 y E-2010-004255 la empresa PROVISERVICIOS S.A. E.S.P. presentó aclaraciones a la información reportada en su solicitud tarifaria; Que la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME, en comunicación con radicado interno CREGE-2010-004372, aprobó la metodología utilizada para las proyecciones de demanda del mercado que va a atender la empresa PROVISERVICIOS $.A. E.S.P., de conformidad con lo establecido en el Numeral 7.5 de la Resolución CREG-011 de 2003; Que mediante comunicación CREG E-2010-005412, el Ministerio de Minas y Energía remitió copia de la información presentada por la empresa PROVISERVICIOS $S.A. E.S.P. a la UPME para el proceso de evaluación y elegibilidad de los proyectos relacionados con los recursos del Fondo Nacional de Regalías; Que conforme al Acta No. 25 de la Sesión del Consejo Asesor de Regalías, remitida por el Ministerio de Minas y Energía mediante radicado CREG-E2010-005412, se aprobaron recursos para el proyecto Distribución de GLP en el municipio de El Playón en el departamento de Santander. Que como resultado del análisis de la información y de las respuestas presentadas a la Comisión por la empresa PROVISERVICIOS S.A. E.S.P., se realizaron los ajustes pertinentes a la información requerida para el cálculo de los Cargos de que tratan los Artículos 7 y 23 de la Resolución CREG 011 de 2003, según se relacionan, con su respectivo sustento, en el documento soporte de la presente Resolución;
los Cargos de que tratan los Artículos 7 y 23 de la Resolución CREG 011 de 2003, según se relacionan, con su respectivo sustento, en el documento soporte de la presente Resolución; Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas efectuó los cálculos tarifarios correspondientes, a partir de la metodología establecida en la Resolución CREG-011 de 2003 y demás información disponible en la Comisión, los cuales se presentan en el Documento CREG-119 de 2010; Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión 470 del 10 de noviembre de 2010, aprobó el Cargo Promedio de Distribución por Uso del Sistema de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas licuado de Petróleo - GLP por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio del Playón en el departamento de Santander.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Mercados Relevantes de Distribución y Comercialización. Para efectos de aplicación de esta Resolución, el mercado relevante de distribución y comercialización estará conformado por el municipio de El Playón en el departamento del Santander.RESOLUCIÓN No. 156 DE _ 10 NOV. 2010 HOJA No. 4/9 Por la cual se aprueba el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas licuado de petróleoGLP por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de El Playón en el departamento de Santander; según solicitud tarifaria presentada por la empresa PROVISERVICIOS S.A. E.S.P. ARTÍCULO 2. Inversión Base. La Inversión Base para determinar el cargo
municipio de El Playón en el departamento de Santander; según solicitud tarifaria presentada por la empresa PROVISERVICIOS S.A. E.S.P. ARTÍCULO 2. Inversión Base. La Inversión Base para determinar el cargo promedio de distribución para el Mercado Relevante definido en el Artículo 1° de esta Resolución se compone como se indica a continuación: 2.1. Inversión Existente. Como inversión existente no se reconoce monto alguno, por tratarse de un mercado nuevo, de conformidad con la información presentada por la Empresa. 2.2. Programa de Nuevas Inversiones. Para el Programa de Nuevas Inversiones se reconocen los siguientes valores, con la descripción presentada en el Anexo 1 de la presente Resolución: % AÑO1 [AÑO2 AÑOS AÑO4 | AÑOS. Inversiones Fondo Nacional de Regalías | 91 73% 930.531.478 correspondientes a activos de distribución Inversiones PROVISERVICIOS S.A. | 8.27% 83.915.631 |. - - - E.S.P. Total de Inversiones | 100% 4.014.447.109| - - ] - Cifras en pesos del 31 de diciembre de 2009. Parágrafo Las desviaciones que se presenten en el Programa de Nuevas Inversiones serán consideradas de conformidad con lo establecido en el literal b) del numeral 7.1 de la Resolución CREG-011 de 2003. ARTÍCULO 3. Demandas Esperadas de Volumen. Para el cálculo tarifario se utilizó la Demanda de Volumen para el horizonte de proyección presentada en el Anexo 2 de esta Resolución.
