CREG - Resolución 157 de 2013
Detalles
- Título
- CREG - Resolución 157 de 2013
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2013
República de Colombia Ministerio de Minas y Energía COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS RESOLUCIÓN No. 157 pE 2013 (49 NOY. 2013 ) Por la cual se aprueba el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes de tubería a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Frontino, Cañasgordas, Fredonia, Santa Bárbara, Jardín y Jericó en el departamento de Antioquia, según solicitud tarifaria presentada por Empresas Públicas de Medellin E.S.P. LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, CONSIDERANDO QUE: El numeral 14.28 del artículo 14 de la Ley 142 de 1994, definió el servicio público domiciliario de gas combustible como el conjunto de actividades ordenadas a la distribución de gas combustible y estableció la actividad de comercialización como complementaria del servicio público domiciliario de gas combustible. Según lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley 142 de 1994, la construcción y operación de redes para el transporte de gas, asi como el señalamiento de las tarifas por uso, se regirán exclusivamente por esa Ley. El numeral 73.11 del artículo 73 de la Ley 142 de 1994, atribuyó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, la competencia para establecer las fórmulas para la fijación de las tarifas del servicio público domiciliario de gas combustible.
de Regulación de Energía y Gas, la competencia para establecer las fórmulas para la fijación de las tarifas del servicio público domiciliario de gas combustible. Según lo dispuesto por el artículo 88.1 de la Ley 142 de 1994, la Comisión de Regulación de Energía y Gas podrá establecer topes máximos y mínimos tarifarios, de obligatorio cumplimiento por parte de las empresas.
daRESOLUCIÓN No. 157 DE 49 yay-2913 HOJA No. 2/9
Por la cual se aprueba el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes de tubería a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Frontino, Cañasgordas, Fredonia, Santa Bárbara, Jardín y Jericó en el departamento de Antioquia, según solicitud tarifaria presentada por Empresas Públicas de Medellin E.S.P. El artículo 126 de la Ley 142 de 1994 establece que vencido el periodo de vigencia de las fórmulas tarifarias éstas continuarán rigiendo mientras la Comisión no fije las nuevas. Mediante las Resoluciones CREG-045 de 2002 y CREG-069 de 2006 se estableció la metodología de cálculo y ajuste para la determinación de la tasa de retorno que se utilizará en las fórmulas tarifarias de la actividad de distribución de gas combustible por redes para el próximo periodo. Mediante Resolución CREG-011 de 2003 se adoptó la metodología y criterios generales para determinar la remuneración de las actividades de distribución y comercialización de gas combustible y las fórmulas generales para la prestación del servicio público domiciliario de distribución de gas combustible por redes de tubería.
generales para determinar la remuneración de las actividades de distribución y comercialización de gas combustible y las fórmulas generales para la prestación del servicio público domiciliario de distribución de gas combustible por redes de tubería. Mediante Documento CREG-009 de 2004, se definieron los criterios para establecer los gastos eficientes de AOM para las actividades de distribución y comercialización, el factor de eficiencia en redes, asi como los gastos eficientes de AOM para el control y monitoreo de los estándares de calidad definidos mediante Resolución CREG-100 de 2003. EPM E.S.P. mediante comunicación con radicado CREG E-2013-004446 del 23 de mayo de 2013, solicitó la aprobación de los cargos de distribución y comercialización de gas natural comprimido en el mercado relevante compuesto por los municipios de Frontino, Cañasgordas, Fredonia, Santa Bárbara, Jardín y Jericó en el departamento de Antioquia. La Empresa, mediante la comunicación en cita reportó a la CREG las proyecciones de demanda, las proyecciones de gastos de AOM de distribución y el programa de nuevas inversiones, clasificadas según el listado de unidades constructivas establecido en el Anexo No. 1 de la Resolución CREG 011 de 2003. La Dirección Ejecutiva de la Comisión, mediante auto proferido el día 25 de septiembre de 2013, dispuso iniciar la respectiva actuación administrativa con fundamento en la solicitud presentada por EPM E.S.P. para la aprobación de cargos de distribución y comercialización de gas natural comprimido para el mercado relevante conformado por los municipios de Frontino, Cañasgordas, Fredonia, Santa Bárbara, Jardín y Jericó en el departamento de Antioquia.
