CREG - Resolución 150 de 2018

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Resolución 150 de 2018
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2018

República de Colombia Ministerio de Minas y Energía COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS RESOLUCIÓN No. 150 DE 2018 21 DIC. 2018 ) Por la cual se ajusta la remuneración de los servicios regulados del CND, ASIC y LAC para el año 2019 | LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 2253 de 1994 y 1260 de 2013.

CONSIDERANDO QUE: De acuerdo con lo dispuesto en los literales c) y d) del articulo 23 de la Ley 143 de 1994, es funcion de la CREG definir la metodologia para el calculo de los cargos por los servicios de despacho y coordinación prestados por el Centro Nacional de Despacho y aprobar los respectivos cargos.

Según los articulos 23, literal c, y 32 de la Ley 143 de 1994 y los artículos 107 y 171 de la Ley 142 de 1994 y el artículo 30 de la Resolución CREG 024 de 1995, la Comisión debe establecer los costos de funcionamiento del Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales. De acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Resolución CREG 174 de 2013, si finalizados los primeros cinco años de aplicación de esta resolución no se encuentra vigente la nueva metodologia de remuneración, el prestador de los servicios del CND, ASIC y LAC deberá presentar, para su aprobación, el Programa Anual de Inversiones para el siguiente año, la cual deberá justificar las inversiones por proyecto y ajustarse al plan estratégico que adopte la entidad para cumplir con el desarrollo de las actividades reguladas.

Anual de Inversiones para el siguiente año, la cual deberá justificar las inversiones por proyecto y ajustarse al plan estratégico que adopte la entidad para cumplir con el desarrollo de las actividades reguladas. De acuerdo con el procedimiento previsto en los artículos 7 y 8 de la Resolución CREG 174 de 2013, a más tardar el 30 de septiembre de cada año, la empresa a cargo de los servicios del CND, ASIC y LAC puede solicitar a la CREG el ajuste de las inversiones y los gastos operativos aprobado por la CREG. Mediante la comunicación con radicado CREG E-2018-009973 la empresa XM compañia de expertos en mercados S.A. E.S.P. solicitó el programa anual de inversiones y el ajuste al ingreso regulado para el año 20109. /

ffRESOLUCIÓN No. | 150 DE 21 UIC. 20% HOJA No. 2/3

Por la cual se ajusta la remuneración de los servicios regulados del CND, ASIC y LAC para el año 2019. Mediante auto I-2018-005794 del 12 de diciembre de 2018 y para cumplir con lo dispuesto en el articulo 37 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en el Diario Oficial se publicó un extracto con el resumen de la actuación administrativa con el objeto de decidir la solicitud de ajuste al ingreso máximo para el año 2018. Mediante comunicación con radicado CREG E-2018-013502 la empresa XM compañía de expertos en mercados S.A. E.S.P. entregó informacion complementaria. Con base en lo establecido en el articulo 4 del Decreto 2897 de 2010!, reglamentario de la Ley 1340 de 20009, se respondió el cuestionario establecido por

complementaria. Con base en lo establecido en el articulo 4 del Decreto 2897 de 2010!, reglamentario de la Ley 1340 de 20009, se respondió el cuestionario establecido por la Superintendencia de Industria y Comercio para efectos de evaluar la incidencia sobre la libre competencia de los mercados, donde aplicando las reglas allí previstas, la respuesta al conjunto de preguntas fue negativa, en la medida en que no plantea ninguna restricción indebida a la libre competencia, toda vez que esto corresponde al ajuste de la remuneración de los servicios regulados del CND, ASIC y LAC para el año 2019 ateniendo lo dispuesto en la Resolución CREG 174 de 2013. En el Documento CREG-112 del 21 de diciembre de 2018 se transcribe el cuestionario asi como contiene el detalle de la solicitud de XM compañia de expertos en mercados S.A. E.S.P. y los análisis realizados por la Comisión en relación con la solicitud de ajuste al ingreso regulado aprobado a XM Compania de expertos en mercados S.A. E.S.P., por la prestación de los servicios del CND, ASIC y LAC para el año 2019. | La Comision de Regulación de Energía y Gas, en su sesión No. 894 del 21 de diciembre de 2018, acordó expedir la presente resolución.

RESUELVE: Artículo 1. Programa anual de inversiones, PAk. Aprobar a XM compañía de expertos en mercados S.A. E.S.P. el programa anual de inversiones para el sexto año del periodo tarifario, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Resolución CREG 174 de 2013.

Pesos de diciembre 2013 PAI¢ 40.158.162.918

año del periodo tarifario, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Resolución CREG 174 de 2013. Pesos de diciembre 2013 PAI¢ 40.158.162.918 Artículo 2. Ajuste al programa anual de inversiones, APA. Aprobar a XM compañía de expertos en mercados S.A. E.S.P. el ajuste al programa anual de inversiones para el sexto año del periodo tarifario, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Resolución CREG 174 de 2013. 1 Sg debe precisar que estas disposiciones se encuentran recogidas actualmente en los numerales 2.2.2.30 y siguientes dey Decreto 1074 de 2015.resomución No. 129 pa RADICA roya mo 3/3 Por la cual se ajusta la remuneración de los servicios regulados del CND, ASIC y LAC para el año 2019. Pesos de diciembre 2013

APAIs G 151.725.6111

Artículo 3. Gastos Operativos de Referencia, GOPR£, Aprobar a XM compania de expertos en mercados S.A. E.S.P. los gastos operativos de referencia para cl sexto año del periodo tarifario, de conformidad con lo establecido en el articulo 8 y el numeral 2 del Anexo 1 de la Resolución CREG 174 de 2013, Pesos de diciembre 2013 | GOPR6ó 58. 146.502.292: Artículo 4, Vigencia, La remuneración de los servicios regulados del CND, ASIC y LAC aprobada comenzará a aplicarse cl primer dia del mes siguiente al de la fecha en la que quede en firme la presente resolución. Artículo 5. La presente resolución deberá notificarse a XM Compañia de

y LAC aprobada comenzará a aplicarse cl primer dia del mes siguiente al de la fecha en la que quede en firme la presente resolución. Artículo 5. La presente resolución deberá notificarse a XM Compañia de Expertos en Mercados S.A. E.S.P. y deberá publicarse cn cl Diario Oficial, Contra las disposiciones contenidas en esta resolución procede el recurso de reposición, cl cual podrá interponerse ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco días siguientes a su notificación.

NOTIFIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 94 bic. AUR Dado en Bogota, D. €.

IEGO MESA PUYO MA CLAUDIA ALZATE MONROY Viceministro de Energia / / Directora Ejeculiva (E) Delegado de la Ministra de Minas y Energía Presidente

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