ARTÍCULO 3. Demandas Esperadas de Volumen. Para el cálculo tarifario se utilizó la Demanda de Volumen para el horizonte de proyección presentada en el Anexo 2 de esta Resolución. ARTÍCULO 4. Gastos de Administración, Operación y MantenimientoAOM. El nivel de eficiencia obtenido del modelo de optimización es 33,80%. Aplicando este resultado al valor presente de los gastos de AOM propuestos para el Horizonte de Proyección, se obtiene el siguiente valor para incorporar al cálculo del cargo que remunera los gastos de AOM. En el Anexo 3 se presentan los gastos de AOM para el Horizonte de Proyección: $ del Componente 31 de diciembre de 2009 $ 284.689.038,87 Valor Presente de los gastos de AOM, con nivel de eficiencia.RESOLUCIÓN No? : 1.50 DE _ 10 NOV. 2010 HOJA No. 5/9 Por la cual se aprueba el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas licuado de petróleoGLP por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de El Playón en el departamento de Santander; según solicitud tarifaria presentada por la empresa PROVISERVICIOS S.A. E.S.P. ARTÍCULO 5. Cargo Promedio de Distribución. A partir de la vigencia de la presente Resolución, el cargo promedio de distribución aplicable en el Mercado Relevante definido en el Artículo 1°, para recuperar los costos de inversión y los gastos de AOM para la distribución domiciliaria de gas combustible por red se fija en $1.782,39/m3 ($ del 31 de diciembre de 2009 desagregados de la
gastos de AOM para la distribución domiciliaria de gas combustible por red se fija en $1.782,39/m3 ($ del 31 de diciembre de 2009 desagregados de la siguiente manera: 1.782,3 Cargo de distribución Componente de inversión PROVISERVICIOS S.A. E.S.P. 112,35 Componente de inversión Fondo Nacional de Regalías 1.245,79 424,25 Componente Gastos AOM NOTA: Cifras en pesos del 31 de diciembre de 2009 Parágrafo 1. El cargo piso aplicable en el Mercado Relevante del Artículo 1° se fija en $144,29/m3, expresado en pesos del 31 de diciembre de 2009. Parágrafo 2. Estos Cargos de Distribución se actualizarán de conformidad con lo establecido en el numeral 7.8 de la Resolución CREG-011 de 2003. ARTÍCULO 6. Cargo Máximo Base de Comercialización. A partir de la vigencia de la presente Resolución, el cargo máximo base de comercialización aplicable en el Mercado Relevante de que trata el Artículo 1 de la presente Resolución, es el siguiente: $1.897,61
NOTA: Cifras en pesos del 31 de diciembre de 2009, las comas indican decimales Parágrafo. El Cargo de Comercialización se actualizará de conformidad con lo establecido en el Artículo 24 de la Resolución CREG-011 de 2003.
ARTÍCULO 7. Fórmula Tarifaria. La Fórmula Tarifaria aplicable al mercado relevante definido en el Articulo 1 de la presente Resolución corresponderá a la establecida en el Articulo 40 de la Resolución CREG 011 de 2003.
relevante definido en el Articulo 1 de la presente Resolución corresponderá a la establecida en el Articulo 40 de la Resolución CREG 011 de 2003. ARTÍCULO 8. Vigencia de la Fórmula Tarifaria, del Cargo Promedio de Distribución y del Cargo Máximo Base de Comercialización. La fórmula tarifaria, incluido el Cargo Promedio de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización que se establecen en esta Resolución, regirán a partir de la fecha en que la presente Resolución quede en firme y durante el término deRESOLUCIÓN No. - 4 8 Y pe 10 NOV. 2010 HOJA No. 6/9 Por la cual se aprueba el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas licuado de petróleoGLP por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de El Playón en el departamento de Santander; según solicitud tarifaria presentada por la empresa PROVISERVICIOS S.A. E.S.P. vigencia de las fórmulas tarifarias definidas en la Resolución CREG-011 de
2003. Vencido este periodo las fórmulas tarifarias continuarán rigiendo mientras la Comisión no fije las nuevas, tal como está previsto en el Artículo 126 de la Ley 142 de 1994, ARTÍCULO 9. La presente Resolución deberá notificarse a PROVISERVICIOS S.A, E.S.P. y al FONDO NACIONAL DE REGALÍAS y publicarse en el Diario Oficial.
Contra las disposiciones contenidas en esta Resolución procede el Recurso de Reposición, el cual podrá interponerse ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.
Contra las disposiciones contenidas en esta Resolución procede el Recurso de Reposición, el cual podrá interponerse ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C. — 4 NOV. 2010 TOMÁS GONZÁLEZ ESTRADA JAVIER AUGUSTO D VELASCO A Viceministro de Minas y Energia Director Ejecutivo Delegado del Ministro de Minas y Energia
PresidenteRESOLUCIÓN No: 1 50 DE _ 10 NOV. 2010 HOJA No. 7/9
Por la cual se aprueba el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas licuado de petróleoGLP por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de El Playón en el departamento de Santander; según solicitud tarifaria presentada por la empresa PROVISERVICIOS $5.A. E.S.P.