cargos de distribución y comercialización de gas natural comprimido para el mercado relevante conformado por los municipios de Frontino, Cañasgordas, Fredonia, Santa Bárbara, Jardín y Jericó en el departamento de Antioquia. La Comisión para los efectos del artículo 37 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo publicó en la página Web de la CREG y en el Diario Oficial No. 48.926 del 27 de septiembre de 2013, el Aviso Número 052 en el cual hace saber de la solicitud presentada por EPM E.S.P. para la aprobación de cargos de distribución y comercialización de gas natural comprimido para el mercado relevante conformado por los municipios de Frontino, Cañasgordas, Fredonia, Santa Bárbara, Jardín y Jericó en el departamento de Antioquia, a fin de que los terceros interesados puedan hacerse parte en la respectiva actuación.
Wy157 RESOLUCIÓN No. DE _ 19 NOV. 2013 HOJA No. 3/9
Por la cual se aprueba el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes de tubería a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Frontino, Cañasgordas, Fredonia, Santa Bárbara, Jardín y Jericó en el departamento de Antioquia, según solicitud tarifaria presentada por Empresas Públicas de Medellin E.S.P. La Unidad de Planeación Minero Energética - UPME, en comunicación con radicado interno CREGE-2013-008328 de fecha 18 de septiembre de 2013, aprobó la metodología utilizada para las proyecciones de demanda del mercado
La Unidad de Planeación Minero Energética - UPME, en comunicación con radicado interno CREGE-2013-008328 de fecha 18 de septiembre de 2013, aprobó la metodología utilizada para las proyecciones de demanda del mercado que va a atender la empresa EPM E.S.P. de conformidad con lo establecido en el Numeral 7.5 del artículo 7 de la Resolución CREG-011 de 2003. Como resultado del análisis de la información presentada a la Comisión por EPM E.S.P. mediante radicado E-2013-004446 se realizaron los ajustes pertinentes a la información requerida para el cálculo de los Cargos de que tratan los Articulos 7 y 23 de la Resolución CREG 011 de 2003, según se relacionan, con su respectivo sustento, en el documento soporte de la presente Resolución. Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas efectuó los cálculos tarifarios correspondientes a partir de la metodología establecida en la Resolución CREG-011 de 2003 y demás información disponible en la Comisión, los cuales se presentan en el Documento CREG-111 de 2013. Conforme al Decreto 2897 de 2010 expedido por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y la Resolución 44649 de 2010 expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio, la Comisión de Regulación de Energía y Gas dio respuesta al cuestionario adoptado por esta última entidad para la evaluación de la incidencia sobre la libre competencia del presente acto administrativo, el cual se encuentra en el Documento CREG-111 de 2013. Teniendo en cuenta la respuesta al cuestionario, y dado que la presente Resolución contiene un desarrollo y aplicación de la metodología y criterios generales para determinar la remuneración de las actividades de distribución y
administrativo, el cual se encuentra en el Documento CREG-111 de 2013. Teniendo en cuenta la respuesta al cuestionario, y dado que la presente Resolución contiene un desarrollo y aplicación de la metodología y criterios generales para determinar la remuneración de las actividades de distribución y comercialización de gas combustible y de las fórmulas generales para la prestación del servicio público domiciliario de distribución de gas combustible por redes de tubería adoptados mediante Resolución CREG 011 de 2003, el presente acto administrativo de carácter particular no requiere ser remitido a la SIC para los efectos establecidos en el Artículo 7 de la Ley 1340 de 2009, reglamentado por el Decreto 2897 de 2010, por no tener incidencia sobre la libre competencia. La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión No.581, llevada a cabo el 19 de noviembre de 2013, aprobó el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de
Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes de tubería a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Frontino, Cañasgordas, Fredonia, Santa Bárbara, Jardín y Jericó en el departamento de Antioquia, según solicitud tarifaria presentada por Empresas Públicas de Medellin E.S.P.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Mercados Relevantes de Distribución y Comercialización. Para efectos de aplicación de esta Resolución, el mercado relevante de distribución y comercialización esta conformado por los municipios de Frontino, Cañasgordas, Fredonia, Santa Bárbara, Jardin y Jericó en el departamento de Antioquia. ARTÍCULO 2. Inversión Base. La Inversión Base para determinar el cargo promedio de distribución para el Mercado Relevante definido en el Artículo 1 de esta Resolución se compone como se indica a continuación: 2.1. Inversión Existente. Como inversión existente no se reconoce monto alguno, por tratarse de un mercado nuevo, de conformidad con la información presentada por la Empresa. 2.2. Programa de Nuevas Inversiones. Para el Programa de Nuevas Inversiones se reconocen los siguientes valores, con la descripción presentada en el Anexo 1 de la presente Resolución: Descripción Año 1 Año 2 Año3 | Afio 4 | Año 5 dees. de distribución | » 438.641.568 | 5.872.195.815 | - - - Activos de calidad 8.723.809 17.447.617 - - - Otros activos 78.646.229 156.692.458 - - - Total 2.526.011.605 | 6.046.335.890 - - -
Activos de calidad 8.723.809 17.447.617 - - - Otros activos 78.646.229 156.692.458 - - - Total 2.526.011.605 | 6.046.335.890 - - - Cifras en pesos del 31 de diciembre de 2012. Parágrafo. Las desviaciones que se presenten en el Programa de Nuevas Inversiones serán consideradas de conformidad con lo establecido en el literal b) del numeral 7.1 del artículo 7 de la Resolución CREG-011 de 2003. ARTÍCULO 3. Demandas Esperadas de Volumen. Para el cálculo tarifario se utilizó la Demanda de Volumen para el horizonte de proyección presentada en el Anexo 2 de esta Resolución. ARTÍCULO 4. Gastos de Administración, Operación y MantenimientoAOM. El nivel de eficiencia obtenido del modelo de optimización es del 69,75%. Aplicando este resultado al valor presente de los gastos de AOM propuestos para el Horizonte de Proyección, se obtiene el siguiente valor para incorporar al cálculo del cargo que remunera los gastos de AOM:RESOLUCIÓN No. DE HOJA No, 5/9 Por la cual se aprueba el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes de tuberia a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Frontino, Cañasgordas, Fredonia, Santa Bárbara, Jardin y Jericó en el departamento de Antioquia, según solicitud tarifaria presentada por Empresas Públicas de Medellin E.S.P. $ del Componente 31 de diciembre de 2012 Valor Presente de los gastos de AOM, $ 1.827.417.213
departamento de Antioquia, según solicitud tarifaria presentada por Empresas Públicas de Medellin E.S.P. $ del Componente 31 de diciembre de 2012 Valor Presente de los gastos de AOM, $ 1.827.417.213 con nivel de eficiencia. En el Anexo 3 se presentan los gastos de AOM para el Horizonte de Proyección. ARTÍCULO 5. Cargo Promedio de Distribución. A partir de la vigencia de la presente Resolución, el cargo promedio de distribución aplicable en el Mercado Relevante definido en el Artículo 1°, para recuperar los costos de inversión y los gastos de AOM para la distribución domiciliaria de gas combustible por red se fija en 497,45 $/m3 ($ del 31 de diciembre de 2012) desagregados de la siguiente manera: OE ‘Componente : 58 /mx Cargo de distribución 497,45 e Componente de inversión EPM E.S.P. 396,18 « Componente Gastos AOM 101,27
NOTA: Cifras en pesos del 31 de diciembre de 2011
Parágrafo 1. El cargo piso aplicable en el Mercado Relevante del Artículo 1 se fija en $10,75/m3, expresado en pesos del 31 de diciembre de 2012. Parágrafo 2. Estos Cargos de Distribución se actualizarán de conformidad con lo establecido en el numeral 7.8 del artículo 7 de la Resolución CREG-011 de 2003. ARTÍCULO 6. Cargo Máximo Base de Comercialización. A partir de la vigencia de la presente Resolución, el cargo máximo base de comercialización aplicable en el Mercado Relevante de que trata el Artículo 1 de la presente Resolución, es el siguiente: $1.364,88
vigencia de la presente Resolución, el cargo máximo base de comercialización aplicable en el Mercado Relevante de que trata el Artículo 1 de la presente Resolución, es el siguiente: $1.364,88
NOTA: Cifras en pesos del 31 de diciembre de 2012, las comas indican decimales Parágrafo. El Cargo de Comercialización se actualizará de conformidad con lo establecido en el Artículo 24 de la Resolución CREG-011 de 2003.