ANEXO 1
PROGRAMA DE NUEVAS INVERSIONES
AÑO t AÑO 2 AÑO 3 AÑO AÑOS Costo Cácigo Unidad € th a ¢ ota | camita | SubT ON | comided | Daba | comia |, SubTotal | cantas | ¡Subtotal nes $
ACTIVOS INHERENTES A LA OPERACIÓN EEE 44, 1b 435
TREIAS 46, 20 a4 “PERO 4, 144 4524
TPEVCO EEX 0,4 124 “PE2cO 42 1, 410
TRE RAAT 58.7 t, 22.4)
TREIAS 46, 20 a4 “PERO 4, 144 4524
TPEVCO EEX 0,4 124 “PE2cO 42 1, 410
TRE RAAT 58.7 t, 22.4) TRERAZV 12.6 i. 10.0
TPERZAA 22,4 be 10,2
Sistema dé Almacenamento y Suministro 48 GL 302. 10 302.1
PASO ELEVADO No. 1 LUZ DE 34 HL ER 10 38
FASO ELEVADO No, 2 LUZ DE + HL 4 16 43
PASO ELEVADO Ho, 3 LUZ DE 20 ML 212 10 HE TOTAL ACTIVOS IMHERENTES A LA OPERACIÓN 936,31 0,0 00 09 00) 0,0) 9,6 a0 of
ACTIVOS DE CALIDAD 49,44
Dats Logger o Manograto de 12" 82 10 22 Cabezas de prueba e Ccolumas de agua t. BAY t. Detector Senger siectroguimice 1. 40 12. Detector Portátil de Odorizante 17, 10 17, [Sistema digital de grabación múlipies municipio 190.4 ‘Al FE
TOTAL ACTIVOS DE CALIDAD ADA!
OTROS ACTIVOS 23,594 it c] 30.47 a8 48,21
Equipos de compute £7 1 287 Vemeules, E 1 586 Huebles y sguipca de oficina 373 1 ENE [Equipos de Comunicación 122 1 12
TOTAL OTROS ACTIVOS 2889
TOTAL 4.044,45 | 50) 60) Oo 60)
(Valores expresados en millones de pesos del 31 de diciembre de 2009)
[Equipos de Comunicación 122 1 12
TOTAL OTROS ACTIVOS 2889
TOTAL 4.044,45 | 50) 60) Oo 60)
(Valores expresados en millones de pesos del 31 de diciembre de 2009) Tucu flow dis Y OMÁS GONZÁLEZ ESTRADA JAVIER AUGUSTO DIAZ\VELASCO iceministro de Minas y Energia Director Ejecutivo elegado del Ministro de Minas y Energia PresidenteRESOLUCION No. 150 DE _ 10 NOV. 2010 HOJA No. 8/9 Por la cual se aprueba el Cargo Promedio de Distribucién por uso del Sistema de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas licuado de petróleoGLP por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de El Playón en el departamento de Santander; según solicitud tarifaria presentada por la empresa PROVISERVICIOS S.A. E.S.P.
ANEXO 2
PROYECCIONES DE USUARIOS Y DEMANDA 1 615 51.782 2 834 70.526 3 943 79.960 4 1.012 85,694 5 1.043 88.261 6 1.075 90.851 7 1.092 92.361 8 1.111 93.884 9 1.129 95.419 10 1.148 96.967 11 1.167 98.528 12 1.173 98.989 13 1.177 99.454 14 1.197 101.042 15 1.203 101.516 16 1.208 101.992 17 1,214 102.470 18 1.233 104.096 19 1.241 104.584
14 1.197 101.042 15 1.203 101.516 16 1.208 101.992 17 1,214 102.470 18 1.233 104.096 19 1.241 104.584 20 1.246 105.076 TOMAS GONZALEZ ESTRADA JAVIER AUGUSTO Dia} VELASCO Viceministro de Minas y Energia Director Ejecutivo Delegado del Ministro de Minas y Energia PresidenteRESOLUCIÓN No > 1508 DE 40 NOV. 2010 HOJA No. 9/9 Por la cual se aprueba el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas licuado de petróleoGLP por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de El Playón en el departamento de Santander; según solicitud tarifaria presentada por la empresa PROVISERVICIOS $.A. E.S.P.
ANEXO 3
PROYECCIÓN DE GASTOS AOMADMINISTRACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO
1 85.365.714 2 29.967.221 3 29.823.391 4 29.894.314 5 29.947.641 6 30.001.875 7 30.050.640 8 30.100.278 9 30.150.805 10 30.202.238 11 30.254.595 12 30.301.454 13 30.349.210 14 30.404.379 15 30.454.013 16 30.504.598 17 30.556.152 18 30.615.320 19 30.668.904 20 30.723.516
13 30.349.210 14 30.404.379 15 30.454.013 16 30.504.598 17 30.556.152 18 30.615.320 19 30.668.904 20 30.723.516 VPN(11,31%) $ 284.689.038,87 / 1k —_— wads TL |. TOMAS GONZALEZ ESTRADA JAVIER AUGUSTO D VELASCO A Viceministro de Minas y Energía Director Ejecutivo oe Delegado del Ministro de Minas y Energia Presidente +