ARTÍCULO 7. Fórmula Tarifaria. La Fórmula Tarifaria aplicable al mercado relevante definido en el Artículo 1 de la presente Resolución corresponderá a la establecida en el Artículo 34 de la Resolución CREG 011 de 2003. EZ
7157 pe 19 NAF. 208 RESOLUCION No. HOJA No. 6/9
Por la cual se aprueba el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes de tubería a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Frontino, Cañasgordas, Fredonia, Santa Barbara, Jardin y Jericó en el departamento de Antioquia, según solicitud tarifaria presentada por Empresas Públicas de Medellín E.S.P. ARTÍCULO 8. Vigencia de la Fórmula Tarifaria, del Cargo Promedio de Distribución y del Cargo Máximo Base de Comercialización. La fórmula tarifaria, incluido el Cargo Promedio de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización que se establecen en esta Resolución, regirán a partir de la fecha en que la presente Resolución quede en firme y durante el término de vigencia de las fórmulas tarifarias definidas en la Resolución CREG-011 de
de Comercialización que se establecen en esta Resolución, regirán a partir de la fecha en que la presente Resolución quede en firme y durante el término de vigencia de las fórmulas tarifarias definidas en la Resolución CREG-011 de
2003. Vencido este periodo las fórmulas tarifarias continuarán rigiendo mientras la Comisión no fije las nuevas, tal como está previsto en el Articulo 126 de la Ley 142 de 1994.
ARTÍCULO 9. La presente Resolución deberá notificarse al representante legal de EPM E.S.P. y publicarse en el Diario Oficial. Contra las disposiciones contenidas en esta Resolución procede el Recurso de Reposición, el cual podrá interponerse ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) dias hábiles siguientes a la fecha de su notificación.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
19 NOV. 2013 Dada en Bogotá, D.C. a GERMAN CASTRO/FERREIRA irector Ej¢cutivo Viceministro de Energia Delegado del Ministro de Minas y Energia Presidente157 RESOLUCIÓN No. pe 190 208 HOJA No. 7/9 Por la cual se aprueba el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes de tubería a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Frontino, Cañasgordas, Fredonia, Santa Bárbara, Jardin y Jericó en el departamento de Antioquia, según solicitud tarifaria presentada por Empresas Públicas de Medellin E.S.P.
ANEXO 1
PROGRAMA DE NUEVAS INVERSIONES
departamento de Antioquia, según solicitud tarifaria presentada por Empresas Públicas de Medellin E.S.P.
ANEXO 1
PROGRAMA DE NUEVAS INVERSIONES
AÑO1 AÑO 2 AÑO 3 AÑO4 AÑO 5
Costo Unitario . a o SubTotal SubTotal SubTotal SubTotal . SubTotal Código Unidad Constructiva ann Cantidad Inversiones Cantldad Inverslones Cantidad inversiones Cantidad Inversiones Cantidad Inversiones TPES/¡AAS 48.0 31 447.3 38.3 1839.5 0.0 0.0 0.0 0.0 00 0.0
TPRÍAS 50.1 EH 89 31 155.1 0.8 0.0 0.0 0.0 EX] 00
TREZAS 56,0 0.6 36.3 123 689.8 0.0 00 0.0 00 0.0 00
TPEAS 73.0 18 138.5 42 327.8 00 00 0.0 0.0 0.0 6.0
TREAAS 96.0 03 29.3 EX] 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 00 0.0
TPESACO EEE] 29.5 999.9 72 244,5 0.0 00 0.0 00 00 0.0
TPEICO 35.9 14 51.1 06 214 6.0 0.0 En 00 0.0 0.0
TREC 449 5.4 240,3 06 256 0.0 0.0 0.0 00 0.0 0.0
TPECO 84.8 0.3 22.9 TO 622 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0
TREAGO 101.8 11 116.0 00 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0
TREAT 38,2 35 134.2 34.8 1327.1 OG 0.0 04 00 0.0 00
TREIAT 40.2 G2 74 28 1134 0.0 0.0 50 0.0 0.0 0.0
TRES4ZV 129 12 148 37 4T® 0.0 00 0.0 0.0 0.0 0.0
TPEIZV 149 0.1 10 0.3 46 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 00
TPEZZV 23.9 0.0 00 05 12.0 0.0 00 0.0 0.0 0.0 0.0
ERGNC | 214.8 20 | 429.6 [ 49 | a2 | oo | 0.0 [oo | 00 [ oo [66 ] [Telemetria (Módulo Gerenciamiento) | 30.5 20 | 81.2 [ «0 [ “123 [ oo | 0.0 [00] wo | 0.0 ] Actives de Distribución de Gas I [ [2a if [5872.26 | | 6 [ Í 0 I | 6 ] Actives de calidad 8.72 17.45
Actives de Distribución de Gas I [ [2a if [5872.26 | | 6 [ Í 0 I | 6 ] Actives de calidad 8.72 17.45 Cabezas de prueba o colurmas de agua 0.3 40 13 8,0 25 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 Detector Portátil de Odorizante 18.7 04 7.5 EE] 14.9 0.0 0.0 0.0 0.0 00 0.0 L Otros Activos | | | 78.66 I | 166.69 —] | 0 | 0 | | 0 | [ Otros Activos | | [ 78.65 [15659 —] | 0 | | 0 [ | 0 | L TOTAL I [2826.01 [6046.34 | | D [ Í 0 I Í 0 ] (Valores expresados en millones de pesos del 31 de diciembre de 2012) A! £ - yl GERMAN CASTRO/FERREIRA irector Ejg¢cutivo Delegado del Ministro de Minas y Energia Presidente
2a57 RESOLUCIÓN No. pe _19 NOV. 208 HOJA No. 8/9
Por la cual se aprueba el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes de tubería a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Frontino, Cañasgordas, Fredonia, Santa Barbara, Jardin y Jericó en el departamento de Antioquia, según solicitud tarifaria presentada por Empresas Públicas de Medellín E.S.P.
ANEXO 2
PROYECCIONES DE USUARIOS Y DEMANDA y [e]
departamento de Antioquia, según solicitud tarifaria presentada por Empresas Públicas de Medellín E.S.P.
ANEXO 2
PROYECCIONES DE USUARIOS Y DEMANDA y [e]
10.119 1.370.306 11.615 2.415.023 12.063 2.618.794 12.362 2.699.109 12.614 2.760.206 2.804.393 12.815 2.828.668 12.854 2.842.770 12.891 2.857.937 12.930 2.871.020 12.970 2.883.797 bo |e | jolla (aja lo |b | ha NO “SJ “SJ NN 13 13.027 2.896.563 14 13.084 2.909.341 15 13.141 2.922.121 16 13.167 2.931.258 17 13.197 2.937.315 18 13.224 2.943.373 19 13.252 2.949.323 20 13.278 2.955.182 DO CABRALES SEGOVIA ---——Mieerministro de Ertergia 7 Delegado del Ministro de Minas y Energía PresidenteRESOLUCIÓN No. 157 DE 19 NOV. 208 HOJA No. 9/9 Por la cual se aprueba el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes de tubería a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Frontino, Cañasgordas, Fredonia, Santa Bárbara, Jardin y Jericó en el departamento de Antioquia, según solicitud tarifaria presentada por Empresas Públicas
redes de tubería a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Frontino, Cañasgordas, Fredonia, Santa Bárbara, Jardin y Jericó en el departamento de Antioquia, según solicitud tarifaria presentada por Empresas Públicas de Medellin E.S.P.
ANEXO 3
PROYECCIÓN DE GASTOS AOMADMINISTRACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO o nm | GASTOS AOM y AÑO. $ ic 2012). | 1 144.019.660
2 194.758.492 3 232.566.095 4 237.504.569 5 241.890.234 6 246.189.423 7 250.412.523 8 254.546.027 9 258.633.752 10 262.726.274 11 266.809.418 12 266.866.911 13 266.924.354 14 266.981.847 15 267.039.356 16 267.080.470 17 267.107.723 18 267.134.982 19 267.161.755 20 267.188.117 VPN (11,31%) | 1.827.417.213 E extino CABRALES SEGOVIA, ama reo ERREIRA -——Mceministro de Energia irector Ejecutivo Delegado del Ministro de Minas y Energía Presidente